Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 13/7/2019

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 161

Sábado 13 de julio de 2019

18.Verificación y revocación.
Al margen de lo dispuesto en el apartado anterior, una vez concluido el proceso de adjudicación de las ayudas concedidas el Ayuntamiento de la Rinconada podrá requerir a los beneficiarios-as la presentación de los documentos que considere oportunos para acreditar la efectiva realización del gasto para el que le fue concedida la subvención.
La aceptación de las presentes bases implicará también la autorización al Ayuntamiento de la Rinconada para recabar de cualquier organismo, entidad o institución, y cualesquiera que fuera su naturaleza pública, semipública o privada los datos necesarios para determinar la concesión o denegación de la ayuda y, en el caso de que fuera concedida, para determinar si su importe fue íntegramente empleado para la finalidad que le fue concedida.
El incumplimiento de las obligaciones contraídas por el beneficiario en virtud de lo dispuesto en Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en las presentes bases reguladoras y en las Bases de ejecución del presupuesto que el Ayuntamiento de la Rinconada y, particularmente, el incumplimiento de lo dispuesto en el apartado 12 Obligaciones de los Beneficiarios/as o el falseamiento u ocultación de los datos que hubieran dado lugar a la concesión de la subvención, podrá dar lugar a la revocación de la resolución estimatoria de la misma y al reintegro del importe total o parcial de la subvención inicialmente concedida, previa resolución dictada al efecto por el órgano competente para su concesión, que deberá estar debidamente motivada y ser notificada al interesado.
19.Concurrencia de subvenciones y compatibilidad.
La obtención de las subvenciones que se hubieran concedido en virtud de lo dispuesto en las presentes bases reguladoras será compatible con otras subvenciones y ayudas procedentes de organismos, instituciones y personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública, semipública o privada, con independencia de la forma que utilizaran para el ejercicio de las actividades que le son propias.
20.Obligaciones del beneficiario/a.
Los solicitantes de la subvención vendrán obligados al cumplimiento de las obligaciones que le fueran impuestas en virtud de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en las presentes bases reguladoras y en las Bases de ejecución del presupuesto que el Ayuntamiento de la Rinconada hubiera aprobado al efecto. En particular, lo siguiente:
a resentar los impresos, declaraciones, documentos y justificaciones que se indican en las presentes bases reguladoras y, P
en particular, en su apartado cuatro Forma de Presentación de las Solicitudes, consignando fielmente los datos que le fueran solicitados.
b acilitar toda la información, declaraciones, documentos y justificantes que en cumplimiento de lo dispuesto en las F
presentes bases reguladoras le sean exigidos por el Ayuntamiento de La Rinconada, y someterse a las actuaciones de comprobación que con relación a las subvenciones concedidas se practiquen por parte de la Intervención de Fondos del Ayuntamiento.
c Ejecutar la actividad para la que se hubiera concedido la subvención interesada.
d Acreditar ante el Ayuntamiento de La Rinconada la real y efectiva ejecución de la actividad la cual le fue concedida la subvención interesada, y que aquella actividad tuvo lugar dentro del plazo de ejecución previsto en las presentes bases.
e caso de revocación de la ayuda, el o la interesada deberá reintegrar el importe íntegro de la misma, sin perjuicio de las En responsabilidades a que hubiera lugar.
21.Reintegro.
Para el procedimiento de reintegro se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de subvenciones así como en el capítulo VIII la base núm. 62 de las Bases de Ejecución del presupuesto municipal.
22.Financiación.
Los recursos para financiar las ayudas y subvenciones reguladas en las presentes bases reguladoras estarán sujetos a los créditos presupuestarios que el Ayuntamiento de La Rinconada asigne al Área de Educación en las correspondientes partidas presupuestarias.
La cuantía global mínima a repartir entre los y las beneficiarias, asciende a la cantidad de 25.000,00 €, y a cargo de la partida 0502-32600-48100 Ayudas sociales para estudiantes. Si existiera disponibilidad presupuestaria suficiente podría aumentar el número de becas y la cuantía total proporcionalmente.
23.Aplicación e interpretación de las presentes bases.
El órgano competente para la resolución de las dudas o controversias que pudieran suscitarse con motivo de la interpretación o aplicación de las presentes bases reguladoras será el Sr. Alcalde, a propuesta del Área de Educación.
24.Régimen jurídico.
La convocatoria de estas subvenciones se regirá por lo previsto en las presentes bases reguladoras, la Base 62 de ejecución presupuestaria de presupuesto del Ayuntamiento de La Rinconada, así como por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en cuanto le sea de aplicación.
25.Entrada en vigor.
Las presentes bases entrarán en vigor después de su aprobación por el Ayuntamiento de La Rinconada y posterior publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla.
En La Rinconada a 28 de junio de 2019.El Alcalde, Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres.
36W-4962

VILLANUEVA DE SAN JUAN
Don José Reyes Verdugo, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que no habiéndose presentado reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial del Presupuesto General para el ejercicio 2019, durante el plazo de exposición al público, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral queda este elevado a definitivo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 13/7/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Date13/07/2019

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First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

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