Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 3/3/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

A los efectos de esta ley, es aplicable la Inhabilitación cuando exista sentencia condenatoria coincidente en cámara revisora, asegurando el doble conforme en igual sentido sin perjuicio de los recursos extraordinarios que pudieran corresponder.
A los fines de acreditar la inexistencia de las inhabilidades previstas en el presente artículo, y en oportunidad de presentar la listas ante autoridades partidarias, el candidato/a deberá acompañar el Certificado de Antecedentes Penales, emitido por el Registro Nacional de Reincidencia y el Certificado Negativo de Deudores Alimentarios Morosos, emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe.
En los casos de los incisos e, f, g y h, la imposibilidad para ser candidato/a lo será por el plazo de diez 10
años contados a partir de la fecha en que quedara firme la sentencia condenatoria.
ARTÍCULO 2.- Regístrese, comuníquese, publíquese conjuntamente con la Ley N 14.180 y el Decreto N
2704/22 y archívese.
PEROTTI
Celia Isabel Arena
DECRETO Nº 2704

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional 07 DIC 2022

VISTO:
El proyecto de Ley sancionado por la H. Legislatura en fecha 03 de noviembre de 2022, recibido en el Poder Ejecutivo el día 23 de noviembre del mismo ato, y registrado bajo el N 14.180 y;
CONSIDERANDO:
Que el proyecto de Ley sancionado propicia modificaciones a las Leyes N 12.367 y N 6.808, en cuanto a los requisitos que deben cumplir los precandidatos/as y/o candidatos/as que integren listas, elevando de este modo las cualidades personales de quienes pretendan acceder a la función pública o desempeñarse como autoridades partidarias;
Que por el artículo 10 del Proyecto de Ley se modifica el artículo 8 de la Ley N 12.367 incorporando diversas disposiciones referidas a las prohibiciones para la integración de listas de precandidatos/as en las elecciones primarias, abiertas simultáneas y obligatorias;
Que por otro lado, el artículo 20 del Proyecto de Ley modifica el articulo 30 de la Ley N 6.808 - Orgánica de los Partidos Políticos, el que contiene disposiciones respecto a la prohibición de ser candidatos/as para ejercer cargos partidarios;
Que compartiendo el espíritu del Proyecto de Ley sancionado, y, sin que implique alterar el sentido y alcance del mismo, se considera oportuno advertir que sus disposiciones podrían generar dificultades operativas si los certificados de antecedentes penales emitidos por el Registro Nacional de Reincidencia no estuviesen disponibles en tiempo y forma, dado el carácter preclusivo de cada una de las etapas del proceso electoral;
Que a fin de facilitar la participación de los precandidatos/as en la contienda electoral se propone modificar la presentación del Certificado de Antecedentes Penales y equiparar el plazo contemplado en el artículo 1 de la norma sancionada con el previsto en el artículo 5 de la Ley N 12.367;
Que asimismo se propone eliminar del último párrafo la solicitud de presentación del Certificado de Deudores Alimentarios Morosos, atento lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley N 11.945 el cual dispone que, El Tribunal

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 3/3/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date03/03/2023

Page count83

Edition count513

First edition03/05/2002

Last issue18/08/2023

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