Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 3/2/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL
Federal, pudiendo intervenir fuera de la jurisdicción a nivel nacional e internacional a requerimiento de la autoridad competente, y cumplirán las funciones establecidas en el ANEXO I y II del presente;
Que, asimismo propicia la creación a partir del día 05
de Noviembre del 2020 de la DIVISIÓN CUARTEL
DE BOMBEROS N 25 con asiento en la localidad de FITZ ROY, con dependencia funcional y orgánica del Departamento de Zona II y, a partir del día 30 de Noviembre del 2020, la creación de la DIVISIÓN CUARTEL DE BOMBEROS N 26 con asiento en Julia Dufour, la que dependerá del Departamento de Zona IV;
Que las aludidas dependencias tendrán por misión y función organizar, controlar y conducir los servicios operativos para la protección contra incendio y medio ambiente.
Realizar todas las actividades de rescate y salvamento con mayor prevalencia en materia de accidentes automovilísticos, y las funciones que se establecen en el ANEXO III y IV que forma parte integrante del presente;
Que las citadas dependencias actualmente se encuentran en funcionamiento, por lo que es necesario incorporarlas a la estructura orgánica de la Superintendencia de Bomberos y de la Superintendencia de Policía Judicial e Investigaciones respectivamente, aprobada por Decreto Provincial N 0023/18;
Que a fojas 135/136, interviene el Secretario de Estado de Seguridad del Ministerio de Seguridad, mediante Nota N 29-SES/2021;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes SAJ-N 104/21, emitido por la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, obrante a fojas 158/159 y vuelta y SLyT-GOB Nº 741/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 175/176;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1- CRÉASE, a partir del día 16 de Marzo del 2020, la DIVISIÓN NARCOCRIMINALIDAD E
INVESTIGACIONES 28 DE NOVIEMBRE, la que dependerá funcional y orgánicamente del Departamento de Investigaciones de Delito Organizado de Zona Sur, e INCORPÓRASE en sus partes pertinentes del ANEXO VIa y organigrama del ANEXO VIe - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA SUPERINTENDENCIA DE POLICÍA JUDICIAL E INVESTIGACIONES
DE LA POLICÍA DE LA PROVINCIA del Decreto Provincial N 0023/18, de acuerdo al detalle establecido en el ANEXO I del presente, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente. Artículo 2º.- CRÉASE, a partir del día 26 de Agosto del año 2020, la DIVISIÓN DE INVESTIGACIONES
PUERTO DESEADO, con dependencia del Departamento de Investigaciones de Delito Organizado Zona Norte, e INCORPÓRASE, en el ANEXO VIa y organigrama del ANEXO VIc - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA SUPERINTENDENCIA DE POLICÍA
JUDICIAL E INVESTIGACIONES DE LA POLICÍA
DE LA PROVINCIA del Decreto Provincial N 0023/18, de acuerdo al ANEXO II del presente. Artículo 3º.- CRÉASE, a partir del día 05 de Noviembre del año 2020, la DIVISIÓN CUARTEL DE
BOMBEROS N 25 con asiento en la localidad de FITZ ROY con dependencia funcional y orgánica del Departamento de Zona II e INCORPÓRASE en sus partes pertinentes del ANEXO VIIa y organigrama del ANEXO VIId - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
DE LA SUPERINTENDENCIA DE BOMBEROS DE
LA POLICÍA DE SANTA CRUZ del Decreto Provincial N 0023/18, de acuerdo al ANEXO III que forma parte integrante del presente. Artículo 4º.- CRÉASE, a partir del día 30 de Noviembre del año 2020, la DIVISIÓN CUARTEL DE
BOMBEROS N 26 con asiento en Julia Dufour, la que dependerá del Departamento de Zona IV, e INCORPÓRASE, en sus partes pertinentes del ANEXO VIIa y organigrama del ANEXO VIIf - ESTRUCTURA
ORGANIZATIVA DE LA SUPERINTENDENCIA DE
BOMBEROS DE LA POLICÍA DE SANTA CRUZ del Decreto Provincial N 0023/18, de acuerdo al ANEXO
IV que forma parte integrante el presente.Artículo 5º.- FACÚLTASE, al señor Ministro de Seguridad, a realizar las adecuaciones futuras de las Estructuras Organizativas aprobadas en los artículos pre-

RÍO GALLEGOS, 03 de Febrero de 2022.cedente, a los efectos de contribuir al cumplimiento de las obligaciones determinadas para la POLICÍA DE LA
PROVINCIA DE SANTA CRUZ.Artículo 6º.- AUTORÍZASE al Señor JEFE de la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ a dictar las medidas complementarias y aclaratorias a las misiones y funciones de las Estructuras Organizativas aprobadas en los artículos 1, 2, 3 y 4; como así también a dictar y/o realizar las adecuaciones pertinentes en los reglamentos de funcionamiento perteneciente a cada dependencia policial.Artículo 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.Artículo 8º.- PASE al Ministerio de Seguridad Jefatura de Policía a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Dr. Lisandro Gabriel De la Torre ________
DECRETO N 1055
RÍO GALLEGOS, 26 de Agosto de 2021.V I S T O:
El Expediente CPE-Nº 673.680/19, elevado por el Consejo Provincial de Educación; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado enunciado en visto, se trata la situación irregular en la que se encuentra incursa el agente Daniel Alberto MILLAPINDA personal de Planta Permanente, Agrupamiento: Servicios Generales - Categoría:
10, con prestación de servicios en la JURISDICCIÓN:
Consejo Provincial de Educación - SAF: 610, Dirección Provincial de Educación Primaria;
Que dicho agente incurrió en reiteradas inasistencias injustificadas continuas desde el 26 de Septiembre del 2018 hasta el mes de Febrero de 2019, las que están debidamente probadas e instrumentadas;
Que en función de ello y habiendo sido emplazado por la Dirección Auxiliar de la Educación del Consejo Provincial en dos oportunidades mediante Cartas Documentos Nº 40353150 y 48803271, obrantes en el expediente, notificándose de las mismas al encartado, sin haberse presentado a justificar las inasistencias para revertir su conducta laboral;
Que en virtud de lo anterior y labradas las actuaciones administrativas, se dictó la Resolución Ministerial Nº 0041/21 a través de la cual se elevan las actuaciones al Honorable Tribunal Disciplinario para que tome intervención de competencia en virtud de haberse configurado el abandono de servicios en los términos del Artículo 150 inc. a y d del Convenio Colectivo de Trabajo para la Administración Pública Provincial;
Que radicadas las actuaciones en el Organismo Disciplinario, desde la Dirección de Fiscalización de Sumarios se admitió el expediente y se solicitó se cite al agente MILLAPINDA en los términos del Artículo 19 de la Ley Nº 1615 a los fines de ejercer los derechos que le asisten, razón por la cual, se llevó adelante lo antedicho mediante Cédula de Notificación, siendo notificado y sin haberse presentado a declamar defensa alguna, venciendo en consecuencia el plazo dispuesto para tal fin;
Que Bajo Dictamen Nº 20-DPAL/HTD/21, la Dirección Provincial de Asesoría Letrada concluye que
el agente ha infringido la norma cuya conminación es la sanción de CESANTÍA, ya que se hallan dados los extremos para la aplicación del art. 150 del C.C.T.;
Que el Alto Cuerpo de Vocales del Honorable Tribunal Disciplinario se expide mediante Sentencia Nº 05HCTD-2021 dando por finalizado la instancia administrativa propiciando la Cesantía del agente Daniel Alberto MILLAPINDA - en virtud de haberse acreditado que al encartado se le han brindado todas las oportunidades y garantías para que esgrima su defensa incurriendo con su accionar en lo previsto por el TÍTULO XII - REGIMEN
DISCIPLINARIO - CAPÍTULO I - TIPOS DE SANCIONES - Artículo 150 inc. a inasistencias injustificadas que excedan de diez 10 días continuos o veinte 20
discontinuos en los doce 12 meses inmediatos anteriores y d Abandono de Servicio del Convenio Colectivo General de Trabajo para el Personal de la Administración Pública Provincial;

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5630 DE 12 PAGINAS

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Por ello y atento a los Dictámenes DPAL-Nº 020/21, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Letrada del Honorable Tribunal Disciplinario, obrante de fojas 69/70 y SLyT-GOB-Nº 755/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 85;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- DECLÁRESE CESANTE, a partir del día de la fecha, al agente Daniel Alberto MILLAPINDA Clase 1972 - D.N.I. Nº 23.034.241 Personal de Planta Permanente Agrupamiento: Servicios Generales - Categoría: 10, con prestación de servicios en la JURISDICCIÓN: Consejo Provincial de Educación - SAF:
610, conforme lo dispuesto en el Título XII - Régimen Disciplinario - Capítulo I - Tipo de Sanciones - Artículo 150º - Incisos a y d del Convenio Colectivo de Trabajo General para el Personal de la Administración Pública Provincial, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE al señor Daniel Alberto MILLAPINDA Clase 1972 - D.N.I. Nº 23.034.241.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 4º.- PASE al Consejo Provincial de Educación, a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE. Dra. KIRCHNER - Sr. Leonardo Darío Álvarez _______
DECRETO N 0003
RÍO GALLEGOS, 06 de Enero de 2022.VISTO:
El Expediente MG-Nº 509.842/21, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que mediante el presente actuado se tramita la Adscripción al Registro Notarial Nº 16 con asiento en nuestra ciudad capital, de la Escribana Florencia FERNÁNDEZ;
Que asimismo obra solicitud del titular del Registro, Escribano Gabriel Esteban TOURNOUR para adscribir a la citada profesional, estando acreditados los extremos legales exigidos por el Artículo 1º y 22º de la Ley Nº 1749;
Que en consideración a que en el presente tramite se ha expedido el Consejo Directivo del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Cruz, en su carácter de órgano competente, mediante Resolución C.E.P.S.C-Nº 03/20, autorizando la adscripción solicitada, nada obsta a proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes DPCT-AyLNº 196/19, emitido por la Asesoría Dirección Provincial Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 46/48 y SLyT-GOB-Nº 019/22, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 68/69;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- ADSCRÍBASE a partir del día de la fecha, a la Escribana Florencia FERNÁNDEZ D.N.I. Nº 35.567.579 al Registro Notarial Nº 16, con asiento en nuestra ciudad capital, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Gobierno, a sus efectos tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sr. Leandro Eduardo Zuliani

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 3/2/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date03/02/2022

Page count12

Edition count1654

First edition19/02/2002

Last issue21/03/2023

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