Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/10/2018

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 19 de octubre de 2018
y sus modificatorias, incluida la Ley N 8964, concordante con el artículo 142, inciso 11, apartado b del Decreto N 795/96 MEOSP, de Reglamentación de Contrataciones del Estado y sus modificatorios.
Facultando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional a abonar a los distintos medios las sumas respectivas detalladas en el Anexo A y a emitir las correspondientes órdenes de pago a fin que la Tesorería General de la Provincia haga lo propio con lo detallado en el Anexo B, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución Nº 124/14
MEHF, previa presentación de las facturas debidamente conformadas, certificación de la publicidad emitida y presentación de Certificados de Libre Deuda conforme Resolución Nº 16/12
de la ATER y normas concordantes, subsiguientes y complementarias.
DECRETO Nº 813 MCyC
Paraná, 12 de abril de 2018
Aprobando la contratación directa, par vía de excepción, realizada par el Ministerio de Cultura y Comunicación en concepto de publicidad del siguiente aviso oficialCampaña Correspondiente al Ministerio de Cultura y Comunicación / Secretaría de Turismo y Cultura / Los mejores carnavales están en Entre Ríos - Gobierno de Entre Ríos, can publicación el día 16
de enero de 2018, en el media gráfica, Desarrollos Electrónicos Informáticos S.A. / Diario Ámbito Financiera C.A.B.A., en el suplemento Placeres, por la suma de hasta $
177.672,95, según Orden de Publicidad N
20/18 emitida par el Ministerio de Cultura y Comunicación.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo 27, inciso c, apartado b, punto 10, Decreto Nº 404/95 MEOSP, Texto único y ordenado de la Ley N 5140 de Administración Financiera de los Bienes del Estado y sus modificatorias, incluida la Ley N 8964, concordante con el artículo 142, inciso 11, apartado b del Decreto Nº 795/96 MEOSP, Decreto Nº 2991/96 MEOSP de Reglamentación de Contrataciones del Estado y sus modificatorios.
Facultando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional a emitir la orden de pago correspondiente a fin que la Tesorería General de la Provincia haga efectivo el pago a la firma citada, previa presentación de la factura debidamente conformada, certificación de la publicidad emitida y Certificado de Libre Deuda conforme Resolución Nº 16/12 de la ATER y normas concordantes subsiguientes y complementarias.

MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
DECRETO Nº 804 MDS
Paraná, 12 de abril de 2018
Reconociendo la adscripción al ámbito de la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande CAFESG, de la agente Clorinda Ofelia Bulay, Legajo N 169.746, MI
N 13.599.297, personal de la planta permanente del Ministerio de Desarrollo Social a partir del 02.1.17 y por el término de 1 año.
La Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande CAFESG, a través del área correspondiente presentó la debida documental que acredita la efectiva prestación de servicios por parte de la agente durante el período reconocido, ante el Área Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Social.
DECRETO Nº 805 MDS
Paraná, 12 de abril de 2018
Concediendo licencia gremial con goce de haberes, al Sr. Teófilo José Fleita, Legajo N

BOLETIN OFICIAL
105837, agente de la planta personal permanente del Ministerio de Desarrollo Social con prestación de servicio en la Dirección de Comedores de esta ciudad, a partir del 31.10.2014 y hasta el 30.10.2018, con retención del cargo del que es titular.
DECRETO Nº 833 MDS
Paraná, 19 de abril de 2018
Aprobando para el presente ejercicio 2018 la continuidad del Programa Deportivo Entre Ríos Deportes, Iniciación Formación y Recreación Deportiva el cual tiene como objetivo otorgar aportes no reintegrables, por parte de los titulares del Ministerio de Desarrollo Social y de la Secretaría de Deportes de la Provincia, a personas humanas: deportistas convencionales y no convencionales, entrenadores, profesores de educación física, capacitadores, etc., para solventar gastos vinculados al desarrollo deportivo, para la participación y preparación previa en competencias de carácter Provincial, Nacional e Internacional, adquisición de materiales deportivos, etc., y a personas jurídicas, sean Clubes Deportivos, Asociaciones, Federaciones, Municipios, Juntas de Gobierno, Organizaciones No Gubernamentales ONG, etc., para solventar gastos ocasionados y/o derivados de la organización y ejecución conjunta del programa, como acciones de desarrollo deportivo, tales como viajes de delegaciones; organización de eventos, adquisición o reparación de su infraestructura e instalaciones deportivas, etc.
Dejando establecido que el organismo de aplicación del Programa aprobado por el presente es la Secretaría de Deportes de la Provincia.
Facultando a la Secretaría de Deportes a invertir hasta la suma de $ 12.000.000,00, de los cuales deberán asignarse a la partida de Rentas Generales la suma de $ 8.000.000, y en la partida de Fo.Pro.Der el monto de $
4.000.000, para el cumplimiento de lo dispuesto.
Autorizando al titular de la Secretaría de Deportes a otorgar a partir de la vigencia del presente aportes no reintegrables y transferencias con destino a personas humanas hasta la suma de $ 40.000 y a personas jurídicas hasta la suma de $ 100.000, previo cumplimiento de la presentación de documentación y requisitos que se detallan en el Anexo I del presente decreto, previa autorización por parte del titular del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia.
Facultando a la Subsecretaria de Administración del Ministerio de Desarrollo Social a efectuar los pagos pertinentes, conforme a las resoluciones que se dicten, hasta el monto dispuesto, teniendo los beneficiarios el cargo a rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
ANEXO I
Requisitos para Recibir Aportes El programa prevé la facultad de otorgar aportes no reintegrables por parte de los titulares del Ministerio de Desarrollo Social y de la Secretaría de Deportes de la Provincia, a personas humanas como deportistas, entrenadores, profesores de educación física, capacitadores, etc., para solventar gastos vinculados al desarrollo deportivo como serían la participación en competencias nacionales o internacionales, adquisición de material deportivo, etc. y a las personas jurídicas, sean éstas Clubes Deportivos, Asociaciones, Federaciones, Municipios, Juntas de Gobierno, etc., para solventar gastos ocasionados en la organización y ejecución conjunta del programa, como en acciones de desarrollo deportivo, tales como viajes de delegaciones, organización de eventos, etc.-

3
Que los beneficiarios deberán cumplimentar los siguientes requisitos y documentación necesaria.
1 - En el caso de aportes no reintegrables solicitados por una persona humana deberá acompañarse la siguiente documentación:
Nota firmada por el solicitante de la misma, padres o tutor quien deberá ser mayor de edad y hábil, quien deberá presentar partida de nacimiento, libreta de familia o constancia judicial que acredite vinculo explicando el motivo del pedido, suma interesada en número y letras, destino del aporte y datos personales firma, aclaración, número de DNI y domicilio real dirigida a la Sra. Ministra de Desarrollo Social o al Sr. Secretario de Deportes de la Provincia.
Fotocopia debidamente certificada Escribano, Juez de Paz o Policía de la Provincia de la primera y segunda hoja del DNI, y el cambio de domicilio si existiere del DNI. En caso de no tener el domicilio actual, adjuntar declaración jurada o certificado de vecindad. En caso de no poseer documento, deberá adjuntarse constancia de su pérdida expuesta ante autoridad policial o constancia del inicio de su tramitación ante el Registro Nacional de Personas.
Documentación que acredite la condición de deportista, técnico, entrenador, docente, etc., por la cual solicita el beneficio. En su caso podrá ser sustituida por una certificación de la Secretaría de Deportes acreditando tal condición.
Presupuestos originales de lo solicitado, al menos dos, firmados por la casa comercial dirigido al que resultase beneficiario y/o tutor del mismo.
2 - En el caso de aportes no reintegrables solicitados por una persona jurídica la documentación a presentar será la siguiente:
Nota suscripta por el presidente o representante legal de la entidad especificando el monto solicitado en números y letras, y su destino dirigida la Sra. Ministra de Desarrollo Social o al Sr. Secretario de Deportes de la Provincia.
Fotocopia debidamente certificada Escribano, Juez de Paz o Policía de la Provincia de la primera y segunda hoja del DNI del presidente o representante legal. En caso de no tener el domicilio actual, adjuntar declaración jurada o certificado de vecindad. En caso de no poseer documento, deberá adjuntarse constancia de su pérdida expuesta ante autoridad policial o constancia del inicio de su tramitación ante el Registro Nacional de Personas.
Certificación de Personería Jurídica vigente.
Acta de designación de autoridades, con mandato vigente.
Estatutos.
Presupuestos originales de firma comercial, al menos dos, por los elementos a adquirir firmados por la casa y por el presidente o representante legal.
Constancia de inscripción en el Registro de Instituciones Deportivas.
Constancia de inscripción en AFIP y ATER.
En caso de que la institución sea una cooperadora o uno comisión vecinal, deberá adjuntarse instrumento extendido por autoridad competente donde conste reconocimiento de la entidad y sus autoridades actuales.
3 - En el caso de aportes no reintegrables solicitados por un Municipio y Juntas de Gobierno, la documentación a presentar será la siguiente:
Nota suscripta por el Presidente Municipal, Junta de Gobierno especificando el monto solicitado en números y letras, y su destino dirigido la Sra. Ministro de Desarrollo Social o al Sr. Secretario de Deportes de la Provincia.
Fotocopia debidamente certificada Escribano, Juez de Paz o Policía de la Provincia de

About this edition

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/10/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date19/10/2018

Page count22

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

Download this edition

Other editions

<<<Octubre 2018>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031