Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/10/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 12 de octubre de 2018
mensual establecida en la Cláusula Cuarta del referido contrato, por el período comprendido entre enero y diciembre de 2018, en concepto de honorarios por la obra encomendada.
DECRETO Nº 600 MCyC
Paraná, 4 de abril de 2018
Aprobando el contrato de locación de obra celebrado entre el Señor Secretario General de la Gobernación, a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, D. Edgardo Kueider, DNI
N 22.826.413 y la Señora Natalia Enriquez, DNI N 39.032.000 con domicilio en calle Carbó N 443, de la Ciudad de Paraná, para la ejecución de las tareas que en el mismo se especifican y con un plazo de ejecución de doce meses contados a partir del mes de enero de 2018, el que agregado forma parte del presente texto legal.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional a abonar al locador previa reubicación en la categoría tributaria pertinente ante la A.T.E.R., según corresponda, presentación de facturas y constancias de trabajo pertinente, la suma mensual establecida en la Cláusula Cuarta del referido contrato, por el período comprendido entre enero y diciembre de 2018, en concepto de honorarios por la obra encomendada.

MINISTERIO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FINANZAS
DECRETO Nº 832 MEHF
Paraná, 19 de abril de 2018
Modificando el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2018 - Ley Nº 10.531- mediante ampliación por la suma de $
1.500.000, en la Jurisdicción 96: Tesoro Provincial y Jurisdicción 91: Obligaciones a cargo del Tesoro, de conformidad al detalle de las planillas analíticas de recurso, que adjuntas forman parte del presente.
Otorgando a la Municipalidad de Villa Alcaráz, un aporte no reintegrable por el importe de $ 1.500.000, financiado con el Aporte del Tesoro Nacional, otorgado según Resolución N
145/18 del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda.
La Tesorería General de la Provincia, previa intervención de la Contaduría General de la Provincia, transferirá la suma de $ 1.500.000, conforme a lo dispuesto.
La Municipalidad de Villa Alcaráz, deberá rendir cuenta de los fondos entregados por el presente, ante el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos.
DECRETO Nº 837 MEHF
Paraná, 19 de abril de 2018
Modificando el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2018 - Ley Nº 10.531- mediante ampliación por la suma de $
1.500.000, en la Jurisdicción 96: Tesoro Provincial y Jurisdicción 91: Obligaciones a cargo del Tesoro, de conformidad al detalle de las planillas analíticas de recurso, que adjuntas forman parte del presente.
Otorgando a la Municipalidad de Lucas González, un aporte no reintegrable por el importe de $ 1.500.000, financiado con el Aporte del Tesoro Nacional, otorgado según Resolución N 113/18 del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda.
La Tesorería General de la Provincia, previa intervención de la Contaduría General de la Provincia, transferirá la suma de $ 1.500.000, conforme a lo dispuesto.
La Municipalidad de Lucas González, deberá rendir cuenta de los fondos entregados por el presente, ante el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos.

BOLETIN OFICIAL
DECRETO Nº 851 MEHF
INCORPORANDO PARRAFO DE ANEXO
Paraná, 19 de abril de 2018
VISTO:
El Código Civil y Comercial, la Ley Nacional de Catastro Nº 26.209, el Decreto N 7113/45
ratificado por la Ley N 3418, las Leyes N
10.091 y N 6041 los Decretos Nº 1451/78
SGG, N 686/06 MEHF y Nº 3320/05 MEHF; y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional de Catastro establece principios rectores en materia técnico catastral, complementarios a la legislación de fondo Código Civil y Comercialcuya aplicación será gradual y progresiva según lo determinen los organismos catastrales de cada provincia;
Que la sanción del Código Civil y Comercial establece nuevos institutos e incorpora a los conjuntos inmobiliarios como un Derecho de Propiedad Horizontal Especial;
Que la Dirección de Catastro, en el marco del Plan de Gestión -ATER-, ha conformado diversas mesas de trabajo con la Escribanía Mayor de Gobierno, la Dirección General de Notariado, Registros y Archivos, el Colegio de Profesionales de la Agrimensura y el Colegio de Escribanos, tendientes al análisis de diversas temáticas que ameritan la elaboración, revisión y/o adecuación de normativas catastrales locales;
Que la coexistencia de organismos provinciales y municipales con competencias concurrentes en relación a la aptitud técnica necesaria para la aprobación y desarrollo de conjuntos inmobiliarios enmarcados en el Derecho Real de Propiedad Horizontal Especial, hacen necesario compatibilizar el ejercicio de dichas competencias, estableciendo las consideraciones necesarias que garanticen un desarrollo sustentable en la implementación del nuevo derecho real;
Que la Ley N 10.091 crea la Administradora Tributaria de la Provincia de Entre Ríos, fusionándose la Dirección General de Rentas y la Dirección General de Catastro, asumiendo las competencias, facultades, derechos y obligaciones de dichos órganos;
Que el Decreto N 3320/05 MEHF recopila las normas vigentes a la fecha de su dictado, referidas a la ejecución de mensuras y su registro o aprobación documental ante la Dirección de Catastro provincial, el cual en pos de un ordenamiento territorial sustentable hace necesario efectuar una adecuación progresiva, gradual y continua de dicha recopilación a la normativa catastral nacional;
Que la Ley Nacional de Catastro establece que la vigencia del estado parcelario, así como la forma y condiciones de la certificación catastral serán establecidas por las legislaciones locales;
Que en el marco del proceso de regularización dominial efectuado sobre inmuebles de titularidad de entes públicos, en favor de adjudicatarios u otras entidades oficiales, surgen problemáticas de índole catastral que ameritan adecuaciones normativas tendientes a dinamizar dicho proceso;
Que dicha adecuación debe promover herramientas dinámicas y ágiles que doten a la Administración Pública de un cuerpo normativo de índole catastral que permita su actualización y adecuación a la normativa nacional catastral y en particular, dinamizar los procesos de regularización dominial en trámite o a efectuarse;
Que, por otra parte, el referido agiornamiento normativo tiene como objetivo establecer reglas claras en un marco de transparencia legal, dotando de mayor seguridad jurídica a los procedimientos e incentivando, asimismo, el crecimiento y desarrollo urbanístico, además de poner de manifiesto la presencia activa del Estado y reforzar su rol de contralor en dicha materia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Incorpórese al artículo 8.1.5.11 -Va-

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lidez Documental del anexo del Decreto N
3320/05 MEHF el siguiente párrafo:
En los casos de Certificaciones de Documentación de Mensura registradas o aprobadas cuyo titularidad corresponda al Estado Nacional, Provincial, Municipal: o alguno de sus organismos Descentralizados, Autónomos, Autárquicos o Empresas del Estado, o cuando los mismos resultaren adquirentes, o existo un interés público y/o social, los mismos tendrán uno validez de diez 10 años. Transcurrido dicho plazo, la Dirección de Catastro podrá, o requerimiento de la entidad interesado, prorrogar su validez por igual o menor período de tiempo, para ser utilizados en el cumplimiento del Decreto N 7113/45 I.F. Ley Nº 3418.
Art. 2º - Facúltese a la Administradora Tributaria de Entre Ríos a reglamentar la presentación, contenido y tramitación de documentos que tengan por objeto Mensuras de Propiedad Horizontal Especial, correspondientes a los conjuntos inmobiliarios definidos por el artículo 2073 del Código Civil y Comercial, los que deberán someterse al derecho real de Propiedad Horizontal Especial, previsto en el artículo 2075 del Código Civil y Comercial y concordantes.
Art. 3º - Establécese que las presentaciones documentales que tengan por objeto Mensuras de Propiedad Horizontal Especial, correspondientes a conjuntos inmobiliarios, exceptuando parques industriales, deberán contar con aptitud técnico, que incluirá como mínimo los siguientes consideraciones:
a Localización compatible con el uso de la tierra.
b Condiciones de habitabilidad garantizado que incluyo, aspectos urbanísticos, socioeconómicos, físico-ambientales e infraestructura para servicios públicos.
c Estudio hidrológico e hidráulico.
d Emplazamiento que no ocasione perjuicios a terceros respecto de la trama urbana existente, ni interfiera futuros ejes de crecimiento, garantizando el uso de calles públicas.
e Integración en el entorno urbano en materia de redes, accesos viales, servicios generales de infraestructura y equipamiento comunitario, con carácter actual o futuro.
f Razonabilidad y/o impacto urbanístico respecto de las distancias entre conjuntos inmobiliarios.
g Aptitud ambiental y compromiso de forestación.
h Especificación de espacios verdes y reservas destinadas a uso común de las unidades funcionales especiales.
i Superficies, dimensiones y formas de las unidades, como así también los espacios de circulación y otros que se determinen según los diferentes tipos de conjuntos inmobiliarios.
Asimismo, dicha aptitud técnica, podrá contemplar la disponibilidad de áreas para uso público, destinada a contribuir al mejoramiento de la infraestructura, las condiciones ambientales y la calidad de vida de la población en general.
Todo proyecto deberá contar con la intervención de profesionales particulares y del Colegio Profesional respectivo a fin de permitir el correspondiente contralor de las reparticiones competentes tanto en jurisdicción provincial como municipal, según lo determine la reglamentación del presente.
Los organismos técnicos provinciales que tendrán intervención necesaria, conforme su competencia y jurisdicción, según la ubicación proyectada para los conjuntos inmobiliarios serán determinados por la Administradora Tributaria de Entre Ríos.
La aptitud técnica correspondiente a Parques Industriales será establecida por los organismos competentes en la materia.
Art. 4º - Establécese con carácter transitorio hasta tanto se reglamente el artículo 2 del presente, que en la presentación de documentos que tengan por objeto Mensuras de Propie-

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/10/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date12/10/2018

Page count28

Edition count4732

First edition01/12/2003

Last issue19/04/2024

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