Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/08/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 16 de Agosto de 2018

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BOLETIN OFICIAL N 5696

F AMORTIZACIONES
La amortización del crédito será bajo el sistema de amortización francés, mediante el pago de diez 10 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, las mismas incluyen Capital, intereses, gastos administrativo e IVA. Período de Gracia: Seis 6 meses en capital e intereses que entrarán en vigencia desde el desembolso del crédito.-
Art. 3.- Facultar al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca a realizar las modificaciones que considere pertinentes sobre el Programa de Asistencia para la Elaboración y Fraccionamiento para el Sector Vitivinícola.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.Art. 5.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK. A. R. Diomedi.
oOo DECRETO Nº 785
Viedma, 05 de Julio de 2018.
Visto: El Expediente N 020.958-SH-17 del registro del Ministerio de Economía, la Ley N 5.201, y;
CONSIDERANDO:
Que por Ley N 5.201 autorizó al Poder Ejecutivo a realizar las operaciones de crédito público que resulten necesarias para disponer de hasta la suma de U$S 580.000.000 Dólares Estadounidenses Quinientos Ochenta Millones y/o su equivalente en otras monedas, con el objeto de financiar parcial o totalmente la ejecución de proyectos de inversión pública en el territorio provincial y aquellos proyectos municipales y de Comisiones de Fomento a convenirse oportunamente con el Poder Ejecutivo Provincial;
Que el Artículo 9 de la mencionada norma creó el Fondo Fiduciario de Desarrollo Rionegrino Plan Gobernador Castello, cuyo objeto es el financiamiento de las obras de inversión pública que propendan al desarrollo regional y la integración provincial;
Que con fecha 17 de noviembre del año 2.017, se emitió el Decreto Reglamentario N 1.746/17 de la Ley citada, el cual constituyó el Fondo Fiduciario de Desarrollo Rionegrino Plan Gobernador Castello;
Que, en algunos casos, las obras previstas en el Plan Castello se subdividen en dos procesos distintos de contratación: Por un lado el de las obras civiles;
y, por el otro, la adquisición de equipos e insumos específicos;
Que, el Artículo 5 del Decreto Reglamentario N 1.746/17 de la Ley N
5.201, establece que todas las contrataciones se regían por la Ley J N 286, sin distinguir entre contratación de mercaderías e insumos y la obra pública;
Que la adquisición de los equipamientos e insumos con alta especificidad técnica, en particular en los casos de organismos descentralizados, empresas públicas o sociedades con mayoría estatal, resulta conveniente y razonable que sea realizada mediante los trámites previstos por cada organismo conforme sus Reglamentos de Contrataciones internos aprobados de acuerdo a la normativa aplicable, en tanto ello propende a la viabilidad de las contrataciones y a una mayor celeridad en la concreción de las obras de infraestructura previstas en el Plan Gobernador Castello relacionadas a la prestación de servicios públicos esenciales para los habitantes de la Provincia de Río Negro;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Economía, la Contaduría General de la Provincia, la Secretaría Legal y Técnica y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 02324-18;
Que el presente Decreto es dictado de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo 181 Inciso 5 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º.- Modificar el Artículo 5º del Decreto Nº 1.746/17, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 5.- Todas las obras financiadas por el Fondo Fiduciario de Desarrollo Rionegrino Plan Gobernador Castello deberán realizarse en un todo de acuerdo con la Ley Provincial de Obras Públicas N 286
y sus reglamentaciones vigentes y demás normativa aplicable conforme la naturaleza y régimen de cada obra prevista en el Anexo I de la Ley N 5.201.
En el caso de adquisición de mercaderías, suministros y/o equipamientos correspondientes a las obras aprobadas en la Ley N 5.201, a realizar por organismos de la Administración Descentralizada o las Empresas Públicas o las Sociedades con participación mayoritaria del Estado, el trámite administrativo de contratación incluyendo las licitaciones,
adjudicaciones, etc. será realizado mediante los mecanismos establecidos por los Reglamentos Internos de cada organismo, que hayan sido oportunamente aprobados por la normativa aplicable. Los organismos deberán informar periódicamente a la Secretaría de Administración y a la Secretaría de Financiamiento, ambas dependientes del Ministerio de Economía, a través de Nota firmada por su máxima autoridad, detallando los montos relacionados con los compromisos asumidos y los gastos incurridos en los rubros mencionados, ello para certificar debidamente la disponibilidad de fondos; al efecto, el Ministerio de Economía se encuentra facultado para requerir, en cualquier momento, informes actualizados a los organismos.Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Economía.Art. 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.WERETILNECK. A. Domingo.
oOo
DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 754.- 27-06-2018.- Designar a partir del 01 de Julio de 2.018
a la Sra. Diana Betina Tognoli DN.I. N 21.878.872, en el cargo de Subsecretaria de Asuntos Legales, dependiente del Ministerio de Salud.DECRETO Nº 759.- 28-06-2018.- Otorgar un aporte no reintegrable por la suma de Pesos Quinientos Mil $ 500.000.00 pagadero en una 1 cuota, a favor de la Municipalidad de El Bolsón CUT N 30-67294266-3, solicitado por su Intendente Sr. Bruno Pogliano CUIL N 20-271023759, destinado a solventar los gastos de actuación de la banda musical Miranda que presentó su show el pasado 25 de febrero del año en curso, en la cuadragésima cuarta Fiesta del Lúpulo 2018.- Expte. Nº 020018A-2018.
DECRETO Nº 761.- 28-06-2018.- Promover automáticamente al agente:
Morán Montoya Miguel Ignacio a partir del 01/01/2018 de acuerdo a la Categoría 11, agrupamiento Profesional de acuerdo a lo previsto por el Art. 15 Ley L 1.844 anexo lI.- Transfiérase a partir de la firma del presente Decreto con el correspondiente cargo presupuestario al Sr.
Morán Montoya, Miguel Ignacio CUIL. Nº 20-26177959-6 Leg.
0770633/9, Categoría 11 Agrupamiento Profesional, Ley L N 1.844
con situación de revista en la Jurisdicción 31, Programa 01, Actividad 02, del Ministerio de Obras y Servicios Públicos a la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro, Jurisdicción 61, Programa 11, Actividad 04, en esta Localidad.- Notifíquese a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo A.R.T., que a partir de la firma del presente Decreto el Agente en cuestión comenzará a prestar funciones en la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia.- Expte. Nº 148.637-DRH-2.017.
DECRETO Nº 762.- 28-06-2018.- Promover a la Sra. Cecilia Isabel Rivas D.N.I. N 21.572 567 Legajo N 659.527/8, quien reviste en el Ministerio de Salud, al Grado IV del Agrupamiento Segundo de la Ley L
N 1.904 y fijar como fecha para la próxima promoción el 01/06/2015.Expte. Nº 101.401-S-2016.
DECRETO Nº 763.- 28-06-2018.- Hacer lugar al reclamo como denuncia de ilegitimidad presentado por la Sra. Haydee Figueroa D.N.I. N
12.638.222 atento a lo dispuesto por el Artículo 75 de la Ley A N
2.938.- Reubicar a la Sra Haydce Figueroa D.N.I N 12.638.222 - Legajo N 655.334/6, con situación de revista actual en la Categoría 12 del Agrupamiento Servicio de Apoyo de la Ley L N 1.844, en las categorías y desde las fechas que se indican en la Planilla Anexa que forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo al cómputo que se específica en la misma, en los términos del Artículo 24 del Anexo II de la Ley L N
1.844.- Promover a partir del 01/01/2.017 a la Sra. Haydee Figueroa D.N.I. N 12.638.222 - Legajo N 655.334/6, a la Categoría 13 del Agrupamiento Servicio de Apoyo de la Ley L N 1.844.
Planilla Anexa al Decreto Nº 763

Expte. Nº 73.463-S-15.

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5696.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/08/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date16/08/2018

Page count30

Edition count1910

First edition03/01/2002

Last issue25/04/2024

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