Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/07/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 23 de Julio de 2018
Art. 2º.- Ratificar la reserva interna y el compromiso registrado en los términos de los Artículos 30 y 31 de la Ley H N 3186, por la suma de Pesos Siete Millones Trescientos Setenta y Ocho Mil Doscientos Ochenta y Cuatro c/60/00
$ 7.378.284,60, con cargo a la entidad 38, Programa 83, Actividad 02, Partida 581, Recurso 24123 en concepto de transferencias a Municipios /Comisión de Fomento Art. 4 y 5 Ley N.º 5.027.Art. 3º.- Ordenar el pago a favor de la Municipalidad de Dina Huapi, CUIT 30-67303087-0 e instruir al Fondo Fiduciario del Plan Gobernador Castello Banco Patagonia S.A. a transferir el monto de Pesos Siete Millones Trescientos Setenta y Ocho Mil Doscientos Ochenta y Cuatro c/60/00
$ 7.378.284,60. Dicho importe deberá ser transferido a la cuenta corriente bancaria Banco Patagonia N
900002561
CBU
0340292600900002561009.
Art. 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín Oficial y archívese.Cr. Agustín Domingo, Ministro de Economía Dr. Miguel Angel Cruz, Secretario de Administración.
Resolución Nº 272
S. C. de Bariloche, 15 de Junio de 2018
Visto: el Expediente Nº 6.245-SH-18 del Registro del Ministerio de Economía, la Ley Nº 5.201, el Decreto Nº 90/18 y Nº 297/18; y CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley Nº 5.201, la provincia de Río Negro ha emitido Títulos Públicos en el mercado internacional de capitales por una suma de Dólares Estadounidenses Trescientos Millones U$S 300.000.000,00.-;
Que el Artículo 4º segundo párrafo de la norma citada, establece que el diez por ciento 10% del crédito público obtenido sería dirigido a los Municipios y a las Comisiones de Fomento de la provincia de Río Negro que adhiriesen a la ley, según la distribución secundaria en el marco de la Ley Provincial N Nº 1.946, mediante la instrumentación de los respectivos convenios, los cuales debían estar destinados a la realización de obras de infraestructura y/o adquisición de bienes de capital;
Que el Artículo 5º de la ley citada, establece que el financiamiento otorgado a los Municipios que adhieran a la misma se distribuirá en un cincuenta por ciento 50% según lo dispuesto por el Artículo 4º -primer párrafoestablecido en la Ley Provincial N Nº 1.946 denominado Distribución por índice a ser reembolsado por los municipios y comisiones de fomento bajo las mismas condiciones financieras obtenidas por la Provincia; y el restante cincuenta por ciento 50% en partes iguales denominado Distribución en partes iguales, el cual tendrá el tratamiento de Aporte No Reintegrable Provincial;
Que el Decreto Nº 90/18, reglamentario de los Artículos 4º y 5º de la Ley Nº 5.201, de fecha 15 de febrero de 2.018, aprobó el modelo de acuerdo entre la Provincia y los Municipios o Comisiones de Fomento; asimismo, creó la Comisión de Seguimiento y Control de la Inversión de los Municipios y Comisiones de Fomento y sus funciones;
Que fs. 30 obra Nota SSH N 30/2018 de fecha 22 de febrero de 2.018, en cumplimiento del Artículo 3º del Decreto citado, la Subsecretaria de Hacienda perteneciente al Ministerio de Economía, determinó y comunicó los montos correspondientes a cada Municipio y Comisión de Fomento por cada uno de los conceptos antes detallados;

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BOLETIN OFICIAL N 5689
Que la determinación del importe surge de aplicar al monto emitido el índice de distribución secundaria de acuerdo a lo prescripto en el Artículo 4 de la Ley 5.201 98,703% Municipios y 1,297%
a Comisiones de Fomento respectivamente. El aporte obtenido de esta manera será destinado el 50% como aporte no reintegrable distribución 39 Municipios y el restante de acuerdo al Artículo 4 ley N N1946;
Que a fs.32/34 obra copia de la Ordenanza Municipal en cumplimiento del Artículo 1º Inc. C
del Anexo I del Decreto citado, exige a los Municipios la sanción de Ordenanza o norma legal adhiriendo a la ley provincial 5.201;
Que el Decreto Nº 297/18, de fecha 09 de abril de 2.018, reglamentó el funcionamiento de la Comisión de Seguimiento y Control de la Inversión de los Municipios y Comisiones de Fomento creada por el Artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 90/
18; asimismo, aprobó el modelo de Nota de Elevación y el modelo de Detalle de Inversión a ser presentado por los interesados;
Que a fs. 31 obra la presentación de la Nota de Elevación de la Municipalidad de Pilcaniyeu ante la Dirección de Municipios del Ministerio de Gobierno, manifestando la intención de obtener el Aporte No reintegrable, presentando proyectos por la suma de $ 7.640.200,00 e informando la cuenta corriente bancaria N 900001853
CBU:0340255100900001853006 a efectos de la realización de la transferencia correspondiente;
Que a fs. 39 luce copia autenticada del Acta de Aprobación del proyecto, labrada por la "Comisión de Seguimiento y Control de la Inversión de los Municipios y Comisiones de Fomento" del Decreto Nº 90/18 y el Decreto Nº 297/18;
Que a fs. 40 obra copia certificada por la Dirección de Municipios de la la notificación y consentimiento de las rendiciones pendientes y/o deuda existente con la Provincia, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 9 del Decreto 297/18;
Que a fs. 41/44 luce copia del acuerdo suscripto por el Sr. Gobernador de la Provincia de Río Negro y el Intendente de la localidad de Pilcaniyeu, por el cual la Provincia se obligó a instruir al Agente Fiduciario del Fondo Fiduciario del Plan Gobernador Castello a transferir hasta la suma de Dólares Estadounidenses Trescientos setenta y nueve mil seiscientos veintiocho c/00/00 U$S 379.628 en concepto de aporte no reintegrable;
Que surge del Anexo III - Detalle de Inversión de fs. 44; que el total a transferir al Municipio según proyecto de inversión presentado, es de Pesos Siete millones seiscientos cuarenta mil doscientos c/00/00 $ 7.640.200,00 o, U$S
Trescientos setenta y nueve mil seiscientos veintiocho c/00/00 U$S 379.628, según el tipo de cambio oficial vendedor del Banco de la Nación Argentina del día hábil bancario anterior a la transferencia, el menor;
Que se dio cumplimiento a los recaudos estipulados por el Art. 12 del Decreto 297/18, que dan lugar a las presentes actuaciones;
Que a fs.47 obra certificación del Subsecretario de Financiamiento en los términos de Art. 25 de la Ley N 5260;
Que en función de los establecido en los Artículos 30 y 31 de la Ley H N 3186, corresponde registrar el compromiso para el presente ejercicio en la entidad 38, Programa 83, Actividad 02, Partida 581, Recurso 24123 por suma de Pesos Siete millones seiscientos cuarenta mil doscientos c/00/
00 $ 7.640.200,00 equivalente a U$S 305.791,47
tomando como tipo de cambio la cotización correspondiente al día hábil bancario anterior al de la registración de la Reserva Interna;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Economía, la Contaduría General y la Fiscalía de Estado de la Provincia de Río Negro mediante Vista Nº 02581/
18;
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 16º de la Ley Nº 5.105 y su modificatoria Ley Nº 5.238;
Por ello:
El Ministro de Economía RESUELVE
Artículo 1º.- Aprobar la transferencia a favor del Municipio de Pilcaniyeu, CUIT 30-672960025, en concepto de Aporte no reintegrable, en virtud del acuerdo firmado en fecha 09 de Mayo de 2018
entre la provincia de Río Negro y la Municipalidad mencionada, por un monto que asciende a la suma de Pesos Siete millones seiscientos cuarenta mil doscientos c/00/00 $ 7.640.200,00.Art. 2º.- Ratificar la reserva interna y el compromiso registrado en los términos de los Artículos 30 y 31 de la Ley H N 3186, por la suma de Pesos Siete millones seiscientos cuarenta mil doscientos c/00/00 $ 7.640.200,00 con cargo a la entidad 38, Programa 83, Actividad 02, Partida 581, Recurso 24123 en concepto de transferencias a Municipios /Comisión de Fomento Art 4 y 5
Ley Nº 5.027.Art. 3º.- Ordenar el pago a favor de la Municipalidad de Pilcaniyeu, CUIT 30-67296002-5 e instruir al Fondo Fiduciario del Plan Gobernador Castello Banco Patagonia S.A. a transferir el monto de Pesos Siete millones seiscientos cuarenta mil doscientos c/00/00 $ 7.640.200,00. Dicho importe deberá ser transferido a la cuenta corriente bancaria Banco Patagonia N 900001853
CBU:0340255100900001853006.Art. 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín Oficial y archívese.Cr. Agustín Domingo, Ministro de Economía Dr. Miguel Angel Cruz, Secretario de Administración.
Resolución Nº 277
S. C. de Bariloche, 19 de Junio de 2018
Visto: el Expediente Nº 006240-SH-18 del Registro del Ministerio de Economía, la Ley Nº 5.201, el Decreto Nº 90/18 y Nº 297/18; y CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley Nº 5.201, la provincia de Río Negro ha emitido Títulos Públicos en el mercado internacional de capitales por una suma de Dólares Estadounidenses Trescientos Millones U$S 300.000.000,00.-;
Que el Artículo 4º segundo párrafo de la norma citada, establece que el diez por ciento 10% del crédito público obtenido sería dirigido a los Municipios y a las Comisiones de Fomento de la provincia de Río Negro que adhiriesen a la ley, según la distribución secundaria en el marco de la Ley Provincial N Nº 1.946, mediante la instrumentación de los respectivos convenios, los cuales debían estar destinados a la realización de obras de infraestructura y/o adquisición de bienes de capital;
Que el Artículo 5º de la ley citada, establece que el financiamiento otorgado a los Municipios que adhieran a la misma se distribuirá en un cincuenta por ciento 50% según lo dispuesto por el Artículo 4º -primer párrafoestablecido en la Ley Provincial N Nº 1.946 denominado Distribución por índice a ser reembolsado por los municipios y comisiones de fomento bajo las mismas condiciones financieras obtenidas por la Provincia; y el restante cincuenta por ciento 50% en partes iguales
Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5689.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/07/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date23/07/2018

Page count28

Edition count1910

First edition03/01/2002

Last issue25/04/2024

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