Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/07/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 05 de Julio de 2018

BOLETIN OFICIAL N 5684

dentro de los sesenta 60 días corridos de firmado el presente instrumento, un acuerdo especifico sobre los derechos mencionados y sobre la distribución de los beneficios derivados de la comercialización y explotación de los resultados susceptibles de protección.
Asimismo, todo aspecto relacionado con la propiedad de los derechos intelectuales e industriales susceptibles de protección y con la distribución de los beneficios derivados de la comercialización y explotación de tos derechos protegidos, que surjan con posterioridad a la presentación del acuerdo específico detallado en el párrafo precedente, deberán ser objeto de un nuevo acuerdo especifico, debiendo dicho instrumento ser sometido a consideración del MINCyT.
El MINCyT se reserva el derecho de divulgar los resultados del Proyecto, resguardando las necesidades de confidencialidad de los BENEFICIARIOS, debiendo mencionar en cada oportunidad que los mismos han sido obtenidos en el marco del Proyecto de la referencia, ejecutado por los BENEFICIARIOS.
DECIMATERCERA: CESION.Los BENEFICIARIOS no podrán ceder total o parcialmente, por cualquier título que fuere, el subsidio concedido, salvo que medie autorización escrita del MINCyT.
DECIMACUARTA: RESCISION.El MINCyT queda facultado para tener por rescindido el contrato por causa de los BENEFICIARIOS y considerar de plazo vencido, siendo las obligaciones del mismo / exigibles, en los siguientes casos:
a Si los BENEFICIARIOS incurrieran en falsedades en la información suministrada a el MINCyT u omitieran suministrar aquella que siendo relevante para la toma de una decisión, no le fuere favorable, inclusive al tiempo de solicitar el subsidio.
b Si los BENEFICIARIOS dieran a los fondos adjudicados un destino diferente, ajeno al Proyecto, al que se obligaron.
c Si los BENEFICIARIOS omitieran realizar los aportes comprometidos por su parte para la cofinanciación del proyecto, pudiendo, con carácter previo, suspenderse los desembolsos.
d Si no implementaran en tiempo y forma los informes de avance y final, y las rendiciones de cuentas, o las mismas adolecieran de defectos graves que motiven su rechazo.
e Si los BENEFICIARIOS incurrieran en abandono de la ejecución del Proyecto, considerándose tal cuando sin causa que lo justifique paralizaran la ejecución por un lapso mayor a dos meses y siendo intimados a su reanudación no la realizaran en el plazo de quince 15
días.
f Si los BENEFICIARIOS y/o los responsables de la ejecución del Proyecto se opusieran a la inspección o no suministraran ante el requerimiento concreto información suficiente.
g Cese de las actividades de los BENEFICIARIOS, disolución y/o liquidación, o cualquier otra situación que le impida la libre administración de sus bienes.
h Cualquier incumplimiento de los BENEFICIARIOS que revista gravedad suficiente para no admitir la prosecución del convenio, pudiendo el MINCyT, con carácter previo, suspender los desembolsos.
DECIMAQUINTA: RECAUDOS PREVIOS A LA RESCISION.Con carácter previo a la declaración de rescisión unilateral del contrato, el MINCyT notificará al o a los BENEFICIARIOS incumplidores, que los considera incursos en causal de rescisión, especificándola, otorgándole un plazo de diez 10 días hábiles para que alegue lo que crea conveniente en defensa de sus derechos e intereses legítimos y, si correspondiese, que proponga las medidas de prueba que estime conducentes. En su caso, se le intimará, además, para que en el mismo plazo acredite el acabado cumplimiento de las obligaciones cuya inejecución e incumplimiento se le atribuye.
DECIMASEXTA: EFECTOS DE LA RESCISION.La rescisión del contrato producirá los siguientes efectos, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula décima:
a Los BENEFICIARIOS deberán presentar al MINCyT dentro de los diez 10 días hábiles de notificado de la rescisión una rendición final de cuentas, con copia de la documentación justificativa del grado de avance del Proyecto y!o de todo compromiso válidamente contraído para la ejecución del mismo.
b Los BENEFICIARIOS deberán restituir al MINCyT los bienes adquiridos total o parcialmente con fondos de la subvención, reintegrar al MINCyT las sumas percibidas de la subvención que no hayan erogado válidamente para la ejecución del proyecto, y denunciar, acreditándolos, los compromisos válidamente asumidos con terceros
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con el mismo objeto y aun pendientes de pago, dentro de los TRES 3
días hábiles administrativos ulteriores a la fecha en que le sea notificado el acuerdo rescisorio o la declaración de rescisión unilateral por cualquier causa que sea, sin derecho a reclamo alguno dirigido al MINCyT.
c El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones dentro de los plazos establecidos, habilitará al EL MINCyT a promover la acción judicial pertinente para obtener su cumplimiento, sin necesidad de interpelación judicial ni extrajudicial previa.DECIMASEPTIMA: RESCISION DE COMM ACUERDO.En casos excepcionales, el El MINCyT y los BENEFICIARIOS podrán acordar la rescisión del contrato en relación al Proyecto. El acuerdo rescisorio dará circunstanciada cuenta de las razones que lo justifican, determinará el régimen de propiedad de los bienes adquiridos para la ejecución del Proyecto e incluirá rendición de cuentas e informe técnico de conclusión en el que se evaluarán los resultados obtenidos en relación con los objetivos previstos.
DECIMAOCTAVA: CONDICIÓN PREVIA AL PRIMER DESEMBOLSO.
Los BENEFICIARIOS se comprometen en forma expresa a presentar ante el MINCyT un informe que describa los Porcentajes de Ejecución Anual esperados para el presente Proyecto. La presentación del informe será una condición previa a la efectivización del primer desembolso.
DECIMANOVENA: INTEGRACION DEL CONVENIO:
Son elementos constitutivos del presente Convenio:
a El Contrato de Préstamo BID N 3497/OC-AR-AR, suscripto entre el ESTADO ARGENTINO y el BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO BID, aprobado por Decreto N 1881 de fecha 9 de septiembre de 2015.
b El Reglamento Operativo del PROGRAMA DE INNOVACIÓN
TECNOLOGICA IV, aprobado por Resolución del MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA N 782/
15 y su modificatoria N 2017-461-APN-MCT.
c El Proyecto CREACIÓN DE LA UNIDAD INTEGRADA PARA LA
INNOVACIÓN DEL SISTEMA AGROALIMENTARIO DE LA
PATAGONIA NORTE, contenido en el Expediente MINCyT N
0377/16.
Los beneficiarios declaran conocer y aceptar los instrumentos anteriormente detallados. Las relaciones jurídicas que los BENEFICIARIOS establezcan con terceros, con motivo de la ejecución del proyecto objeto del presente contrato, son ajenas a las que por este medio se regulan y no podrán derivarse derechos o exigirse pagos ni al MINCyT ni al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
BID, con sustento en este convenio.
VIGESIMA PRIMERA: DOMICILIOS Y PRÓRROGA DE COMPETENCIA.
Las partes constituyen los siguientes domicilios:
I El MINCyT en la calle Godoy Cruz N 2320, Piso 4, de la Ciudad de Buenos Aires;
II La UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO NEGRO en la calle Belgrano N 526, de la Ciudad de Viedma, Rio Negro;
III El INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA
en la Avenida Rivadavia N 1439, de la Ciudad de Buenos Aires;
IV El INSTITUTO DE DESARROLLO DEL VALLE INFERIOR en la calle Belgrano N 1536, Piso 4, de la Ciudad de Viedma, Río Negro;
V La UNIVERSIDAD NACIONAL EL COMAHUE en la calle Buenos Aires N 1400, de la Ciudad de Neuquén; y VI El GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en la calle Laprida N 212, de la Ciudad de Viedma, Río Negro, donde se reputarán válidas todas las notificaciones que se cursen, salvo cambio de domicilio fehacientemente notificado a la contraparte.
Las partes acuerdan prorrogar la competencia para dilucidar cuestiones litigiosas que pudieran originarse en razón del presente contrato, en los tribunales competentes con asiento en la Capital Federal, De conformidad se suscriben seis 6 ejemplares de un mismo tenor y al mismo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 días del mes de diciembre de 2017.
ANEXO I

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5684.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/07/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date05/07/2018

Page count28

Edition count1910

First edition03/01/2002

Last issue25/04/2024

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