Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/06/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5682

Art. 12.- MODALIDAD PERSONAL VIGILANCIA Y SERENO.12.1 Generalidades Este personal no podrá portar ningún tipo de armas.
No podrán retener contra su voluntad, personas que hubieran ingresado al edificio, con o sin su permiso.
Dada la especificidad de sus funciones el personal de vigilanciasereno no podrá abandonar su puesto de trabajo ni aún transitoriamente, salvo casos de gravedad o de fuerza mayor imprevisibles, sobre lo cual en caso de suceder deberá elaborar posteriormente el pertinente informe y elevarlo a su superior.
12.2 Funciones especificas del personal con tareas de vigilancia:
Se establece personal de vigilancia en aquellos establecimientos en situación de riesgo ante la circulación de personas ajenas a la escuela.
Su función es estar y controlar la circulación de personas en los lugares de acceso al establecimiento.
Cumplirá esa función en el momento que estén los alumnos, una vez retirados los mismos completará su carga horaria con funciones de limpieza.
12.3 Funciones específicas del personal con tareas de sereno:
Se hará uso de ésta modalidad pura y exclusivamente en establecimientos que no posean alarma.
Los dos francos semanales se otorgarán consecutivos, durante la semana en forma rotativa.
En la planilla de información mensual de asistencias, en forma separada del resto del personal 1844, con el título de personal modalidad vigilancia/sereno, se indicarán los datos correspondientes a ésta especialidad.
Realizar rondas por las dependencias internas del establecimiento controlando las aberturas puertas, ventanas, banderolas, etc.
asegurándose el correcto cierre de los accesos externos y de los ambientes internos que requieran seguridad laboratorios, biblioteca, depósito, etc. cerrando todas aquellas que estén innecesariamente abiertas que puedan facilitar accidentes o sustracciones.
Controlar el correcto cierre de las llaves de gas, agua o electricidad, verificando e informando eventuales pérdidas. Especialmente con la mayor urgencia cuando ellas puedan representar riesgos a las personas o a las propiedades a su custodia.
Encendido de las luces necesarias.
Control de los extintores de incendio, informando a quien corresponda, para asegurarse la carga de los mismos.
Llenado diario del cuaderno al efecto con las novedades y deficiencias observadas, presentándolo con la misma frecuencia, para su consideración y arbitrarlas soluciones que se requieran.
Registrar su hora de ingreso y de egreso y también la hora de ingreso y de egreso de personas y vehículos que lo hicieran fuera del horario administrativo, llevando un archivo de las autorizaciones escritas de tales ingresos.
Exigir a las personas que intenten ingresar fuera del horario normal administrativo la autorización correspondiente, expedida por autoridad competente.
Exigir, a las personas que pretendan ingresar vehículos, fuera del horario normal administrativo, el permiso al efecto, además del indicado en el inciso anterior.
Exigir que en la autorización conste detalladamente si puede ingresar o retirar bultos o cualquier tipo de bienes o cosas.
Tendrá la facultad de requerir la asistencia de la fuerza policial cuando lo considere necesario con motivo de su misión de vigilancia.
Art. 13.- MODALIDAD PERSONAL PEON DE CAMPO
13.1 Funciones específica del Peón de Campo:
Atender en forma general y particular a los animales.
Realizar tareas de preparación de suelos, siembra y recolección.
Ejecutar tareas de construcción o reparación de instalación de campos.
Operar con maquinarias agrícolas y velar por su conservación.
Opcionalmente transmitir conocimientos prácticos a los estudiantes cuando le fueran solicitados.
Art. 14.- MODALIDAD PERSONAL CASERO.
14.1 Generalidades:
Es el encargado del mantenimiento de todas las instalaciones de la custodia y el cuidado del patrimonio institucional, establecido en la normativa vigente, Resolución N 1480/09 del Reglamento para Centros de Educación Agropecuaria.

Viedma, 28 de Junio de 2018

14.2 Funciones específicas del personal con tareas de Casero Cumplir con el horario de entrada y salida firmado en el libro de asistencia correspondiente.
Deberá permanecer dentro del establecimiento durante e ciclo lectivo en el horario de 17:30 Hs. a 7.30 Hs. del día siguiente, todos los días de lunes a viernes.
Los días sábados, domingos y feriados, deberá garantizar la atención minima y diaria a los animales, cultivos o cualquier proceso productivo que allí se desarrolle.
Mantener un clima de respeto por las normas de convivencia, propiciando el cuidado del orden necesario para cualquier actividad.
Informar a su superior cualquier rotura, situación irregular, etc. Que observara en el cumplimiento de sus tareas.
Todos los trámites administrativos certificados, licencias, solicitudes.
etc., los deberá iniciar ante el Coordinador de Institución Educativa, y en el caso de no existir esta figura en la institución directamente ante la Secretaria.
Tener siempre disponible el libro de comunicaciones y registro de actividades diarias.
Asistir a reuniones cuando se lo requiera a fin de organizar las actividades.
Mantener en perfecto estado de conservación la vivienda que le otorga la escuela para el asiento de sus funciones la que solo se podrá tener uso familiar.
Art. 15.- MODALIDAD ENCARGADO DE EDIFICIOS PARA TAREAS
MENORES.
15.1 Generalidades.
El PSA será el encargado de supervisar el estado en que se encuentre el edificio escolar que tendrá a su cargo.
15.2 Funciones especificas del personal con tareas de encargado de edificio:
Arreglos básicos de picaportes y cerraduras; cambio de canillas, cuentos y/o similares, arreglo de flotantes y sistemas de escurrimiento de inodoros, reparación de fuelle y sifón de bajo mesada;
Encendido y regulación de temperatura de calefactores;
Reposición de vidrios menores/chicos;
Reposición de lámparas y tubos de iluminación;
Reparaciones sencillas de bancos y sillas.
Su dedicación será de 8 ocho horas funcionales a su responsabilidad.
15.3 Capacitación:
La capacitación del personal de esta modalidad estará a cargo de la Dirección de Educación Técnica. de Jóvenes y Adultos y Formación Profesional y del IPAP.
Art. 16.- MODALIDAD JEFE DE RADIO.
16.1 Generalidades:
El jefe de radio será seleccionado por concurso interno y tendrá una dedicación de 9 nueve horas diarias funcionales a su responsabilidad.
El jefe de radio deberá ser imparcial, objetivo y resolutivo en su tarea.
16.2 Funciones y requisitos específicos del Jefe de Radio.
Programar las actividades generales de limpieza y mantenimiento de los edificios escolares de su radio, coordinando y supervisando los distintos turnos para un mejor servicio en todos los establecimientos.
Será el nexo entre Directores y el Coordinador General de Jefes de Radio.
Custodiar los bienes muebles e inmuebles de establecimiento, procurando su preservación y conservación y comunicar al inmediato superior cualquier anomalía observada.
Proveer el material necesario para el normal funcionamiento del servicio llevando un registro de control de suministros, y administrar los fondos que se provean con oportuna rendición de cuentas.
Informar, licencias y faltas sin aviso del personal a su cargo.
Entender en todo lo que se refiera a Normas de Higiene y Seguridad del personal y del edificio escolar.
Su Radio será el que se le asigne y su lugar de trabajo, una escuela en particular que será consensuado con el Coordinador General de Jefes de Radio.
Tener una antigedad minima de 10 años, ser de planta permanente y ser PSA.
No poseer sanciones disciplinarias ni antecedentes.
Poseer título secundario.

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5682.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/06/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date28/06/2018

Page count38

Edition count1910

First edition03/01/2002

Last issue25/04/2024

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