Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/06/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5682

PSA con funciones de limpieza de escuelas comunes.
PSA con funciones de limpieza de escuelas de Jornadas Completas Extendidas.
PSA con funciones de cocina y ayudante de cocina.
PSA con funciones de lavadero y mucamas.
PSA con funciones de vigilancia.
PSA con funciones de sereno.
PSA con funciones de peón de campo de escuelas Técnicas.
PSA con funciones de caseros de escuelas Técnicas.
PSA con funciones de encargado de edificios para tareas menores.
PSA con funciones de Jefe de Radio.
PSA con funciones de Coordinador General de Jefes de Radios.
Art. 5º.- Las tareas y/o funciones a realizar por cada una de las modalidades se detallan indicativamente, pudiendo realizarse otras no especificadas en la reseña, siempre que éstas fueran homogéneas o de similares características a las determinadas. Queda totalmente prohibida la asignación y la realización de tareas extrañas a las típicas del personal de servicio de apoyo y también aquellas que pudieran responder a razones o necesidades particulares y no al servicio.
Art. 6.- Queda expresamente prohibido que el personal de servicio de apoyo de los establecimientos educativos de la provincia de Río Negro, acompañe a los alumnos a los sanitarios, hogares particulares y cualquier otro destino dentro y fuera del edificio escolar.
Art. 7.- Criterios para el funcionamiento del servicio de PSA.
7.1. Radio escolar Se denomina radio escolar a un conjunto de establecimientos escolares agrupados por la cercanía geográfica de los mismos. El PSA sólo pertenece a un radio escolar.
Las escuelas rurales no se agrupan por radio escolar.
7.2. Carga y Franja Horaria del PSA con funciones de limpieza:
El PSA que preste servicios en establecimientos educativos de jornada simple será de 6 seis horas diarias por turno a saber:
Primer turno de 7 a 13 horas.
Segundo turno de 12 a 18 horas.
Tercer turno de 17 a 23 horas.
El PSA que preste servicios en establecimientos educativos de jornada simple con carga horaria de 7 siete horas por turno a saber:
Segundo turno: de 11 a 18 horas o 12 a 19 horas.
El PSA que preste servicios en establecimientos de jornada completa y jornada extendida sera de ocho 8 horas diarias. En caso de aquellos agentes que no pudieran realizar las ocho 8 horas, se los podrá reubicar en algún otro establecimiento donde pueda cumplir 6
horas.
Primer turno de 07 a 15horas Segundo turno de 10 a 18 horas El PSA que se desempeñe en las escuelas hogares y residencias escolares, tendrá una carga horaria de 6 seis horas reloj diaria, equivalente a 30
horas reloj semanales con 2 dos días de descanso según corresponda.
El horario será estipulado por la Dirección de la Residencia Escolar, siempre teniendo como premisa la mejor organización institucional, cuidado y protección de los estudiantes.
7.3. Carga y Franja Horaria del PSA con funciones de sereno:
1 unturno de 6 horas 1 unturno de 7 horas 7.4. Carga y Franja Horaria del PSA con funciones de Jefe de Radio y el Coordinador General:
1 Un turno de hasta 9 horas diarias con disponibilidad horaria ante cualquier eventualidad.
7.5. Carga y Franja Horaria del PSA con funciones de Cocinero y Ayudante de Cocina 1 un turno de 6 seis horas comprendido de 8 a 14 horas o 12 a 18
horas 1 un turno de 7 horas comprendido de 7 a l4 horas o de 8 a 15
horas adicional por producción, en las escuelas donde se necesite reforzar los servicios de refrigerio y/o almuerzo y limpieza de comedor 7.6. Cantidad mínima y máxima de PSA de limpieza por modalidad y horario escolar
Viedma, 28 de Junio de 2018

Cota 4-7 es una prefiguración en donde el eje de las abscisas es la variable horaria y el eje de las ordenadas la variable modalidad. Para configurar el personal de cada edificio escolar se cruzan las variables mencionadas con los criterios de la administración educativa.
Los criterios de la Administración Educativa son: Centralidad pedagógica, mejora de la calidad del sistema, efectividad, eficacia y eficiencia del sistema educativo Ley Orgánica de Educación N 4819 Capítulo 11 Art. 190 de la Administración Educativa.
Configurar es dar determinada composición a algo. Esa composición se basa en elementos que lo hacen dinámico, flexible y adaptable a las realidades de cada Consejo Escolar sin desvirtuar el todo.

EEBA: Escuela de Educación Básica para Adultos.
CET: Centro Escuela Técnica.
CENS: Centro Enseñanza Nivel Secundaria.
ESRN: Centro Educación Media./ Escuela Secundaria Río Negro JMa.: Jardín Maternal.
JINF: Jardín de Infante.
EPC: Escuela Primaria Común.
EJF./JC: Escuela Jornada Extendida!Jornada Completa.
ESP: Escuela de Educación Especial.
Las cotas máximas y mínimas de PSA de cada Edificio Escolar dependerá del valor que tomen las variables modalidad, horario y los criterios de administración educativa. Siempre dependiendo del valor final que adquiera la cota; en general para cada edificio escolar será entre 4 y 7. Las justificaciones por fuera de ella dependerán sólo del criterio de la administración educativa.
7.7. Itinerancia El PSA será itinerante dentro del radio escolar y de la franja horaria en que ha sido designado. La itinerancia es facultad del Jefe de Radio. será excepcional siempre y cuando existan razones de servicio debidamente acreditadas y en ningún caso el ejercicio de la itinerancia podrá afectar derechos y garantías sindicales.
Por acta acuerdo entre Gobierno y Gremios se fijarán los radios escolares de cada Consejo Escolar.
Pase de un agente de una modalidad a otra modalidad:
El Ministerio de Educación y DDHH está facultado a cambiar de modalidad al personal por razones de necesidad debidamente justificadas. quedando a cargo y criterio de cada Consejo Escolar.
A pedido del agente siempre que no genere inconveniente de servicio.
En el caso de la extensión horaria de los establecimientos de Jornada Completa y Jornada Extendida, los agentes que no puedan cumplir dicho horario, podrán reubicarse en otros establecimientos e inclusive en otro radio escolar.
7.8. Actividades múltiples:
El PSA con funciones de limpieza podrá realizar una desinfección profunda dentro del horario normal de trabajo cotidiano tareas de limpieza general de los establecimientos-SUM-Galerias-Aulas-Cocina-Depósito-Patio, etc..
Esta posibilidad polimodal está destinada a dar respuesta reglamentaria a las situaciones preexistentes por las razones apuntadas y las que pudieran sobrevenir por las mismas en el futuro, buscando una eficiente y equilibrada distribución de cada dotación y de la respectiva carga de trabajo individual.
La autoridad competente al respecto será el Jefe de Radio, con la conformidad del Coordinador General de Jefes de Radio de cada Consejo Escolar. En caso de discrepancia se requerirá la ratificación o rectificación de la Dirección de Personal.
La distribución de las tareas entre el PSA la realizará el Jefe de Radio. En su ausencia el Coordinador General de los Jefes de Radio. Siempre estarán en acuerdo con el Director o Vicedirector que sigue teniendo la función de máxima autoridad de la Escuela. Dicha distribución de tareas deberá hacerse en forma equitativa.

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5682.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/06/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date28/06/2018

Page count38

Edition count1910

First edition03/01/2002

Last issue25/04/2024

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