Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/04/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5658

Viedma, 5 de Abril de 2018

oOo DECRETO Nº 211
Viedma, 22 de Marzo de 2018.
Visto: El Expediente N 94.350-MSYJ-2.017, de Registro del Ministerio de Seguridad y Justicia, y;
CONSIDERANDO:
Que los días 24, 25 y 31 de Diciembre de 2.017, y 01 de Enero de 2.018, se llevó a cabo la celebración de Navidad y Año Nuevo;
Que resulta conveniente el otorgamiento de un incentivo especial funcional, por la prestación de servicios por parte del Personal Policial Ley L N 679, comprendido en el Agrupamiento Seguridad, que prestó servicios efectivos los días 24, 25 y 31 de Diciembre de 2.017, y el 01 de Enero de 2.018;
Que se entiende por celebración el período comprendido entre los días 24 y 25 de Diciembre de 2.017, y los días 31 de Diciembre de 2.017 y 01 de Enero de 2.018. El incentivo a otorgar abonará conforme los términos del Artículo 6 de la Orden del Día N 240
19 de Diciembre de 2.017, de la Jefatura de Policía de Río Negro;
Que el presente se realiza en el marco de la Ley A Nº 2.397;
Que siendo la presente una medida extraordinaria transitoria que conlleva un importante esfuerzo económico para las arcas provinciales, se estima apropiado que sus consecuencias favorables recaigan como premio para aquellos agentes que cumplieron efectivamente con sus tareas, incentivándose el esfuerzo por contribuir a la calidad de la prestación de servicios, los días indicados;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Subsecretaría de Asuntos Legales del Ministerio de Seguridad y Justicia, el Ministerio de Economía, la Secretaría de la Función Pública, y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 0093118;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181º, Inciso I de la Constitución Provincial, y Artículo 2 de la Ley A Nº 2.397;
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Otorgar por única vez un incentivo de carácter no remunerativo y no bonificable para el personal Policial perteneciente al Agrupamiento Seguridad Ley L N 679 que prestó servicios efectivos en Navidad los días 24, y 25 de Diciembre de 2.017, y en Año Nuevo los días 31
de Diciembre de 2.017, y 01 de Enero de 2.018, por la suma de Pesos Cuatro Mil con 00/100 $ 4.000.00 y de Pesos Dos Mil con 00/100 $ 2.000,00
según Artículo 6º de la Orden del día N 240 de fecha 19 de Diciembre de 2.017, conforme lo expuesto co los considerandos del presente decreto.Art. 2.- Abonar la suma correspondiente a cada celebración al Personal Policial comprendido en el Agrupamiento Seguridad Ley L Nº 679 que prestaron servicios entre los días 24 y 25 de Diciembre de 2.017, y días 31 de Diciembre de 2.017 y 01 de Enero de 2.018, por la suma de Pesos Cuatro Mil con 00/100
$ 4.000.00 y de Pesos Dos Mil con 00/100 $ 2.000.00 según Artículo 6º de la Orden del día N 240 de lecha 19 de Diciembre de 2.017.Art. 3.- Autorizar al Ministerio de Economía a realizar las adecuaciones presupuestarias que considere necesarias para dar cumplimiento al presente Decreto.Art. 4.- El presente Decreto sera refrendado por los Señores Ministros de Seguridad y Justicia y Economía.Art. 5.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial, y archivar.WERETILNECK. G. Pérez Estevan. A. Domingo.

DECRETO Nº 213
Viedma, 22 de Marzo de 2018.
Visto: El Expediente N 80.464-RHP-16, del Registro del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo transita el reclamo presentado por la agente Patricia Beatriz Acosta DNI N 16.340.482, que reviste la Categoría 12 del Agrupamiento Administrativo del Estatuto escalafonario aprobado por la Ley L N 1844 y modificatorias;
Que a fojas 3 consta reclamo de la agente citada requiriendo se revise su carrera Administrativa y la recategorización correspondiente y se le abonen las diferencias salariales;
Que a fojas 97/98 consta Certificación de Servicios del Departamento de Recursos Humanos del Instituto con la carrera administrativa de la agente;
Que la agente es jornalizada a partir del 17 de noviembre de 1986 mediante Resolución N 2323/86 obrante a fojas 12;
Que la mencionada agente no tuvo interrupciones en su carrera administrativa desde su jornalización hasta el ingreso a la planta permanente;
Que a fojas 70/75 se agrega copia del Decreto Provincial N 1.283/90
con fecha 19 de julio de 1990, por medio del cual se incorpora a la Planta Permanente a la mencionada agente en categoría 2 del Agrupamiento Administrativo con fecha de promoción a partir del primer día del mes siguiente de la firma del presente, según Artículos 6 de la Ley 2.291;
Que por Resolución 2864/90 a foja 76, se le concede a la agente Licencia sin Goce de Haberes desde el 02/01/1991 hasta el 01/07/1991;
Que fue promovido en las categorías correspondientes a su carrera Administrativa según lo establecido en la Ley L N 1.844 y modificatorias;
Quc la última promoción automática de la agente Patricia Beatriz Acosta la reubicó en la Categoría 12 del Agrupamiento Administrativo del Estatuto escalafonario aprobado por la Ley L N 1844, a partir del 1/04/2014 conforme consta en el Anexo I del Decreto Provincial N 06/15 a fojas 93/96;
Que en virtud del reclamo efectuado corresponde hacer lugar al mismo considerando los años que la agente cumplió servicios como jornalizada en el período 17/11/1986 al 18/07/1990 para computo de su carrera administrativa y sus respectivas promociones de acuerdo al corrimiento según planilla anexa agrega con la presente, en los términos establecidos en la Ley A N
2938, Art. 75 como denuncia de ilegitimidad y reconstruir la carrera administrativa tomando como fecha de inicio 17 de noviembre de 1986;
Que la presente encuadra en los Artículo 9 y siguientes de la Ley L N
1.844. Ley N 3.487 y en el Artículo 12 inc. a y 75 de la Ley N 2.938;
Que ha tomado debida intervención la Subsecretaría Legal y Técnica del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, la Secretaría de la Función Pública y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 00899-18 a fojas 127 y vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Hacer lugar al reclamo efectuado por la agente Patricia Beatriz Acosta DNI N 16.340.482 en los términos establecidos en el Artículo 75 de la Ley N 2.938 importando una denuncia de ilegitimidad.Art. 2.- Reconstruir la carrera Administrativa y reubicar a la agente según Anexo que forma parte integrante del presente Decreto.Art. 3.- Liquidar a través del Area de Liquidaciones de sueldo del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, los montos que surjan en concepto de pago de las diferencias de liquidaciones aplicando el plazo de prescripción establecido en el Código Civil y Comercial Art. 2562 inc. c.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos.Art. 5.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK. C. Váleri.

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5658.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/04/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date05/04/2018

Page count24

Edition count1910

First edition03/01/2002

Last issue25/04/2024

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