Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/01/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5525

Aprobado en General y en Particular por Unanimidad Votos Afirmativos: Daniela Beatriz Agostino, Luis Horacio Albrieu, Ricardo Daniel Arroyo, Marta Susana Bizzotto, Arabela Marisa Carreras, Adrián Jorge Casadei, Juan Elbi Cides, Norma Beatriz Coronel, Rodolfo Rómulo Cufré, Oscar Eduardo Díaz, Mariana E. Domínguez Mascaro, Roxana Celia Fernández, Edith Garro, Viviana Elsa Germanier, María Inés Grandoso, Graciela Esther Holtz, Elsa Cristina Inchassendague, Javier Alejandro Iud, Silvana Beatriz Larralde, Tania Tamara Lastra, Leandro Martín Lescano, José Adrián Liguen, Facundo Manuel López, Héctor Rubén López, María del Carmen Maldonado, Héctor Marcelo Mango, Humberto Alejandro Marinao, Raúl Francisco Martínez, Marta Silvia Milesi, Silvia Beatriz Morales, Jorge Armando Ocampos, Silvia Alicia Paz, Carina Isabel Pita, Alejandro Ramos Mejía, Sandra Isabel Recalt, Sergio Ariel Rivero, Nicolás Rochás, Mario Ernesto Sabbatella, Leandro Miguel Tozzi, Graciela Mirian Valdebenito, Jorge Luis Vallazza, Miguel Angel Vidal, Elvin Gerardo Williams, Soraya Elisandra Iris Yauhar.
Ausentes: Alfredo Adolfo Martín, Alejandro Palmieri.
Prof. Pedro O. Pesatti, Presidente Legislatura.- Lic. Daniel Arnaldo Ayala, Secretario Legislativo.
Viedma, 29 de Diciembre de 2016.
Cúmplase, publíquese, dése al Registro, al Boletín Oficial y archívese.
Alberto E. Weretilneck, Gobernador.- Isaías Kremer, Ministro de Economía DECRETO Nº 2214
Registrada bajo el Número de Ley cinco mil ciento ochenta y siete 5187.
Viedma, 29 de Diciembre de 2016.
Matías Rulli, Secretario General.

ANEXO I
ADDENDA AL CONTRATO DE SERVICIOS
FINANCIEROS Y BANCARIOS DE
LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
Entre la PROVINCIA DE RIO NEGRO, representada en este acto por el Lic. Isaías Kremer en su carácter de Ministro de Economía de la Provincia, por una parte, y, por la otra parte, el Banco Patagonia S.A., representado en este acto por ______, en su carácter de ______, firman la presente Addenda al CONTRATO DE SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS
DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO.
Teniendo en consideración que:
En fecha 14 de diciembre de 2006 se suscribió el Contrato con el Banco Patagonia S.A. para que opere como Agente Financiero de la Provincia de Río Negro en los términos del Artículo 92 de la Constitución Provincial, por un término de diez 10 años.
Por Ley Provincial N 5160 se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones que regirá la Licitación Pública Nacional cuyo objeto es la celebración de una nueva contratación con una entidad bancaria, para que preste los servicios financieros y bancarios como Agente Financiero de la Provincia de Río Negro, en los términos del Artículo 92 de la Constitución Provincial;
Por medio de la Nota N 110 de fecha 19 de Octubre del corriente año, el Señor Ministro de Economía solicitó al Agente Financiero actual la prórroga de la contratación, en virtud a la complejidad de proceso licitatorio, prestando conformidad la entidad Bancaria para la prosecución del trámite;
La fecha de vencimiento del actual contrato es el 13 de diciembre del corriente año, debiéndose asegurar la continuidad de la prestación de los servicios bancarios que posibiliten el normal funcionamiento de la Administración Pública; ya que, en caso contrario, a la finalización del actual contrato del Agente Financiero se paralizaría el funcionamiento de la misma, hasta la entrada en vigencia del nuevo contrato;
La prórroga que se acuerda es en las mismas condiciones contractuales que se encuentran vigentes, operando desde el 14 de diciembre del corriente año y por un plazo de ciento ochenta 180 días; prorrogable automáticamente; o lapso menor en caso de concluirse antes del plazo indicado el procedimiento licitatorio y la puesta en vigencia del nuevo contrato;
Por todo lo expuesto, las Partes acuerdan lo siguiente:
Cláusula Primera: Las Partes manifiestan su plena conformidad para la prórroga del Contrato de Servicios Financieros y Bancarios de la Provincia de Río Negro, por un plazo de ciento ochenta 180 días corridos, contados a partir del 14 de diciembre de 2016; el que será prorrogable automáticamente por idéntico período, en su caso; o por lapso menor, en el caso de concluirse, antes del plazo anteriormente indicado, el procedimiento licitatorio para la selección de una entidad bancaria que preste el servicio de agente financiero y la puesta en vigencia del nuevo contrato.
En el supuesto que se diera por finalizada la prórroga, en su caso, por acontecer lo previsto en el artículo anterior, la Provincia comunicará tal circunstancia al Banco con una antelación de treinta 30 días corridos.

Viedma, 02 de Enero de 2017

Cláusula Segunda: A los fines de lo estipulado en la Cláusula Primera, se mantienen plenamente vigentes las mismas e idénticas condiciones contractuales estipuladas en el Contrato de Servicios Financieros y Bancarios de la Provincia de Río Negro celebrado en fecha 14 de diciembre de 2006, salvo lo expresamente establecido en la presente Addenda.
En la Ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, a los ______ días del mes de ______ de ______ se firman dos 2 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
PROVINCIA DE RIO NEGRO
Firma
Aclaración

BANCO PATAGONIA S.A.
Firma
Aclaración
oOo LEY Nº 5188
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- Prorrógase la fecha de entrada en vigencia del Código Procesal Penal aprobado por ley n 5020, hasta el 1 de agosto de 2017.
Art. 2.- El Superior Tribunal de Justicia y la Procuración General deberán informar por escrito a la Comisión Interpoderes, a partir del mes de enero de 2017, del 1 al 10 de cada mes y hasta la fecha establecida en el artículo anterior, los avances obtenidos para la efectiva puesta en marcha y adecuado funcionamiento del sistema adversarial.
Art. 3.- La presente ley entra en vigencia a partir de su sanción.
Art. 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a les veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.
Aprobado en General y en Particular por Unanimidad Votos Afirmativos: Daniela Beatriz Agostino, Luis Horacio Albrieu, Ricardo Daniel Arroyo, Marta Susana Bizzotto, Arabela Marisa Carreras, Adrián Jorge Casadei, Juan Elbi Cides, Norma Beatriz Coronel, Rodolfo Rómulo Cufré, Oscar Eduardo Díaz, Mariana E. Domínguez Mascaro, Roxana Celia Fernández, Edith Garro, Viviana Elsa Germanier, Maria Inés Grandoso, Graciela Esther Holtz, Elsa Cristina Inchassendague, Javier Alejandro Iud, Silvana Beatriz Larralde, Tania Tamara Lastra, Leandro Martín Lescano, José Adrián Liguen, Facundo Manuel López, Héctor Rubén López, María del Carmen Maldonado, Héctor Marcelo Mango, Humberto Alejandro Marinao, Raúl Francisco Martínez, Marta Silvia Milesi, Silvia Beatriz Morales, Jorge Armando Ocampos, Silvia Alicia Paz, Carina Isabel Pita, Alejandro Ramos Mejía, Sandra Isabel Recalt, Sergio Ariel Rivero, Nicolás Rochás, Mario Ernesto Sabbatella, Leandro Miguel Tozzi, Graciela Mirian Valdebenito, Jorge Luis Vallazza, Miguel Angel Vidal, Elvin Gerardo Williams, Soraya Elisandra Iris Yauhar.
Ausentes: Alfredo Adolfo Martín, Alejandro Palmieri.
Prof. Pedro O. Pesatti, Presidente Legislatura.- Lic. Daniel Arnaldo Ayala, Secretario Legislativo.
Viedma, 29 de Diciembre de 2016.
Cúmplase, publíquese, dése al Registro, al Boletín Oficial y archívese.
Alberto E. Weretilneck, Gobernador.- Isaías Kremer, Ministro de Economía DECRETO Nº 2215
Registrada bajo el Número de Ley cinco mil ciento ochenta y ocho 5188.
Viedma, 29 de Diciembre de 2016.
Matías Rulli, Secretario General.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/01/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date02/01/2017

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First edition03/01/2002

Last issue13/05/2024

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