Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/10/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5504

f Hospitales con cobertura de población de alto riesgo incluye complejidades V y IV
g Ejecución de obras menores de establecimientos educativos.
h Mantenimiento general y adquisición de insumos para establecimientos educativos.
i Gastos de representación del Primer Mandatario provincial.
j Gastos de hogares e instituciones dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.
k Establecimiento de Ejecución Penal N 1 de Viedma, Establecimiento de Ejecución Penal y Encausados N 2 de General Roca y Establecimiento de Ejecución N 5 de Cipolletti.
1 Establecimiento de Ejecución Penal N 3 de San Carlos de Baritoche.
Establecimiento de Encausados N 8 de Viedma y ex Maruchito de General Roca.
m Mantenimiento y funcionamiento de equipos para la Dirección de Vialidad Rionegrina.
n Gastos judiciales de la Fiscalía de Estado.
ñ Prevención y lucha contra incendios forestales.
o Gastos de funcionamiento de la Dirección de Vialidad Rionegrina.
Art. 2.- Modificar el punto 7- Apartado 2 del Artículo 64 del Decreto N 1737/98, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Apartado 2 - Fíjase como montos máximos para los Fondos Permanentes los siguientes importes:
a Hasta el importe de $
50.000,00
b Hasta el importe de $
40.000,00
c Hasta el importe de $ 2.600.000,00
d Hasta el importe de $
120.000,00
e Hasta el importe de $
720.000,00
f Hasta el importe de $ 1.450.000,00
g Hasta el importe de $
120.000,00
h Hasta el importe de $
190.000,00
Ajustándose los gastos que en concepto de contrataciones se efectúen a través del Fondo previsto en el Inciso g y h; en cuanto a los montos a lo establecido en la Resolución N 001/2004 y Ley N 286
de Obras Públicas.
i Hasta el importe de $
100.000,00
j Hasta el importe de $
100.000,00
k Hasta el importe de $
75.000,00
1 Hasta el importe de $
45.000,00
m Hasta el importe de $
300.000,00
Debiendo solventar con Fondos del Régimen de Coparticipación Vial. n Hasta el importe de $
50.000,00
ñ Hasta el importe de $
200.000,00
o Hasta el importe de $
85.000,00
Debiendo solventar con Fondos del Régimen de Coparticipación Vial.Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministro de Gobierno y Economía.Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y Archivar.WERETILNECK - L. D. Giácomo - I. Kremer.
oOo DECRETO Nº 1586
Viedma, 29 de Septiembre de 2016.
Visto: El Expediente N 034813-SP-2.016, del Registro del Ministerio de Desarrollo Social, y;
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones, se tramita la ratificación del Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social y la Municipalidad de Cervantes fs. 02/07;
Que el monto solicitado está destinado a fin de solventar la compra de materiales necesarios y pago de mano de obra, para llevar a cabo el Proyecto de Instalación del Servicio de Gas Natural en la localidad de Cervantes fs.
21/32;
Que dicho proyecto esta destinado a familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad social, donde se realizará la instalación de ochenta 80 conexiones de gas natural domiciliarias fs. 33/34;
Que el propósito del proyecto es mejorar la calidad de vida de esas familias, promoviendo el desarrollo social, tomando en cuenta que en su mayoría son obreros rurales estacionales y/o desocupados, por lo tanto es una población de escaso recurso adquisitivo y que sus tierras son municipales con tenencia precaria por parte de los pobladores fs. 35/196;
Que a fs. 13 consta el Informe Técnico respaldatorio al otorgamiento de dicha erogación;
Que el Ministerio de Desarrollo Social se compromete a aportar al Municipio la suma de Pesos ochocientos mil $ 800.000,00, pagaderos de la siguiente manera 04 cuotas iguales y consecutivas de Pesos doscientos mil $ 200.000,00 cada una;

Viedma, 20 de Octubre de 2016

Que la presente tramitación se encuadra en lo normado por el Artículo 4
del Decreto N 134/10 y su modificatorio Decreto N 229/13;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Social, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N 04080-16;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Ratifícase en todos sus términos el Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social, representado por el Señor Ministro del Ministerio de Desarrollo Social Don Galli, Héctor Fabian DNI N
20.793.294 y la Municipalidad de Cervantes CUIT N 30-65056167-4, representada por su Intendente Municipal, Señora Montanaro, Claudia Yannet DNI N 24.791.184, el que como Anexo I forma parte integrante de este Decreto.Art. 2.- Otorgase un aporte no reintegrable en cumplimiento a la cláusula tercera del convenio, por el monto total de Pesos ochocientos mil $
800.000,00, pagaderos en cuatro 04 cuotas iguales de Pesos doscientos mil $ 200.000,00, el que será destinado a la compra de materiales necesarios y pago de la mano de obra, para llevar a cabo el Proyecto de Instalación del Servicio de Gas Natural en la localidad, ochenta conexiones domiciliarias, a favor de las personas detalladas en el Anexo II que como tal integra el presente.Art. 3.- Apruébase el gasto por un monto total de Pesos ochocientos mil $ 800.000,00, pagaderos en cuatro 04 cuotas iguales y consecutivas de Pesos doscientos mil $ 200.000,00 cada una.Art. 4.- Comprométase la suma total de Pesos ochocientos mil $
800.000,00, a los créditos del Programa 01, Actividad 01, Partida 572, Otras Transferencias a Municipalidades, Código de Recurso 11721, a cargo del Ministerio de Desarrollo Social.Art. 5.- El importe aprobado deberá abonarse por la Tesorería General de la Provincia correspondiente a la cuenta corriente Nº 11990010 y girado a la orden de la Municipalidad de Cervantes CUIT Nº 30-65056167-4, siendo su Intedente Municipal Señora Montanaro, Claudia Yannet CUIL N
27-24791184-2 responsable de la administración y oportuna rendición de cuenta conforme a lo establecido en el Decreto N 134/10 y su modificatorio Decreto N 229/13.Art. 6.-Autorízase al Ministerio de Desarrollo Social a efectivizar el pago del Convenio ratificado por el Artículo 1, adecuándose a las disposiciones en vigencia.Art. 7.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Desarrollo Social.Art. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.WERETILNECK - F. H. Galli.

Planilla Anexa al Decreto Nº 1586

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/10/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date20/10/2016

Page count40

Edition count1913

First edition03/01/2002

Last issue13/05/2024

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