Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/06/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 30 de Junio de 2016

BOLETIN OFICIAL N 5472

Que el MOySP asignó para su financiamiento recursos del Fondo Federal Solidario creado por el Decreto Nacional N 206/09, al que adhirió la Provincia mediante Decreto Provincial N 82/09, cumpliendo con la finalidad del mismo por ser la presente una obra de que contribuye a la mejora de la infraestructura sanitaria.
Que mediante Nota N 074-SG-16 el Departamento Provincial de Aguas solicita financiamiento adicional por la suma de Pesos veintitrés millones ciento sesenta y dos mil cuatrocientos veintiuno con treinta y seis centavos $ 23.162.421,36.
Que en función de lo expuesto Las Partes convienen en celebrar la presente Addenda al Convenio firmado el 23 de Junio de 2014, de acuerdo a la forma y condiciones que se detallan seguidamente:
ADDENDA:
Cláusula Primera: El M.O. y S.P. se compromete a arbitrar los esfuerzos necesarios para gestionar el financiamiento y transferir a D.P.A. la suma complementaria de Pesos veintitrés millones ciento sesenta y dos mil cuatrocientos veintiuno con treinta y seis centavos $ 23.162.421,36, para la obra Reparación y Mejoramiento de Acueducto. Aº Ventana para Provisión de Agua Potable a Sierra Grande R.N., la que provendrá del Fondo Federal Solidario - Decreto N 206//09.
Cláusula Segunda: D.P.A. deberá presentar ante el MOySP, a su sólo requerimiento, toda la documentación que este considere necesaria con relación a la asignación y destino de los recursos complementarios acordados, para la presentación de los informes ante la Comisión de Seguimiento y Control, creada por el Artículo 4 del Decreto Provincial N 82/09.Cláusula Tercera: En todo lo no contenido en la presente Addenda, rige en todos sus términos el Convenio para ejecución de obra suscripto entre ambas partes el 23 de Junio de 2014.
En prueba de conformidad, las partes firman cuatro 4 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Viedma. Capital de la Provincia de Río Negro, a los del mes de Junio de 2016.
ANEXO I

oOo DECRETO Nº 867
Viedma, 16 de Junio de 2016.
Visto: el Expediente N 146.933-SO-2.015, del Registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la ejecución de la Obra: Construcción Hospital en Catriel, en la Provincia de Río Negro;
Que mediante Resolución Nº 599/2.015 del Registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos se aprobó la Documentación Técnica y el Presupuesto Oficial, y se autorizó a efectuar el presente llamado a Licitación Pública;
Que se ha cumplido con las publicaciones e invitaciones que exige la legislación vigente;
Que a fojas 357 a 364 se encuentran los correspondientes recibos de venta de pliegos de las empresas que adquirieron y fotocopias autenticadas de los depósitos efectuados:
Que con fecha 30 de Julio de 2.015 se procedió a la apertura de ofertas correspondientes a la Licitación Pública Nº 13/2.015, acto en el que presentaron sus ofertas las firmas Empresa Constructora Roque Mocciola Sociedad Anónima y Oriente Construcciones Sociedad Anónima - Eca Sociedad Anónima U.T.E.;
Que del acto de apertura participaron el Señor Gobernador de la Provincia de Río Negro, representantes del Ministerio de Obras y Servicios Públicos y de las Firmas oferentes:
Que en virtud de las ofertas recibidas, el Ministro de Obras y Servicios Públicos, mediante Resolución N 843/2.015 creó una Comisión de Preadjudicación encargada del estudio de las mismas en los términos de los Artículos 22 y 23 de la Ley J N 286 de Obras Públicas y su Decreto Reglamentario;
Que analizadas las ofertas por la citada Comisión de Preadjudicación, se observa que ambas exceden ampliamente el Presupuesto Oficial, por lo que se solicitó un mejoramiento de oferta, de ser factible fojas 789 y 490;
Que a fojas 791 y 792 las firmas Oriente Construcciones Sociedad Anónima Eca Sociedad Anónima U.T.E. y Empresa Constructora Roque Mocciola Sociedad Anónima presentan nota solicitando la postergación para la presentación de las respectivas mejoras de precios;

3

Que a fojas 793 y 794 la Comisión de Preadjudicación acepta la solicitud de las firmas y pospone la presentación de las mejoras de ofertas;
Que a fojas 796/985 la firma Empresa Constructora Roque Mocciola Sociedad Anónima presenta una nueva propuesta mejorada en la que cotiza la ejecución de los trabajos a realizar en la suma de Pesos ciento setenta y ocho millones ochocientos ochenta y dos mil ciento veintidos con veintinueve centavos $ 178.882.122,29;
Que a fojas 987/988 la firma Oriente Construcciones Sociedad Anónima - Eca Sociedad Anónima U. T. E., presenta una nueva propuesta mejorada en la que cotiza la ejecución de los trabajos a realizar en la suma de Pesos ciento setenta y ocho millones cuatrocientos dieciocho mil quinientos noventa $
178.418.590,00:
Que a fojas 989, nueva Acta de Apertura, se observó que el porcentaje de descuento alegado por la firma Oriente Construcciones Sociedad Anónima Eca Sociedad Anónima U.T.E. de fojas 987, no coincide con el monto de la propuesta de fojas 988, aclarando la mencionada firma a fojas 990 que prevalece el primero sobre el segundo, quedando el monto de la oferta mejorada en la suma de Pesos ciento setenta y nueve millones cuatrocientos dieciocho mil quinientos noventa $ 179.418.590,00;
Que analizadas y comparadas las ofertas, se observa que la firma Empresa Constructora Roque Mocciola Sociedad Anónima, con domicilio legal en la ciudad de General Roca, CUIT Nº 30-50574832-4, presenta la oferta por la suma de Pesos ciento setenta y ocho millones ochocientos ochenta y dos mil ciento veintidos con veintinueve centavos $ 178.882.122,29, representando un treinta y tres con cincuenta y un por ciento 33,51% por encima del Presupuesto Oficial, según consta y se justifica en Acta de Preadjudicación obrante a fojas 991/992 del presente expediente;
Que en virtud de lo expresado anteriormente surge que es conveniente adjudicar la ejecución de la Obra Construcción Hospital en Catriel, en la Provincia de Río Negro, a la firma Empresa Constructora Roque Mocciola Sociedad Anónima, con domicilio legal en la ciudad de General Roca, CUIT
Nº 30-50574832-4, en la suma de Pesos ciento setenta y ocho millones ochocientos ochenta y dos mil ciento veintidos con veintinueve centavos $ 178.882.122,29;
Que el plazo de ejecución de la obra se estima en novecientos 900 días corridos, proyectándose una ejecución presupuestaria para el ejercicio 2.016
del treinta por ciento 30% del total de la obra, ascendiendo a la suma de Pesos cincuenta y tres millones seiscientos sesenta y cuatro mil seiscientos treinta y seis con sesenta y nueve centavos $ 53.664.636,69, quedando pendiente de imputación un treinta y cinco por ciento 35% para el ejerecicio 2.017, ascendiendo a la suma de Pesos sesenta y dos millones seiscientos ocho mil setecientos cuarenta y dos con ochenta centavos $ 62.608.742,80;
y un treinta y cinco por ciento 35% para el ejercicio 2.018, ascendiendo a la suma de Pesos sesenta y dos millones seiscientos ocho mil setecientos cuarenta y dos con ochenta centavos $ 62.608.742,80;
Que la presente Obra prevé un Anticipo Financiero del 15% del monto contractual que asciende a la suma Pesos veintiseis millones ochocientos treinta y dos mil trescientos dieciocho con treinta y cuatro centavos $
26.832.318,34, en un todo de acuerdo con lo establecido en el Artículo 50
de la Ley J N 286 de Obras Públicas;
Que el saldo restante de la obra se cancelará en base a la acreditación de los avances y certificaciones de obra que presentará la firma Empresa Constructora Roque Mocciola Sociedad Anónima previa certificación por parte del Ministerio de Obras y Servicios Públicos;
Que según lo estipulado en el Decreto 1.313/14, y teniendo en cuenta el Apartado 20 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares, la Dirección de Certificaciones, Intereses y Reformulación de Contrato mediante Nota N 012/2.016, estima el monto aproximado a redeterminar en la suma de Pesos dieciocho millones trescientos diecisiete mil quinientos veintinueve con treinta y dos centavos $ 18.317.529,32, para el ejercicio 2.016;
Que se deberá ratificar el Compromiso conforme el Artículo 30 de la Ley H 3.186, habiéndose efectuado la Reserva Interna correspondiente, en los términos dispuestos por el Artículo 31 de la Ley citada;
Que mediante Ley J N 3.931 se crea el Fondo Fiduciario de Desarrollo de Infraestructura Rionegrina F.F.D.I.R, que tiene por objeto el diseño, construcción, mantenimiento operación y financiamiento de las obras de infraestructura económica o social que decida realizar el Poder Ejecutivo, designando como Fiduciario a Río Negro Fiduciaria SA;
Que por el Artículo 4 del Decreto N 1/15 de naturaleza Legislativa se prorroga la duración del mencionado Fondo por un período de 10
años;
Que el Fiduciario deberá constituir Fondos Específicos que estarán afectados a cada Contrato de Obra en particular en los que actúe el F.F.D.I.R
como garante o como agente de pago de las empresas contratada, debiendo incluir en cada Fondo Especifico la reserva de liquidez que se constituya para el respectivo Contrato y todo otro recurso que tenga afectación especifica al mismo;

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/06/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date30/06/2016

Page count48

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First edition03/01/2002

Last issue13/05/2024

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