Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/06/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 6 de Junio de 2016

Nº 5465

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 13,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVII
EDICION DE 28 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 28

DECRETOS

DECRETO Nº 700
Viedma, 24 de Mayo de 2016.
Visto: El Expediente N 113.567-EDU-13 del Registro del Ministerio de Educación y Derechos Humanos; y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N 1.768/2.014. del 22 de Diciembre de 2.014, obrante a fojas 906/909, se aprobó el llamado a Licitación Pública N 11/14, para contratar la ejecución de la obra Construcción de Jardín Independiente N 70 Viedma Plan de Obras, por la suma de Pesos Ocho Millones Quinientos Setenta y Siete Mil $ 8.577.000 y un plazo de ejecución de obra de 360 días corridos, adjudicada a la empresa Baszkir Construcciones Cuit Nº 20-05514561-0;
Que dicha contratación se encuadró dentro de lo previsto en la Resolución N 1.304/13 del Ministerio de Educación de la Nación, con aplicación complementaria y concordante de la Ley J N 286 de Obras Públicas y su Decreto Reglamentario J Nº 686/62;
Que el 15 de enero de 2.015, la Ministra de Educación y Derechos Humanos en representación de la Unidad Coordinadora Provincial y el titular de Baszkir Construcciones, suscribieron el Contrato de locación obra fs. 916/919;
Que Baszkir Construcciones afianzó la ejecución del Contrato mediante Póliza de Seguro de Caución, Garantía de Ejecución de Contrato N 755.557 por la suma de Pesos Cuatrocientos Veintiocho Mil Ochocientos Cincuenta $ 428.850 emitida por la linea Horizonte Compañía Argentina de Seguros S.A. cuyas copias obran glosadas a fojas 920/
923;
Que en el marco del Contrato mencionado, con fecha 13 de febrero de 2.015, se suscribió el Acta de Inicio de obra fs. 945;
Que en fecha 27 de febrero de 2.015, la inspección de la obra realizó la medición de los trabajos fs. 947 de la cual se desprende el Certificado de obra N 1 fs. 953, del cual surge un avance mensual de 1,75% por la suma de Pesos Ciento Cincuenta Mil Ciento Noventa y Nueve con Cincuenta y Un Centavos $ 150.199,51;
Que en fecha 31 de marzo de 2.015, la inspección de la obra realizó la medición de los trabajos fs. 978 de la cual se desprende el Certificado de obra Nº 2 fs. 979, del cual surge un avance mensual de 5,47% por la suma de Pesos Cuatrocientos Sesenta y Nueve Mil Trescientos con Cincuenta y Siete Centavos $ 469.300,57;
Que en fecha 30 de abril de 2.015, la inspección de la obra realizó la medición de los trabajos fs. 998 de la cual se desprende el Certificado de obra Nº 3 fs. 1.005, del cual surge un avance mensual de 5,25% por la suma de Pesos Cuatrocientos Cincuenta Mil Cuatrocientos Cincuenta y Seis con Ochenta y Ocho Centavos $ 450.456,88;
Que en fecha 29 de mayo de 2.015, la inspección de la obra realizó la medición de los trabajos fs. 1.019 de la cual se desprende el Certificado de obra N 4 fs. 1.027, del cual surge un avance mensual de 4,73% por la suma de Pesos Cuatrocientos Cinco Mil Novecientos Cuarenta y Uno con Cuarenta y Cinco Centavos $ 405.941,45;
Que en fecha 3 de junio de 2.015, la inspección de la obra, mediante Orden de Servicio N 21 obrante a fojas 1.089, solicitó a la Contratista en virtud del escaso progreso, que arbitre los medios necesarios para avanzar de acuerdo Plan de Trabajos previsto;

Que en fecha 30 de junio de 2.015, la inspección de la obra realizó la medición de los trabajos fs. 1.040 de la cual se desprende el Certificado de obra N 5 fs. 1.047, del cual surge un avance mensual de 4,37% por la suma de Pesos Trescientos Setenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Nueve con Veintiséis Centavos $ 374.459,26;
Que en fecha 3 de julio de 2.015, la inspección de la obra, mediante Orden de Servicio N 24 obrante a fojas 1.088, advirtió a la Contratista sobre faltante de material en la obra, por lo que solicitó a la brevedad la reposición de provisión para garantizar normal desarrollo de la misma;
Que en fecha 31 de julio de 2.015, la inspección de la obra realizó la medición de los trabajos fs. 1.062 de la cual se desprende el Certificado de obra N 6 fs. 1.069, del cual surge un avance mensual de 0,66% por la suma de Pesos Cincuenta y Seis Mil Ochocientos Cincuenta con Cinco Centavos $ 56.850,05;
Que en fecha 31 de julio de 2.015 la inspección de la obra observó que los trabajos se encontraban ampliamente demorados y se advirtió que el Contratista no informó los motivos de la misma, labrándose la Orden de Servicio N 26 fs. 1.087, intimándose a la empresa contratista que en el plazo de setenta y dos 72 horas se retome la normal ejecución de las tareas;
Que en fecha 6 de agosto de 2.015, habiendo transcurrido el tiempo estipulado en Orden de Servicio N 26, la inspección de la obra constató que la obra se encontraba paralizada, labrándose a tal efecto la Orden de Servicio N 27 fs. 1.086;
Que en fecha 08 de septiembre de 2.015, el Coordinador General de Inspección de Obras del Ministerio de Obras y Servicios Públicos informó de dicha situación al Ministerio de Educación y Derechos Humanos, mediante Nota N 659/15 fs. 1.084;
Que en fecha 11 de septiembre de 2.015, se remitió, desde la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de Educación y Derechos Humanos fs.
1.093/1.094 Nota N 836/SC/2.015, por la cual se solicitó al Ministerio de Obras y Servicios Públicos remitan Ordenes de Servicio que certifiquen cada día de paralización en el período de ejecución agosto 2.015 y se indique expresamente las Ordenes de Servicio a las que el Contratista no hubiera dado estricto cumplimiento;
Que en fecha 23 de septiembre el Secretario de Obras Públicas e Infraestructura mediante Nota N 1.248/2.015 fs. 1.097/1.099, remite al Ministerio de Educación y Derechos Humanos, informe elaborado por el Coordinador General de Inspección de Obras del cual se desprende que la obra se encuentra paralizada, y que se le imputa a la Contratista una multa equivalente al 117%o del monto contractual, según lo dispuesto en Pliego de Bases y Condiciones Generales apartado 7.4. Corresponde el 1%o por cada día de atraso en el cumplimiento de una orden de servicio, a contar desde la fecha de notificación., por otra parte se le imputa una multa equivalente al 42%o del monto contractual, según lo dispuesto en Pliego de Bases y Condiciones Generales apartado 14.5, Si el Contratista paralizara los trabajos sin causa debidamente justificada, el Comitente deberá aplicar una multa equivalente al 1%o del monto total del Contrato por cada día de paralización.;
Que el 16 de octubre de 2.015, la Subsecretaría de Asuntos Legales del Ministerio de Educación y Derechos humanos remitió Carta Documento N
E7843255-7 fs. 1.100, notificando a la contratista que a la fecha 22 de septiembre de 2.015, atento a lo informado por el Coordinador General de Inspecciones dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos mediante Nota N 699/15, por la cual certifican cuarenta y dos 42 días paralización injustificada de la obra, por incumplimiento de Ordenes de

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/06/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date06/06/2016

Page count28

Edition count1913

First edition03/01/2002

Last issue13/05/2024

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