Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/09/2020 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

ORDENANZA 1520-A-2020
Ciudad de Villa del Rosario, 29 de julio de 2020.VISTO: La necesidad de reconocer al personal un incremento salarial.Y CONSIDERANDO:
Que la propuesta consensuada con los Sindicatos de Villa María y Zona y Villa del Rosario y zona, surge del diálogo con ambas organizaciones en las que se ha llegado a un total acuerdo con el Departamento Ejecutivo Municipal, plasmado en acta de fecha 27 de Julio de 2020.
Que dicha propuesta importa una suma que las finanzas del Municipio están en condiciones de afrontar actualmente y en lo estimado para el resto del año, sin que esta mayor erogación pueda resentir las prestaciones de los servicios que brinda el Municipio, ni la paralización de las obras públicas en ejecución y proyectadas, ni tampoco afectar el cumplimiento de las demás obligaciones de esta Municipalidad y encuadrado dentro de lo proyectado para el personal, al formular el presupuesto para el presente ejercicio.
Que el inciso 9 del Art. 30 de la Ley Orgánica Municipal Nº 8102 establece que es facultad del Honorable Concejo Deliberante fijar las remuneraciones del Intendente, de los Secretarios, Funcionarios y Empleados.POR TODO ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA DEL
ROSARIO
SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Artículo 1º.- OTORGUESE un incremento no remunerativo del 6%
para el mes de Julio de 2020 y un incremento no remunerativo del 4%
acumulativo al porcentaje anterior formando un 10.24% para el mes de Septiembre de 2020 para todo el Personal de la Municipalidad de Villa del Rosario. Artículo 2.- COMUNIQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la ciudad de Villa del Rosario, a veintinueve días del mes de Julio de dos mil veinte.
VUELVA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PARA SU PROMULGACIÓN.
1 día - Nº 273106 - s/c - 07/09/2020 - BOE

ORDENANZA 1521-A-2020
Ciudad de Villa del Rosario, 29 de julio de 2020.FUNDAMENTOS
El Sr. CARABANTE CLAUDIO DANIEL, D.N.I. N17.679.696, concesionario de la explotación comercial del Bar y Kiosco de la Terminal de Ómnibus de Villa del Rosario, en virtud de la adjudicación que se le hiciera con motivo de Concurso de Ofertas N 01/2018, conforme lo dispuesto en el Decreto N 440/2018 de fecha 06/07/2018, ha presentado una nota en la cual pone de relieve la difícil situación económica que se encuentra atravesando con motivo de la Pandemia Covid-19, y solicita se le exima de BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVI - TOMO DCLXIX - Nº 205
CORDOBA, R.A. LUNES 7 DE SEPTIEMBRE DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

abonar el alquiler correspondiente al tiempo que dure la medida adoptada por el Gobierno nacional;
El aislamiento preventivo y obligatorio ha determinado una importante parálisis del sistema comercial y productivo, en razón de lo cual resulta comprensible la solicitud efectuada por el concesionario;
El Decreto de Necesidad y Urgencia N 260 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, de fecha 12/03/2020 amplió la emergencia sanitaria establecida en la ley 27.541 en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud OMS en relación al coronavirus COVID -19
por el plazo de un año a partir de la entrada en vigencia del mencionado decreto;
Los sucesivos Decretos dictados por el Poder Ejecutivo Nacional, N
297 del 19 de marzo de 2020, N 325 del 31 de marzo de 2020, N 355
del 11 de abril de 2020, N 408 del 26 de abril de 2020, Nº 459 hasta el 24
de Mayo de 2020, y 493/2020 hasta el 07 de Junio 2020, que extienden el aislamiento social, preventivo y obligatorio a todo el país;
El rubro Bares y Restaurant se vio afectado por la pandemia, como es de público conocimiento el rubro Bares y Restaurant por sus altos costos fijos, se vieron afectados en gran magnitud, no solo en la provincia, sino a nivel país y resto del mundo;
En razón de la situación aludida, nos encontramos en el campo de la modificación, renegociación y la adecuación del contrato motivado por cuestiones ajenas a las partes por fuerza mayor y hechos imprevistos que no fueron tenidos en cuentas al momento de la celebración del contrato de concesión, y que hechos sobrevinientes impidieron al concesionario el cumplimiento de lo pactado;

La Municipalidad se encuentra en la necesidad de enmarcar su actuación con los límites del abuso del derecho Arts. 10 y 11 del Código Civil y Comercial de la Nación, de la lesión, de la imprevisión y el Orden Público Art. 12 CCCN, debiendo conciliar y armonizar los fines individuales y los fines sociales que el contrato de concesión con el señor Carabante Claudio Daniel persigue;
POR TODO ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA DEL
ROSARIO, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Artículo 1º. EXÍMASE de abonar el 100% del canon convenido por el contrato de concesión de fecha veintiocho de agosto de dos mil dieciocho del Bar de la Estación Terminal de Ómnibus de esta ciudad de Villa del Rosario, al concesionario señor CARABANTE CLAUDIO DANIEL, D.N.I.
N17.679.696, por los meses de abril y mayo de 2020. Artículo 2º. EXÍMASE de abonar el 50% del canon convenido por el contrato de concesión de fecha veintiocho de agosto de dos mil dieciocho del Bar de la Estación Terminal de Ómnibus de esta ciudad de Villa del Rosario, al concesionario señor CARABANTE CLAUDIO DANIEL, D.N.I.
N17.679.696, por los meses de junio y julio de 2020, montos del canon que podrán ser pagado hasta en 6 cuotas mensuales y consecutivas sin interés a partir del mes de octubre de 2020. Artículo 3º. EXÍMASE de abonar el 50% del canon convenido por el contrato de concesión de fecha veintiocho de agosto de dos mil dieciocho del Bar de la Estación Terminal de Ómnibus de esta ciudad de Villa del Rosario, al concesionario señor CARABANTE CLAUDIO DANIEL, D.N.I.
N17.679.696, a partir del mes de agosto de 2020 y mientras dure la in-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/09/2020 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date07/09/2020

Page count17

Edition count1438

First edition31/07/2018

Last issue30/05/2024

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