Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/04/2020 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVI - TOMO DCLXIV - Nº 100
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 29 DE ABRIL DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

MUNICIPALIDAD DE

CRUZ ALTA

DECRETO Nº 021/2020
Cruz Alta, 23 de Marzo de 2020
VISTO: La Emergencia Sanitaria declarada en todo el territorio nacional, a causa de la propagación del Virus COVID-19, declarada pandemia por la Organización Mundial de la Salud el día 12 de Marzo de 2020;
Y CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad de Cruz Alta, tiene la responsabilidad de velar por la preservación de la salud pública de los vecinos.

Que, siguiendo las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación y de la Provincia de Córdoba, es necesario tomar las medidas preventivas pertinentes frente al COVID-19.
Que en el marco de la Ley Nacional 27541 ampliada por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/2020, y Decreto Provincial Nº 190/2020, a los que este municipio ya ha adherido, se han establecido una serie de medidas de acción que resulta de aplicación en todo el territorio nacional.
Que en relación a las distintas proyecciones practicadas por autoridades provinciales y nacionales, la demanda del sistema de salud provocada debido al Coronavirus, podría llegar a ser extremadamente alta, provocando un fuerte impacto sobre la comunidad, constituyendo un caso sin precedente en nuestro pueblo, y que exige hoy toda la atención, con vista al presente y futuro de nuestra localidad.

Que resulta alarmante no disponer de los medios y recursos, tanto humanos, tecnológicos como financieros, requeridos para atender la eventual demanda proyectada.

Que a los fines de intentar afrontar esta grave situación, y de dar garantías de servicio salud e institucionalidad a la población, frente a la escasez de recursos ante las previsiones mencionadas mas arriba, nos encontramos con la necesidad de contar con medios económicos extraordinarios.

Que la totalidad del dinero recaudado, sea destinado exclusivamente al área de competencia de la Secretaría de Salud Municipal, debiendo oportunamente el Municipio efectuar la rendición de cuentas correspondiente ante la comunidad de Cruz Alta.
Que ante los distintos llamados de parte de empresas y vecinos de nuestra localidad, poniendo de manifiesto su intención de colaborar, es necesario asignar un mecanismo de recepción, tanto en el espacio del Palacio Municipal, como también mediante la asignación de una cuenta especial en Banco Provincia de Córdoba, para quienes lo pretendan hacer mediante transferencia o depósito bancario.
POR LO EXPUESTO Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE CRUZ ALTA
DECRETA:
ARTICULO 1º: CREASE el FONDO SOLIDARIO DE EMERGENCIA
SANITARIA, el que estará a cargo de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Cruz Alta.
ARTICULO 2º: DETERMINASE que las donaciones podrán efectuarse ante la Secretaría de Finanzas en el Palacio Municipal, como así también mediante depósito o transferencia bancaria a la cuenta asignada y relacionada en el artículo siguiente.BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

ARTICULO 3º: ASÍGNESE la cuenta de titularidad de la Municipalidad de Cruz Alta Nº30900281403, CBU 0200309001000000281433 del Banco de la Provincia de Córdoba a los fines de recibir importes de dinero en concepto de donaciones para ser dispuesto exclusivamente por el área de Salud Municipal, en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada.
ARTICULO 4º: DISPONGASE que dichos fondos sean destinados únicamente a la contratación extraordinaria de personal profesional, adquisición de equipos médicos, compra de insumos médicos y/o farmacológicos, como así también a todo otro tipo de gasto que la autoridad de aplicación estime conveniente para mitigar los efectos de la pandemia, todo mientras dure la emergencia. Estos recursos no podrán ser disminuidos por reprogramación, ni podrán ser utilizados con otros fines diferentes a su propio objeto.
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE y hágase saber a quienes hayan realizado las transferencias, que deberán dar aviso vía correo electrónico a intendencia@cruzalta.gob.ar, o vía telefónica a la administración municipal.
Las donaciones efectuadas serán publicadas y no serán anónimas.
ARTICULO 4º: INSTRUYASE a la Secretaria de Salud para que de modo periódico comunique a la comunidad el monto recaudado y su destino. Asimismo deberá también realizar la rendición de cuentas correspondiente, ante los vecinos de nuestra localidad, en la oportunidad en que cesen los efectos provocados por el COVID-19.

ARTICULO 5º: PUBLÍQUESE, regístrese y oportunamente archívese.-

Fdo. Agustín H. Gonzalez Intendente / David F. ZANIN AREA Secretario de Gobierno.1 día - Nº 257089 - s/c - 29/04/2020 - BOE

DECRETO Nº 022/2020
Cruz Alta, 23 de Marzo de 2020
VISTO Y CONSIDERANDO:
La grave situación sanitaria que transita nuestro país a causa de la propagación del Virus COVID-19, declarada pandemia por la Organización Mundial de la Salud el día 12 de Marzo de 2020;

Que en el marco de la emergencia sanitaria y de la situación epidemiológica actual, resulta necesario implementar acciones y políticas excepcionales para el adecuado cumplimiento de las recomendaciones dispuestas por el Gobierno Nacional.
Que atento la crisis referida, se ha dispuesto un receso administrativo en muchas de las áreas del gobierno local, permaneciendo cerradas y sin atención al público, afectando el acceso por parte de los vecinos a realizar ciertas gestiones administradas por esas áreas.

Que por los motivos expresados, en el marco de la emergencia pública sanitaria en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud por el Coronavirus COVID-19, y a partir de la disposiciones dictadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial, es que resulta necesario instrumentar medidas en relación a la gestión de trámites por ante las ya relacionadas áreas municipales.
POR LO EXPUESTO Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/04/2020 - 5º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

CountryArgentina

Date29/04/2020

Page count12

Edition count1428

First edition31/07/2018

Last issue15/05/2024

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