Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/09/2020 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
MIÉRCOLES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2020
AÑO CVII - TOMO DCLXIX - Nº 201
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
CONCURSOS Y QUIEBRAS
El Sr. Juez de 1 Inst. y 29 Nom. C. y C. Concursos y Sociedades N 5 hace saber que en autos ARGELLO, FERNANDO ARIEL QUIEBRA PROPIA, por Sentencia N 100 del 11/08/20
se resolvió: I Declarar la quiebra del Sr. Fernando Ariel Argello DNI 24.357.962, CUIL N
20-24357962-8, con domicilio en Rubén Dario Nº346, Barrio Industrial, LA CALERA , S/D de la provincia de Córdoba IV Ordenar al fallido y a los terceros que posean bienes de aquel que, dentro del plazo de veinticuatro horas, hagan entrega de los mismos a la Sindicatura, bajo apercibimiento. V Intímase al fallido para que cumplimente acabadamente los requisitos a que refiere el art.86, 2do. párrafo de la ley 24.522.
VI Prohíbese al fallido realizar pagos de cualquier naturaleza, haciéndose saber a los terceros que los perciban que aquellos serán ineficaces. Asimismo, prohíbese a los terceros efectuar pagos al fallido, los que deberán realizarse por consignación judicial en los presentes autos. Asimismo se fijaron las siguientes fechas: hasta el día 13/10/20 inclusive, para que los acreedores presenten las peticiones de verificación de sus créditos ante el síndico Cr. Dante Américo Bonessi, Obispo Trejo N179, piso 1, Of. 1, Cba.
dantebonessi@arnet.com.ar; Tel. 3582405555;
Informe Individual: 1/12/20; Resolución art. 36
L.C.Q: 18/02/21; Informe General: 25/03/21. Of.
20/8/20
5 días - Nº 271000 - $ 3084,55 - 02/09/2020 - BOE

En los autos caratulados SINDICATURA DE
LA QUIEBRA DE ENERGISA MAX S.A. C/
CONTI, ADOLFO JUAN Y OTRO ACCIÓN
ORDINARIA EXTENSIÓN DE QUIEBRA
EXPTE. N6015051 Por S.N85 31.07.2020
se resolvió hacer lugar a la acción promovida y en consecuencia extender la quiebra de la sociedad Energisa Max S.A. a sus socios, Sres.
Orlando Jesús Bertagnolli, DNI N16.743.331, con domicilio real en calle Florencia n2828 y domicilio constituido en calle Vieytes n405, ambos de esta ciudad de Córdoba y, Adolfo Juan Conti, DNI N12.038.467, con domicilio en Bv.
Colón n77 de la ciudad de Bell Ville, provincia
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a SECCION

de Córdoba. La Sindicatura continuará siendo ejercida por el Cr. Norberto A. Urbani, síndico interviniente en los autos caratulados ENERGISA MAX. S.A. - QUIEBRA PEDIDA SIMPLE
EXPTE. N5920177 con domicilio a los efectos procesales en calle Ituzaingó N 270, 15 piso, Of. C y D de esta ciudad de Córdoba. Prohibir a los fallidos hacer pagos de cualquier naturaleza, haciéndose saber a los que los perciban que los mismos serán ineficaces. Asimismo prohibir a los terceros hacer pagos a los fallidos los que deberán realizarse por consignación judicial en los presentes autos. Intimar a los fallidos para que dentro del plazo de 24 horas cumplimente lo dispuesto por el art. 86 Ley 24.522, debiendo, en el mismo plazo, entregar al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Establecer como fecha límite, para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación y títulos pertinentes, ante el domicilio del Síndico, hasta el día 08 de octubre de 2020, debiendo atenerse a cuanto prescribe el art. 32 y 200 LCQ., en lo pertinente. En el supuesto de continuar el distanciamiento social en la oportunidad que deban presentarse las solicitudes verificatorias por ante la sindicatura, los acreedores quedan autorizados para efectuarlas también por correo electrónico a la dirección del funcionario. El Síndico deberá presentar el Informe Individual de créditos el día 10 de diciembre de 2020 y el informe general el día 09 de junio de 2021. Disponer que la sentencia de verificación de créditos será dictada el día 06 de abril de 2021 Art. 36 LCQ.
5 días - Nº 272130 - $ 9291 - 04/09/2020 - BOE

En los autos caratulados SINDICATURA DE
LA QUIEBRA DE ENERGISA MAX S.A. C/
CONTI, ADOLFO JUAN Y OTRO ACCIÓN
ORDINARIA EXTENSIÓN DE QUIEBRA
EXPTE. N6015051 Por S.N85 31.07.2020
se resolvió hacer lugar a la acción promovida y en consecuencia extender la quiebra de la sociedad Energisa Max S.A. a sus socios, Sres.
Orlando Jesús Bertagnolli, DNI N16.743.331, con domicilio real en calle Florencia n2828 y domicilio constituido en calle Vieytes n405, ambos de esta ciudad de Córdoba y, Adolfo Juan
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

SUMARIO
Concursos y Quiebras Pag. 1
Declaratorias de Herederos Pag. 3
Citaciones Pag. 10
Notificaciones Pag. 42
Sentencias Pag. 43
Sumarias Pag. 43
Usucapiones Pag. 43

Conti, DNI N12.038.467, con domicilio en Bv.
Colón n77 de la ciudad de Bell Ville, provincia de Córdoba. La Sindicatura continuará siendo ejercida por el Cr. Norberto A. Urbani, síndico interviniente en los autos caratulados ENERGISA MAX. S.A. - QUIEBRA PEDIDA SIMPLE
EXPTE. N5920177 con domicilio a los efectos procesales en calle Ituzaingó N 270, 15 piso, Of. C y D de esta ciudad de Córdoba. Prohibir a los fallidos hacer pagos de cualquier naturaleza, haciéndose saber a los que los perciban que los mismos serán ineficaces. Asimismo prohibir a los terceros hacer pagos a los fallidos los que deberán realizarse por consignación judicial en los presentes autos. Intimar a los fallidos para que dentro del plazo de 24 horas cumplimente lo dispuesto por el art. 86 Ley 24.522, debiendo, en el mismo plazo, entregar al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Establecer como fecha límite, para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación y títulos pertinentes, ante el domicilio del Síndico, hasta el día 08 de octubre de 2020, debiendo atenerse a cuanto prescribe el art. 32 y 200 LCQ., en lo pertinente. En el supuesto de continuar el distanciamiento social en la oportunidad que deban presentarse las solicitudes verificatorias por ante la sindicatura, los acreedores quedan autorizados para efectuarlas también por correo electrónico a la dirección del funcionario. El Síndico deberá presentar el Informe Individual de créditos el día 10 de diciembre de 2020 y el informe general el día 09 de junio de 2021. Disponer que la sentencia de verificación de créditos será dictada el día 06 de abril de 2021 Art. 36 LCQ.
5 días - Nº 272233 - $ 9291 - 07/09/2020 - BOE

En los autos caratulados SINDICATURA DE
LA QUIEBRA DE ENERGISA MAX S.A. C/

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/09/2020 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date02/09/2020

Page count53

Edition count3595

First edition01/02/2006

Last issue27/04/2024

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