Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/06/2020 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXVI - Nº 140
CORDOBA, R.A., JUEVES 18 DE JUNIO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

que mide 40,00 mts. y linda con el camino de las Altas Cumbres, B-C que mide 40,00 mts., lindando con parcela sin designación, posesión de Leonor del Valle Rivilli, C-D que mide 25,00 ms. y linda con posesión de Leonor del Valle Rivilli, D-E que mide 40,00 mts., que linda con la posesión de Leonor del Valle Rivilli y E-F
que mide 384,88 mts. y que linda con Camino de las Altas Cumbres y con parcela sin designación ocupado por la Sucesión de José María Andrada; al Este, el lado se divide en dos tramos, F-G que mide 68mts. y G-H que mide 255,90 mts. y lindan con Camino Público que lo separa de la Parcela 204, posesión de Juan María Domínguez; al Norte, el lado H-I que mide 374,85 mts. y linda con parcela sin designación, posesión de José Abelardo Gómez; y al Oeste, el lado I-A que mide 221,79 mts., lindando con parcela sin designación; encerrando el perímetro del campo que hace una superficie total de Diez Hectáreas Siete Mil Doscientos Ochenta y Uno con Veintiún Decímetros Cuadrados 10
has. 7.281,21 dms. Cuadrados; que se identifica en el Plano de Mensura de Posesión aprobado por la Dirección General de Catastro el 06
de diciembre de 2004, en Expte. Prov. N 0033093892/04, y afecta las cuentas empadronada en la Dirección General de Rentas bajo el N
28-03-1233164/3, a nombre de José Agustín Domínguez.- 2.- Ordenar la anotación definitiva de la sentencia, atento a que el Informe Nº 6026 del Departamento de Tierras Públicas de la Dirección de General de Catastro indica que no se encuentran afectados derechos fiscales de propiedad, ni se ha podido detectar que se afecte dominio alguno.- 3.- Disponer la publicación de edictos en el Boletín Oficial y diario La Voz del Interior en el modo dispuesto por el art. 790 del C. de P.C..- 4.- Imponer las costas por el orden causado.- PROTOCOLICESE, HAGASE SABER Y DESE COPIA.-fdo digitalmente dr ESTIGARRIBIA Jose Maris Juez.
10 días - Nº 261051 - s/c - 15/07/2020 - BOE

CORDOBA, 26/02/2020. Agréguese. Proveyendo a fs. 201/2 y 265: Admítase. En su mérito, recaratúlense las actuaciones. Fecho, dése al presente el trámite de juicio ordinario. Téngase presente la documental acompañada. Cítese y
emplácese al Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba para que en el término de tres 3
días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Oportunamente traslado por diez 10 días con copia de la demanda y de la documental presentada al efecto. Cítese en calidad de terceros interesados a Bazan de O.
D.M. y otros y/o Bazán de O D M, D.M. Bazan de O. y otros y/o Donata Bazan de Ortiz y/o Bazan de Ortiz, Donata M., a la Municipalidad y a los colindantes para que comparezcan en un plazo de tres 3 días, haciendo saber que su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. Para aquellos que en forma indeterminada se consideren con derechos sobre el inmueble, publíquense edictos en el Boletín oficial, por diez 10 veces y a intervalos regulares dentro de un período de treinta 30
días. Exhíbanse los edictos en la Municipalidad correspondiente a cuyo fin ofíciese. Ofíciese al Sr. Oficial de Justicia a los fines de colocar el cartel indicativo art.786 del C.P.C. Notifíquese a los domicilios que constan en autos. GONZALEZ de ROBLEDO, Laura Mariela JUEZ/A DE
1RA. INSTANCIA SAINI de BELTRAN, Silvina Beatriz SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA.
10 días - Nº 261173 - s/c - 12/08/2020 - BOE

El Juez de 1 Inst. y 31º Nom Civil y Com. de Córdoba, Pcia. de Córdoba, en autos NEME, Gustavo Guillermo - Usucapión - Med. preparat. para usucapión - Expte. 4570372 Ex 1130095/36, ha dictado la siguiente resol.:
SENTENCIA Nº 28. Córdoba, 14/03/2019. Y
VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO:
IHacer lugar a la demanda de usucapión promovida por el actor Gustavo Guillermo Neme, respecto del inmueble que según copia concordada de Escritura Pública número ciento dieciocho de fecha dieciocho de agosto de dos mil seis, afecta en forma total UNA FRACCIÓN
DE TERRENO, con todo lo edificado, clavado y plantado que contiene, designado como LOTE
CUATRO de la MANZANA SEIS, ubicado en el lugar denominado Cerro de Las Rosas, al Nor-Oeste del Municipio de esta ciudad, plano del Ingeniero Jose E. Buteler, y que mide: diez metros de frente al Nor-Este sobre la Avenida
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General Gregorio Velez, por cuarenta metros de fondo, lo que hace una SUPERFICIE TOTAL DE
CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS, lindando al Nor-Este con la expresada Avenida Gregorio Vélez, al Sud-Este con el lote número tres, al Nor-Oeste con el resto del mismo lote cuatro y al Sud-Oeste con el lote siete, todos de la citada manzana seis. El dominio consta a los números: 33.710, Folio 41150, Año 1955
y al número 37.902, Folio 48.452, año 1965 a nombre de las causantes Julia Arias y María Luisa Arias.; y que según Plano de Mensura realizado por el Ingeniero Civil Cristian Hadrowa, visado por la Dirección de Catastro, según Expediente Provincial 0033-22287/07, el diecinueve de julio de dos mil siete:NOTA: La presente Mensura afecta el Lote 4, Parcela 15
en forma total y coincidente, inscripto 2/3 partes indivisas en el Dº 33.710 Fº 41.150 Aº 1955, y 1/3 parte indivisa en el Dº 37.902 Fº 48.452 Aº 1965, y se encuentra empadronado en la Cuenta Nº 1101-0792455-8. Se deja constancia que la parcela tiene la siguiente nomenclatura catastral:Provincial: Dep: 11 Ped: 01 Pblo: 01 C: 05
S: 14 Mz: 019 Pc: 023. Municipal: D: 05 Z: 14 MZ:
019 Pc: 023. Afectaciones Registrales: Parcela 15, Total: SI, Dominio: Dº 33.710 Fº 41.150 Aº 1955, Dº 37.902 Fº 48.452 Aº 1965, Titular: MARIA LUISA ARIAS JULIA ARIAS, Nº de Cuenta 11010792455/8, Des. Oficial: Lote: 4 Pte. Mz: 6.
y, en consecuencia, declarar adquirido el dominio de dicho inmueble por parte del actor por prescripción adquisitiva, en función de lo dispuesto por los artículos 2474/2476, 4015 y concordantes del Código Civil. IIOficiar al Registro General de la Provincia y demás reparticiones que correspondan, a los fines de practicar las inscripciones pertinentes y las cancelaciones de los asientos dominiales contra cuyos titulares se operó la prescripción. III-Notificar la presente resolución por edictos a publicarse en el Boletín Oficial y en otro diario autorizado, en el modo dispuesto por el art. 790 del CPC. IVImponer las costas por su orden y diferir la regulación del honorario profesional del Dr. Marcelo E. Romero, por la intervención que ha tenido en autos, hasta tanto exista base para su determinación. Fdo: Dr. Aldo R. S. Novak, Juez.
10 días - Nº 259506 - s/c - 02/07/2020 - BOE

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/06/2020 - 2º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CountryArgentina

Date18/06/2020

Page count28

Edition count3597

First edition01/02/2006

Last issue30/04/2024

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