Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/06/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Las Malvinas son argentinas
VIERNES 10 DE JUNIO DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCXC - Nº 118
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 541
Córdoba, 17 de mayo de 2022
VISTO: el Expediente Electrónico N 0722-160204/2022 del registro de la Dirección General de Educación Primaria del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante las presentes actuaciones se propicia la aprobación de los Listados de Orden de Mérito de Aspirantes a cargos docentes, con carácter titular, de Capital e Interior Provincial, para el período lectivo 2022, confeccionados por la Junta de Calificación y Clasificación respectiva, correspondientes a la Dirección General de Educación Primaria D.G.E.P. de la Cartera actuante.
Que la señora Presidenta de la Junta aludida insta la gestión de marras, certificando que en la confección de las nóminas referenciadas se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto-Ley N 1910/E/1957 y por el Decreto Reglamentario N 3999/E/1967.
Que conforme surge de autos, el Listado Provisorio de Aspirantes a la Docencia Titulares 2022 fue debidamente publicado en el tiempo legal correspondiente y los reclamos interpuestos fueron resueltos, habiéndose realizado las respectivas adecuaciones.
Que luce agregada copia fiel de la Resolución N 61/2022 de la Dirección General de Educación Primaria, mediante la cual se aprueban los referidos listados y se elevan los obrados al Ministerio del ramo, impetrando su homologación.
Que la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Educación se pronuncia mediante Dictamen N 369/2022, señalando que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Capítulo IV -Ingreso a la Carrera Docente-, artículos 11 al 18, del Decreto Ley N 1910/E/1957 y sus concordantes del Decreto Reglamentario N 3999/E/1967.
Que el artículo 18 de la Ley N 8575 dispone que la designación de personal en la Administración Pública Central deberá contar con la previa aprobación por parte de este Poder Ejecutivo, la que se otorgará en base a las necesidades de servicio y las posibilidades financieras del Estado Provincial, debiendo realizarse oportunamente la imputación presupuestaria pertinente.
Que en esta instancia, corresponde aprobar los Listados en cuestión, en virtud de lo dispuesto por el artículo 16, inciso a, del Estatuto precitado, a los fines de la oficialización del padrón de aspirantes de que se trata.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por Fiscalía de Estado bajo el N 218/2022 y en uso de atribuciones constitucionales;

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 541 Pag. 1
Decreto N 543 Pag. 2
Decreto N 553 Pag. 3
Decreto N 554 Pag. 4
Decreto N 562 Pag. 5
Decreto N 563 Pag. 6
Decreto N 613 Pag. 6
Decreto N 614 Pag. 7
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 634 Pag. 8
Resolución N 635 Pag. 9
SECRETARÍA DE AMBIENTE
Resolución N 148 Pag. 10
Resolución N 149 Pag. 11
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
Resolución N 649 Pag. 16
AGENCIA CONECTIVIDAD CÓRDOBA
Resolución N 9 Pag. 17
AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E.
Resolución N 207 Pag. 18

Artículo 1.- APRUÉBANSE los Listados de Aspirantes a cargos docentes, con carácter titular, de Capital e Interior Provincial, para el período lectivo 2022, confeccionados por la Junta de Calificación y Clasificación competente, correspondientes a la Dirección General de Educación Primaria D.G.E.P., dependiente del Ministerio de Educación, que, como Anexo I, se acompañan y forman parte integrante de este acto.
Artículo 2.- DISPÓNESE que, por la Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría de Gestión Administrativa del Ministerio de Educación, se dará destino a los docentes incluidos en las Listas aprobadas en el artículo anterior, a medida que se produzcan vacantes titulares, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto-Ley N 1910/E/1957.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

ANEXO

1

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/06/2022 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date10/06/2022

Page count19

Edition count4130

First edition01/02/2006

Last issue03/05/2024

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