Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/01/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
AÑO CIX - TOMO DCLXXXV - Nº 4
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
10000,1 a 25000

5

25000,1 a 50000

5,15

50000,1 a 100000

5,3

100000,1 a 200000

5,5

Más de 200000

6

tividad desarrollada representa un riesgo potencial de contaminación al recurso por haberse incumplido la normativa vigente, esta Administración Provincial se encuentra facultada para aplicar el Coeficiente de Mayoración A que les corresponda según el caudal de vertido a los casos sin autorización.

f La clasificación de los establecimientos para encuadrarlos según el Coeficiente A, está basada en el caudal de vertido que presentan aquellos que aún no han obtenido la autorización de descarga de efluentes, entendiendo que a mayor caudal se incrementa el riesgo potencial de contaminación al recurso:
1. Establecimientos con autorización de vertido otorgada:

Descarga m/3 día Todos los tramos
Coeficiente Q

Coeficiente A de Mayoración
Todos
1

2. Establecimientos sin autorización de vertido otorgada:
Descarga m/3 día
Coeficiente Q

Coeficiente A de Mayoración
0,1 a 5

1

1

5,1 a 10

1,15

1

10,1 a 50

1,3

1,1

50,1 a 100

1,5

1,2

100,1 a 150

2

1,3

150,1 a 500

3

1,4

500,1 a 1000

3,5

1,5

1000,1 a 10000

4

1,8

10000,1 a 25000

5

2

25000,1 a 50000

5,15

3

50000,1 a 100000

5,3

4

100000,1 a 200000

5,5

5

6

6

más de 200000

Artículo 2: Para establecer el Derecho por Auditoría de Control de Efluentes Derecho de Inspección, contemplado en el Art. 47 del Anexo Único - Decreto N 847/2016, a los fines de asignar el Coeficiente A en el cálculo del canon, se tendrá en cuenta el que corresponde a los casos con autorización.
El propietario del establecimiento deberá abonar el importe que corresponda en concepto de Determinaciones analíticas practicadas a las muestras extraídas, ya sea que las mismas se realicen en el laboratorio del Ministerio de Servicios Públicos o cualquier otro.
Artículo 3: Todos los establecimientos que no hagan uso directo del recurso pero que, por las características de los residuos, la disposición de los mismos requiera de la actividad de esta Administración Provincial, abonarán la Tasa Mínima Tm.
Artículo 4: Las fechas de vencimiento de las tasas comprendidas en los artículos precedentes, se establecen de acuerdo al siguiente cronograma.
En caso de caer día inhábil, el vencimiento se trasladará al primer día hábil posterior.

Subrubro
1 cuota
2 cuota
3 cuota
4 cuota
5 cuota
6 cuota
Desages Autorizados
10-feb-22

10-abr-22

11-may 22

10-jun-22

10 -jul-22

10-ago-22

Desages Sin Autorización
10-feb-22

10-abr-22

11-may 22

10-jun-22

10 -jul-22

10-ago-22

Artículo 5: PROTOCOLÍCESE. Publíquese en el Boletín Oficial. Pase a la Subdirección de Jurisdicción Administración y Recursos Humanos para su conocimiento. Archívese.
FDO: PABLO JAVIER WIERZBICKI, PRESIDENTE - HORACIO SEBASTIAN HE-

En aquellos casos de establecimientos con autorización, en los que se constate fehacientemente en las actuaciones administrativas que la ac-

Resolución General N 54
Córdoba, 29 de diciembre del 2021
VISTO el Expediente Nº 0416-043280/2005 en el que se tramita la fijación de la tasa y la determinación de las fechas de vencimiento correspondientes al rubro AGUA EN BLOQUE para el AÑO 2022.
Y CONSIDERANDO:
Que a fojas 138/139 obra agregado informe técnico expedido por Subdirección de Jurisdicción Administración y Recursos Humanos, en el que se propone fijar el Canon para el Rubro AGUA EN BLOQUE correspondiente al AÑO 2022 y establecer la fecha de vencimiento para abonar dichas obligaciones según el cronograma agregado a fojas 139. Del mismo surge que los montos serán incrementados en relación a los valores del año 2021.
Que según lo prescripto por el Artículo 6 inc. i de la Ley N 9.867 APRHI, es atribución de esta Administración Provincial de Recursos Hídricos BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

RRERO, VOCAL - GUILLERMO H. VILCHEZ, VOCAL - GONZALO E. PLENCOVICH, VOCAL - CESAR DARIO SUAYA, VOCAL.

establecer el canon de agua y los precios o tarifas de los servicios a su cargo.
POR ELLO, constancias de autos, dictamen de la Jefatura de Área de Asuntos Legales Nº 482/2021 obrante a fojas 140 y facultades conferidas por Ley Nº 9.867; el Directorio de la ADMINISTRACION PROVINCIAL
DE RECURSOS HIDRICOS APRHI en pleno R E S U E LV E
Artículo 1: FIJAR para el AÑO 2022 la tarifa de suministro de Agua en Bloque a Cooperativas en la suma de $ 15,73 por cada metro cúbico m3.
Artículo 2: ESTABLECER los días 10 de cada mes como fecha tope de presentación de Declaraciones Juradas de Distribución de Utilidades en los casos en que corresponda, y como fecha de vencimiento para el pago del canon, el día 10 del mes siguiente al de cierre de ejercicio anual. En
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/01/2022 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date05/01/2022

Page count14

Edition count4163

First edition01/02/2006

Last issue19/06/2024

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