Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/01/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

MIÉRCOLES 26 DE ENERO DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCLXXXV - Nº 21
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 1454
Córdoba, 30 de noviembre de 2021
VISTO: El expediente Nº 0424-074745/2019, del registro del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la declaración de caducidad de la denuncia de herencia vacante formulada por la señora Marisol CRUZ
respecto de los bienes quedados al fallecimiento del señor Juan Antonio PEINE, y el inicio de las acciones judiciales a efectos de declarar la vacancia de los mismos y su incorporación al patrimonio de la Provincia.
Que obra la denuncia de herencia vacante de que se trata, formulada con fecha 27 de septiembre de 2019 por la señora Cruz, registrada por el S.U.A.C. del Ministerio de Finanzas, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 6 y 11 del Decreto-Ley N 25.387/B/42, en el Libro respectivo al número de orden 95, letra P - Año 2019, certificando que es la primera denuncia presentada; asimismo, se hace constar la existencia de un inmueble que integra el patrimonio relicto del causante y lo relativo a los titulares dominiales del inmueble en cuestión, inscripto a la Matrícula 876.071, señores Juan Antonio Peine y Rogelio Alfredo Peine, en una proporción de cada uno.
Que la señora Cruz ofrece como garantía real, un inmueble de propiedad del señor Valentín CRUZ, quien suscribe en forma conjunta la presentación inicial con la denunciante, identificado en la cuenta N 190410312755
e inscripto en el Registro General de la Provincia en la Matrícula N
570.518.
Que se adjunta documentación relativa a la cuestión de marras, tal como:
copia certificada del documento nacional de identidad de la denunciante;
copia certificada del Acta de Defunción del señor Juan Antonio Peine y escrito donde se rectifica el número de DNI del mismo, oportunamente denunciado; asiento registral del inmueble objeto de las presentes, así como el referido al inmueble ofrecido en fianza, y la sentencia de usucapión que ordenó -entre otras cosasla inscripción dominial a nombre de su titular;
informes de la Dirección General de Rentas, de la base imponible y de deuda de dichos inmuebles.
Que luce incorporado, además, certificación de la iniciación de las Declaratorias de Herederos de los señores Peine, por separado, expedidos por el Poder Judicial de la Provincia, agregándose copia de las actuaciones judiciales caratuladas Peine, Juan Antonio Declaratoria de Herederos Expte. N 6985450, de las que surge que se declaró como único y univerBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1454 Pag. 1
Decreto N 1565 Pag. 2
MINISTERIO DE SALUD
Resolución N 52 Pag. 3
Resolución N 53 Pag. 4
Secretaría General de la Gobernación Cronograma de Pagos Pag. 5
ADMINISTRACIÓN PROV. DE RECURSOS HÍDRICOS - APRHI
Resolución General N 52 Pag. 5
MINISTERIO DE FINANZAS
Fe de errata Pag. 6

sal heredero del causante a su hermano Juan Antonio.
Que la Jefatura de Área Patrimonial de la Contaduría General de la Provincia emite Informe N 14-025/2020 y propicia aceptar la denuncia efectuada, suscribiendo al pie la Contadora General de la Provincia.
Que mediante Actuación N 73/2020 de la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas, se intima con fecha 27 de noviembre de 2020
a la señora Cruz, para que, en el plazo de diez días, bajo pena de caducidad del trámite: incorpore en copia certificada las actuaciones judiciales completas de la Declaratoria de Herederos del señor Juan Antonio Peine, Expte. N 4695454; informe si ha recaído pronunciamiento judicial, acompañando copia certificada del mismo o cualquier otro dato de interés para la prosecución del trámite; y acompañe el asentimiento de la cónyuge del titular dominial del inmueble ofrecido en garantía.
Que en dicho contexto, con fecha 28 de julio de 2021, la mencionada Jefatura de Área Patrimonial y la Contaduría General de la Provincia, emiten Informe N 14-025/2021, manifestando que, atento haber transcurrido en exceso el plazo otorgado a la denunciante para el cumplimiento de lo pretendido, corresponde declarar caduca la denuncia, iniciar las acciones legales tendientes a declarar la vacancia de los bienes, e incorporarlos al patrimonio provincial.
Que analizadas las presentes actuaciones, conforme a lo prescripto por los artículos 14 del Decreto N 25.387/B/42 y 7 de la Ley N 5350 T.O. Ley N 6658, corresponde declarar la caducidad de la denuncia de herencia vacante de marras, por cuanto se verifica el incumplimiento a los emplazamientos cursados por la Contaduría General de la Provincia, así como la falta de prosecución oportuna del trámite propiciado, cuyo interés radica exclusivamente en cabeza de la denunciante.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/01/2022 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date26/01/2022

Page count6

Edition count4127

First edition01/02/2006

Last issue29/04/2024

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