Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/01/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

VIERNES 21 DE ENERO DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCLXXXV - Nº 17
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

1

a SECCION

SECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y
ECONOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N 2
Córdoba, 19 de enero de 2022
VISTO: la solicitud de inscripción en el Registro de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provincia de Córdoba RECOR, efectuada por la firma BIZIT GLOBAL S.A.
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 10.649 y su modificatoria, se creó el Registro de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provincia de Córdoba RECOR, en el que deben inscribirse quienes, cumpliendo los requisitos, estén inscriptos previamente en el Registro Nacional y se encuentren gozando de los beneficios estipulados en la Ley Nacional Nº 27.506 y deseen acceder a los beneficios creados por la precitada Ley.

Que por medio del Decreto Nº 193/2021, se aprobó la Reglamentación de la Ley Nº 10.649 y su modificatoria, y se dispuso que el Ministerio de Ciencia y Tecnología, a través de esta Secretaría de Nuevas Tecnologías y Economía del Conocimiento, o el organismo que en el futuro lo sustituya en sus competencias, fuera la Autoridad de Aplicación del precitado régimen de promoción.
Que, con fecha 05/01/2022, la firma BIZIT GLOBAL S.A C.U.I.T 3370987079-9 presentó la solicitud de inscripción en el RECOR, mediante la presentación del formulario y la documentación respaldatoria N de Expediente 0279-012218/2022 de conformidad a lo dispuesto en el Anexo I
de la Resolución N02/2021 de esta Secretaría;

Que la firma BIZIT GLOBAL SA C.U.I.T 33-70987079-9 está inscripta ante la Dirección General de Rentas en el impuesto sobre los Ingresos Brutos, según informa la Constancia de Ingresos Brutos que se adjunta al expediente.
Que la empresa desarrolla la actividad promovida Software y servicios informáticos y digitales, con los Códigos NAES N 620101, 620102, 620103, 620104 y 620300, denominados: Desarrollo y puesta a punto de productos de software, Desarrollo de productos de software específicos, Desarrollo de software elaborado para procesadores, Servicios de consultores en informática y suministros de programas de informática y Servicios de consultores en tecnología de la información respectivamente.
Que la firma se encuentra en situación regular ante el organismo recaudador provincial, habiéndose verificado en el día de la fecha, conforme los ordenado en el artículo 6 de la Resolución Nº 126/16, del Ministerio de Finanzas.

Que la Dirección de Jurisdicción Economías del Conocimiento, dependiente de esta Secretaría, en mérito a lo normado en el Anexo I de la BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y
ECONOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N 2 Pag. 1
SUBSECRETARÍA DE DISCAPACIDAD, REHABILITACIÓN
E INCLUSIÓN
Resolución N 15 Pag. 2
Resolución N 16 Pag. 3
Resolución N 17 Pag. 4
Resolución N 18 Pag. 5
Resolución N 20 Pag. 5
Resolución N 21 Pag. 6
Resolución N 22 Pag. 6

Resolución N 02/2021 de esta Secretaría, examinó el cumplimiento de los requisitos y demás formalidades establecidas en la normativa vigente, conforme surge del Informe de admisibilidad y procedencia.
Que, en consecuencia, habiendo cumplimentado los requisitos exigidos por la normativa aplicable al Régimen, corresponde inscribir a la firma BIZIT GLOBAL S.A C.U.I.T 33-70987079-9 en el RECOR creado por Ley Nº 10.649 y su modificatoria N 10.722.

Que, en virtud de tal inscripción, la empresa accederá a los beneficios promocionales contemplados en el Artículo 3 de la Ley N 10.649 y su modificatoria 10.722, Reglamentada por Decreto N 193/2021.
Que la firma desarrolla las actividades promovidas en un 20% del inmueble empadronado ante la D.G.R. con la Cuenta N 110124156025, lo que detenta a través de Contrato de Locación con vencimiento el día 21 de julio de 2024.

Que a los fines de la exención del impuesto a los Sellos la firma beneficiaria deberá acreditar que los contratos y/o instrumentos que se celebren, sean con motivo de la ejecución, explotación y/o desarrollo de las actividades promovidas desde la fecha de la inscripción en el RECOR.

Que los beneficios que por este instrumento se otorgan entrarán en vigencia de conformidad y con las limitaciones establecidas en los artículos 1 a 6 del Decreto N 193/2021.

Que a los fines de acceder al Programa de Promoción de Empleo a la Economía del Conocimiento creado por artículo 4 de la ley 10.649 y su modificatoria, la firma BIZIT GLOBAL S.A C.U.I.T 33-70987079-9
deberá, oportunamente, dar cumplimiento a las Bases y Condiciones aprobadas mediante Resolución Conjunta N 26/2021, emanada de este Ministerio de Ciencia y Tecnología, en su carácter de Autoridad de Aplicación y el Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar.
Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 9 de la Ley N 10.649 y su modificatoria N10.722 y el Decreto N 193/2021.
Por todo ello, las actuaciones cumplidas e Informe agregado;

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/01/2022 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date21/01/2022

Page count7

Edition count4127

First edition01/02/2006

Last issue29/04/2024

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