Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/10/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

do en dicho Programa y consecuentemente DISPÓNESE el retiro de la Resolución Ministerial Nº 413/2018 de fecha 13 de diciembre de 2018.
Artículo 2º.- FACÚLTASE al señor Subsecretario de Regularización Dominial y Recupero de Viviendas Sociales a devolver las garantías de mantenimiento de oferta presentadas, en los casos que sea procedente y conforme lo dispuesto en la normativa vigente.

AÑO CVIII - TOMO DCLXXXII - Nº 211
CORDOBA, R.A. MARTES 12 DE OCTUBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción Económico Financiero y de Administración de la Subsecretaria de Regularización Dominial y Recupero de Viviendas Sociales, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Subsecretaria a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS

Resolución N 250
Córdoba, 29 de diciembre de 2020
Expediente Nº 0135-035684/2018.VISTO: este expediente en el que la Subsecretaría de Regularización Dominial y Recupero de Viviendas Sociales propicia por Resolución Nº 0431/2020 se deje sin efecto el procedimiento de Subasta Electrónica Inversa Nº 27/2018, realizado a los fines de contratar la ADQUISICIÓN DE
MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 19 UNIDADES DE VIVIENDA SEMILLA EN EL ÁMBITO DEL DEPARTAMENTO RIO SEGUNDO DE
LA PROVINCIA DE CÓRDOBA en el marco del PROGRAMA VIVIENDA
SEMILLA.

Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos Resolución Ministerial Nº 419 de fecha 13 de diciembre de 2018 por la cual se adjudicó, mediante el procedimiento de Subasta Electrónica Inversa, la referida adquisición a la Empresa FERRETERIA DE DIEGO S.R.L., por la suma de $ 3.990.000,00.
Que conforme al procedimiento legal, las presentes actuaciones fueron remitidas al Tribunal de Cuentas de la Provincia, quien según consta en autos, resolvió en acuerdo del día 28 de Diciembre de 2018, intervenir preventivamente y visar el mencionado acto administrativo.
Que sin perjuicio de ello y atento las facultades de la administración contratante, el señor Subsecretario de Regularización Dominial y Recupero de Viviendas Sociales solicita se arbitren las medidas necesarias a los fines de dar de baja el proceso de contratación tramitado en autos y se disponga en consecuencia el retiro de la Resolución Ministerial Nº 419/2018, en virtud de la creación del PLAN 25 MIL VIVIENDAS cuyo objetivo absorbe al planteado en el PROGRAMA VIVIENDA SEMILLA, creado por Decreto Nº 1196/2018.
Que en relación a la potestad discrecional de la Administración de dejar sin efecto la subasta electrónica hasta antes de la adjudicación, la doctrina se ha expedido favorablemente ya que los oferentes sólo tienen una situación de interés legítimo y si dentro del marco normativo resultaba clara la posibilidad de la Administración de disponer el cese de la licitación, nada puede reprochársele, en virtud incluso de la teoría de los actos propios y el consentimiento a priori de los oferentes, al aceptar las bases de la licitación. Es que mientras la autoridad competente para efectuar la adjudicación definitiva no se haya expedido, la Administración no está obligada a contratar con ninguno de los adjudicatarios provisionales, y, correlativamente, éstos no pueden intimarla a materializar el contrato. Ello así, por cuanto la Administración Pública actúa dentro del campo de su actividad discre-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

cional cfr. Fundación Hermandad Internacional de Escorpiones c/
Estado Nacional Min. de Trabajo y otra s/ varios CNACAF, Sala II Doctores Damarco, Herrera según su voto y Garzón de Conte Grand 18-10-94
Que obra Dictamen N 285/2020 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, visto que de las constancias de autos no surge que se haya notificado fehacientemente al oferente del acto administrativo de adjudicación, así como tampoco surge su publicación, por ende y conforme a la normativa no se ha perfeccionado la relación contractual, de conformidad a las disposiciones del artículo 103
de la Ley Nº 5350 t.o. 6658, artículo 27 inciso a de la Ley Nº 10155, artículo 5.8 del Anexo I de la Resolución Nº 46/2018 de la Dirección General de Compras y Contrataciones y doctrina referenciada, considera que puede dictarse el acto administrativo propiciado.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº 285/2020 y en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º- DÉJASE SIN EFECTO el procedimiento de Subasta Electrónica Inversa Nº 27/2018, realizado a los fines de contratar la ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 19 UNIDADES
DE VIVIENDA SEMILLA EN EL ÁMBITO DEL DEPARTAMENTO RIO SEGUNDO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA en el marco del PROGRAMA
VIVIENDA SEMILLA, en virtud de la creación del PLAN 25 MIL VIVIENDAS cuyo objetivo absorbe al planteado en dicho Programa y consecuentemente DISPÓNESE el retiro de la Resolución Ministerial Nº 419/2018 de fecha 13 de diciembre de 2018.
Artículo 2º.- FACÚLTASE al señor Subsecretario de Regularización Dominial y Recupero de Viviendas Sociales a devolver las garantías de mantenimiento de oferta presentadas, en los casos que sea procedente y conforme lo dispuesto en la normativa vigente.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción Económico Financiero y de Administración de la Subsecretaria de Regularización Dominial y Recupero de Viviendas Sociales, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Subsecretaria a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/10/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date12/10/2021

Page count9

Edition count4131

First edition01/02/2006

Last issue04/05/2024

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