Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/12/2020 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXXII - Nº 275
CORDOBA, R.A. MARTES 1 DE DICIEMBRE DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Artículo 1.- DISPÓNESE la adquisición directa del inmueble que fuera declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica para la ejecución de la Red de Acceso a Córdoba RAC correspondientes a la Ruta Nacional N 19, por Ley N 9857, e individualizado por Resolución N 53/2017 del entonces Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, en el marco de las facultades delegadas por Decreto N
353/2015, ubicado en Pedanía Galarza, hoy Yegua Muerta, Departamento Rio Primero de esta Provincia, inscripto en su mayor superficie en el Registro General de la Provincia en Matricula N 1.007.250, con una superficie a afectar de 14 has., 1.950 m2, de acuerdo al Plano de Mensura confeccionado por la Ing. Agrimensora Graciela E. Loyácono y visado por la Dirección General de Catastro con fecha 27 de marzo de 2013, en el Expte. N 0033-067149/2012; y, consecuentemente, APRUÉBASE el Convenio Definitivo de Adquisición de Inmueble por Avenimiento, que como Anexo I, compuesto de once 11 fojas útiles, integra este acto, celebrado entre la firma CAMINOS DE LAS SIERRAS S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba, y la señora Dominga María GIAMPIERI, D.N.I. N
10.683.611, en carácter de titular del mencionado bien; ello, por la suma to-

tal, única y definitiva de Pesos Tres Millones Cinco Mil Setecientos Noventa y Uno con Veinticinco Centavos $ 3.005.791,25, para ser destinado a la ejecución de la obra DUPLICACIÓN DE CALZADA RUTA NACIONAL N
19 - TRAMO: ESTACIÓN PEAJE - INICIO VARIANTE RÍO PRIMERO .
Artículo 2.- La transferencia de dominio del inmueble en cuestión a favor del Estado Provincial será efectuada conforme a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N 6394.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras Públicas y Fiscal de Estado.
Artículo 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a Caminos de las Sierras S.A., notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO

PODER JUDICIAL

CÁMARA CIVIL, COMERCIAL Y CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE VILLA MARÍA
Resolución Administrativa N 1
Villa María, 12/11/2020.
ANTECEDENTES:
--- Estas actuaciones caratuladas INSCRIPCIONES Y CONFECCIÓN DE
LA LISTA PARA SORTEO DE SÍNDICOS, COADMINISTRADORES, ESTIMADORES Y ENAJENADORES - LEY 24522 Nº 7559988, registrada en SAC el 26/09/2018, traídas a consideración de los vocales de esta Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, de Familia y Contencioso Administrativo de la ciudad de Villa María, a fin de resolver sobre la vigencia del listado de Síndicos correspondiente a esta sede.
VALORACIONES:

1 Que mediante Resolución Administrativa Número Tres del 06/09/2016
ff. 6684/6686 se dispuso conformar la lista de Síndicos titulares y suplentes correspondiente a la Categoría B, para ser designados por sorteo en los Juzgados con competencia concursal de la Cuarta Circunscripción Judicial con asiento en esta ciudad, por el plazo de cuatro años art. 253 ley 24522.
2 Que ha transcurrido el plazo legal dispuesto 4 años, razón por la cual el listado de Síndicos titulares y suplentes agotó el período de su vigencia.
3 Que por Ley N 27.541 se estableció la emergencia sanitaria, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud OMS y por Decreto de Necesidad y Urgencia DNU N 260 del 12/03/2020 se declaró el estado de emergencia sanitaria por el plazo de un año. La Legislatura Provincial adhirió por ley 10.690 del 18/03/2020.
4 Que a partir de ello, el Tribunal Superior de Justicia TSJ en la órbita de sus atribuciones constitucionales, mediante sucesivos Acuerdos Reglamentarios Nros. 1617, 1620 y sus sucesivas prórrogas y las distintas Resoluciones de Presidencia que dictó en el marco de la mencionada emergencia sanitaria, adoptó una serie de medidas imprescindibles para preservar la salud y la vida de quienes prestan funciones en el Poder Judicial BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

de Córdoba. Esas medidas también comprenden a las/os abogadas/os, auxiliares de la justicia y demás personas que acuden diariamente a los distintos tribunales, todo ello con la finalidad de contribuir a lo necesario para contener la propagación de la infección, en atención al interés público en juego.
5 Que el proceso de convocatoria de aspirantes a la integración de las listas de Síndicos conforme el A.R. Nº 303 Serie A del 02/10/1995 y de conformidad a las pautas fijadas por el Reglamento Único aprobado por el Tribunal Superior de Justicia mediante A.R. Nº 958 Serie A del 09/12/2008
modificado por A.R. Nº 1270 del 17/03/2015, conlleva numerosas actuaciones y trámites con la intervención no sólo de esta Cámara de Apelaciones, sino también del Consejo Profesional de Ciencias Económicas -a través de los auxiliares o profesionales que prestan funciones en dicho organismo-, así como la recolección de antecedentes por parte de los postulantes.
6 Que en esta situación de excepción, la realización de esos trámites resulta incompatible con las numerosas medidas sanitarias y restricciones a la circulación actualmente vigentes y que se han ido adoptando en el marco de la emergencia sanitaria, e incluso conspira contra la posibilidad de aquellos interesados en el llamado pero incluidos en grupo de riesgo de cumplimentar con todas esas actuaciones.

7 Por ello, se considera pertinente prorrogar la vigencia del mencionado listado de Síndicos conformado según Resolución Administrativa Nº 3
del 06/09/2016 dictada por este Tribunal, el cual deberá mantenerse por el plazo de un año o mientras continúe el actual estado de emergencia sanitaria dispuesto por Ley N 10.690 del 18/03/2020, lo que resulte posterior.
Por todo ello, el tribunal integrado según art. 382 Cód. Proc., aplicable también a esta resolución administrativa, RESUELVE:
Artículo 1 Prorrogar de la vigencia del listado de profesionales para las designaciones de Síndicos de la categoría B para los Juzgados de la Cuarta Circunscripción Judicial con asiento en esta ciudad, con competencia en materia concursal, conformado por esta Cámara según Resolución
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/12/2020 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date01/12/2020

Page count8

Edition count4152

First edition01/02/2006

Last issue31/05/2024

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