Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/11/2019 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLIX - Nº 209
CORDOBA, R.A. MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

ASOCIACION CIVIL CHAMPAQUI DEFENSA DEL MONTE NATIVO.

cumplimiento de lo normado por el presente artículo.

Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de quince 15 días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción por ante la A.F.I.P. a los fines de habilitar el espacio de libros sociales y contables digitales, no pudiendo realizar trámite alguno sin el previo
Artículo 4: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese.

Resolución N 400 - Letra:A

LA DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:

FDO. VERONICA SANZ. DIRECTORA GRAL. D.I.P.J.

Córdoba, 24 de octubre de 2019
VISTO: El Expediente N 0007-153449/2019, mediante el cual la entidad civil denominada FUNDACION GADES, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.

Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada FUNDACION
GADES, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada FUNDACION GADES.

CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.

Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de quince 15 días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción por ante la A.F.I.P. a los fines de habilitar el espacio de libros sociales y contables digitales, no pudiendo realizar trámite alguno sin el previo cumplimiento de lo normado por el presente artículo.

En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b y d, 169, 174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 de la Ley 8652:

Artículo 4: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese. FDO. VERONICA SANZ. DIRECTORA GRAL. D.I.P.J.

Resolución N 337 - Letra:A

facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:

Córdoba, 22 de agosto de 2019
VISTO: El Expediente N 0007-148774/2019, mediante el cual la entidad civil denominada CENTRO VECINAL CRISTO REY, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b y d, 169, 174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las
LA DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada CENTRO
VECINAL CRISTO REY, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada CENTRO VECINAL CRISTO REY.
Artículo 3: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese.
FDO. VERONICA SANZ. DIRECTORA GRAL. D.I.P.J.

Atención al Público:
Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.

Responsable: Liliana Lopez http boletinoficial.cba.gov.ar
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Tel. 0351 5243000 int. 3789 - 3931
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/11/2019 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date05/11/2019

Page count6

Edition count4131

First edition01/02/2006

Last issue04/05/2024

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