Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/11/2019 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
MIÉRCOLES 20 DE NOVIEMBRE DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLIX - Nº 219
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 1312
Córdoba, 8 de noviembre de 2019
VISTO: el Expediente N 0521-059294/2018 del registro del Ente Regulador de los Servicios Públicos E.R.Se.P..

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1312 Pág. 1
Decreto N 1311 Pág. 2
Decreto N 1310 Pág. 3
Decreto N 1291 Pág. 4
Decreto N 1288 Pág. 5
Decreto N 1276 Pág. 6
Decreto N 1258 Pág. 7
MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución N 502 Pág. 8

continua en pagina 2

Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Gerencia Vial y Edilicia del E.R.
Se.P. propicia la aprobación del Convenio Definitivo de Adquisición de Inmueble por Avenimiento, ubicado en Pedanía Tegua, Departamento Rio Cuarto de esta Provincia, inscripto en su mayor superficie en el Registro General de la Provincia en relación a la Matrícula N 1.609.360, con una superficie a afectar de 6 ha., 2.459 m2, suscripto en el mes de mayo de 2018, entre la empresa Caminos de las Sierras S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba, y el señor Arnoldo Eduardo SIROLESI, en carácter de titular del mencionado bien; para ser destinado a la ejecución de la obra DUPLICACIÓN DE CALZADA RUTA NACIONAL N 36 - TRAMO: ALTOS FIERRO RIO CUARTO.

Que el inmueble de que se trata fue declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica por la Ley N 10.175, que declara en dicha condición a todos aquellos bienes que fueran necesarios para la ejecución de la Red de Acceso a Córdoba RAC correspondientes a la Ruta Nacional N 36, e individualizado Resolución N 169/2016 del entonces Ministerio de Infraestructura, en el marco de las facultades delegadas por Decreto N 676/2014, siendo la superficie a afectar de 6 ha., 2.459
m2, de acuerdo al Plano de Mensura confeccionado por el Ing. Agrimensor Sergio Adrián Castillo, y visado por la Dirección General de Catastro, con fecha 25 de julio de 2017, en el Expte. N 0033-102764/2017.
Que luce incorporado el Convenio, así como su antecesor suscripto entre las mismas partes en el mes de noviembre de 2016, por el cual el propietario vendió y transfirió una fracción de terreno declarada de utilidad pública y sujeta a expropiación, individualizada conforme Plano de Afectación CS-PXRN36500-ROA para la ejecución de la obra de que se trata, encerrando una porción afectada de aproximadamente 6 ha., 3122 m2, sujeta a determinación mediante el correspondiente plano de mensura; asimismo, hace entrega de la posesión, abonando la empresa parte del precio a cuenta del que, en definitiva, fijase el Consejo de Tasaciones; en tanto, se acompaña la documentación que acredita la calidad de los suscriptores de los Convenios en cuestión.
Que en el Convenio Definitivo se consigna que las partes fijan de común acuerdo el precio de la fracción expropiada del inmueble en la suma de Pesos Un Millón Sesenta y Cuatro Mil Novecientos Veinticinco con NoBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

venta y Cinco Centavos $ 1.064.925,95, importe que coincide con lo establecido mediante Resolución N 9161/2018 del Consejo General de Tasaciones, más un 10%, conforme lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N
6394, lo que hace un importe total, único, definitivo e irrevocable de Pesos Un Millón Ciento Setenta y Un Mil Cuatrocientos Dieciocho con Cincuenta y Cuatro Centavos $ 1.171.418,54, suma que fue cancelada por la firma Caminos de las Sierras S.A., según lo establecido en la cláusula Cuarta del citado Convenio.
Que la transferencia del dominio del inmueble a favor del Estado Provincial será efectuada conforme lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N
6394.
Que procede en la instancia disponer la adquisición directa del inmueble de marras y aprobar el Convenio Definitivo de que se trata, por encuadrar en las previsiones de los artículos 11, 14 y 21 de la Ley N 6394, así como en las disposiciones de las Cláusulas 16.4, 16.4.1 y 16.4.2 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto N 1598/1997 y como en el artículo 7, inciso d del Marco Regulatorio, aprobado por Decreto N 1590/1997, los cuales establecen que el concesionario Caminos de las Sierras S.A., tiene el deber y la atribución de actuar en nombre y representación de la Provincia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento con el N 322/2019, por Fiscalía de Estado bajo el N
1091/2019 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1.- DISPÓNESE la adquisición directa del inmueble, que fuera declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica para la ejecución de la Red de Acceso a Córdoba RAC correspondiente a la Ruta Nacional N 36, según Ley N 10.175, e individualizado por Resolución N 169/2016 del entonces Ministerio de Infraestructura, en el marco de las facultades delegadas por Decreto N 676/2014, ubicado en Pedanía Tegua, Departamento Rio Cuarto de esta Provincia, inscripto en
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/11/2019 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date20/11/2019

Page count17

Edition count4118

First edition01/02/2006

Last issue18/04/2024

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