Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/11/2019 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba
VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLIX - Nº 226
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 1355
Córdoba, 19 de noviembre de 2019
VISTO: El expediente N 0045-016641/2013 Cuerpos 1 y II del registro de la Dirección Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Vialidad mediante Resolución N
670/2019 propicia se deje sin efecto el Decreto N 1048 de fecha 13
de julio de 2010 y sus modificatorios Nros. 1329/2013, 1496/2013 y 1557/2016, y se apruebe una nueva Reglamentación de Controles de Cargas y Dimensiones de Vehículos que circulan por la Red Vial de la Provincia de Córdoba.
Que obra en autos intervención técnica del Jefe de Departamento Planificación, Evaluación y Control de Gestión de la Dirección requirente, exponiendo los argumentos y consideraciones que fundamentan la necesidad de modificar y adecuar la Reglamentación ut supra citada; esto es, que la Ley N 10.563, modificatoria de la Ley Provincial de Tránsito N 8560, establece entre otras cuestiones las nuevas características y condiciones para los vehículos de carga considerados Normales de Circulación General, ampliando por una parte la capacidad de carga de 45 toneladas a 55,5 toneladas para los denominados Escalables, e incorporando además a los denominados Bitrenes , compuestos éstos por una unidad tractora con dos semirremolques biarticulados, con una capacidad de carga que puede alcanzar las 75
toneladas.
Que asimismo, expresa que se hace necesario elevar la propuesta de modificación de la citada Reglamentación que rige en la Dirección Provincial de Vialidad para los controles de carga y dimensiones de los vehículos que circulan por la Red de Caminos de Jurisdicción Provincial.
Que por otra parte, señala el citado Jefe de Departamento que en la normativa elevada se han contemplado, además de las modificaciones que se encontraban en proceso de aprobación, las que se consideran necesarias en razón de los convenios celebrados con distintos municipios.
Que consta en autos intervención de la Asesoría Jurídica de la Dirección Provincial de Vialidad mediante Dictamen N 694/2019 y proveído de fecha 5 de noviembre de 2019, otorgando opinión favorable a lo propiciado.
Que a tenor de lo observado por Fiscalía de Estado en Dictamen N 1154, cabe advertir que, a tenor del principio de legalidad que rige en materia tributaria artículos 71 de la Constitución Provincial y 2 del Código Tributario Provincial -Ley N 6006-, la creación de las tasas a la BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1409 Pag. 1
Decreto N 1355 Pag. .2
Decreto N 1386 Pag. 3
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 346 Pag. 3
Resolución N 305 Pag. 3
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN OPERATIVA
Resolución N 38 Pag. 4
PODER EJECUTIVO
MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Fe de erratas Pag. 4
UNIDAD EJECUTORA PARA EL SANEAMIENTO DE TITULOS
Fe de erratas Pag. 4

que aluden los artículos 24 y 28 de la reglamentación que por este acto se aprueba, deberá contar con la aprobación legislativa pertinente.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento con el N 294/2019, por Fiscalía de Estado bajo el N
1154/2019 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- DÉJANSE SIN EFECTO el Decreto N 1048 de fecha 13 de julio de 2010 y sus modificatorios Nros. 1329/2013, 1496/2013 y 1557/2016, por las razones expresadas en los considerandos de este Decreto.
Artículo 2.- APRUÉBASE la Reglamentación de Controles de Cargas y Dimensiones de Vehículos que circulan por la Red Vial de la Provincia de Córdoba, la que, como Anexo I, compuesto de veintiún 21 fojas útiles, forma parte integrante de este instrumento legal.
Artículo 3- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras Públicas y Financiamiento y Fiscal de Estado.
Artículo 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección Provincial de Vialidad a sus efectos y archívese. FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

ANEXO

1

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/11/2019 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date29/11/2019

Page count5

Edition count4127

First edition01/02/2006

Last issue29/04/2024

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