Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/05/2019 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLIII - Nº 88
CORDOBA, R.A. VIERNES 10 DE MAYO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Resolución N 460
Córdoba, 07 de mayo de 2019
VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales la Secretaría de Recursos Hídricos del Ministerio de Servicios Públicos, solicita autorización para realizar trabajos en zona de la Red Vial Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que el Departamento I Conservación Caminos de Tierra en informe obrante en autos, señala que la mencionada peticionante solicita autorización para ejecutar los trabajos correspondientes a un tendido aéreo paralelo al camino vecinal t383-26, en un desarrollo de 1100,00 metros en el lugar descripto en proyecto, a través de la Empresa Contratista IMBAL S.A.
Que las presentes actuaciones contienen Póliza N 3-74100 por Responsabilidad Civil de la Compañía BERKLEY INTERNATIONAL
SEGUROS S.A. y Póliza de Seguro de Caución N 208245 de la compañía ZURICH ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
. Que obra en autos constancia de Transferencia del importe correspondiente a Gastos de Inspección, por la suma de pesos TRES
MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO CON NOVENTA CENTAVOS
$3.588,90.

Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N 460/2019
que luce en autos, señala que correspondería, salvo mejor criterio en contrario de la Superioridad, se autorice con carácter precario a la Secretaria de Recursos Hídricos del Ministerio de Servicios Públicos, para realizar los trabajos que dan cuenta estas actuaciones, bajo las condiciones que enumera el Departamento Técnico en su informe de fs. 30/31.
Que por último concluye el precitado Departamento que habiéndose dado cumplimiento a las disposiciones de la Resolución N 0133 del 30-0301, ese Servicio Jurídico no tiene, desde el punto de vista jurídico formal, observaciones que formular, por lo que de compartir el criterio señalado, puede esa Superioridad, en atención a las facultades acordadas por la Ley 8555, prestar aprobación a lo solicitado.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por el Departamento II Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la Ley N
8555 y las previsiones de la Resolución Nº 0133/01;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
Art. 1.- Autorizar, con carácter precario, a la Secretaría de Recursos Hídricos del Ministerio de Servicios Públicos, a utilizar zona de camino, para que por su cuenta y cargo, proceda a ejecutar los trabajos correspondientes a un tendido aéreo paralelo al camino vecinal t383-26, en un desarrollo de 1100,00 metros en el lugar descripto en proyecto, a través de la Empresa Contratista IMBAL S.A., bajo las condiciones establecidas en la Resolución N 0133/01 y las que a continuación se detallan: aEl
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

peticionante deberá cumplir estrictamente las disposiciones, ordenanzas y reglamentos policiales o municipales vigentes en el lugar de la ejecución de las obras. bNo podrá bajo ningún concepto alterarse las actuales condiciones de drenaje superficial existentes en la zona de camino. cSe deberá disponer en obra a fin de evitar accidentes mientras se realizan los trabajos y hasta su conclusión, de la adecuada señalización diurna y nocturna en un todo de acuerdo al Pliego General de Especificaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de seguridad, como así también se deberá colocar y mantener durante el periodo de vigencia del permiso precario de la cartelería identificatoria y de seguridad adecuadas. dSe establece un plazo máximo de treinta 30 días, a partir de la fecha de notificación al peticionante de la correspondiente Resolución aprobatoria para dar inicio a la obra motivo de la solicitud de autorización, cuyo vencimiento devengará en la caducidad del permiso precario otorgado y en una nueva solicitud. eEl requirente, a su exclusiva cuenta y cargo y a favor de esta Dirección Provincial de Vialidad mantendrá la vigencia del seguro de caución y de responsabilidad civil por el plazo de duración de la obra y hasta la recepción final por parte de esta Dirección, y por el término posterior de seis 6 meses, constituyendo éste el periodo de garantía. fEl peticionante es el responsable durante el plazo de cinco 5 años por el deterioro parcial o total de la vía, siempre que ella proceda de la mala calidad de los materiales, vicios en la construcción del plantel de fibra óptica o deficiente compactación de tapada. gSe deberá restituir el perfil existente de la zona de camino, previo a los trabajos y eliminar de la misma todo elemento o tierra sobrante de obra. hEl incumplimiento de la metodología de trabajo y especificaciones técnicas aprobadas por la Dirección Provincial de Vialidad, caduca automáticamente el permiso precario y autoriza la ejecución de la garantía. iEl recurrente deberá comunicar en tiempo y forma, por nota separada, la iniciación y finalización de los trabajos, como así también el plazo de ejecución estimado, a los efectos de realizar y programar las inspecciones correspondientes.
Art. 2.- El Departamento I Conservación Caminos de Tierra será el encargado de solicitar a la contratista la prórroga de la Póliza por Responsabilidad Civil presentada, si fuese necesario.
Art. 3.- Autorizar al Departamento I Administración y Personal a desglosar, reservar, devolver y/o ejecutar en la instancia pertinente, las pólizas correspondientes que, en oportunidad de la solicitud, fueran presentadas por el requirente.

Art. 4.- Dejar establecido que el Departamento I Conservación Caminos de Tierra deberá llevar un registro de este tipo de autorizaciones para ser insertado en el inventario respectivo. Art. 5.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése copia al Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento, y pase al Departamento II Secretaría General.
FDO: RUBEN VOTTERO, PRESIDENTE Dirección Provincial de Vialidad Córdoba / Dr. EZEQUIEL VIGLIANCO, VOCAL DIRECTORIO Dirección Provincial de Vialidad Córdoba
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/05/2019 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date10/05/2019

Page count9

Edition count4152

First edition01/02/2006

Last issue31/05/2024

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