Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 24/12/2019
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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
PRIMERA SECCIÓN
24 de Diciembre de 2019
10
ÍNDICE PRIMERA SECCIÓN
Decreto N 1107/B/2019
Decreto N 1108/C/2019
Decreto N 1109/DE/2019
Decreto N 1110/DE/2019
Decreto N 1111/DE/2019
Decreto N 1112/DE/2019
Decreto N 1113/DE/2019
Decreto N 1114/DE/2019
Decreto N 1115/DE/2019
Decreto N 1116/DE/2019
Decreto N 1117/DE/2019
Decreto N 1118/DE/2019
Decreto N 1119/DE/2019
Decreto N 1120/A/2019
Resol. del Tribunal de Cuentas N 290/19
Resol. del Tribunal de Cuentas N 291/19
Resol. del Tribunal de Cuentas N 292/19
Resol. del Tribunal de Cuentas N 293/19
Resol. del Tribunal de Cuentas N 294/19
Resol. del Tribunal de Cuentas N 295/19
Resol. del Tribunal de Cuentas N 296/19
Resol. del Tribunal de Cuentas N 297/19
Resol. del Tribunal de Cuentas N 298/19
Ordenanza N 6578
Promulgada por Decreto N 1189
Ordenanza N 6579
Promulgada por Decreto N 1191
Ordenanza N 6580
Promulgada por Decreto N 1192
Ordenanza N 6581
Promulgada por Decreto N 1190
Ordenanza N 6582
Promulgada por Decreto N 1206
Ordenanza N 6583
Promulgada por Decreto N 1207
Ordenanza N 6584
Promulgada por Decreto N 1208
Altas y Bajas del Personal: Noviembre 2019
Ejecución Presupuestaria: Noviembre 2019
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Página 15
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Obra: PAVIMENTACIÓN AV. COSTANERA TRAMO 17
ENTRE NAHUEL HUAPI Y COMECHINGONES; en la suma de Pesos Dos millones novecientos doce mil seiscientos ochenta y uno con cincuenta y ocho centavos $ 2.912.681,58 para los certificados de obra Nº1 hasta el Nº 3 emitidos por Alfredo Soletti, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, será atendido con la partida 37.71.710.2.24.413 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.
Artículo 3º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de Ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental Carla A.
Montemurro a/c Oficialía MayorDECRETO N 1108/C/2019
Villa Carlos Paz, 25 de noviembre de 2019
VISTO: La necesidad de realizar una adecuación presupuestaria para diferentes Secretarías Municipales; y CONSIDERANDO: Que el Art. 1º de la Ordenanza Nº 6441, Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
Que el Art. 6º de dicha Ordenanza establece El Departamento Ejecutivo podrá variar las partidas presupuestarias de Tercer Nivel o inferior pero no realizar compensación entre diferentes Jurisdicciones.Que asimismo, el Art. 11º de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo a crear, modificar y/o fusionar las Partidas a partir del tercer nivel.-
DECRETO Nº 1107/B/2019
Villa Carlos Paz, 25 de noviembre de 2019
Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.-
VISTO: El Expediente N 161312/18, donde obran las actuaciones de la Obra PAVIMENTACIÓN AV. COSTANERA
TRAMO 17 ENTRE NAHUEL HUAPI Y COMECHINGONES; y:
Por ello:
CONSIDERANDO: Que conforme a la valuación de actualización de precios efectuada corresponde reconocerla en un todo de acuerdo al Artículo 51º del Pliego de Bases y Condiciones, por la suma de Pesos Dos millones novecientos doce mil seiscientos ochenta y uno con cincuenta y ocho centavos $ 2.912.681,58 para los certificados de obra Nº1 hasta el Nº 3.Que el gasto será atendido con los fondos de la Partida 37.71.710.2.24.413 del Presupuesto General en vigencia.Que en función de lo expuesto se procede a emitir el acto administrativo que disponga sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones:
DECRETA
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTICULO 1.- CREAR, a partir del Tercer Nivel del Presupuesto General de Gastos en vigencia, lo siguiente:
-PROGRAMAJURISDIC. -SUB
ANEXO -INCISOIMPORTE
JURISD.
ITEM-DESCRIPC.
AYUDA
33.01.100.1.15.511
SOCIALES A
$ 0,00
.
PERSONAS
ARTICULO 2.- MODIFICAR, a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:
JURISDIC. -SUB
JURISD.
33.01.100.1.15.511.
33.01.100.1.13.331.
Artículo 1º.- RECONOCER la actualización de precios, conforme al Artículo 51º del Pliego de Bases y Condiciones de la
1
38.01.100.1.13.334.
-PROGRAMA-ANEXO INCISO-ITEMDESCRIPC.
AYUDA SOCIALES A
PERSONAS
PUBLICIDAD Y
PROPAGANDA
PASAJES Y VIATICOS
AUMENTA
$
DISMINUY
E
80.000
$
$
5.000
80.000
PRIMERA SECCIÓN
24 de Diciembre de 2019
10
38.01.100.1.13.324.
38.01.100.1.13.315.
38.01.100.1.13.340.
OTROS SERVICIOS
TECNICOS Y
PROFESIONALES
MANT. Y REPARAC.
DE VEHICULOS
MAQUINARIAS Y
EQUIP
CAPACITACION Y
PERFECCIONAMIENT
O
$
TOTAL
$
$
5.000
20.000
DECRETO Nº 1110/DE/2019
Villa Carlos Paz, 25 de noviembre de 2019
$
105.000
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación Carla A. Montemurro a/c Oficialía Mayor-
20.000
$ 105.000
ARTICULO 3.- ADECUAR, El nomenclador de Erogaciones conforme al Art. 5 de la Ordenanza N 6441, a las modificaciones aprobadas por el presente Decreto.ARTICULO 4.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Héctor D. Gilli, Sec. Eco. y Finanzas Carla A. Montemurro a/c de Oficialía Mayor
DECRETO Nº 1109/DE/2019
Villa Carlos Paz, 25 de noviembre de 2019
VISTO: Lo dispuesto por la Carta Orgánica, particularmente en su Articulo 38 y concordantes; y CONSIDERANDO: Que es deber del Municipio propender al Estado de Bienestar, promoviendo el desarrollo humano y comunitario, el progreso económico con justicia social, la formación y capacitación de trabajadores, la reconversión de mano de obra, la inclusión social y el desarrollo de políticas sociales coordinadas.
Que a tales fines, el Municipio formula planes integrales.
Que conforme a este postulado, corresponde realizar el pago sobre el monto estipulado en el decreto Numero 673/DE/2014
llevando a cabo el Programa de Becas del Municipio, que se encuentra reglamentado mediante Decreto Numero 138/DE/2004
y Ordenanza Numero 5591 y Numero 5788.Por ello;
VISTO: Lo dispuesto por la Carta Orgánica, particularmente en su Articulo 38 y concordantes; y CONSIDERANDO: Que es deber del Municipio propender al Estado de Bienestar, promoviendo el desarrollo humano y comunitario, el progreso económico con justicia social, la formación y capacitación de trabajadores, la reconversión de mano de obra, la inclusión social y el desarrollo de políticas sociales coordinadas.
Que a tales fines, el Municipio formula planes integrales.
Que conforme a este postulado, corresponde realizar el pago sobre el monto estipulado en el decreto Numero 673/DE/2014
llevando a cabo el Programa de Becas del Municipio, que se encuentra reglamentado mediante Decreto Numero 138/DE/2004
y Ordenanza Numero 5591 y Numero 5788.Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.- ASIGNAR el pago de la Beca de Formación y Capacitación del Programa Corazón de mi Ciudad a los Beneficiarios que se detallan a continuación, en un todo de acuerdo a los considerando del presente, correspondiente al mes de Noviembre de 2019.Legajo 2213
Apellido y Nombre BERTORELLO, MARÍA ISABEL
CUIL
Monto 27-11821266-0 19.795,06
Artículo 2º.-El Gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior será atendido con el fondo del Programa 10.01.100.1.13.341 del presupuesto general de gastos en vigencia.Artículo 3º.- Previo cumplimiento de lo establecido, dese intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese
2
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.- ASIGNAR el pago de Becas de Formación y Capacitación del Programa Corazón de mi Ciudad a los beneficiarios que se detallan en el Anexo l, en un todo de acuerdo a los considerando del presente, correspondiente al mes de Noviembre de 2019.Artículo 2º.-El Gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior será atendido con el fondo del Programa 30.01.100.1.13.341, 32.01.100.1.13.341, 33.01.100.1.13.341, 35.01.100.1.13.341, 36.01.100.1.13.341, 37.01.100.1.13.341 38.01.100.1.13.341 y 40.01.100.1.13.341.Artículo 3º.- Previo cumplimiento de lo establecido, dese intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese
Período:
NOVIEMBRE 2019
Selección:
BECAS
ORD
EN
NUMER
O
1
8178
2
4660
3
4402
4
4599
AGUERO, CARINA DEL VALLE
AGUERO, DAIRA ANABELLA
DEL VALLE
AGERO, FERNANDO
ALXANDER
AGERO, JORGE LUIS
5
4797
AGUILAR, OSCAR DANIEL
6
4793
7
4743
8
BENEFICIARIO
CUIL
2725208243-9
IMPORTE
21,994.51
2741175090-1
21,994.51
2040573979-9
21,994.51
2029622112-1
21,994.51
2021350444-5
21,994.51
AGUIRRE, YANINA FLORENCIA
2723982386-1
26,987.25
AIMONE SECAT, GABRIEL
2037635884-5
21,994.51
4631
ALCANTARA, MARIA EUGENIA
2729833359-2
21,994.51
9
4874
ALEM, HUGO ANDRES
2014839732-6
21,994.51
10
4453
2740751994-4
21,994.51
11
4664
2736354389-3
21,994.51
12
4696
ALTAMIRANO, YAIRA MICAELA
ALVAREZ CELIZ, JOHANA
AILEN
ALVAREZ LOPEZ, MELINA
2742891088-0
21,994.51
PRIMERA SECCIÓN
24 de Diciembre de 2019
10
NAHIR
69
4588
CHARRA, ANGEL FRANCISCO
2038886194-1
26,987.25
13
4600
ALZOGARAY, LUIS ARIEL
2028212131-0
21,994.51
70
4597
2735055939-1
21,994.51
14
4866
AMAYA, MAGALI SABRINA
2738337137-1
21,994.51
71
4871
2729622234-3
21,994.51
15
4798
AMAYA, ROQUE MAXIMILIANO
2035474468-7
21,994.51
16
4727
ANGULO, MARIA NATALIA
2729615532-8
21,994.51
72
4801
CHARRIOL, CAROLINA ISABEL
CHIARAMELLO, NATALIA
BELEN
DA CUNHA, CAMILA SOLEDAD
2329698006-4
21,994.51
17
3765
ARIAS, MAXIMILIANO ESTEBAN 2028766992-6
10,997.26
73
4895
DI SARNO, MARIA PAULA
2734449342-7
21,994.51
18
4618
ARIAS, PAOLA VANESA
2730095114-2
21,994.51
74
4766
DIAZ, DANTE GONZALO
2023198074-2
21,994.51
19
4799
BALBARREY, LUCIANA BELEN
2329965077-4
21,994.51
75
4413
DIAZ, MARCOS EXEQUIEL
2037093670-7
21,994.51
20
4765
BARGE, MARIA
2742183530-1
21,994.51
76
4620
DIAZ, SANDRA ESTER
2726514024-1
21,994.51
21
4744
2017115413-9
21,994.51
77
4902
DOMINGUEZ, EVELYN BENITA
2733587462-0
21,994.51
78
4637
DUPAUZ, MABEL BEATRIZ
2720112719-5
21,994.51
22
3891
2040298622-1
21,994.51
79
4602
DURI, IVAN ALEJANDRO
2038977898-3
21,994.51
23
4876
BARRETO, WALTER FAVIAN
BARRIONUEVO, FACUNDO
RUBEN
BARZOLA, ENZO GASTON
2040201586-2
21,994.51
80
4662
21,994.51
4909
BAZAN, GRACIELA NOEMI
2720325781-9
12,414.74
81
4167
2025547700-6
21,994.51
25
4728
BAZAN, MARIA NANCY
2729898840-8
21,994.51
26
4729
BAZAN, OLGA DEL VALLE
2727758943-0
21,994.51
82
4916
2016630598-6
26,987.25
27
4574
BAZAN, RODOLFO EXEQUIEL
2040751849-8
21,994.51
83
4932
2334686886-4
8,797.80
28
4782
BENI, MARIA ROSALIA
2730112554-8
21,994.51
84
4802
ELETTORE, CECILIA ANGELES
ESCOBAR, FERNANDO
ENRIQUE
ESPECHE, DANIEL DARIO
ESPINA, LORETA MARIA
BELEN
FARANA, DANIELA ANAHI
2341256074-4
24
2728602074-2
21,994.51
29
4846
BLOCK, KAREN DAHYANA
2735914532-8
26,087.68
85
4887
2033047120-5
21,994.51
30
4783
BOLSI, LUCIANO CELSO
2024558052-6
21,261.36
86
4586
2025894376-8
21,994.51
31
4800
BRITOS, JUAN GUSTAVO
2027542860-5
21,994.51
87
4638
FERNANDEZ, DANTE OMAR
FERNANDEZ, FEDERICO
GABRIEL
FIANT, EDGARD ALBERTO
2014893607-3
21,994.51
32
4507
BRITOS, KAREN MICAELA
2336341841-4
21,994.51
88
4803
FLORES, ALEXIS MAXIMILIANO
2037635598-6
21,994.51
33
4886
BRIZUELA, EVELIN DANIELA
2739545578-3
21,994.51
89
4639
FRIAS, ANA GABRIELA
2735541221-6
21,994.51
34
4698
BRIZUELA, JESSICA YOHANA
2737193402-8
20,528.21
90
4244
2739737044-0
12,414.74
35
4512
2039392760-8
21,994.51
91
4767
2023403809-6
21,994.51
36
3084
2027376579-5
12,414.74
92
4768
2013602672-1
21,994.51
37
4699
2037461553-0
21,994.51
93
4546
GALLARDO, SANTIAGO ISMAEL 2028431875-8
21,994.51
38
4665
BRIZUELA, LEONARDO
BRZOBOHATY, ENRIQUE
FEDERICO
BUGARIN PONT, PABLO
EZEQUIEL
BUSTAMANTE, LENIS ANAHI
FUENTES, LAURA BELEN
GALLARDO, CRISTIAN
GABRIEL
GALLARDO, LUIS ALBERTO
2733470434-9
21,994.51
94
4826
GARAVANO, MARCELA NORA
2720619779-5
21,994.51
39
4437
2735554700-6
21,994.51
95
7394
21,994.51
4753
2728182690-0
21,994.51
96
3723
2739286537-9
12,414.74
41
4575
2325125861-9
21,994.51
97
8046
GARCIA, RENATO SEBASTIAN
GARMENDIA, MARIA
AGUSTINA
GAUNA, JORGE BENITO
2028580038-3
40
BUSTOS, ALEJANDRA GIMENA
BUSTOS, LORENA DEL
CARMEN
CABRAL, DAMIAN HERNAN
2023869153-3
21,994.51
21,994.51
98
4857
GERACE, BRENDA AILEN
2741523161-5
21,994.51
42
3362
CACERES, BARBARA BELEN
2738021122-5
43
4931
CACERES, PEDRO SEBASTIAN
2331039199-9
8,797.80
99
4804
GIL, MARIA FERNANDA
2733816159-5
21,994.51
44
1761
CAPDEVILA, FERNANDO
2323671725-9
21,994.51
100
7778
GIMENEZ, ANTONIO ROBERTO
2017790297-8
21,994.51
21,994.51
101
9151
GIMENEZ, JUSTO
2014046576-4
26,987.25
CARRANZA, LAUTARO LEONEL 2039248604-7
CARRIZO, SOLEDAD
2736341580-1
ELIZABETH
CASTRO, STELLA MARIS
2723544233-2
21,994.51
102
4893
GIORGIS, VERONICA REGINA
2729801836-0
21,994.51
103
4929
GODOY, MARCELO ERNESTO
2020785800-6
21,994.51
104
4891
GOMEZ, GABRIELA BEATRIZ
2331173951-4
21,994.51
CATENA, LUCIANA MARIA
2730881386-5
CEBALLOS MADINA, IGNACIO
2041524362-7
AGUSTIN
CEBALLOS, MAURICIO DAMIAN 2027958294-3
21,994.51
105
9158
GOMEZ, JOSE SEBASTIAN
2014365983-7
21,994.51
CEBALLOS, NATALIA SOLEDAD
CIOFALO, ALBERTO
ALEJANDRO
CIVALERO, CAROLINA
ALEJANDRA
CONCA, MARCELO LUIS
CONTRERAS, SILVINA DE
LOURDES
CONTRERAS, VANESA DEL
VALLE
CORNAGLIA, NOELIA DAMIANA
45
4885
46
4910
47
4859
48
3375
49
4867
50
4446
51
4633
52
4701
53
4576
54
4868
55
4869
56
4634
CARRANZA, IVANA MARINA
2732317124-1
21,994.51
21,994.51
106
4448
GOMEZ, LEONARDO EZEQUIEL 2038899556-5
21,994.51
21,994.51
107
4815
GONZALEZ, MAIRA ANAHI
2734599412-8
21,261.36
21,994.51
108
4543
GRANDE, ARIEL MATIAS
2329664572-9
21,994.51
2731844314-4
21,994.51
109
4879
2018548619-3
26,987.25
2025019768-4
21,994.51
110
4667
2338647973-9
21,994.51
2725656302-4
21,994.51
111
4889
2341034876-4
21,994.51
2017796845-6
26,987.25
112
4806
2727499555-1
21,994.51
2732772792-9
21,994.51
113
8007
GUAJARDO, ALBERTO FABIÁN
GUEMES VASSALLO, JUAN
MARTIN
GUILLETE DIAZ, BRISA
AGUSTINA
GUTIERREZ ESPECHE, GABRIELA FERNAND
GUTIERREZ, SANTIAGO
2025208295-7
21,994.51
2734103867-2
21,994.51
114
4641
GUZMAN, DAMARIS AYELEN
2740677898-9
21,994.51
2729939696-2
21,994.51
115
4827
HEREDIA, GUSTAVO JAVIER
2030986716-6
21,994.51
21,994.51
116
4769
JACOBO, CARLOS IVAN
2324590058-9
21,994.51
117
4875
JOFRE, DAVID ARIEL
2324038463-9
21,994.51
118
4668
KOLAR, NATALIA
2329605825-4
21,994.51
21,994.51
119
4642
LABARTHE, ROCIO MAILEN
2736383403-0
21,994.51
57
4635
58
4870
59
3926
60
4666
61
4636
CORONEL, VANESA GISELA
2730242967-2
CUELLO CASTRO, MARIA JOSE
2338021187-4
CAMILA
CUELLO, ANIBAL ERNESTO
2322413979-9
62
4784
CUELLO, HECTOR FABIAN
2022299729-2
21,994.51
120
4878
LANDRIEL, JUAN MARCELO
2023422372-1
21,994.51
63
4825
CUELLO, NAHUEL ALEXANDER
2039327523-6
21,994.51
121
4786
21,994.51
4346
CUEVAS, LUCIANO GABRIEL
2037487333-5
12,414.74
65
4570
CUFRE, LUCIANO AGUSTIN
2040964179-3
21,994.51
122
4890
2741088673-7
21,994.51
66
4571
CUFRE, MAURO NICOLAS
2040029656-2
21,994.51
123
4707
2729939785-3
21,994.51
67
4601
CUFRE, MIGUEL ANGEL
2326986620-9
21,994.51
124
4554
LASTRA, LORENA RAQUEL
LE GORLOIS, NICOLLE
STEFANIA
LEGUIZAMON, MONICA
ADRIANA
LIENDO, CLAUDIA BETINA
2731919726-0
64
2725198846-9
21,994.51
68
4702
CHANGAZO, JORGELINA
2733432744-8
21,994.51
125
4644
LOPEZ, BRIAN GABRIEL
2040964102-5
21,994.51
3
21,994.51
PRIMERA SECCIÓN
24 de Diciembre de 2019
10
CRISTINA
126
4911
LOPEZ, FRANCO JOSÉ
2039823313-2
21,994.51
127
4709
LOPEZ, LIONELLA LISETTE
2734457261-0
21,994.51
183
3575
128
4807
LOPEZ, MARIA ISABEL
2717372524-3
21,994.51
184
9397
129
4901
2739737038-6
21,994.51
185
130
4710
2338106871-4
21,994.51
186
131
3189
LOYOLA, AYLEN EMILSE
LUDUEÑA, DAIANA MARIA
CLARA
LUDUEÑA, DARIO VICTOR
2022593525-5
26,987.25
132
4606
LUDUEÑA, LEONEL CHRISTIAN
2041994142-6
21,994.51
133
4732
LUNA, DANIEL EDUARDO
2035190696-1
134
4808
LUNA, EVELIN LUCIANA
135
4545
LUNGHI, PABLO DANIEL
136
4643
137
2037635869-1
21,994.51
2030540056-5
21,994.51
4912
PEREDA, MAXIMILIANO JOEL
PEREYRA, GABRIEL
ALEJANDRO
PEREYRA, RAUL EDUARDO
2328345223-9
21,994.51
4772
PEREZ, JUAN GABRIEL
2038021168-9
21,994.51
187
4773
PEREZ, MATIAS EZEQUIEL
2042051433-7
21,994.51
188
4136
PINAT, JULIAN BASILIO
2017573402-4
21,994.51
21,994.51
189
4652
PONCE, BRENDA RITA
2738886160-1
21,994.51
2737093822-4
21,994.51
190
4726
PROSMAN, SAVINA ESTER
2723184385-5
21,994.51
2323422518-9
21,994.51
191
4836
2723315753-3
21,994.51
LLABOT, EMMANUEL
2335474489-9
21,994.51
192
4933
2039545680-7
7,331.50
4307
MAERO, LADY LYDIA
2714727183-8
21,994.51
138
4928
MAIDANA, RAMON ANTONIO
2330094348-9
13,929.86
193
4690
2333609795-9
21,994.51
139
4828
MANNO, CLAUDIA NOEMI
2718561781-0
21,994.51
194
3726
2031041950-9
21,994.51
140
4617
2031919791-6
8,797.80
195
4669
2042187123-0
21,994.51
141
4839
2733136271-4
12,414.74
196
4720
2738501891-1
21,994.51
142
4880
MANSILLA, PABLO EMANUEL
MANZANELLI, LUCIANA
MARICEL
MARCHESIN KOSSOY, MATÍAS
2342891055-9
21,994.51
197
4670
QUEVEDO, NANCY DEL VALLE
QUINTEROS, ARMANDO
EMANUEL
QUINTEROS, FRANCISCO
MARIO
QUINTEROS, SERGIO OMAR
QUIROGA OLMEDO, FARID
EMANUEL
RAMIREZ, FLORENCIA
MICAELA
RAMIREZ, RICARDO AGUSTIN
2017425279-4
21,994.51
143
8516
MARELLI, ORNELLA LAURA
2733695805-4
21,994.51
198
4774
RAMOS, KEVIN ALEXIS
2039971144-5
26,987.25
144
4837
MARIEL, FEDERICO JOSÉ
2035966997-7
21,994.51
199
4845
2035577613-2
21,994.51
145
4894
2042831185-0
21,994.51
200
4908
2716071916-3
12,414.74
146
4817
2033305119-3
19,795.06
201
4812
2036120451-5
21,482.56
147
4907
2725111200-8
12,414.74
202
4888
2741813516-1
21,994.51
148
4713
2341484709-9
21,994.51
203
4775
2042511841-3
21,994.51
149
4892
MARTA, VALENTIN NICOLÁS
MARTINEZ, ALFREDO
HORACIO
MARTINEZ, CATALINA
MARTINEZ, TOMAS HERNAN
EZEQUIEL
MARZETTI, JESICA JULIANA
RAMOS, LUCAS MARTIN
RASCHELLA, MARCELA
ALEJANDRA
REARTE, HORACIO GERMAN
REQUENA PRANIUK, ANGELES
ABRIL
ROBLEDO, AGUSTIN JESUS
2331039280-4
21,994.51
204
4064
2739825599-8
21,994.51
150
4533
2025609961-7
21,994.51
205
4844
2020787686-1
21,994.51
151
9684
2031781513-2
12,414.74
152
4787
MENDOZA, GERMAN LUIS
MENDOZA, PABLO
ALEJANDRO
MERLO, HUGO WALTER
2031919689-8
21,994.51
206
4462
2040504468-5
21,994.51
153
4608
MERLO, MARIA LUZ
2736984176-4
21,261.36
207
4691
2742051480-3
21,994.51
154
4648
MODESTO, DAVID LEANDRO
2036120099-4
21,994.51
208
4653
ROBLEDO, YAMILA AYLEN
RODRIGUEZ, FABIAN
ALEJANDRO
RODRIGUEZ, MARCOS
GASTON
RODRIGUEZ, MICAELA MARIA
NAZARETH
ROLDAN, ANGELO NAHUEL
2034980250-4
17,991.50
155
4250
2343412711-4
21,994.51
209
4738
ROMERO, CARLOS NICOLAS
2021995349-7
21,994.51
156
4829
2023577884-0
21,994.51
210
4777
RUEDI, MARIA CAROLINA
2721409638-8
21,994.51
211
4577
RUGIERO, JULIANA CLARA
2733079724-5
21,994.51
212
4776
SALOMON, RODRIGO LEONEL
2345838349-9
21,994.51
213
4654
2042511823-5
21,994.51
214
4796
2036341672-2
21,994.51
2711579150-3
21,994.51
157
4716
158
4903
MOLINA, LUCIA GIMENA
MONTENEGRO, ERNESTO
ALBERTO
MONTOYA, SASHA MACARENA
DEL VALLE
MORA, WILLIAMS HUMBERTO
159
4740
160
2342511871-4
21,994.51
2038886013-9
21,994.51
MORE, LEANDRO FABIAN
2041813581-7
21,994.51
4830
MORENO, GUILLERMO
2016247799-5
21,994.51
161
4930
MOYANO, ALAN NICOLÁS
2042893461-0
8,797.80
215
4553
162
4686
MURUA, LILIANA ISABEL
2716561991-4
21,994.51
216
4858
SANCHO, LEONEL
SANTUCHO, FEDERICO
GUSTAVO
SANTUCHO, NORA DEL
ROSARIO
SCHMITHALTER, EVELYN
2737093724-4
21,994.51
163
4884
MURÚA, NATALIA ANABEL
2725972558-0
21,994.51
217
4672
SETTI, GIANCARLO LUCIANO
2025191623-4
21,994.51
164
4587
NIETO, ROSA SOLEDAD
2725902859-6
21,994.51
218
4813
SGARIOTO, MARCELA MARIEL
2720787713-7
21,994.51
165
8271
NOVILLO, PAULA
NUÑEZ SILVA, RAFAEL
ENRIQUE
OLIVA, MATIAS EZEQUIEL
2727148099-2
21,994.51
219
4584
SOLDATTI, PAULO ADRIÁN
2023174023-7
21,994.51
2032631050-7
21,994.51
220
4721
SORIA, ARIEL ALBERTO
2041411994-9
21,994.51
2033816122-1
21,994.51
221
4789
SUAREZ, CARLOS MARTIN
2024558136-0
21,994.51
2734457295-5
21,261.36
222
4673
2031919705-3
21,994.51
2739971103-2
8,064.65
223
4814
2035190657-0
21,994.51
2733587422-1
21,994.51
224
4611
SUAREZ, RUBEN MAXIMILIANO
TAPIA, GUILLERMO
ALEJANDRO
TIJERA, ANGELA DEL CARMEN
2733388892-6
21,994.51
2030331702-4
21,994.51
225
4900
TITTAFERRANTE, GIULIANA
2740802600-3
21,994.51
226
4655
TOBARES, SANTIAGO ADOLFO
2030311048-9
21,994.51
2027114973-6
21,994.51
227
8256
TOLEDO, LUIS ARIEL
2332772884-9
21,994.51
228
4405
2022152056-5
21,994.51
229
4578
2322022542-9
21,994.51
230
4904
2743370861-5
21,994.51
231
4790
TONDO, SERGIO ALEJANDRO
TORRACO, HORACIO
ALBERTO
TURLETTO, LUDMILA BELÉN
URIGU, GUSTAVO EDUARDO
RAUL
VACA LIVELLI, ELIANA
MARIANA
VALLARI MARTIN, MARIA
FLORENCIA
VEGA, YULIANO DANIEL
VELEZ BENAVIDEZ, LEANDRO
DANIEL
2029585624-7
21,994.51
2737616147-7
21,994.51
2339967658-4
21,994.51
2036120593-7
21,994.51
2036341822-9
21,994.51
166
4675
167
4831
168
4379
169
3782
170
4736
171
4649
172
4609
OLIVA, YANINA DEL CARMEN
ONTIVERO, MILAGROS
MICAELA
ONTIVERO, SONIA BEATRIZ
ORDOÑEZ ALVAREZ, NESTOR
GASTÓN
ORDOÑEZ, JUAN RODRIGO
173
4809
ORTIZ, FABRICIO BENJAMIN
2043188569-8
21,994.51
174
4610
ORTIZ, RICARDO ALBERTO
2031193106-8
21,994.51
175
4770
2332237064-4
21,994.51
176
4872
2742183544-1
21,994.51
177
4399
OTERO, GUADALUPE
OVIEDO ZARATE, VANESA
ABIGAIL
PAEZ, SANTIAGO EMANUEL
2036120587-2
21,994.51
178
4788
2017114534-2
21,994.51
232
4020
179
4810
2027079823-4
21,994.51
233
4264
180
4747
PALACIOS, MARCELO CARLOS
PASCUALINI, EMANUEL
OSCAR
PAVAN, MICAELA
2736120409-9
12,000.92
234
4657
181
4860
PAZ, ALVARO OMAR
2027077319-3
26,987.25
182
4614
PEDERNERA, MIRIAM
2712056989-4
21,994.51
235
4877
4
PRIMERA SECCIÓN
24 de Diciembre de 2019
10
236
4739
VERA, CARLOS IVAN
2027551051-4
21,994.51
237
4722
VERA, DARIO
2034457154-7
21,994.51
238
4658
VERASAY, IRENE NICOLASA
2721408437-1
21,994.51
239
3584
VIDELA, ERNESTO SALOMON
2344549523-9
26,987.25
240
4723
VILCHEZ, FRANCO DARIO
2024015057-4
21,994.51
241
4873
2730540108-6
21,994.51
242
4724
2439971118-1
21,994.51
243
3307
2032772734-7
21,994.51
244
4838
2038884669-1
12,414.74
245
4832
VILLADA, CECILIA CAROLINA
VILLAFAÑE, LUCIANO
EMANUEL
VILLALOBOS, LILIANA
ELIZABET
VILLARREAL, BRAIAN
EMMANUEL
VILLARREAL, CARLOS DANIEL
2028182744-9
21,994.51
246
4674
2029622049-4
21,994.51
247
4905
2738881304-6
21,994.51
248
7525
2033587530-4
15,396.16
249
4791
VILLARREAL, JUAN PABLO
VILLARREAL, MARIA
ANTONELLA
VILLARROEL, CHRISTIAN
MIGUEL
VILLEGAS, JESICA ROMINA
2033136068-7
21,994.51
250
4612
YEVENES, MARTIN
2040678904-8
21,994.51
251
4659
YONES, JOHANA RAQUEL
2739971117-2
21,994.51
252
4823
YRIARTE, CRISTIAN ANDRES
2027671384-2
21,994.51
253
4906
ZAPPIA, RAFAEL ANDRÉS
2327114839-9
21,994.51
254
4725
ZARATE, MERCEDES ANDREA
2734980124-3
21,994.51
ZILLI, GABRIEL RUBEN
2727318057-0
26,987.25
5,443,668.8
0
255 4833
Tota l: 255
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y CoordinaciónHéctor D. Gilli, Sec.
Eco. y Finanzas Rubén A. López, Sec. Salud Púb. Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental - Sebastián Boldrini, Sec. Turismo, Deportes y Cultura - Ma. Alejandra Roldán, Sec. Des. Social, Educación, Género y Diversidad
Carla A. Montemurro a/c de Of. Mayor
DECRETO Nº 1111/DE/ 2019
Villa Carlos Paz, 25 de noviembre de 2019
VISTO: El Expediente Nº 181832/19, mediante el cual la Sra.
María Noel Colombero, en su calidad de madre del joven deportista Thiago Federico PEÑA, solicita una ayuda económica a los fines de solventar en parte los gastos que demande su preparación y participación en las distintas Competencias de BMX
Race Ciclismo, a nivel Provincial, Nacional e Internacional, para poder cumplir con el calendario deportivo 2019; y CONSIDERANDO: Que el mencionado deportista representará la Ciudad de Villa Carlos Paz, en las distintas Competencias que participara el corriente año.Que en virtud de todo lo expuesto este Departamento Ejecutivo estima conveniente otorgar una ayuda económica en carácter de Estímulo Deportivo, por la suma de pesos Quince Mil $
15.000,00.Que el Departamento de Contaduría informa que los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, serán atendidos con los fondos de la Partida Nº 33.31.100.1.15.512 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.Por ello:
EL INTENDENTE Municipal, en uso de sus atribuciones D E C R E TA
Artículo 1º.- OTORGAR al Joven Thiago Federico PEÑA, D.N.I. Nº 46.129.214, en carácter de Estímulo Deportivo, la suma de pesos Quince Mil $ 15.000,00, a los fines de solventar en
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parte los gastos que demande su preparación y participación en las distintas Competencias de BMX Race, a nivel Provincial, Nacional e Internacional, para poder cumplir con el calendario deportivo 2019, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- El monto aludido en el artículo anterior, se hará efectivo a la Sra. María Noel COLOMBERO, D.N.I. Nº 32.313.678, quien deberá efectuar la correspondiente rendición de gastos.Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto será atendido con los fondos de la Partida Nº 33.31.100.1.15.512 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.Artículo 4º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Sebastián Boldrini, Sec. Turismo, Deportes y Cultura Carla A. Montemurro a/c de Oficialía MayorDECRETO N 1112/DE/2019
Villa Carlos Paz, 25 de noviembre de 2019
VISTO: El Decreto Nº 228/DE/2018, mediante el cual se rechaza el Recurso de Apelación interpuesto en contra de la Resolución Nº 083/2017 de la Justicia Administrativa Municipal de Faltas; y CONSIDERANDO: Que en el Decreto mencionado, se consignó de manera inexacta el nombre de la recurrente.Que en consecuencia el Visto y el artículo 1º deben ser modificados y corresponde adecuar el citado Decreto.Que por lo expuesto se emite el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTICULO 1.- MODIFICAR el Visto y el artículo 1º del Decreto Nº 228/DE/2018, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente, de la siguiente manera:
Donde Dice: . Sra. María Claudia GUTIERREZ
Deberá GUTIERREZ
decir:
Sra.
Marian
Claudia
ARTICULO 2.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación Carla A. Montemurro, a/c de Oficialía MayorDECRETO Nº 1113/DE/2019
Villa Carlos Paz, 26 de noviembre de 2019
VISTO: El informe presentado por la Inspección de la Obra LICITACIÓN PÚBLICA Nº 4/2019 PARA LA CONTRATACIÓN
DE LA OBRA: TERMINACIONES DEL POLIDEPORTIVO DE
BARRIO SANTA RITA DEL LAGO TRIBUNAS SANITARIOS
ALBERGUEADMINISTRACIÓNBAR Y ACCESOS DE LA
PRIMERA SECCIÓN
24 de Diciembre de 2019
10
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, obrante a fs. 1603 del Expediente Nº 172.853/19 y;
CONSIDERANDO: Que del instrumento referido surge el pedido de ampliación de trabajos a ejecutar y consecuentemente del presupuesto de la obra y el plazo de su entrega.Que las demasías en la obra de referencia surgen de la medición en Obra, una vez finalizada ésta, de los ítems contratados y según el detalle obrante en el informe de fs. 1598.
Que el gasto será atendido con fondos de la Partida 33.31.100.2.24.413, por un monto de Pesos Dos Millones Trescientos Sesenta y Nueve Mil Quinientos Noventa y Cuatro con Veinticinco Centavos $ 2.369.594,25 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.
Que corresponde en consecuencia emitir el acto administrativo que sustenta la ampliación.POR ELLO
El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.- Aprobar la ampliación de trabajos a ejecutar y de presupuesto de la Obra LICITACIÓN PÚBLICA Nº 4/2019
PARA LA CONTRATACIÓN DE LA OBRA: TERMINACIONES
DEL POLIDEPORTIVO DE BARRIO SANTA RITA DEL LAGO
TRIBUNAS SANITARIOS ALBERGUEADMINISTRACIÓNBAR Y ACCESOS DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente, por monto de Pesos Dos Millones Trescientos Sesenta y Nueve Mil Quinientos Noventa y Cuatro con Veinticinco $ 2.369.594,25, según el siguiente detalle:
1.21.3
1.4
1.5
1.7
2
4.1
5
ITEM
TOTAL ITEM
TABLERO Y DISPOSITIVO DE
MANIOBRA Y PROTECCION.$ 426.168,08
TENDIDO SUBTERRANEO
$ 870.947,89
CANALIZACION ELÉCTRICA
$ 102.978,36
CABLEADO
$ 381.036.14
ARTEFACTOS DE ILUMINACIÓN
$ 44.885,75
CANALIZACIÓN DE SEÑALES
DÉBILES Y TENDIDO
CONDUCTORES
$ 332.228,50
DIRECCIÓN TÉCNICA
$ 211.349,53
TOTAL DE LA AMPLIACION $ 2.369.594,25
Artículo 2º.- Otorgar a la Firma ECENTRO S.A, un plazo de diecisiete 17 días para la ejecución de los trabajos aludidos en el Artículo precedente.
Artículo 3º.- El gasto que demande la ejecución del presente será atendido con fondos de la Partida Nº 33.31.100.2.24.413 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.
Artículo 4.- Previo al cumplimiento de lo establecido en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental
Sebastián Boldrini, Sec. de Turismo, Deporte y Cultura
Carla A. Montemurro, a/c Of. MayorDECRETO Nº 1114/DE/2019
Villa Carlos Paz, 26 de noviembre de 2019
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VISTO: El informe presentado por la Inspección de la Obra LICITACIÓN PÚBLICA Nº 4/2019 PARA LA CONTRATACIÓN
DE LA OBRA: TERMINACIONES DEL POLIDEPORTIVO DE
BARRIO SANTA RITA DEL LAGO TRIBUNAS SANITARIOS
ALBERGUEADMINISTRACIÓNBAR Y ACCESOS DE LA
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, obrante a fs. 1598 del Expediente Nº 172.853/19 y;
CONSIDERANDO: Que del instrumento referido surge el pedido de ampliación de trabajos a ejecutar y consecuentemente del presupuesto de la obra y el plazo de su entrega.Que las demasías en la obra de referencia surgen de la medición en Obra, una vez finalizada ésta, de los ítems contratados y según el detalle obrante en el informe de fs. 1598.
Que el gasto será atendido con fondos de la Partida 33.31.100.2.24.413, por un monto de Pesos Ochocientos Noventa Mil Setecientos Noventa y Dos $ 890.792 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.
Que corresponde en consecuencia emitir el acto administrativo que sustenta la ampliación.POR ELLO
El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones, DECRETA
Artículo 1º.- Aprobar la ampliación de trabajos a ejecutar y de presupuesto de la Obra: LICITACIÓN PÚBLICA Nº 4/2019
PARA LA CONTRATACIÓN DE LA OBRA: TERMINACIONES
DEL POLIDEPORTIVO DE BARRIO SANTA RITA DEL LAGO
TRIBUNAS SANITARIOS ALBERGUEADMINISTRACIÓNBAR Y ACCESOS DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente, por monto de Pesos Ochocientos Noventa Mil Setecientos Noventa y Dos con Cero Centavos $ 890.792,00, según el siguiente detalle:
ITEM
1.1
2.0
4.0
REEMPLAZO EXTRACTORES EXIST.
PARA VENTILACIÓN BAÑOS.EXTENSIÓN DE RECORRIDOS.PINTURA
REFORMA DE CONDUCTOS
MODIFICACION DE CONDUCTOS
TOTAL DE LA AMPLIACION
TOTAL
ITEM
$ 55.200
$ 84.942
$ 63.000
$ 330.000
$ 357.650
$ 890.792
Artículo 2º.- Otorgar a Ineco S.R.L, un plazo de nueve 9 días para la ejecución de los trabajos aludidos en el Artículo precedente.
Artículo 3º.- El gasto que demande la ejecución del presente será atendido con fondos de la Partida Nº 33.31.100.2.24.413 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.
Artículo 4.- Previo al cumplimiento de lo establecido en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
PRIMERA SECCIÓN
24 de Diciembre de 2019
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Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental
Sebastián Boldrini, Sec. de Turismo, Deportes y Cultura
Carla A. Montemurro a/c de Oficialía Mayor-
10.1
11.1
DECRETO Nº 1115/DE/2019
Villa Carlos Paz, 26 de noviembre de 2019
VISTO: El informe presentado por la Inspección de la Obra LICITACIÓN PÚBLICA Nº4 PARA LA CONTRATACIÓN DE LA
OBRA: TERMINACIONES DEL POLIDEPORTIVO DE BARRIO
SANTA RITA DEL LAGO TRIBUNAS SANITARIOS
ALBERGUEADMINISTRACIÓNBAR Y ACCESOS DE LA
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, obrante a fs. 1601 del Expediente Nro. 172.853/19 y;
12.1
13.1
14.1
15.1
CONSIDERANDO: Que del instrumento referido surge el pedido de ampliación de trabajos a ejecutar y consecuentemente del presupuesto de la obra y el plazo de su entrega.-
16.1
Que las demasías en la obra de referencia surgen de la medición en Obra, una vez finalizada ésta, de los ítems contratados y según el detalle obrante en el informe de fs. 1601.
17.1
17.2
18.1
Que el gasto será atendido con fondos de la Partida Nº 33.31.100.2.24.413, por un monto de Pesos Tres Millones Treinta y Ocho Mil Ciento Veintisiete con Noventa y Dos Centavos $
3.038.127,92 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.
Que corresponde en consecuencia emitir el acto administrativo que sustenta la ampliación.POR ELLO
El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.- Aprobar la ampliación de trabajos a ejecutar y de presupuesto de la Obra LICITACIÓN PÚBLICA Nº4 PARA LA
CONTRATACIÓN DE LA OBRA: TERMINACIONES DEL
POLIDEPORTIVO DE BARRIO SANTA RITA DEL LAGO
TRIBUNAS SANITARIOS ALBERGUEADMINISTRACIÓNBAR Y ACCESOS DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente, por monto de Pesos Tres Millones Treinta y Ocho Mil Ciento Veintisiete con Noventa y Dos Centavos $ 3.038.127,92, según el siguiente detalle:
ITEM
1.1
2.1
3.1
4.1
5.1
6.1
7.1
8.1
9.1
OSB
REVOQUE GRUESO Y FINO
CARPETA
DE
NIVELACION, COLOCACION
DE
PISOS, ZOCALOS Y PERFIL ESQUINERO
DEMOLICION
EXCAVACION, COLOCACION Y TAPADO 3
CAÑOS D110 ml ESTRUCTURA
100
MM
EMPLACADO ALTO IMPACTO
INTERIOR CON REFUERZO OSB Y
EMPLACADO SUPERBOARD CON
TERMINACION BASE COAT
CAMBIO DE PINTURA LATEX A
SINTÉTICO CON PLANCHADO
TOTAL DE PAREDES
VEREDA DE HORMIGÓN PEINADO
REVESTIMIENTO DE DURLOCK DE
CAJON DE PLUVIALES DE TECHOS
REJA DE PLANCHUELA PARA
7
TOTAL ITEM
$ 606.015,25
$ 54.600
$ 51.929,72
$ 76.375
$ 304.504,20
DESAGE PLUVIAL 15 X 0.20 m PROVISION Y COLOCACION DE
MARMOL NEGRO INGRESO
PROVISION Y COLOCACION DE
CIRCULOS DE RAMPA
DEMOLICION DE VEREDA Y
ANCLAJES PORTON ORIGINAL
VEREDA PEINADA SIMIL ORIGINAL
RESTITUCION
DE
CORDON
CUNETA
PROVISION Y COLOCACION DE
PERFIL L PARA ENCUENTROS DE
REJAS
CANCHA
POR
PORCELANATO
LIMPIEZA DE CANAL LATERAL
BOBCAT, RETROPALA, CAMIÓN
DESAGE PLUVIAL 200 mm CAMBIO DE SECCIÓN DE CAÑO
DE 160 A 200 MM, AGREGADO DE
4 CAÑOS A LOS 2 ORIGINALES
CAMARAS DE DESAGES CANT 2
DIRECCION TÉCNICA
TOTAL DE LA AMPLIACION
$ 150.150
$ 21.677,50
$ 18.850
$ 59.377,50
$ 7.634,25
$ 29.705
$ 31.850
$ 123.750
$ 57.500
$ 240.000
$ 3.038.127,92
Artículo 2º.- Otorgar a la Firma Aryko S.A, un plazo de siete 7
días para la ejecución de los trabajos aludidos en el Artículo precedente.
Artículo 3º.- El gasto que demande la ejecución del presente será atendido con fondos de la Partida Nº 33.31.100.2.24.413 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.
Artículo 4.- Previo al cumplimiento de lo establecido en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental
Sebastián Boldrini, Sec. de Turismo, Deportes y Cultura
Carla A. Montemurro a/c de Oficialía MayorDECRETO N 1116/DE/2019
Villa Carlos Paz, 26 de noviembre de 2019
VISTO: El Expediente Nº 166.074/2018 en el cual obran las actuaciones referidas a la Licitación Pública Nº 2/2018 para la Obra Ampliación de Polideportivo Municipal de Barrio Santa Rita del Lago Tribunas Sanitarios AlbergueAdministración Bar y Accesos de la Ciudad de Villa Carlos Paz, y CONSIDERANDO: Que en el artículo 1º del Decreto 602/B/2019 se debe discriminar las certificaciones correspondientes a la Obra originalmente contratada de aquellas relacionadas con sus ampliaciones y actualizaciones.
Que en función de lo expuesto se procede a emitir el acto administrativo que disponga sobre el particular.POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
$ 386.750
$ 88.159,50
$ 610.740
$ 118.560
ARTÍCULO 1.- SUSTITUIR el Artículo 1º del Decreto Nº 602/B/2019, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente, por el siguiente:
PRIMERA SECCIÓN
24 de Diciembre de 2019
10
ARTÍCULO 1º.- RECONOCER la actualización de precios conforme Inciso III de la Cláusula Sexta del Contrato de Obra Nº 911, de la Licitación Pública Nº 2/2018 para la Obra AMPLIACION DE POLIDEPORTIVO MUNICIPAL DE BARRIO
SANTA RITA DEL LAGO TRIBUNAS SANITARIOS
ALBERGUE ADMINISTRACION BAR Y ACCESOS DE LA
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, del Expediente Nº166074/18
a la Empresa ASTORI ESTRUCTURAS S.A, en la suma de Pesos Dos Millones Seiscientos Ocho Mil Setecientos Cuarenta y Dos con Ochenta y Siete Centavos $ 2.608.742,87 para los certificados Nº 1, 2 y 3, correspondientes a Certificaciones de Obra originalmente contratadas y el Certificado Nº 4, correspondiente a la Certificación 1 de la ampliación de Obra, según Decreto 080/DE/2019 en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.
ARTÍCULO 2.- Previo cumplimiento de lo establecido en el presente, dése intervención al tribunal de Cuentas para su visación en términos de Ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental
Sebastián Boldrini, Sec. Turismo, Deportes y Cultura - Carla A. Montemurro a/c Of. MayorDECRETO N 1117/DE/2019
Villa Carlos Paz, 26 de noviembre de 2019
VISTO: El Expediente Nº 166.074/2018 en el cual obran las actuaciones referidas a la Licitación Pública Nº 2/2018 para la Obra Ampliación de Polideportivo Municipal de Barrio Santa Rita del Lago Tribunas Sanitarios AlbergueAdministración Bar y Accesos de la Ciudad de Villa Carlos Paz, y CONSIDERANDO: Que en el artículo 1º del Decreto 1091/B/2019, se debe discriminar las certificaciones correspondientes a la Obra originalmente contratadas, de aquellas relacionadas con sus ampliaciones y actualizaciones.
Que en función de lo expuesto se procede a emitir el acto administrativo que disponga sobre el particular.POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1.- SUSTITUIR el Artículo 1º del Decreto Nº 1091
/B/2019, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente, por el siguiente:
ARTÍCULO 1º.- RECONOCER la actualización de precios conforme Inciso III de la Cláusula Sexta del Contrato de Obra Nº 911, de la Licitación Pública Nº 2/2018 para la Obra AMPLIACION DE POLIDEPORTIVO MUNICIPAL DE BARRIO
SANTA RITA DEL LAGO TRIBUNAS SANITARIOS
ALBERGUE ADMINISTRACION BAR Y ACCESOS DE LA
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, del Expediente Nº166074/18
a la Empresa ASTORI ESTRUCTURAS S.A, en la suma de Pesos Un Millón Cuatrocientos Veintidós Mil Setenta y Ocho con 91/100 $ 1.422.078,91 para los Certificados Nº 5 y 6
correspondiente a Certificaciones de Obra originalmente contratadas, Certificación Nº 7 correspondiente a la Certificación 2 de la ampliación de Obra según Decreto 080/DE/2019 y el Certificado Nº 8 correspondiente a la Certificación 1 de la ampliación de Obra según Decreto 601/DE/2019 en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.
ARTÍCULO 2.- Previo cumplimiento de lo establecido en el presente, dése intervención al tribunal de Cuentas para su
8
visación en términos de Ley, Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental
Sebastián Boldrini, Sec. Turismo, Deportes y Cultura - Carla A. Montemurro a/c Of. MayorDECRETO N 1118/DE/2019
Villa Carlos Paz, 26 de noviembre de 2019
VISTO: El expediente N 181489/19, presentado por la Sra.
Norma Inés Lozano, en su carácter de Presidente del Institución Protectora de Animales Desamparados I.P.A.D., mediante el cual solicita uso de espacio público para la realización de una Jornada de Adopción de perros, a llevarse a cabo el día 30 de noviembre de 2019 en nuestra Ciudad; y CONSIDERANDO: Que la jornada busca dar en adopción a animales rescatados por I.P.A.D. y a los que se alojan en los caniles municipales, dónde además rendirán un examen de buen ciudadano canino.
Que dicha actividad además tiene como fin fomentar, educar y concientizar a la población acerca de las recomendaciones y consejos sobre el buen trato hacia los animales.
Que conforme las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 5753, corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1.- AUTORIZAR a la Institución Protectora de Animales Desamparados I.P.A.D., al uso y ocupación precaria, transitoria y sujeta a revocación de un sector verde de la Costanera, ubicado sobre Av. Arturo Umberto Illia, entre calles Artigas y Esparta, para realizar el evento Jornada de Adopción de Animales, a realizarse el día 30 de noviembre de 2019, desde las 17 hs. hasta las 20 hs., en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- La Dirección de Seguridad queda facultada para determinar el cambio en el sentido de circulación, así como la restricción del estacionamiento en calles y Avenidas y modificaciones que resulten necesarias a fin de facilitar el tránsito peatonal y vehicular durante el evento.Artículo 3º.- La Dirección de Seguridad, la Dirección de Servicios Públicos y la peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 4º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación Carla A. Montemurro a/c de Oficialía MayorDECRETO N 1119/DE/2019
Villa Carlos Paz, 26 de noviembre de 2019
VISTO: La ausencia temporaria del Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación, desde el día 02 de diciembre del corriente año; y CONSIDERANDO: Que a los fines de no dificultar el normal desenvolvimiento administrativo del área aludida, resulta
PRIMERA SECCIÓN
24 de Diciembre de 2019
10
menester encomendar la atención y firma del Despacho a la Señora Secretaria de Desarrollo Social, Educación, Género y Diversidad, mientras dure la ausencia de su titular.Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo pertinente, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 147 de la Carta Orgánica Municipal.Por ello:
Artículo 4º.- Previo al cumplimiento de lo establecido en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación Carla A. Montemurro a/c de Oficialía MayorRESOLUCIONES del TRIBUNAL DE CUENTAS
MUNICIPALIDAD DE VILLA CARLOS PAZ
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1.- ENCARGAR la atención y firma del Despacho de la Secretaría de Gobierno y Coordinación, a la Sra. Desarrollo Social, Educación, Género y Diversidad, Lic. María Alejandra Roldán, a partir del día 02 de diciembre de 2019 y mientras dure la ausencia de su titular, en un todo de acuerdo al Visto y los Considerandos del presente.Artículo 2.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación - Ma. Alejandra Roldán, Sec. Des. Social, Educación, Género y Diversidad - Mónica De Girolamo, Oficial MayorDECRETO Nº 1120/A/2019
Villa Carlos Paz, 26 de noviembre de 2019
VISTO: El informe presentado por la Inspección de la Obra PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA, PARA LA
REFUNCIONALIZACIÓN DE LA PLAZA CASADO, obrante en el expediente Nro. 175697/2019; y CONSIDERANDO: Que en el mismo se solicita la ampliación de trabajos a ejecutar y consecuentemente del presupuesto de la obra.
Que las obras a ejecutar son las consignadas a fs. 173 del expediente de referencia, las que han sido valoradas como necesarias por la Inspección de Obra.Que corresponde en consecuencia emitir el acto administrativo que sustenta a la ampliación.
Por ello:
El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.- Aprobar la ampliación de trabajos a ejecutar y de presupuesto de la Obra PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO
DE OBRA, PARA LA REFUNCIONALIZACIÓN DE LA PLAZA
CASADO, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- El monto correspondiente a la mayor cantidad de obra a ejecutar asciende a la suma de: Pesos Setecientos Dieciocho Mil Seiscientos Sesenta y Cuatro con Treinta y Dos Centavos $ 718.664,32 y será soportado con los fondos de la Partida Nº 38.01.802.2.60.615 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.
Artículo 3º.- Otorgar a la Empresa Astra Construcciones S.R.L
un ampliación de plazo contractual de veinte 20 días, contados a partir de la notificación del presente Decreto.
9
Villa Carlos Paz, 5 noviembre 2019
RESOLUCIÓN Nº 290/2019
V I S T O: La Resolución 272/2019 emitida por este Tribunal, y;
CONSIDERANDO: Que a través de la misma se viso provisionalmente el Contrato de Obra Nº 1015/2019 referido a la:
EJECUCION MURO DE CONTENCION EN LOTE CENTRO
VECINAL VILLA DEL RIO; adjudicado a la empresa FEDCAMAX S.A.
Que el Departamento Ejecutivo, ha remitido para su revisión y control la póliza de seguro por responsabilidad civil presentada por el contratista de la obra la cual tiene vigencia hasta el 15/02/2020, dicha póliza cumplimenta a criterio de este Tribunal con la normativa legal vigente.
Por ello;
El TRIBUNAL DE CUENTAS de la CIUDAD de VILLA CARLOS PAZ
en uso de sus atribuciones, R E S U E L V E:
Artículo 1º.- VISAR FAVORABLEMENTE el Contrato de Obra Nº 1015/2019, en un todo de acuerdo a lo expresado en Considerandos.
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.Villa Carlos Paz,5 noviembre 2019
RESOLUCIÓN Nº291/2019
VISTO: La Ordenanza Nº 6.447, y;
CONSIDERANDO: Que dicha norma establece en $ 16.707,50 el monto a otorgar en carácter de subsidio mensual durante el año 2019 a la Biblioteca Popular José H. Porto de esta ciudad.
Que el Departamento Ejecutivo, dispuso a través del Decreto Nº 199/DE/2019, la entrega del subsidio antes mencionado por el periodo comprendido entre el mes de Enero a Diciembre de 2019.
Que los receptores de fondos entregados por esta Municipalidad en carácter de Subsidio, de acuerdo a lo establecido por la normativa legal vigente - Ordenanza Nº 1.511, deben presentar ante este Tribunal la correspondiente rendición de cuentas detallando la utilización dada a dichos fondos.
Que atento a lo expresado precedentemente las autoridades de la Biblioteca Popular José H. Porto han presentado para su revisión y control la rendición de cuentas correspondiente al subsidio otorgado para el mes de Agosto de 2019, por un total de $ 20.277,77 la cual cumplimenta con los requisitos formales exigibles y se ajusta a la normativa legal vigente.
PRIMERA SECCIÓN
24 de Diciembre de 2019
10
Por ello, EL TRIBUNAL DE CUENTAS de la CIUDAD DE
VILLA CARLOS PAZ, en uso de sus atribuciones;
R E S U E L V E:
916/19
178412
FLANDIN
YANINA
HONOR.JULSET/19
86.664,36
86.664,36
AJUSTES Y/O RECIBOS MUNICIPALES POR REINTEGROS
297/19
3464/19
177609
SUBS. GRALES.
20.000 -
ARTÍCULO 1º.-VISAR FAVORABLEMENTE la Rendición de Cuentas presentada por las autoridades de la Biblioteca Popular José H. Porto correspondiente al subsidio del mes de AGOSTO
de 2019, cancelando en forma parcial la Orden de Pago Anticipada Nº 307/2019, emitida a tales efectos.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése al registro del Tribunal y archívese.
Villa Carlos Paz, 5 noviembre 2019
RESOLUCIÓN Nº 293/2019
V I S T O: El Contrato de Obra Nº 1119/2019 y las actuaciones contenidas en el Expte. Nº 178.668, y;
Villa Carlos Paz,5 noviembre 2019
RESOLUCIÓN Nº 292/2019
VISTO: Las rendiciones de cuentas presentadas sobre las ordenes de pago, anticipadas o directas, detalladas en el cuadro Anexo I de la presente, y;
CONSIDERANDO: Que el mismo se refiere a la adjudicación de la Obra: CONSTRUCCIÓN DE MURO DE CONTENCIÓN EN
PLAYA ESMERALDA DE LA CIUDAD DE VILLA CARLOPS
PAZ; a la empresa RO
DA, ADOLFO A.
CONSIDERANDO: Que este Tribunal ha realizado el control de dichas rendiciones, así como los ajustes por reintegros realizados, determinando que la documentación revisada se ajusta a la normativa vigente tanto en los aspectos legales como formales, dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Artículo 130º Inc. a, y f de la Ordenanza 1511 y demás disposiciones sobre el particular.
Que de acuerdo a lo establecido en la cláusula 11º del Contrato citado en Visto, el contratista, deberá contratar a nombre conjunto con el Municipio, las pólizas de seguros de responsabilidad civil detalladas en el mismo, durante el período en que se ejecutarán los trabajos, y hasta la extinción de todas sus obligaciones contractuales.
Por Ello:
EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE VILLA
CARLOS PAZ, en uso de sus atribuciones RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- APROBAR las rendiciones de cuentas, referente a las ordenes de pago detalladas en el/los cuadros Anexos de la presente en un todo de acuerdo a lo expresado en Considerandos.
ANEXO I
O.P.A/
O.P
Expte
3464/19
177609
4152/19
3269/18
179811
165634
Beneficiario
Concepto
SUBS.
GRALES.
DTO.644/DE/
2019
P/ O.N.G.
CALIDAD Y
DESA
RROLLO
CIUDADANO
P/ESCUELA
NUEVA
LATINOAME
RICA
P/DEPORTIS
TA
SALOMON
VALENTIN
P/DEPORTIS
TA
PINEDA
NAHUEL
PJES
P/FERIA
TURISMO
EN
URUGUAY
SUBSIDIOS
FODEMEEP
ESTIMULO
DEPORTIVO
DTO.555/DE/
2018
ESTIMULO
DEPORTIVO
DTO.821/DE/
2015
4565/201
5
136796
1225/19
180678
BOLDRINI
SEBASTIAN
680/19
177412
RODRIGUEZ
CIRO
968/19
177956
715/19
178350
10
TOTAL
RENDIDO
20.000
118.580
10.000
118.580
10.000 +
5.000
5.000 +
36.000
36.000
HONOR. JULSET/19
45.242
45.242
LESCANO
SOLEDAD
HONOR.SET/
19
27.780
27.780
RESOLANI
WALTER
HONOR.JULSET/19
162.240
162.240
Que por lo tanto se requiere al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, proceda a remitir a este Tribunal las pólizas de seguro mencionadas precedentemente para su verificación y control.
Por ello;
El TRIBUNAL DE CUENTAS de la CIUDAD de VILLA CARLOS PAZ
en uso de sus atribuciones, R E S U E L V E:
Artículo 1º.- VISAR PROVISIONALMENTE el Contrato de Obra Nº 1.119/2019, en un todo de acuerdo a lo expresado en Considerandos.
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.Villa Carlos Paz, 7 noviembre 2019
RESOLUCIÓN Nº 294/2019
VISTO: La Rendición de Cuentas presentada por las autoridades de la institución de esta ciudad denominada Fundación Protectora de Animales F.U.P.A., y;
CONSIDERANDO: Que a través de la Ordenanza Nº 6.446 el Concejo de Representantes ha establecido que a partir del mes de Enero de 2019 el monto a otorgar a dicha Institución en carácter de subsidio mensual será de $ 6.591.
Que la normativa legal determina que los fondos otorgados en carácter de subsidios por el municipio deben ser rendidos por los titulares de las instituciones receptoras de los mismos ante el Tribunal de Cuentas, y por la totalidad de los montos efectivamente percibidos.
Que en virtud de lo antes expuesto este Tribunal dio tratamiento a la rendición de cuentas presentada por las autoridades de la institución Fundación Protectora de Animales F.U.P.A. correspondiente al subsidio otorgado para el mes de Mayo 2019 la que cumplimenta, a criterio de este
PRIMERA SECCIÓN
24 de Diciembre de 2019
10
Cuerpo, con los requisitos formales exigibles y se ajusta a la normativa legal vigente.
Por ello, EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE
VILLA CARLOS PAZ, en uso de sus atribuciones;
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.-VISAR FAVORABLEMENTE la Rendición de Cuentas presentada por las autoridades de la institución Fundación Protectora de Animales F.U.P.A. por un monto de $ 6.591 correspondiente al mes de Mayo de 2019, cancelando en forma parcial la Orden de Pago Directa N 3860/2019.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.
Villa Carlos Paz, 7 noviembre 2019
RESOLUCIÓN Nº 295/2019
V I S T O: Las órdenes de pago anticipadas contenidas en el los Exptes., que se detallan en el ANEXO a la presente, y;
CONSIDERANDO:
Que las mismas fueron emitidas para atender principalmente el pago de honorarios a profesionales que prestaron servicios en distintas reparticiones del Departamento Ejecutivo, entre otras erogaciones de importancia para el desarrollo de actividades municipales.
Que de la revisión y control efectuado a la documentación obrante en los Exptes. analizados, se ha determinado que la misma se ajusta a la normativa legal vigente, y que los montos correspondientes han sido abonados a los profesionales en su totalidad, de acuerdo con las certificaciones emitidas por autoridad competente.
Por ello,
El TRIBUNAL DE CUENTAS de la CIUDAD DE
VILLA CARLOS PAZ
en uso de sus atribuciones, R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APROBAR las Rendiciones de Cuentas de las órdenes de pago anticipadas detalladas en el ANEXO que forma parte de la presente Resolución, teniendo por canceladas las mismas, en un todo de acuerdo a lo expresado en Considerandos.
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.Villa Carlos Paz, 12 noviembre 2019
R ES OL UC IÓ N Nº2 96/ 20 19
VISTO: La Resolución Nº 026/C/2019 girada a este Tribunal, por la Secretaría de Economía y Finanzas, y;
CONSIDERANDO: Que a través de la misma, el Departamento Ejecutivo informa a este Tribunal los movimientos producidos en las Cuentas Presupuestarias de Afectación Específica que allí se detallan al 31/10/2019.
Que corresponde tomar nota de lo informado por dicha jurisdicción, emitiendo el acto administrativo correspondiente, sin que ello implique adelantar opinión respecto la procedencia de los datos allí enunciados.
Por ello,
El TRIBUNAL DE CUENTAS de la CIUDAD de VILLA CARLOS PAZ, en uso de sus atribuciones;
11
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- TOMAR CONOCIMIENTO de los movimientos producidos al 31/10/2019 en las Cuentas de Afectación Específica especificados en la Resolución Nº 026/C/2019.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.
Villa Carlos Paz, 12 noviembre 2019
RESOLUCIÓN N 297/2019
V I S T O: El Contrato de Obra Nº 1121/2019 y las actuaciones contenidas en el Expte. Nº 180.118, y;
CONSIDERANDO: Que el mismo se refiere a la adjudicación de la Obra: EJECUCIÓN DE HORMIGÓN SIMPLE H-25 PARA
CALLES VARIAS DE ALTO MANTENIMIENTO; a la empresa FEDCAMAX S.A.
Que de acuerdo a lo establecido en la cláusula 11º del Contrato citado en Visto, el contratista, deberá contratar a nombre conjunto con el Municipio, las pólizas de seguros de responsabilidad civil detalladas en el mismo, durante el período en que se ejecutarán los trabajos, y hasta la extinción de todas sus obligaciones contractuales.
Que por lo tanto se requiere al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, proceda a remitir a este Tribunal las pólizas de seguro mencionadas precedentemente para su verificación y control.
Por ello;
El TRIBUNAL DE CUENTAS de la CIUDAD de VILLA CARLOS PAZ
en uso de sus atribuciones, R E S U E L V E:
Artículo 1º.- VISAR PROVISIONALMENTE el Contrato de Obra Nº 1.121/2019, en un todo de acuerdo a lo expresado en Considerandos.
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.Villa Carlos Paz, 12 noviembre 2019
RESOLUCIÓN Nº 298/2019
V I S T O: Las órdenes de pago anticipadas contenidas en el los Exptes., que se detallan en el ANEXO a la presente, y;
CONSIDERANDO:
Que las mismas fueron emitidas para atender principalmente el pago de honorarios a profesionales que prestaron servicios en distintas reparticiones del Departamento Ejecutivo, entre otras erogaciones de importancia para el desarrollo de actividades municipales.
Que de la revisión y control efectuado a la documentación obrante en los Exptes. analizados, se ha determinado que la misma se ajusta a la normativa legal vigente, y que los montos correspondientes han sido abonados a los profesionales en su totalidad, de acuerdo con las certificaciones emitidas por autoridad competente.
Por ello, El TRIBUNAL DE CUENTAS de la CIUDAD DE
VILLA CARLOS PAZ
en uso de sus atribuciones, R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APROBAR las Rendiciones de Cuentas de las órdenes de pago anticipadas detalladas en el ANEXO que
10
forma parte de la presente Resolución, teniendo por canceladas las mismas, en un todo de acuerdo a lo expresado en Considerandos.
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, dese al registro del Tribunal y archívese.-
AÑO
EXPTE.
2019
171.712
2019
171.825
2019
171.828
2019
171.927
2019
171.963
2019
171.963
2019
172.349
2019
172.349
2019
172.349
2019
172.349
2019
172.349
2019
172.349
2019
172.349
2019
172.349
2019
172.349
2019
172.349
2019
172.349
2019
172.349
2019
172.349
2019
172.349
2019
173.537
2019
173.538
2019
177.704
2019
177.805
2019
177.805
2019
177.948
CONCEPTO
GARCIA CARLOS -ECON.Y
FIN.- FEB-JUN
NEUMANN S. - MAR-JUN SEC.CALIDAD INSTIT.
PAZ RAUL - AG.DES.ECON.FEB.JUN
GIRARDI V. - MAR-JUN PROYECTOS SEC.CALIDAD
INST.
RAFART C.L. - FEB.JUNMEDIC. LABORAL
RAFART C.L. - DIF.JUNIO MEDIC. LABORAL
DIR.DES.SOC.Y EDUC.-CIMFEB/JUN - LUNA A.
DIR.DES.SOC.Y EDUC.-CIMFEB/JUN - BELAGARDI V.
DIR.DES.SOC.Y EDUC.-CIMFEB-JUN -BRIZUELA R.
DIR.DES.SOC.Y EDUC.-CIMFEB/JUN - CASTILLO G.
DIR.DES.SOC.Y EDUC.-CIMFEB/JUN - CEBALLOS N.
DIR.DES.SOC.Y EDUC.-CIMFEB/JUN - GUERRERO Y.
DIR.DES.SOC.Y EDUC.-CIMFEB/JUN -MALDONADO Y.
DIR.DES.SOC.Y EDUC.-CIMFEB/JUN - NOVATTI M.V.
DIR.DES.SOC.Y EDUC.-CIMFEB/JUN - LUNA A.
DIR.DES.SOC.Y EDUC.-CIMFEB/JUN - VAZQUEZ M.F.
DIR.DES.SOC.Y EDUC.-CIMFEB/JUN - DI LIBERTO D.
DIR.DES.SOC.Y EDUC.-CIMFEB/JUN - CASTRO L.
DIR.DES.SOC.Y EDUC.-CIMFEB/JUN - FLORES C.
DIR.DES.SOC.Y EDUC.-CIMFEB/JUN - CHAREUN R.
FLANDIN Y. - PRENSA CONC. MAR-JUN
PAZ MARGONARI N. - CPUAMAR-JUN
BLANDO D. - AGO-SET. LOMBRIFILTRO EL FANTASIO
GERMAIN C. - OF.EMPLEO AGO-SET
GERMAIN C. - OF.EMPLEO DIF-SET
SCOTTA R. MANTENIM.FUENTE CU CU AGO SET.
O.P.A.
O.P.A.
O.C
onta b.
261
255
320
252
633
194
276
277
296
279
280
281
282
283
284
285
286
287
308
325
324
945
934
977
946
ORDENANZAS
ORDENANZA Nº 6578
Villa Carlos Paz, 12 de diciembre de 2019
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el Artículo 14 de la Ordenanza 3222, el que quedará redactado de la siguiente manera:
12
Artículo 14: Los propietarios, poseedores y/o tenedores de inmuebles edificados estarán obligados a instalar en su frente por lo menos un cesto de residuos domiciliarios sobre la línea de cordón, cuya altura no será superior a 1,50 mts, sobre el nivel de vereda, y sus dimensiones no obstaculizarán la libre circulación peatonal, Asimismo podrán optar por la colocación de cestos para residuos sobre los pilares de cercas en lugar visible al recolector.
ANEXO RESOLUCION Nº 298/2019
En los casos de consorcios, edificios de oficinas o institucionales, alojamientos en todas sus categorías, restaurantes, casa de comidas, y todo otro comercio de actividad similar, deberán poseer, al menos, dos 2 cestos: uno 1 para depositar residuos húmedos y uno 1 para depositar residuos secos, correctamente individualizados con color oscuro y verde respectivamente y cartel identificatorio, colocados en la vía pública. Opcionalmente para el mismo fin, podrán disponer los residuos en contenedores móviles, los cuales deberán ser depositados en la vía pública como máximo una hora antes del horario y día establecido para la recolección de los residuos sólidos urbanos.
Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo precedente, aquellos comercios o establecimientos categorizados como grandes productores de residuos deberán contar con cesto o contenedor, con tapa, correctamente individualizado.
315
278
PRIMERA SECCIÓN
24 de Diciembre de 2019
ARTÍCULO 2º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.Fdo: Ma. Soledad Zacarías, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. Bohn, Secretaria LegislativaH.Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal - Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental Mónica De Girolamo, Of. MayorPROMULGADA POR DECRETO Nº 1189/DE/2019
Villa Carlos Paz, 16 de Diciembre de 2019
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental - Mónica De Girolamo, Of. MayorORDENANZA Nº 6579
Villa Carlos Paz, 12 de diciembre de 2019
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR los Artículos 1º y 2º de la Ordenanza Nº 6407, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR DE UTILIDAD PÚBLICA Y
SUJETA A EXPROPIACIÓN una fracción de terreno de 112.05
m2, según Plano de Mensura y Subdivisión que forma parte de la presente , perteneciente a parcela de mayor tamaño de 2.886 m2
de superficie, cuya Nomenclatura Catastral es C:37 - Sec:01 Manz:035- Parcela.011, designada como Lote 31 Manzana s/d ubicada sobre calle Almafuerte y Pasteur y cuya propiedad de dominio figura a nombre de Gostanian Inmobiliaria S.A. con domicilio en Avda San Martín 235 de la Ciudad de Córdoba Capital y Avda. Gral Paz 202 de la Ciudad de Córdoba Capital , o quien resultare en definitiva su propietario.ARTÍCULO 2º.- La parcela descripta en el Artículo 1º de la presente será destinada a calle Pública como ampliación de la calle Almafuerte en el tramo afectado.
10
ARTÍCULO 2º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. La presente Ordenanza contiene un Anexo que por razones técnicas no puede visualizarse aquí, pero puede ser consultado en el Digesto Legislativo Municipal en esta misma página Web del Municipio de Villa Carlos Paz:
https www.villacarlospaz.gov.ar/digestolm/mostrardocumentos.p hp?id=1104
Fdo: Ma. Soledad Zacarías, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. Bohn, Secretaria LegislativaH.Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal - Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental - Héctor D. Gilli, Sec. Eco. y Finanzas - Mónica De Girolamo, Of. MayorPROMULGA POR DECRETO Nº 1191/DE/2019
Villa Carlos Paz, 16 de diciembre de 2019
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano AmbientalHéctor D.
Gilli, Sec. Eco. y Finanzas - Mónica De Girolamo, Of. MayorORDENANZA Nº 6580
Villa Carlos Paz, 12 de diciembre de 2019.EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- La Municipalidad de la Ciudad de Villa Carlos Paz manifiesta su compromiso en el abordaje integral e interdisciplinario de las personas con Trastornos del Espectro Autista TEA; la investigación epidemiológica en la materia, así como también la formación profesional en su pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento; su difusión y el acceso a las prestaciones.
ARTÍCULO 2º.- La Autoridad de Aplicación de la presente ordenanza será la Secretaría de Desarrollo Social, Educación, Género y Diversidad a través de la Subdirección de Discapacidad y Adultos Mayores, y en coordinación con la Secretaría de Salud, o aquellas que las reemplacen en el fututo; y establecerá las acciones pertinentes para el cumplimiento de los objetivos establecidos:
a Entender en todo lo referente a la investigación, docencia, pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento de los Trastornos del Espectro Autista TEA, tomando como premisa la necesidad de un abordaje integral e interdisciplinario;
b Coordinar con las autoridades provinciales y nacionales campañas de concientización sobre los Trastornos del Espectro Autista TEA;
c Planificar la formación del recurso humano en las prácticas de pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento;
d Realizar estudios epidemiológicos con el objetivo de conocer la prevalencia de los Trastornos del Espectro Autista TEA en la ciudad de Villa Carlos Paz;
e Coordinar con las autoridades en materia sanitaria, educativa, laboral y de desarrollo social del Gobierno de la Provincia de Córdoba las acciones necesarias a los fines de la completa inclusión de las personas con Trastornos del Espectro Autista TEA a los diferentes niveles educativos, laborales y sociales, de acuerdo a lo establecido por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por la ley 26.378.
13
PRIMERA SECCIÓN
24 de Diciembre de 2019
ARTÍCULO 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ordenanza, serán atendidos con la partida asignada a la Subdirección de Discapacidad y Adultos Mayores.
ARTÍCULO 4º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.Fdo: Ma. Soledad Zacarías, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. Bohn, Secretaria LegislativaH.Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal - Ma.
Alejandra Roldán, Sec. Des. Social, Educación, Género y Diversidad Héctor D. Gilli a/c Sec. Salud Pública - Mónica De Girolamo, Of. MayorPROMULGADA POR DECRETO Nº 1192/DE/2019
Villa Carlos Paz, 16 de Diciembre de 2019
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal - Ma.
Alejandra Roldán, Sec. Des. Social, Educación, Género y Diversidad Héctor D. Gilli a/c Sec. Salud Pública - Mónica De Girolamo, Of. Mayor-
ORDENANZA Nº 6581
Villa Carlos Paz, 12 de diciembre de 2019.EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Modelo de Convenio a suscribir entre la Municipalidad de Villa Carlos Paz y la Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales FCEFyN, dependiente de la Universidad Nacional de Córdoba U.N.C., el que como Anexo forma parte integrante de la presente.ARTÍCULO 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán soportados con los fondos de la Partida Nº 37.01.100.1.13.339 del Presupuesto General de Gastos en vigencia, o la que en el futuro la sustituya.ARTÍCULO 3º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.ANEXO
CONVENIO
Entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA, a través de su Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales FCEFyN, con domicilio legal en Av. Haya de La Torre s/n 2 Piso, Ciudad Universitaria, de la ciudad de Córdoba, en adelante LA
UNIVERSIDAD, representada en este acto por el Señor Decano de la Facultad, MAG. ING. PABLO RECABARREN, autorizado por Ordenanza N 18-HCS-08, por una parte, y la MUNICIPALIDAD DE VILLA CARLOS PAZ, Provincia de Córdoba, en adelante LA MUNICIPALIDAD, con domicilio en Liniers Nº 50, Villa Carlos Paz. Provincia de Córdoba, representada por el Intendente Municipal, Sr. H. DANIEL GÓMEZ
GESTEIRA, acuerdan celebrar el presente Convenio Marco, que se regirá por las cláusulas que a continuación se detallan:
PRIMERA: El objetivo del presente Convenio es establecer un programa de asesoramiento técnico y capacitación de recursos humanos en el campo del conocimiento que le son de común interés, principalmente en el área relacionada con el Desarrollo Urbano Ambiental de la Ciudad, siendo el nuevo ejido municipal el desafío a afrontar en los años venideros.
SEGUNDA: En el caso que las actividades de asesoramiento requieran estudios complementarios, las partes acordarán, mediante Protocolos de Trabajo o Anexos al presente, las tareas a realizar en cada proyecto en particular, realizando programas
10
de trabajo en aquellos campos que sean de interés de ambas instituciones. Se consignará el proyecto a ejecutar con los objetivos expresamente determinados y las prestaciones que asumirá cada parte. TERCERA: Cuando así lo requieran los estudios contenidos en el marco de este convenio, las partes facilitarán el acceso y la utilización de sus obras, instalaciones y equipos e intercambiarán entre sí toda la información empleada y obtenida durante su ejecución.
CUARTA: Cada institución designará a los responsables de proyectar, coordinar y dirigir los protocolos de trabajo que se decidan implementar. Estos coordinadores dependerán en el ejercicio de sus funciones de sus respectivas autoridades. LA
UNIVERSIDAD ejecutará el presente convenio a través del Centro de Vinculación de la Secretaría de Extensión de la Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales de la Universidad Nacional de Córdoba, cuyo Secretario será el coordinador de los Equipos de Trabajo de la Unidad Académica.
LA MUNICIPALIDAD dispondrá de los medios de movilidad para colaborar eventualmente con LA UNIVERSIDAD durante la ejecución de las actividades a desarrollarse en conjunto en la Ciudad de Villa Carlos Paz. LA MUNICIPALIDAD tendrá las más amplias facultades de supervisión durante el plazo de ejecución del presente convenio.
QUINTA: Cuando ello resulte apropiado para el progreso de los proyectos que se lleven a cabo en el marco de este convenio, las partes de común acuerdo, podrán convocar a participar en los mismos a otras personas o Instituciones.
SEXTA: En caso de que se expongan en publicaciones científicas o técnicas los resultados logrados a través de los estudios que se realicen en el marco de este Convenio, deberá dejarse constancia de la participación de ambas partes.
SÉPTIMA: Los bienes que ponen a disposición las partes para la realización de este Convenio seguirán siendo de su propiedad una vez finalizada su vigencia, salvo que por actas complementarias se acuerde otra modalidad.
OCTAVA: El presente Convenio tendrá una duración de VEINTICUATRO 24 meses y se considerará automáticamente renovado por iguales períodos si dos 2 meses antes del vencimiento, ninguna de las partes declara su voluntad en contrario. En caso que alguna de las partes quisiera dar por finalizado el presente convenio antes de su vencimiento, deberá notificarlo a la otra parte en forma fehaciente con dos 2 meses de antelación. La decisión de no renovar el presente no dará derecho alguno a las partes a formular reclamos o pedidos de indemnización de cualquier naturaleza.
NOVENA: LA UNIVERSIDAD y LA MUNICIPALIDAD se reservan el derecho de propiedad intelectual de cualquier descubrimiento y desarrollo realizado, reservándose ambas el derecho de publicación de los resultados obtenidos, previa autorización de las partes.
DÉCIMA: Cualquier divergencia que pueda suscitarse en la ejecución de los programas acordados por el presente convenio, será sometido a consideración de amigables componedores, sean profesionales matriculados de la abogacía e ingeniería de la Provincia de Córdoba, elegidos por cada una de las partes y en caso de persistir la divergencia se dará intervención a los Tribunales Federales de la ciudad de Córdoba.
En prueba de conformidad, se firman tres 3 ejemplares de un mismo tenor y aun solo efecto en la ciudad de Villa Carlos Paz, a los Fdo: Ma. Soledad Zacarías, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. Bohn, Secretaria LegislativaH.Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal - Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental Mónica De Girolamo, Of. MayorPROMULGADA POR DECRETO Nº 1190/DE/2019
Villa Carlos Paz, 16 de diciembre de 2019
14
PRIMERA SECCIÓN
24 de Diciembre de 2019
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental - Mónica De Girolamo, Of. Mayor-
ORDENANZA Nº 6582
Villa Carlos Paz, 20 de diciembre de 2019.EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- NOMINAR como PUENTE DEL
CENTENARIO al Puente Peatonal sobre Río San Antonio ubicado en la continuidad de Avda. 9 de Julio, uniendo los tramos Este y Oeste de la citada arteria.ARTÍCULO 2º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.Fdo: Ma. Soledad Zacarías, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. Bohn, Secretaria LegislativaH.Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal - Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental Mónica De Girolamo, Of. MayorPROMULGADA POR DECRETO Nº 1206/DE/2019
Villa Carlos Paz, 23 de diciembre de 2019
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental - Mónica De Girolamo, Of. Mayor-
ORDENANZA Nº 6583
Villa Carlos Paz, 20 de diciembre de 2019.EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR a la Asociación de Permisionarios del Taxímetro de Villa Carlos Paz, a incrementar las tarifas del servicio público que prestan, de acuerdo al siguiente detalle:
A partir de su promulgación:
Bajada de Bandera.. $ 61,95.Ficha cada 100 metros. $ 3,65.ARTÍCULO 2º.- Los Permisionarios del Servicio Público de Transporte en coches Taxímetros, deberán adecuar los respectivos relojes de sus unidades a la nueva tarifa a partir de la fecha precedentemente determinada, no pudiendo cobrar el incremento por Planilla Adicional.ARTÍCULO 3º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.Fdo: Ma. Soledad Zacarías, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. Bohn, Secretaria LegislativaH.Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal - Héctor D.
Gilli, Sec. De Economía y Finanzas Mónica De Girolamo, Of.
Mayor-
PRIMERA SECCIÓN
24 de Diciembre de 2019
10
PROMULGADA POR DECRETO Nº 1207/DE/2019
Villa Carlos Paz, 23 de diciembre de 2019
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Héctor D. Gilli Sec. De Economía y Finanzas, - Mónica De Girolamo, Of. Mayor-
INFORMACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
ALTAS Y BAJAS DEL MES DE NOVIEMBRE 2019
ORDENANZA Nº 6584
Villa Carlos Paz, 20 de diciembre de 2019.EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR a las Empresas del Servicio Público de Transporte individual de personas y sus equipajes en automóviles de alquiler denominados "Autos al Instante o Remises", a incrementar las tarifas del servicio público que prestan, de acuerdo al siguiente detalle:
A partir de su promulgación:
Bajada de Bandera $ 67,43.Ficha cada 100 metros. $ 3,77.ARTÍCULO 2º.- Los Permisionarios del Servicio Público de Transporte individual de personas y sus equipajes en automóviles de alquiler denominados "Autos al Instante o Remises", deberán adecuar los respectivos relojes de sus unidades a la nueva tarifa a partir de la fecha precedentemente determinada, no pudiendo cobrar el incremento por Planilla Adicional.ARTÍCULO 3º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.Fdo: Ma. Soledad Zacarías, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. Bohn, Secretaria LegislativaH.Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal - Héctor D.
Gilli, Sec. De Economía y Finanzas Mónica De Girolamo, Of.
MayorPROMULGADA POR DECRETO Nº 1208/DE/2019
Villa Carlos Paz, 23 de diciembre de 2019
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Héctor D. Gilli Sec. De Economía y Finanzas, - Mónica De Girolamo, Of. Mayor-
15
ALTAS
BAJAS
P.POLITICA
P.PERMANENTE
CONTRATADOS
13
7
BECAS
10
12
INFORMACIÓN ECONÓMICA MUNICIPAL
EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA NOVIEMBRE 2019
Las Planillas de Ingresos y Egresos a Noviembre de 2019, se encuentran disponibles en la Página Web Municipal, en el siguiente link:
Ingresos:
https www.villacarlospaz.gov.ar/images/infopublica/95/EJECUCI
ON%20PRESUPUESTARIA%20NOVIEMBRE%20%20INGRESOS.pdf Egresos:
https villacarlospaz.gov.ar/images/infopublica/95/EJECUCION%
20PRESUPUESTARIA%20NOVIEMBRE%202019%20EGRESOS.pdf O por el siguiente camino:
Info Pública Información Administrativa, Económica y Financiera Información Económica Municipal 2019