Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 3/12/2019
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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
PRIMERA SECCIÓN
03 de Diciembre de 2019
07
ÍNDICE PRIMERA SECCIÓN
Ordenanza N 6569
Promulgada por Decreto N 1106/DE/2019
Decreto N 1044/DE/2019
Decreto N 1045/DE/2019
Decreto N 1047/DE/2019
Decreto N 1048/D/2019
Decreto N 1049/DE/2019
Decreto N 1050/DE/2019
Decreto N 1051/DE/2019
Decreto N 1052/DE/2019
Decreto N 1054/C/2019
Decreto N 1055/C/2019
Decreto N 1056/DE/2019
Decreto N 1057/DE/2019
Resol. Sec. Gob. y Coord. N 22/A/2019
Resol. SDUA N 43/B/2019
Resol. Sec. Gob. y Coord. N 23/A/2019
Resol. SDUA N 44/B/2019
Resol. SDUA N 45/B/2019
Resol. SEF N 26/C/2019
Resol. SDUA N 46/B/2019
Resol. Sec. Gob. Y Coord. N 24/A/2019
Resol. SDUA N 47/B/2019
Resol. SEF N 27/C/2019
Resol. SEF N 28/C/19
Resol. Sec. Gob. y Coord. N 25/A/2019
Resol. Sec. Gob. y Coord. N 26/A/2019
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DECRETO N 1044/DE/2019
Villa Carlos Paz, 01 de noviembre de 2019
VISTO: El Expediente Nº 180282/2019, mediante el cual los Sres. Juan OCAMPOS y Gastón DI MARTINO en calidad de Presidente y Secretario respectivamente, de la Agrupación Gaucha Carlos N. Paz solicitan un subsidio a los fines de solventar los gastos que demande la organización de la Fiesta de Jineteada y Folklore del Día de la Tradición, que se desarrollará el día domingo 10 de noviembre del corriente año, en consonancia con la celebración del Día de la Tradición; y CONSIDERANDO: Que la mencionada Agrupación, de reconocida trayectoria no sólo en el ámbito local, se destaca por su permanencia y fidelidad a los objetivos fundacionales, aportando al desarrollo de la cultura regional y promoviendo tradiciones.Que el evento mencionado tendrá como actividad central la Jineteada, donde se entregarán premios al 1º, 2º y 3º puesto;
además se realizarán Destrezas Gauchas y cuadros folklóricos.Que en virtud de ello, este Departamento Ejecutivo estima conveniente otorgarle un subsidio por la suma de $ 30.000 para atender los gastos originados en la organización del evento.Que el Departamento de Contaduría informa que los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, serán atendidos con los fondos del Programa 30.01.100.1.15.520 del Presupuesto General de Gastos vigente.Por ello:
ORDENANZA Nº: 6569
VILLA CARLOS PAZ, 21 de noviembre de 2019.EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, en los términos de la Ley Nacional 21.477, modificada por Ley 24320, a instruir procedimientos administrativos que tengan por finalidad declarar que ha operado la Prescripción Administrativa de dominio a favor del Municipio sobre aquellos inmuebles donde ejerce la posesión en forma pública, pacifica, ininterrumpida y con ánimo de dueño desde hace más de veinte 20 años.ARTICULO 2. Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a elevar a Escritura Pública las declaraciones de Prescripción Administrativa de Dominio llevadas adelante mediante el mecanismo establecido en el artículo anterior y a instar su inscripción a nombre de la Municipalidad de Villa Carlos Paz, en el Registro General de la Provincia.ARTÍCULO 3º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.Fdo: Ma. Soledad Zacarías, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. Bohn, Secretaria LegislativaH .Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal - Ma. Alejandra Roldán, Sec. Des. Social, Educación, Género y Diversidad Carla A. Montemurro a/c de Oficialía MayorPROMULGADA POR DECRETO Nº 1106/DE/2019
Villa Carlos Paz, 25 de noviembre de 2019
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D.
Gilli, Sec. Eco. y Finanzas Carla A. Montemurro a/c de Oficialía Mayor-
1
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1.- OTORGAR a la Agrupación Gaucha Carlos N.
Paz, un subsidio de Pesos Treinta Mil $ 30.000, a los fines de solventar los gastos de organización de la Fiesta de Jineteada y Folklore del Día de la Tradición, que se desarrollará el día domingo 10 de noviembre de 2019, en consonancia con la celebración del Día de la Tradición, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- El monto aludido en el artículo anterior, se hará efectivo en la persona del Sr. Juan Balbino OCAMPOS DNI Nº 8.651.026, Presidente de la Agrupación, quien deberá efectuar la correspondiente rendición de gastos.Artículo 3.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto será atendido con los fondos del Programa 30.01.100.1.15.520 del Presupuesto General de Gastos Vigente.Artículo 4º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de Ley, protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec. Gobierno y Coord.- Mónica De Girolamo, Of.
MayorDECRETO Nº 1045/ DE/ 2019
Villa Carlos Paz, 01 de noviembre de 2019
VISTO: El Expte. Nº 181.338/2019 por el cual la Dra. Miriam Mariela Martínez Widmer, Matrícula 1-34115 presenta su renuncia al cargo de Procuradora Municipal; y
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CONSIDERANDO:
Que la causal del alejamiento al cargo que actualmente desempeña es motivada por razones estrictamente personales.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.- ACEPTASE la renuncia presentada por la Dra.
MIRIAM MARIELA MARTINEZ WIDMER, Matrícula 1-34115 como Procuradora de la Municipalidad de Villa Carlos paz, a partir de la fecha del presente Decreto.Artículo 2º.- La Dra. Miriam Mariela Martínez Widmer deberá en un plazo de treinta 30 días hacer entrega por ante el Departamento Procuración Fiscal de las causas en trámite, rendir cuentas de su labor profesional con un informe sobre el estado actual de cada causa, medidas cautelares trabadas y, entrega de las copias y documentos que obraren en su poder, como así también de los Certificados de deuda por los cuales no haya iniciado acción.Artículo 3º.- Por el Departamento Procuración procédase a la notificación del presente decisorio al referido letrado, en el domicilio por él constituido ante esta Municipalidad de Villa Carlos Paz.Artículo 4º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto en el presente dese intervención al Tribunal de Cuentas, protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. Eco. y Finanzas Mónica De Girolamo, Of. MayorDECRETO N1047/DE/2019
Villa Carlos Paz, 04 de noviembre de 2019
VISTO: La nota presentada por el Centro Vecinal Carlos Paz Sierras, mediante la cual su Presidente, Sr. Marcelo Torres, D.N.I.
Nº 17.114.580, quien solicita autorización para uso del espacio público, para realizar los festejos del Día de la Madre; y CONSIDERANDO: Que tal evento, organizado por la Comisión del Centro Vecinal, promueve la participación y la integración de las familias y vecinos de la Comunidad en general, a través de actividades artísticas y recreativas.Que conforme las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 5753, este Departamento Ejecutivo considera pertinente autorizar el uso de espacio público, por lo que corresponde emitir el acto administrativo correspondiente.-
vehicular durante el día 10 de noviembre de 2019.Artículo 3.- La Dirección de Seguridad, la Dirección de Servicios Públicos, la Coordinación de Políticas Vecinales y el peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 4.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coord.- Mónica De Girolamo, Of.
MayorDECRETO N 1048/DE/2019
Villa Carlos Paz, 04 de noviembre de 2019
VISTO: El Decreto Nº 644/DE/2019, mediante el cual se otorga a la Asociación Civil ONG Calidad y Desarrollo Ciudadano un subsidio para los gastos inherentes al funcionamiento de la Asociación; y CONSIDERANDO: Que el Decreto mencionado, al momento de su dictado, el 24 de julio de 2019, disponía que el monto asignado se hiciera efectivo al Sr. Norberto Andrés García, en su carácter de Presidente de la Asociación.Que a fs. 1 del Expediente de marras, la ONG informa del fallecimiento del Sr. García, motivo por el cual corresponde modificar el art. 2º Decreto 644/DE/2019.Que por lo expuesto se emite el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1.- MODIFICAR el art. 2º del Decreto Nº 644/DE/2019, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Articulo 2º.- El monto asignado se hará efectivo a la persona del Presidente el Sr. Isaac KOSSOY - DNI.Nº 7.974.365, quien deberá efectuar la correspondiente rendición de gastos.-
Artículo 2.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dese intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coord.- Mónica De Girolamo, Of.
Mayor-
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1.- AUTORIZAR al Centro Vecinal Carlos Paz Sierras a la ocupación precaria, transitoria y sujeta a revocación del uso de espacio público del espacio verde ubicado en calle Sucre N 200 esquina Spaner, para llevar a cabo los festejos del Día de la Madre, a realizarse el día 10 de noviembre de 2019, entre las 10:00 hs. y las 20:00 hs.Artículo 2.-La Dirección de Seguridad queda facultada para determinar el cambio en el sentido de circulación así como la restricción del estacionamiento en calles y Avenidas y modificaciones que resulten necesarias a fin de facilitar el tránsito
2
DECRETO Nº 1049/DE/2019
Villa Carlos Paz, 04 de noviembre de 2019
VISTO: El Expediente Nº 181118/2019, mediante la cual la Mutual del Personal Municipal de Villa Carlos Paz, solicita colaboración para la compra de obsequios para sortear en el festejo del Día del Empleado Municipal; y CONSIDERANDO: Que en tal sentido y acordando con dicha celebración que tendrá lugar el próximo 15 de noviembre, este Departamento Ejecutivo, accede a lo solicitado a través del otorgamiento de un Subsidio de Pesos Nueve Mil $ 9.000, para la adquisición de obsequios para ser sorteados en dicha ocasión.Que a través del presente hace propicia la circunstancia para hacer llegar a los empleados municipales un sincero agradecimiento por su labor diaria.-
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Que el Departamento de Contaduría informa que los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, serán atendidos con los fondos del Programa 30.01.100.1.15.520, del Presupuesto General de Gastos Vigentes.Que por lo expuesto se emite el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.-OTORGAR a la MUTUAL DEL PERSONAL
MUNICIPAL DE VILLA CARLOS PAZ, un subsidio de Pesos Nueve Mil $ 9.000, con destino a la adquisición de obsequios para ser sorteados en la fiesta que tendrá lugar el 15 de noviembre de 2019, con motivo de celebrar el Día del Empleado Municipal, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- El monto aludido en el artículo anterior, se hará efectivo en la persona de la Presidenta de la Mutual, Sra. Elda Rita del Rosario PÁEZ GONZALEZ DNI. Nº 16.352.776, quien deberá efectuar la correspondiente rendición de gastos.Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto será atendido con los fondos del Programa 30.01.100.1.15.520, del Presupuesto General de Gastos Vigentes.Artículo 4º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de Ley, protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coord.- Mónica De Girolamo, Of.
MayorDECRETO N 1050/DE/2019
Villa Carlos Paz, 04 de noviembre de 2019
Artículo 1.- AUTORIZAR el cambio de titularidad de la agencia AMIL-CAR REMISES por fallecimiento de su titular Amilcar Alejandro Salgado CUIT N 23-17114320-09, a los señores: a María Clara Ferrari, DNI: 16.710.853 y b Guillermo Amilcar Salgado Ferrari, DNI: 35.588.387; en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N2670, Artículo 2, incisos i y f y a los considerandos del presente.Artículo 2º.- Lo dispuesto en el artículo anterior está condicionado al previo pago de las tasas y/o sellados que pudiere corresponder y al cumplimiento de las normas vigentes.Artículo 3.- El Departamento de Transporte, la Dirección de Recursos Fiscales, el Departamento Industria y Comercio, la Dirección de Servicios Públicos y los interesados tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 4º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental - Mónica De Girolamo, Of. MayorDECRETO N 1051/DE/2019 SINTETIZADO
Villa Carlos Paz, 04 de noviembre de 2019
VISTO: y CONSIDERANDO: Por ello: El Intendente Municipal en uso de sus atribuciones, DECRETA Artículo 1.RECHAZAR al Recurso de Apelación interpuesto por la Sra. María Cristina FREIRE, en su carácter de apoderada de la Sra. Vanina Andrea BERNADO en contra de la Resolución Nº 2539/2018 de la Justicia Administrativa Municipal de Faltas, confirmando la misma, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.-
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coord.- Mónica De Girolamo, Of.
MayorDECRETO N 1052/DE/2019
Villa Carlos Paz, 04 de noviembre de 2019
VISTO: El Decreto Nº 999/DE/2019; y
VISTO: El expediente N 171638/19, presentado por los Sres.
María Clara Ferrari, DNI: 16.710.853 y Guillermo Amilcar Salgado Ferrari, DNI: 35.588.387, en su carácter de familiares del Sr.
Amilcar Alejandro Salgado, mediante el cual solicitan la transferencia de la licencia de remis AMIL-CAR REMISES; y
CONSIDERANDO: Que resulta necesario adecuar la partida presupuestaria consignada en el artículo 3º del decreto de referencia.-
CONSIDERANDO: Que el Sr. Amilcar Alejandro Salgado CUIT
N 23-17114320-09 es el titular de la agencia AMIL-CAR
REMISES con inicio de actividades el 18/10/1993, Contribuyente Municipal 8510/02, quién falleció el 29 de diciembre de 2018.
Por ello:
Que en el expediente consta la declaratoria de herederos por Auto Interlocutorio N340 de fecha 20/08/2019, habiéndose cumplimentado con los demás requisitos de forma y fondo establecidos por ley, no surgiendo impedimentos para el cambio de titularidad a nombre de la Sra. María Clara Ferrari, DNI:
16.710.853 y del Sr. Guillermo Amilcar Salgado Ferrari, DNI:
35.588.387.
Que la Secretaría de Desarrollo Urbano Ambiental presta su conformidad a todo lo actuado, razón por la cual, conforme las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 2670, corresponde emitir el acto administrativo pertinente.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
3
Que por lo expuesto se emite el acto administrativo que dispone sobre el particular.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.- MODIFICAR al Artículo 3º del Decreto Nº 999/DE/2019, que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 3.- El gasto de lo dispuesto en el Art. 1
será atendido con los Fondos de la partida Nº 35.51.511.1.15.511 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.
Artículo 2º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en términos de Ley.Artículo 3º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.-
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Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Ma.
Alejandra Roldán, Sec. Des. Social, Educación, Género y Diversidad Mónica De Girolamo, Of. Mayor DECRETO N 1054/C/2019
Villa Carlos Paz, 06 de noviembre de 2019
VISTO: La necesidad de realizar presupuestaria para abonar Haberes; y
una
adecuación
CONSIDERANDO: Que el Art. 1º de la Ordenanza Nº 6441 del Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.Que el Art. 7º de dicha Ordenanza establece Las partidas correspondientes a Gastos de Personal, Becas de Capacitación y Locaciones Profesionales, sólo podrán ser utilizadas para imputar Haberes, Becas de Capacitación, Locaciones Profesionales, Seguros de Personal, Adicionales, Aportes y Gastos extraordinarios referidos al Personal. Las cifras asignadas a estas Partidas podrán ser compensadas por el Departamento Ejecutivo entre sí y entre las distintas jurisdicciones.Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello:
Que el Art. 6º de dicha Ordenanza establece El Departamento Ejecutivo podrá variar las partidas presupuestarias de Tercer Nivel o inferior pero no realizar compensación entre diferentes Jurisdicciones.Que asimismo, el Art. 11º de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo a crear, modificar y/o fusionar las Partidas a partir del tercer nivel.Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTICULO 1.- MODIFICAR, a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:
JURISDIC. -SUB
JURISD.
33.32.100.1.13.313
.
33.32.100.1.13.326
.
33.32.100.1.12.215
.
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTICULO 1.- MODIFICAR, el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:
JURISDIC. -SUB
JURISD.
36.61.100.1.13.321.
36.01.100.1.13.321.
37.01.100.1.13.321.
-PROGRAMA-ANEXO INCISO-ITEMDESCRIPC.
LOCACIONES
PROFESIONALES
LOCACIONES
PROFESIONALES
LOCACIONES
PROFESIONALES
TOTAL
AUMENTA
DISMINUYE
$ 785.000
$ 185.000
$ 600.000
$
785.000
$ 785.000
ARTICULO 2.- ADECUAR, Nomenclador de Erogaciones conforme al Art. 5 de la Ordenanza N 6441 a las modificaciones aprobadas por el presente Decreto.ARTICULO 3.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. Eco. y Finanzas Mónica De Girolamo, Oficial MayorDECRETO N 1055/C/2019
Villa Carlos Paz, 06 de noviembre de 2019
VISTO: La necesidad de realizar una adecuación presupuestaria para diferentes Secretarías Municipales; y CONSIDERANDO: Que el Art. 1º de la Ordenanza Nº 6441, Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
4
33.32.100.1.12.216
.
33.32.100.1.12.220
.
33.32.100.1.12.221
.
33.32.100.1.12.222
.
33.32.100.1.12.224
.
33.32.100.1.13.340
.
33.32.100.2.24.418
.
33.32.321.1.13.313
.
33.32.321.2.24.413
.
33.32.324.1.13.324
.
33.32.324.1.13.399
.
33.32.324.2.24.417
.
33.01.302.1.13.331
.
33.01.302.1.13.324
.
33.31.100.1.12.220
.
33.31.100.1.12.213
.
33.31.100.2.24.418
.
33.01.303.1.13.322
.
33.01.303.1.13.324
.
33.01.303.1.13.399
.
34.01.100.1.13.326
.
-PROGRAMA-ANEXO INCISO-ITEM-DESCRIPC.
AUMENTA
ALQUILERES VARIOS
$
60.000
$
45.000
IMPRENTA
PUBLICACIONES Y
REPRODUCCIONES
PRODUCTOS DE PAPEL
Y CARTON IMPRESOS
PRODUCTOS
FARMACEUTICOS Y
MEDICINALES
MATERIALES DE
CONSTRUCCION Y
AFINES
UTILES Y MATERIALES
ELECTRICOS
HERRAMIENTAS
MENORES
UTILES DE ESCRITORIO
OFICINA Y ENSEÑANZA
CAPACITACION Y
PERFECCIONAMIENTO
EQUIPOS DE OFICINA Y
MUEBLES
ALQUILERES VARIOS
CONSTRUCCIONES Y
TRABAJOS PUBLICOS
OTROS SERVICIOS
TECNICOS Y
PROFESIONALES
OTROS SERV NO
ESPECIFICADOS
PRECEDENTEMENTE
EQUIPOS
EDUCACIONALES Y
RECREATIVOS
PUBLICIDAD Y
PROPAGANDA
OTROS SERVICIOS
TECNICOS Y
PROFESIONALES
MATERIALES DE
CONSTRUCCION Y
AFINES
TEXTILES Y
VESTUARIOS
EQUIPOS DE OFICINA Y
MUEBLES
CONTRATACION DE
ARTISTAS
OTROS SERVICIOS
TECNICOS Y
PROFESIONALES
OTROS SERV NO
ESPECIFICADOS
PRECEDENTEMENTE
IMPRENTA
PUBLICACIONES Y
REPRODUCCIONES
$
$
$
$
$
$
DISMINUYE
$
30.000
$
9.000
$
15.000
$
15.000
$
10.000
$
8.400
$
9.600
$
8.000
$
45.000
$
13.000
$
7.000
$
5
$
50.000
$
50.000
$
100.000
$
100.000
45.000
20.000
5
100.000
200.000
300.000
PRIMERA SECCIÓN
03 de Diciembre de 2019
07
34.01.100.1.13.332
.
37.01.100.1.12.227
.
37.01.100.1.12.211
.
37.74.100.1.12.224
.
37.74.100.2.24.418
.
37.72.725.1.12.227
.
37.72.100.1.13.313
.
PROMOCION
REPUESTOS Y
ACCESORIOS
PRODUCTOS
ALIMENTICIOS
UTILES DE ESCRITORIO
OFICINA Y ENSEÑANZA
EQUIPOS DE OFICINA Y
MUEBLES
REPUESTOS Y
ACCESORIOS
$
$
300.000
$
50.000
$
6.000
6.000
$ 1.500.000
$ 1.500.000
$ 2.326.005
$ 2.326.005
ARTICULO 2.- ADECUAR, El nomenclador de Erogaciones conforme al Art. 5 de la Ordenanza N 6441, a las modificaciones aprobadas por el presente Decreto.ARTICULO 3.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. Eco. y Finanzas Mónica De Girolamo, Of. MayorDECRETO N 1056/DE/2019
Villa Carlos Paz, 08 de noviembre de 2019
VISTO: El Decreto N 1047/DE/2019; y CONSIDERANDO: Que por cuestiones climáticas el Centro Vecinal Carlos Paz Sierras solicita se cambie la fecha del evento y, por consiguiente, la autorización de uso de espacio público.Que por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1.- MODIFICAR el artículo 1 del Decreto Nº 1047/DE/2019 en la parte donde dice: a realizarse el día 10 de noviembre de 2019, entre las 10:00 hs. y las 20:00 hs.-, deberá decir: a realizarse el día 17 de noviembre de 2019, entre las 10:00
hs. y las 20:00 hs.-
Artículo 2.- La Dirección de Seguridad, la Dirección de Servicios Públicos, la Coordinación de Políticas Vecinales y el peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 3.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coord.- Mónica De Girolamo, Of.
MayorDECRETO Nº 1057/DE/2019
Villa Carlos Paz, 08 de noviembre de 2019
VISTO: El expediente Nº 174521/19, presentado por el Dr.
Gustavo Tomas Díaz, en su carácter de presidente de la Fundación Grupo Amigos de los Diabéticos, mediante la cual solicita la autorización para el uso de espacio público para la realización de
5
la XI Maratón Nacional para personas con y sin Diabetes, a realizarse el día 16 de noviembre próximo, y
50.000
ALQUILERES VARIOS
TOTAL
$
CONSIDERANDO: Que dicho evento se realiza en conmemoración del Día Internacional de la Diabetes y busca la promoción de la actividad física como recurso saludable, en la Costanera de nuestra Ciudad, y será coordinada con la Dirección de Eventos Deportivos y la Dirección de Seguridad.Que la Secretaría de Turismo, Deportes y Cultura acuerda con dicho evento, considerando fundamental colaborar con los eventos de naturaleza representativa, social y de salud.Que en virtud del apoyo que brindarán al evento distintas firmas comerciales, corresponde eximir a las mismas de las cargas previstas en la legislación vigente, conforme lo dispone la Ordenanza Nº 4225.Que conforme las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 5753, corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º: Declarar de Interés Municipal al evento denominado XI Maratón Nacional para personas con y sin Diabetes, que se llevará a cabo el día 16 de noviembre de 2019
en nuestra Ciudad.Artículo 2º: AUTORIZAR a la Fundación Grupo Amigos de los Diabéticos, al uso y ocupación precaria, transitoria y sujeta a revocación de la Costanera entre el Lago San Roque y la Av. Illia y entre la calle Medrano y Nahuel Huapi, para la realización del evento denominado XI Maratón Nacional para personas con y sin Diabetes, el día 16 de noviembre de 2019, de 16:30 hs. a 19:00 hs., en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 3º: La Dirección de Seguridad queda facultada para realizar cortes de calles, determinar el cambio en el sentido de circulación así como la restricción del estacionamiento en calles y Avenidas y las modificaciones que resulten necesarias a fin de facilitar el tránsito vehicular durante el día 16 de noviembre de 2019, con motivo del circuito de la competencia.Artículo 4º: EXIMIR en forma total del pago de los tributos correspondientes al uso del Espacio Público al peticionante, de conformidad al artículo 23 de la Ordenanza Tarifaria, art. 177 y 178
de la Ordenanza 1408 y modificatorias respectivas.Artículo 5º: EXIMIR en forma total a las firmas que colaborarán con el evento descripto en el Artículo 1º del presente, conforme la Ordenanza Nº 4225.Artículo 6º: La Secretaría de Turismo, Deportes y Cultura, la Dirección de Seguridad, la Dirección de Servicios Públicos y el peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 7º: Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coord.- Mónica De Girolamo, Of.
Mayor-
PRIMERA SECCIÓN
03 de Diciembre de 2019
07
RESOLUCIONES DE LAS SECRETARÍAS
DEL DEPARAMENTO EJECUTIVO
RESOLUCIÓN N022/A/2019
Villa Carlos Paz, 01 de noviembre de 2019
VISTO: El expediente N 181299/19, presentado por el Sr.
Matias Maximiliano Moura, D.N.I. N 31.713.059, mediante el cual solicita autorización para desarrollar un espectáculo en el Bar de su propiedad, identificado con certificado de habilitación N 10541;
y CONSIDERANDO: Que dicho espectáculo corresponde al festejo del 2 Aniversario del Bar Daggers y este Departamento Ejecutivo saluda a los propietarios de dicho emprendimiento por su continua apuesta en la Ciudad.Que el art. 12 de la Ordenanza N5840 establece las condiciones para obtener la autorización para realizar espectáculos públicos de carácter eventual, las que deberán ser cumplidas por el peticionante, debiendo asimismo cumplimentar con las condiciones del Decreto 140/2007 y normas modificatorias.Que por todo lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que disponga sobre el particular.Por ello:
EL SECRETARIO DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN, en uso de sus atribuciones RESUELVE
ARTÍCULO 1.- AUTORIZAR con carácter precario al Sr.
Matías Maximiliano Moura, CUIT N 20-31713059-8, a realizar un espectáculo con música en vivo, en el Bar de su propiedad, con certificado de habilitación N 10541, cuyo nombre de fantasía es Daggers, el día 01 de noviembre de 2019, desde las 20:00 hs.
hasta las 02:00 hs. del día 02 de noviembre del corriente año.ARTÍCULO 2.- NOTIFICAR al Sr. Matías Maximiliano Moura que será solidariamente responsable de las faltas e incumplimientos que pudieran cometer con motivo de la siguiente autorización.ARTÍCULO 3.- La Dirección de Recursos Fiscales procederá al cobro del canon por el ejercicio de la actividad correspondiente.
ARTÍCULO 4.- La Dirección de Seguridad tomará conocimiento dela presente.ARTÍCULO 5.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: Dr. Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación - Mónica De Girolamo, Oficial MayorRESOLUCIÓN Nº 043/B/2019
Villa Carlos Paz, 04 de noviembre de 2019
VISTO: El Expte. Nº 166560/18, donde obran las actuaciones referidas a la obra de CONSTRUCCION DE REDES
COLECTORAS CLOACALES Y PROVISIÓN DE AGUA EN
LOTEO, PROGRAMA TERRENO PARA TU VIVIENDA-PLAN LO
TENGO DE VILLA CARLOS PAZ, aprobado por Ordenanza Nº 6253/17; y CONSIDERANDO: Que a través de los instrumentos citados, se convino la realización de la obra de infraestructura en el loteo referido.
6
Que la citada Ordenanza en su cláusula tercera dispone que:
Con la finalidad precedentemente enunciada la UNIDAD
EJECUTORA otorgará un préstamo en dinero al MUNICIPIO, en el marco del programa provincial Lo Tengo, por la suma de Pesos Veintisiete Millones Doscientos Ochenta y Nueve Mil Quinientos Treinta y Cuatro con 00/100 $27.289.534,00, con destino exclusivo a la realización de la obras de red vial, red de agua potable, red cloacal, red eléctrica y alumbrado público, con más los gastos correspondientes a subdivisión y amojonamiento.
Que los fondos recibidos de la Provincia de Córdoba, por dicho Convenio, ingresaran a la Partida Presupuestaria Nº 37.01.702.2.60.638 Plan Lo Tengo, y serán destinados al pago correspondiente a la obra adjudicada en Decreto 556/B/2018, a la Empresa Aryko S.A.
Por ello:
EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO AMBIENTAL
en uso de sus atribuciones RESUELVE
Artículo 1º.- INFORMAR que la Unidad Ejecutora, dependiente de la Dirección de Vivienda del Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba, procedió a transferir a este Municipio un adelanto de Pesos Siete Millones Quinientos Sesenta y Ocho Mil Setecientos Cincuenta y Dos con Veinticinco centavos $
7.568.752,25, destinado al cumplimiento del pago a la Empresa Aryko S.A., Decreto Nº 556/B/2018, en la obra de Construcción de Redes Colectoras Cloacales y Provisión de Agua en Loteo, Programa Terreno Para Tu Vivienda-Plan Lo Tengo de Villa Carlos Paz Articulo 2º,- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: Ing. Gustavo García Setti, Sec. Desarrollo Urbano Ambiental - Mónica De Girolamo, Oficial MayorRESOLUCIÓN Nº 023/A/2019
VILLA CARLOS PAZ, 05 de noviembre de 2019
VISTO: El Expediente Nº 17017/2019, mediante el cual el Centro Vecinal SOL Y RIO informa que en Asamblea General Ordinaria, llevada a cabo el día 17 de agosto de 2019, según Acta Nº 103 obrante a fs. 323, en la cual resultan electos los nuevos integrantes de la Comisión Directiva y Revisora de Cuentas que cubren cargos vacantes, así como la aprobación de la Memoria y Balance; y CONSIDERANDO: Que la Coordinación de Políticas Vecinales informa que corresponde reconocer los nuevos integrantes que cubren cargos vacantes, como así también la Memoria y Balance Anual, en razón de haberse cumplimentado con las normas legales vigentes y ha existido contralor de la autoridad de aplicación en el proceso.Que esta Secretaría comparte el criterio vertido por el organismo interviniente, razón por la cual se dispondrá el acto administrativo correspondiente.
Por ello:
EL SECRETARIO DE GOBIERNO Y COORDINACION, en uso de sus atribuciones RESUELVE
Artículo: 1º.- RECONOCER a los nuevos integrantes que cubren cargos vacantes de la Comisión Directiva y Revisora de
PRIMERA SECCIÓN
03 de Diciembre de 2019
07
Cuentas, del Centro Vecinal SOL Y RIO, conforme surge del Actas Nº103 del 17 de agosto de 2019 respectivamente, quienes tendrán mandato hasta el 24 de septiembre del 2020, conforme Resolución Nº 024/F/2018, quedando conformadas de la siguiente manera:
PRESIDENTE: CURZI, VALERIA JUDITH DNI Nº 24.583.489
VICEPRESIDENTE: FALCON, ANGEL ROBERTO DNI Nº 6.602.779
SECRETARIA: MENENDEZ, GABRIELA FABIANA DNI Nº 21.489.008
TESORERO: GOMEZ, RAMON ARMANDO DNI Nº 7.680.113
PROTESORERO: VIVES, MARIA CRISTINA DNI Nº 13.886.665
VOCALES TITULARES:
1º- RODRIGUEZ, CRISTIAN EDGAR DNI Nº 22.413.850
2º- REYNOSO, JUAN FERNANDO DNI Nº5.517.910
3º- FALCON, SILVIA BEATRIZ DNI Nº 17.372.534
COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS SUPLENTES:
1º - SAGRADIN, JORGE ALBERTO DNI Nº 8.277.571
2º - CUFRE, DELFOR GUIDO DNI Nº 6.654.461
3º - SCANFERLA, CARLOS ALDO DNI Nº 7.972.035
COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS SUPLENTES:
1º- SAEITZ, CESAR ARIEL - DNI Nº 23.920.432
2º- CASAS, MARCELA - DNI Nº 25.019.726
Artículo 2º.- RECONOCER el Balance y la Memoria del Centro Vecinal SOL Y RIO, correspondiente al período 01/07/2018 hasta el 30/06/2019, que obran de fs. 305 a fs. 322, respectivamente.Artículo 3º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: Dr. Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación - Mónica De Girolamo, Oficial MayorRESOLUCIÓN Nº 44/B/2019
Villa Carlos Paz, 06 de noviembre de 2019
VISTO: Las actas de comprobación de infracciones llevadas a cabo por la empresa Autobuses Santa Fe S.R.L y Empresa Recreo S.R.L. UTE, obrantes en Anexo I, emitidas por el Departamento de Transporte, dependiente de la Dirección de Servicios Públicos, en relación a las infracciones del art. 49º del Pliego General de Bases y Condiciones del llamado a Licitación Pública para otorgar bajo el Régimen Jurídico de Concesión del Transporte Urbano de Pasajeros T.U.P. mediante ómnibus para la Ciudad de Villa Carlos Paz, aprobado por ordenanza Nº 4502, sus modificatorias y decretos reglamentarios, y;
CONSIDERANDO: Que la cláusula novena del contrato suscripto con fecha 31 de mayo de 2007, bajo el Nº 332/07, establece que Las infracciones cometidas por el concesionario serán sancionadas con penas de multas fijadas sobre la base del valor de la tarifa vigente del servicio de que se trate a la fecha del efectivo pago de la multa. En cada caso se labrará el Acta de Comprobación correspondiente. Los valores de dichas multas oscilarán desde un mínimo de CIEN 100 a TREINTA MIL 30.000
veces el valor de la tarifa, todo lo que se regirá conforme lo dispuesto en el art. 49 y siguientes del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación pública.
Que el art. 50º Aplicación de Multas, del Pliego General de Bases y Condiciones del llamado a Licitación Pública para otorgar bajo el Régimen Jurídico de Concesión del Transporte Urbano de Pasajeros T.U.P. mediante ómnibus para la Ciudad de Villa Carlos Paz, aprobado por ordenanza Nº 4502 establece que
se produce la reincidencia cuando una misma unidad, habiendo sido la causal de una condena por una infracción, lo fuera en otra
7
de igual tipo no habiendo transcurrido treinta 30 días. Los casos de reincidencia serán sancionados con una multa igual a la impuesta por la infracción anterior aumentada en un CINCUENTA
POR CIENTO 50%. .Que de las actas de comprobación referidas precedentemente se verifica el incumplimiento por parte de la firma Autobuses Santa Fe S.R.L y Empresa Recreo S.R.L. UTE de sus obligaciones contractuales, lo que ocurriera en el mes de septiembre y octubre de 2019.
Que verificadas las infracciones, las cuales fueron notificadas mediante informes de penalidades Nº 93 con fecha 06 de septiembre; Nº 95 con fecha 13 de septiembre; Nº 98 con fecha 20
de septiembre; Nº 100 con fecha 27 de septiembre; Nº 102 con fecha 04 de octubre; Nº 105 con fecha 10 de octubre y Nº 108 con fecha 18 de octubre; surge que los descargos correspondientes han sido presentados dentro de los plazos establecidos, correspondiendo por ello su tratamiento.
Que luego de analizado detalladamente los descargos formulados, corresponde resolver sobre su procedencia.
Que en razón de asistirle razón al concesionario en algunas de las penalidades notificadas, se hace lugar a los descargos relativos a las actas de referencia, las que se encuentran detalladas en el Anexo II, que forma parte del presente.Que los restantes descargos no son de recibo, por no haber logrado conmover los fundamentos tenidos en cuenta al labrar las actas, por no haber desvirtuado en debida forma la comisión de la infracción constatada por el Inspector, todo lo que se detalla en Anexo III, que forma parte integrante de la presente.Por ello:
EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO AMBIENTAL
en uso de sus atribuciones RESUELVE
Artículo 1º.- APLICAR a la empresa AUTOBUSES SANTA
FE S.R.L Y EMPRESA RECREO S.R.L. UTE las sanciones establecidas en Anexo IV, como consecuencia del incumplimiento a lo establecido en la cláusula novena del Contrato Nº 332/07, ascendiendo el monto total a la suma de Pesos quinientos veintinueve mil setecientos cincuenta $529.750.-.Artículo 2º TRASLADAR copia a la Dirección de Recursos Fiscales dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas, a los fines de la realización del cobro correspondiente.Artículo 3º.- Notificar a la empresa AUTOBUSES SANTA FE
S.R.L Y EMPRESA RECREO S.R.L. UTE de lo dispuesto en la presente.
Artículo 4º.archívese.
Protocolícese, comuníquese, publíquese y ANEXO I
Nota: Todas las infracciones comprobadas, corresponden a Incumplimiento de horario establecido.Acta Nº
Fecha
Línea
Destino
1249
02-09-19
B5
A.C.A.
1237
03-09-19
B5
A.C.A.
1253
03-09-19
B7
-
1255
04-09-19
B2
Solares de las Ensenadas
PRIMERA SECCIÓN
03 de Diciembre de 2019
07
1257
04-09-19
B5
A.C.A.
1258
04-09-19
B5
A.C.A.
1256
04-09-19
B7
1261
05-09-19
1265
1344
09-10-19
B2
Solares de las Ensenadas
-
1345
09-10-19
B5
Playas de Oro
B2
Solares de las Ensenadas
1339
09-10-19
B5
A.C.A.
1349
10-10-19
B1
Sol y Río
10-09-19
B5
A.C.A.
10-10-19
B2
1268
10-09-19
B2
Solares de las Ensenadas
1350
Solares de las Ensenadas
1352
10-10-19
B1
APICAC
1270
11-09-19
B5
A.C.A.
1354
11-10-19
B5
A.C.A.
1271
11-09-19
B5
A.C.A.
1355
11-10-19
B5
A.C.A.
1276
11-09-19
B6
Playas de Oro
1356
11-10-19
B5
Playas de Oro
1277
11-09-19
B2
Solares de las Ensenadas
1333
07-10-19
B2
Solares de las Ensenadas
1272
11-09-19
B6
A.C.A.
1358
15-10-19
B5
A.C.A.
1278
13-09-19
B5
A.C.A.
1359
15-10-19
B5
A.C.A.
1279
13-09-19
B5
A.C.A.
1363
16-10-19
B5
Playas de Oro
1281
13-09-19
B2
1360
16-10-19
B5
A.C.A.
1365
17-10-19
B1
Sol y Río
1371
17-10-19
B5
Playas de Oro
1366
17-10-19
B2
Solares de las Ensenadas
1367
17-10-19
B9
Altos del Valle
1284
16-09-19
B9
1283
16-09-19
B5
Solares de las Ensenadas Hospital Municipal A.C.A.
1285
17-09-19
B5
A.C.A.
1288
17-09-19
B7
-
1286
18-09-19
B5
A.C.A.
1373
18-10-19
B2
Solares de las Ensenadas
1291
18-09-19
B2
Solares de las Ensenadas
1374
18-10-19
B5
A.C.A.
1292
18-09-19
B9
Altos del Valle
1294
19-09-19
B2
Solares de las Ensenadas
1296
19-09-19
B5
A.C.A.
1297
19-09-19
B5
A.C.A.
1298
20-09-19
B5
A.C.A.
1299
20-09-19
B5
A.C.A.
1300
20-09-19
B7
-
1302
23-09-19
B7
-
1305
24-09-19
B5
A.C.A.
1304
24-09-19
B7
1308
25-09-19
1306
ANEXO II
Acta Nº
Fecha
Línea
Destino
1253
03-09-19
B7
-
1256
04-09-19
B7
-
1288
17-09-19
B7
-
1300
20-09-19
B7
-
1302
23-09-19
B7
-
1304
24-09-19
B7
-
-
1309
25-09-19
B7
-
B2
Solares de las Ensenadas
1311
26-09-19
B7
-
1365
17-10-19
B1
Sol y Río
25-09-19
B5
A.C.A.
1309
25-09-19
B7
-
1310
26-09-19
B2
Solares de las Ensenadas
Acta Nº
Fecha
Línea
Destino
1313
26-09-19
B5
A.C.A.
1249
02-09-19
B5
A.C.A.
Reincidenci a -
1311
26-09-19
B7
-
1237
03-09-19
B5
A.C.A.
SI
1315
27-09-19
B2
Solares de las Ensenadas
1255
04-09-19
B2
Solares de las Ensenadas
SI
1318
27-09-19
B5
A.C.A.
1257
04-09-19
B5
A.C.A.
SI
1258
04-09-19
B5
A.C.A.
SI
1261
05-09-19
B2
Solares de las Ensenadas
-
ANEXO III
1322
01-10-19
B5
A.C.A.
1320
01-10-19
B5
A.C.A.
1321
01-10-19
B5
Playas de Oro
1329
04-10-19
B5
A.C.A.
1265
10-09-19
B5
A.C.A.
-
1330
04-10-19
B5
A.C.A.
1268
10-09-19
B2
SI
1323
02-10-19
B5
A.C.A.
Solares de las Ensenadas
1325
03-10-19
B5
A.C.A.
1270
11-09-19
B5
A.C.A.
SI
1341
08-10-19
B9
Altos del Valle
1271
11-09-19
B5
A.C.A.
-
1276
11-09-19
B6
Playas de Oro
-
8
PRIMERA SECCIÓN
03 de Diciembre de 2019
07
1277
11-09-19
B2
Solares de las Ensenadas
SI
1272
11-09-19
B6
A.C.A.
-
1278
13-09-19
B5
A.C.A.
SI
1279
13-09-19
B5
A.C.A.
SI
1281
13-09-19
B2
1284
16-09-19
B9
1283
16-09-19
B5
Solares de las Ensenadas Hospital Municipal A.C.A.
1285
17-09-19
B5
A.C.A.
SI
1286
18-09-19
B5
A.C.A.
SI
1291
18-09-19
B2
Solares de las Ensenadas
-
SI
17-10-19
B5
Playas de Oro
-
1366
17-10-19
B2
Solares de las Ensenadas
SI
1367
17-10-19
B9
Altos del Valle
SI
1373
18-10-19
B2
Solares de las Ensenadas
SI
1374
18-10-19
B5
A.C.A.
SI
-
ANEXO IV
SI
1292
18-09-19
B9
Altos del Valle
-
1294
19-09-19
B2
Solares de las Ensenadas
SI
1296
19-09-19
B5
A.C.A.
SI
1297
19-09-19
B5
A.C.A.
SI
1298
20-09-19
B5
A.C.A.
SI
1299
20-09-19
B5
A.C.A.
SI
1305
24-09-19
B5
A.C.A.
SI
1308
25-09-19
B2
Solares de las Ensenadas
SI
1306
25-09-19
B5
A.C.A.
SI
1310
26-09-19
B2
Solares de las Ensenadas
SI
1313
26-09-19
B5
A.C.A.
SI
SI
1315
27-09-19
B2
Solares de las Ensenadas
1318
27-09-19
B5
A.C.A.
SI
1322
01-10-19
B5
A.C.A.
-
1320
01-10-19
B5
A.C.A.
SI
1321
01-10-19
B5
Playas de Oro
-
1329
04-10-19
B5
A.C.A.
SI
1330
04-10-19
B5
A.C.A.
-
1323
02-10-19
B5
A.C.A.
SI
1325
03-10-19
B5
A.C.A.
SI
1341
08-10-19
B9
Altos del Valle
SI
SI
1344
09-10-19
B2
Solares de las Ensenadas
1345
09-10-19
B5
Playas de Oro
-
1339
09-10-19
B5
A.C.A.
-
1349
10-10-19
B1
Sol y Río
-
1350
10-10-19
B2
Solares de las Ensenadas
SI
1352
10-10-19
B1
APICAC
-
1354
11-10-19
B5
A.C.A.
-
1355
11-10-19
B5
A.C.A.
SI
1356
11-10-19
B5
Playas de Oro
SI
SI
1333
07-10-19
B2
Solares de las Ensenadas
1358
15-10-19
B5
A.C.A.
-
1359
15-10-19
B5
A.C.A.
SI
1363
16-10-19
B5
Playas de Oro
-
1360
16-10-19
B5
A.C.A.
SI
9
1371
Tipo de Infracción
Incumplimien to de horario establecido
Incumplimien to de horario establecido
Valor correspondiente según tarifa vigente mediante Ord. Nº 6543
DOSCIENTAS
CINCUENTA
250 veces el valor de la tarifa $26,00.-
DOSCIENTAS
CINCUENTA
250 veces el valor de la tarifa aumentada en un 50%, $39,00.-
Cant. De Actas Sin Reinciden cia
Cant. De Actas Con Reincide ncia
Monto Infracción
20
-
$ 130,000.00
-
41
$ 399,750.00
TOTAL
$ 529,750.00
Nota: Tarifa vigente según Ordenanza Nº: 6543, en pesos $26,00.Fdo: Ing. Gustavo García Setti, Sec. Desarrollo Urbano Ambiental - Mónica De Girolamo, Oficial Mayor
RESOLUCIÓN Nº 45/B/2019
Villa Carlos Paz, 06 de noviembre de 2019
VISTO: Las actas de comprobación de infracciones llevadas a cabo por la empresa Autobuses Santa Fe S.R.L y Empresa Recreo S.R.L. UTE, obrantes en Anexo I, emitidas por el Departamento de Transporte, dependiente de la Dirección de Servicios Públicos, en relación a las infracciones del art. 49º del Pliego General de Bases y Condiciones del llamado a Licitación Pública para otorgar bajo el Régimen Jurídico de Concesión del Transporte Urbano de Pasajeros T.U.P. mediante ómnibus para la Ciudad de Villa Carlos Paz, aprobado por ordenanza Nº 4502, sus modificatorias y decretos reglamentarios, y;
CONSIDERANDO: Que la cláusula novena del contrato suscripto con fecha 31 de mayo de 2007, bajo el Nº 332/07, establece que Las infracciones cometidas por el concesionario serán sancionadas con penas de multas fijadas sobre la base del valor de la tarifa vigente del servicio de que se trate a la fecha del efectivo pago de la multa. En cada caso se labrará el Acta de Comprobación correspondiente. Los valores de dichas multas oscilarán desde un mínimo de CIEN 100 a TREINTA MIL 30.000
veces el valor de la tarifa, todo lo que se regirá conforme lo dispuesto en el art. 49 y siguientes del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación pública.
Que el art. 50º Aplicación de Multas, del Pliego General de Bases y Condiciones del llamado a Licitación Pública para otorgar bajo el Régimen Jurídico de Concesión del Transporte Urbano de Pasajeros T.U.P. mediante ómnibus para la Ciudad de Villa Carlos Paz, aprobado por ordenanza Nº 4502 establece que
se produce la reincidencia cuando una misma unidad, habiendo sido la causal de una condena por una infracción, lo fuera en otra de igual tipo no habiendo transcurrido treinta 30 días. Los casos de reincidencia serán sancionados con una multa igual a la
PRIMERA SECCIÓN
03 de Diciembre de 2019
07
impuesta por la infracción anterior aumentada en un CINCUENTA
POR CIENTO 50%. .-
1262
06-09-19
B7
-
1264
09-09-19
B5
Playas de Oro
Que de las actas de comprobación referidas precedentemente se verifica el incumplimiento por parte de la firma Autobuses Santa Fe S.R.L y Empresa Recreo S.R.L. UTE de sus obligaciones contractuales, lo que ocurriera en el mes de septiembre y octubre de 2019.
1267
10-09-19
B5
Playas de Oro
1266
10-09-19
B5
A.C.A.
1274
11-09-19
B5
Playas de Oro
1269
11-09-19
B5
A.C.A.
1275
11-09-19
B6
1273
12-09-19
B7
1280
13-09-19
B5
Playas de Oro Hospital Municipal Playas de Oro
1282
16-09-19
B5
Playas de Oro
1287
17-09-19
B5
Playas de Oro
1289
18-09-19
B5
Playas de Oro
1290
18-09-19
B5
Playas de Oro
1293
19-09-19
B5
Playas de Oro
1295
20-09-19
B5
Playas de Oro
1301
23-09-19
B5
Playas de Oro
1303
24-09-19
B5
Playas de Oro
1307
25-09-19
B5
Playas de Oro
1312
26-09-19
B5
Playas de Oro
1317
27-09-19
B5
Playas de Oro
1319
30-09-19
B6
Playas de Oro
1316
01-10-19
B5
Playas de Oro
1314
08-10-19
B7
-
1335
09-10-19
B7
-
1336
10-10-19
B7
-
1324
02-10-19
B5
Playas de Oro
Que verificadas las infracciones, las cuales fueron notificadas mediante informes de penalidades Nº 94 con fecha 06 de septiembre; Nº 96 con fecha 13 de septiembre; Nº 99 con fecha 20
de septiembre; Nº 101 con fecha 27 de septiembre; Nº 103 con fecha 04 de octubre; Nº 104 con fecha 10 de octubre; Nº 106 con fecha 11 de octubre y Nº 107 con fecha 18 de octubre; surge que los descargos correspondientes han sido presentados dentro de los plazos establecidos, correspondiendo por ello su tratamiento.
Que luego de analizado detalladamente los descargos formulados, corresponde resolver sobre su procedencia.
Que en razón de asistirle razón al concesionario en algunas de las penalidades notificadas, se hace lugar a los descargos relativos a las actas de referencia, las que se encuentran detalladas en el Anexo II, que forma parte del presente.Que los restantes descargos no son de recibo, por no haber logrado conmover los fundamentos tenidos en cuenta al labrar las actas, por no haber desvirtuado en debida forma la comisión de la infracción constatada por el Inspector, todo lo que se detalla en Anexo III, que forma parte integrante de la presente.Por ello:
EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO AMBIENTAL
en uso de sus atribuciones
1326
04-10-19
B5
Playas de Oro
RESUELVE
1327
04-10-19
B5
Playas de Oro
Artículo 1º.- APLICAR a la empresa AUTOBUSES SANTA
FE S.R.L Y EMPRESA RECREO S.R.L. UTE las sanciones establecidas en Anexo IV, como consecuencia del incumplimiento a lo establecido en la cláusula novena del Contrato Nº 332/07, ascendiendo el monto total a la suma de Pesos trescientos treinta y ocho mil $338.000.-.-
1331
07-10-19
B5
Playas de Oro
1332
07-10-19
B5
Playas de Oro
1340
08-10-19
B5
Playas de Oro
1337
08-10-19
B5
Playas de Oro
1338
08-10-19
B5
A.C.A.
1342
09-10-19
B5
Playas de Oro
1343
09-10-19
B6
Playas de Oro
1348
10-10-19
B5
Playas de Oro
1353
11-10-19
B5
Playas de Oro
1347
09-10-19
B5
A.C.A.
1357
15-10-19
B5
Playas de Oro
1361
16-10-19
B5
Playas de Oro
1362
16-10-19
B6
Playas de Oro
1369
17-10-19
B5
A.C.A.
1364
17-10-19
B5
Playas de Oro
1370
17-10-19
B5
A.C.A.
1368
18-10-19
B5
Playas de Oro
1372
18-10-19
B6
Playas de Oro
Artículo 2º TRASLADAR copia a la Dirección de Recursos Fiscales dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas, a los fines de la realización del cobro correspondiente.Artículo 3º.- Notificar a la empresa AUTOBUSES SANTA FE
S.R.L Y EMPRESA RECREO S.R.L. UTE de lo dispuesto en la presente.
Artículo 4º.archívese.
Protocolícese, comuníquese, publíquese y ANEXO I
Nota: Todas las infracciones comprobadas, corresponden a Incumplimiento de horario establecido.Acta Nº
Fecha
Línea
Destino
1250
02-09-19
B5
Playas de Oro
1251
02-09-19
B5
A.C.A.
1252
03-09-19
B5
Playas de Oro
1254
04-09-19
B5
Playas de Oro
1259
05-09-19
B5
Playas de Oro
1260
05-09-19
B7
-
1263
06-09-19
B5
A.C.A.
10
ANEXO II
Acta Nº
Fecha
Línea
Destino
1260
05-09-19
B7
-
1262
06-09-19
B7
-
1269
11-09-19
B5
A.C.A.
PRIMERA SECCIÓN
03 de Diciembre de 2019
07
1273
12-09-19
B7
1314
08-10-19
B7
Hospital Municipal -
1335
09-10-19
B7
-
1336
10-10-19
B7
-
ANEXO III
Acta Nº
Fecha
Línea
1250
02-09-19
B5
1251
02-09-19
B5
1252
03-09-19
B5
1254
04-09-19
B5
1259
05-09-19
B5
1263
06-09-19
B5
1264
09-09-19
B5
1267
10-09-19
B5
1266
10-09-19
B5
1274
11-09-19
B5
1275
11-09-19
B6
1280
13-09-19
B5
1282
16-09-19
B5
1287
17-09-19
B5
1289
18-09-19
B5
1290
18-09-19
B5
1293
19-09-19
B5
1295
20-09-19
B5
1301
23-09-19
B5
1303
24-09-19
B5
1307
25-09-19
B5
1312
26-09-19
B5
1317
27-09-19
B5
1319
30-09-19
B6
1316
01-10-19
B5
1324
02-10-19
B5
1326
04-10-19
B5
1327
04-10-19
B5
1331
07-10-19
B5
1332
07-10-19
B5
1340
08-10-19
B5
11
Destino Playas de Oro A.C.A.
Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro A.C.A.
Playas de Oro Playas de Oro A.C.A.
Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro
Reincidencia SI
SI
1337
08-10-19
B5
1338
08-10-19
B5
1342
09-10-19
B5
1343
09-10-19
B6
1348
10-10-19
B5
1353
11-10-19
B5
1347
09-10-19
B5
1357
15-10-19
B5
1361
16-10-19
B5
1362
16-10-19
B6
1369
17-10-19
B5
1364
17-10-19
B5
1370
17-10-19
B5
1368
18-10-19
B5
1372
18-10-19
B6
Playas de Oro A.C.A.
Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro A.C.A.
Playas de Oro Playas de Oro Playas de Oro A.C.A.
Playas de Oro A.C.A.
Playas de Oro Playas de Oro
SI
SI
SI
SI
SI
SI
-
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
ANEXO IV
SI
SI
Tipo de Infracción
Valor correspondiente según tarifa vigente mediante Ord. Nº 6543
Cant. De Actas Sin Reincidencia
Cant. De Actas Con Reincidencia
Monto Infracción
Incumplimiento de horario establecido
DOSCIENTAS 200
veces el valor de la tarifa $26,00.-
8
-
$ 41,600.00
Incumplimiento de horario establecido
DOSCIENTAS 200
veces el valor de la tarifa aumentada en un 50%, $39,00.-
-
38
$ 296,400.00
SI
SI
SI
SI
SI
SI
TOTAL
$ 338,000.00
SI
Nota: Tarifa vigente según Ordenanza Nº: 6543, en pesos $26,00.-
SI
Fdo.: Ing. Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental Mónica De Girolamo, Oficial Mayor.-
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
SI
RESOLUCIÓN Nº 026/C/2019.Villa Carlos Paz, 07 de noviembre de 2019
VISTO: el informe sobre las Cuentas con Afectación Específica presentado por la Dirección de Administración y Presupuesto; y CONSIDERANDO: Que en el mencionado informe se manifiesta la necesidad de realizar los ajustes correspondientes a las Cuentas con Afectación Específicas.Que el Departamento Contaduría informa un detalle de las Cuentas con Afectación Específica con los ingresos.Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello, en uso de sus atribuciones EL SECRETARIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS,
PRIMERA SECCIÓN
03 de Diciembre de 2019
07
RESUELVE
Artículo 1º.- INFORMAR los ajustes de los fondos con afectación específica correspondiente al 31/10/2019, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS
FDO ORDENAMIENTO
SANITARIO
1.13.36.363.
$
24.243.60
BALNEARIOS OR.5630
1.12.21.215.
$
105.750.00
1.11.14.141.47.
$
583.800.00
1.12.21.216.
$
61.524.00
F.A.SA.MU.
1.11.14.141.38.
$
1.253.961.38
P.A.I.COR.
1.11.14.141.40.
$
2.007.997.07
FALDEO MONTAÑOSO
1.11.14.140.19.
$
1.035.170.52
FONDO RUBRO OBRAS
1.11.14.140.22.
$
3.165.134.70
FODEMEEP
1.11.14.141.34.
$
512.753.38
FONDO PARA OBRAS
PUBLICAS
1.11.14.140.15.
$
3.001.708.65
FONDO COMPENSACION
CONSENSO FISCAL
1.11.14.141.32.
$
909.545.76
FONDO
SOLIDARIO
1.11.14.142.41.
$
0.00
PLAN LOTENGO
1.11.14.141.31.
$
7.568.752.25
FOMMEP
1.11.14.141.46.
$
0.00
FOCOM
1.11.14.141.48.
$
0.00
1.11.14.140.20.
$
122.276.94
SALAS CUNA
CANON
ESTACIONAMIENTO
COSTA AZUL
FEDERAL
FONDO
APOYO
BOMBEROS
A
FONDO APOYO
BOMBEROS
A
30.01.100.1.15.516.
$
122.276.94
Artículo 2º.- Protocolícese, publíquese, comuníquese y archívese.
Fdo.: Cr. Héctor D. Gilli, Sec. de Economía y Finanzas
Mónica De Girolamo, Of. MayorRESOLUCIÓN Nº 046/ B / 2019
Villa Carlos Paz, 12 de noviembre de 2019
VISTO: El Expediente N 178668; y CONSIDERANDO: Que conforme lo establece el Art. 21 del Pliego de Bases y Condiciones del Concurso Público del referida expediente La Municipalidad designará por Resolución de la Secretaría de Desarrollo Urbano Ambiental, al profesional habilitado y matriculado a propuesta de la empresa o por decisión del Municipio, quien ejercerá la Dirección Técnica de la Obra y quién tendrá a su cargo controlar la correcta ejecución de los trabajos de acuerdo al proyecto aprobado, a la obra contratada y a las modificaciones propuestas por éste. Los Honorarios de Ley y aportes Previsionales correspondientes a la Tarea de Dirección Técnica serán abonados en su totalidad por la Empresa Contratista al Profesional.
Que el Arq. Eduardo Alejandro Macat, reúne las condiciones de idoneidad necesaria para la función referida.
Que corresponde en consecuencia emitir el acto administrativo que disponga sobre el particular.
Por ello:
EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO AMBIENTAL, en uso de sus atribuciones
EGRESOS
RESUELVE
FDO ORDENAMIENTO
SANITARIO
36.61.100.1.60.617.
$
10.909.62
36.61.100.1.60.618.
$
1.212.18
36.61.100.1.60.619.
$
12.121.80
BALNEARIOS
ORD.5630
37.01.100.1.60.611.
$
105.750.00
SALAS CUNA
35.51.100.1.60.634.
$
583.800.00
CANON
ESTACIONAMIENTO
COSTA AZUL
37.72.100.1.60.616.
$
61.524.00
F.A.SA.MU.
37.01.100.2.60.629.
$
1.253.961.38
P.A.I.COR.
35.51.100.1.60.630.
$
2.007.997.07
FALDEO MONTAÑOSO
32.01.100.2.24.425.
$
1.035.170.52
FONDO
OBRAS
37.01.100.2.60.614.
$
3.165.134.70
FODEMEEP
35.51.100.1.60.622.
$
512.753.38
FONDO PARA OBRAS
PUBLICAS
37.01.100.2.60.615.
$
2.401.366.92
38.01.802.2.60.615.
$
600.341.73
FONDO
COMPENSACION
CONSENSO FISCAL
37.01.100.2.60.639.
$
909.545.76
FONDO
FEDERAL
SOLIDARIO
37.01.100.2.60.631.
$
0.00
PLAN LOTENGO
37.01.702.2.60.638
$
7.568.752.25
FOMMEP
38.87.100.1.60.633.
$
0.00
FOCOM
37.01.100.2.60.635.
$
0.00
RUBRO
12
Artículo 1º.- DESIGNAR al Arq. Eduardo Alejandro Macat, D.N.I N 28.182.644, Matrícula Profesional Nº 9136, con domicilio en calle Las Heras, Nº 270 de esta ciudad, para ejercer la Dirección Técnica de la obra Construcción de Muro de Contención en Playa Esmeralda, en un todo de acuerdo a los Considerandos de la presente.
Artículo 2º.- Por la Dirección de Obras Publicas, se notificará lo dispuesto en la presente a los interesados.
Artículo 3º.- Protocolícese, publíquese y archívese.
Fdo: Ing. Gustavo García Setti, Sec. Desarrollo Urbano Ambiental - Mónica De Girolamo, Oficial Mayor
RESOLUCIÓN N 024/A/2019
Villa Carlos Paz, 15 de noviembre de 2019
VISTO: El expediente Nº 181559/19 presentado por la Sra.
Fabiana Elizabeth Acuña DNI N: 22.135.985, en representación de la empresa Swiss Just Latinoamérica S.A. , mediante el cual solicita autorización para una acción promocional en la vía pública;
y CONSIDERANDO: Que la misma consiste en la distribución de merchandising de la empresa, lapiceras y muestras en sachet de los productos, para vecinos y turistas que nos visitan.Que la actividad, está prevista y gravada en la Ordenanza Tarifaria, por lo que corresponde dictar el acto administrativo que disponga sobre el particular.-
PRIMERA SECCIÓN
03 de Diciembre de 2019
07
Por ello:
EL SECRETARIO DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN en uso de sus atribuciones RESUELVE
Artículo 1: AUTORIZAR con carácter precario, a la empresa Swiss Just Latinoamerica S.A. Cuit 33-70933250-9, a realizar una acción promocional, consistente en la entrega de merchandising y muestras en sachet de la empresa, a los vecinos y turistas que nos visitan, con un vehículo y hasta cuatro promotoras.Artículo 2: Las zonas a desarrollar la actividad autorizada es:
centro y costanera, durante el día 16 de noviembre de 2019.Artículo 3: La empresa Swiss Just Latinoamerica S.A., se hará cargo para sí de las cargas sociales que determine la legislación vigente, deslindando de toda responsabilidad al Municipio.
Artículo 4: NOTIFICAR al autorizado que se encuentra prohibida la distribución de folletería o volantes en la Vía Pública y la instalación de exhibidores u otro elemento de similar especie.Artículo 5: La empresa Swiss Just Latinoamerica S.A. en contraprestación abonará al Municipio el monto establecido conforme pautas dadas por la Ordenanza Tarifaria vigente.Artículo 6: La Dirección de Seguridad, la Dirección de Recursos Fiscales y el peticionante tomarán conocimiento de la presente.Artículo archívese.-
7: Protocolícese, comuníquese, publíquese y
Fdo.: Dr. Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación - Mónica De Girolamo, Oficial MayorRESOLUCIÓN Nº 47/B/2019
VILLA CARLOS PAZ, 20 de noviembre de 2019
VISTO: La proximidad del inicio de la temporada turística 2019/2020 en nuestra ciudad y;
CONSIDERANDO: Que la Dirección de Seguridad manifiesta que en virtud del incremento del flujo vehicular durante la temporada estival, no resulta pertinente o aconsejable otorgar autorización de cortes de calzada para la realización de obras de servicios públicos, salvo casos excepcionales y/o emergencias verificadas.
Artículo 2º.- Las obras de emergencia, así como las reparaciones no programadas y las de imposible discontinuidad, serán informadas a este Municipio para su consideración y podrán ser autorizadas por excepción.
Artículo 3º.- Notificar a las Empresas Prestatarias de Servicios Públicos de los alcances de la presente Resolución.
Artículo 4º.archívese.
Protocolícese, comuníquese, publíquese y
Fdo.: Ing. Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental Mónica De Girolamo, Of. MayorRESOLUCIÓN Nº 027/C/2019
Villa Carlos Paz, 21 de noviembre de 2019
VISTO: la Orden de Compra N 7800032803 del Banco de la Provincia de Córdoba.; y CONSIDERANDO: Que de dicha Orden de Compra N
7800032803 se refiere al Expte. N 0045910/19 del Banco de la Provincia de Córdoba.Que el Banco de la Provincia de Córdoba mediante los mecanismos administrativos vigentes requiere emisión de comprobante físico de ticket de caja que acredite el pago de los importes convenidos, previo a su efectiva transferencia e ingreso a las arcas municipales.Que a los fines de poder cumplimentar los procedimientos contables administrativos internos, el Departamento Tesorería emitirá el ticket correspondiente.Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello; en uso de sus atribuciones EL SECRETARIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE
Artículo 1º.- AUTORIZAR, al Departamento de Tesorería la emisión del Ticket correspondiente a los fines de la prosecución del trámite de la Orden de Compra N 7800032803 emitida por el Banco de la Provincia de Córdoba Expte. N 0045910/19, en la forma y modalidad establecida en los Considerandos precedentes.Artículo archívese.
2º.- Protocolícese, publíquese, comuníquese y
Asimismo y para prevenir accidentes durante el período estival, resulta necesario suspender la autorización para llevar a cabo zanjeos en las veredas de nuestra Ciudad.
Fdo.: Cr. Héctor D. Gilli, Sec. Eco. y Finanzas Mónica De Girolamo, Oficial Mayor-
Que por lo antes expuesto, resulta necesario el dictado del instrumento legal que disponga sobre el particular.
RESOLUCIÓN Nº 028/C/2019.Villa Carlos Paz, 26 de noviembre de 2019
Por ello:
VISTO: el informe sobre las Cuentas con Afectación Específica presentado por la Dirección de Administración y Presupuesto; y
EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO AMBIENTAL, en uso de sus atribuciones:
RESUELVE
Artículo 1º.- Suspender los cortes de calzada y zanjeo en veredas por obras de las Empresas prestatarias de servicios públicos, desde el 21 de diciembre de 2019 hasta el 25 de febrero de 2020 inclusive.
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CONSIDERANDO: Que en el mencionado informe se manifiesta la necesidad de realizar los ajustes correspondientes a las Cuentas con Afectación Específicas.Que el Departamento Contaduría informa un detalle de las Cuentas con Afectación Específica con los ingresos.Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.-
PRIMERA SECCIÓN
03 de Diciembre de 2019
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Por ello, en uso de sus atribuciones EL SECRETARIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS, RESUELVE
Artículo 1º.- INFORMAR los ajustes de los fondos con afectación específica correspondiente al 31/10/2019, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS
FONDO PARA GAS
1.11.14.140.16.
$
10.000.000.00
EGRESOS
FONDO PARA GAS
32.01.100.2.25.519.
$ 10.000.000.00
Artículo 2º.- Protocolícese, publíquese, comuníquese y archívese.
Fdo.: Héctor D. Gilli, Sec. Eco. y Finanzas Carla A.
Montemurro a/c de Oficialía MayorRESOLUCIÓN Nº 025/A/2019
Villa Carlos Paz, 27 de noviembre de 2019
VISTO: El Expediente Nº 17863, mediante el cual el Centro Vecinal COLINAS DE CARLOS PAZ, informa que en Asambleas General Ordinaria y Extraordinaria, llevadas a cabo el día 23 de agosto de 2019, según Actas Nº 262 y 263, obrantes a fs. 846/848, se cubrieron las vacantes existentes en la Comisión Directiva y en la Comisión Revisora de Cuentas, se aprobaron la Memoria y el Balance, por el período comprendido entre el 1 de julio de 2018 al 30 de junio de 2019 y por último, se aprobó el nuevo Estatuto que regirá los destinos del Centro Vecinal; y CONSIDERANDO: Que la Coordinación de Políticas Vecinales informó que corresponde reconocer los nuevos integrantes que cubrirán los cargos vacantes, como así también la Memoria y el Balance Anual y aprobar el nuevo Estatuto del Centro Vecinal, en razón de haberse cumplimentado con las normas legales vigentes y haber existido contralor de la Autoridad de Aplicación en el proceso.Que esta Secretaría, comparte el criterio vertido por el área interviniente, razón por la cual se dicta el acto administrativo correspondiente.Por ello:
EL SECRETARIO DE GOBIERNO Y COORDINACION, en uso de sus atribuciones, RESUELVE
Artículo: 1º.- RECONOCER a los nuevos integrantes que cubrirán los cargos vacantes de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas, del Centro Vecinal COLINAS
DE CARLOS PAZ, conforme surge del Acta Nº 263 de fecha 23
de agosto de 2019, quienes tendrán mandato hasta 02 de noviembre de 2020, conforme Resolución Nº 032/F/2018, quedando conformadas de la siguiente manera;
VICEPRESIDENTE: SANCHEZ, LUIS ARIEL DNI Nº 18.175.259
SECRETARIA: GALLARDO, VALERIA ALEJANDRA DNI Nº 34.104.191
PROSECRETARIA: TABARES, MARIA ISABEL DNI Nº 27.316.762
TESORERO: CARBALLO, FABIO HORACIO DNI Nº 18.514.142
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PROTESORERO: CORTES, ROBERTO MARCELO DNI Nº 30.768.322
VOCALES TITULARES:
1º- DOBANTON, ALEJANDRO MAXIMILIANO DNI Nº 26.481.000
2º- CHARRAS, LUIS ALBERTO DNI Nº 25.894.398
3º- CUELLO, MERCEDES VICTORINA DNI Nº 6.377.937
VOCALES SUPLENTES:
1º- LOYOLA, JULIO HERNAN DNI Nº 33.587.582
2º- ESCOBAR, OSCAR ANTONIO DNI Nº 13.387.045
3º- CAFFARATTI, MARIA LOURDES SOLEDAD DNI Nº 34.980.224
COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS SUPLENTES:
1º- LUNA, DANIELA TERESA DNI Nº 31.039.231
2º- REARTE, ALDO AMADO DNI Nº 13.484. 222
3º- MAMANI, CESAREA ELEUTERIA DNI Nº 10.930.922
COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS SUPLENTES:
1º- GAMARRA, ALBERTO FABIAN - DNI Nº 30.451.806
2º- LEYRIA, MIGUEL ROLANDODNI Nº 8.497.459
Artículo 2º.- RECONOCER la Memoria y el Balance del Centro Vecinal COLINAS DE CARLOS PAZ, correspondiente al período 01/07/2018 hasta el 30/06/2019, que obran de fs. 816 a fs. 833 inclusive.Artículo 3º.- APROBAR el nuevo Estatuto correspondiente al Centro Vecinal COLINAS DE CARLOS PAZ, aceptado en Asamblea Extraordinaria, mediante Acta Nº 263 de fecha 23 de agosto de 2019 que forma parte de la presente.Artículo 4º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: Dr. Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación Carla A.
Montemurro a/c de Oficialía MayorRESOLUCIÓN N 026/A/2019
Villa Carlos Paz, 28 de noviembre de 2019
VISTO: El expediente N 182169/19, presentado por la Sra.
Cristina Arias, D.N.I. N 13.602.309, en su carácter de Presidente del Club Social y Deportivo Sarmiento, mediante el cual solicita autorización para desarrollar un baile en la sede social del Club; y CONSIDERANDO: Que dicho baile familiar contará con la presencia de la Banda de Damián Córdoba, y tiene como objetivo recaudar fondos para realizar trabajos de infraestructura en la sede del Club.
Que el art. 12 de la Ordenanza N 5840 establece las condiciones para obtener la autorización para realizar bailes y espectáculos públicos de carácter eventual, las que deberán ser cumplidas por el peticionante, debiendo asimismo cumplimentar con las condiciones del Decreto 140/2007 y normas modificatorias.Que por todo lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que disponga sobre el particular.Por ello:
EL SECRETARIO DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN, en uso de sus atribuciones RESUELVE
ARTÍCULO 1.- AUTORIZAR con carácter precario al Club Social y Deportivo Sarmiento, Personería Jurídica 123/A/78, a
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realizar un espectáculo con música en vivo, en la sede social del Club sito en calle Los Gigantes N 63, el día jueves 28 de noviembre de 2019, desde las 22.00 hs. hasta el límite horario establecido en el Decreto 140 de 2007 y normas modificatorias.ARTÍCULO 2.- NOTIFICAR a la peticionante que será solidariamente responsable de las faltas e incumplimientos que pudieran cometer con motivo de la siguiente autorización.ARTÍCULO 3.- La Dirección de Recursos Fiscales procederá al cobro del canon por el ejercicio de la actividad correspondiente.ARTÍCULO 4.- La Dirección de Seguridad tomará conocimiento de la presente a los fines que hubiere lugar.
ARTÍCULO 5.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: Darío Zeino, Sec. Gobierno y Coordinación Carla A.
Montemurro a/c de Oficialía Mayor-
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