Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 30/9/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

2016 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACION DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL

"2020 - AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO"
AÑO XXIX
- Ushuaia, Jueves 02 de Enero de 2020 - Nº 0000

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Nº 4702

AÑO XXIX

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
BOLETIN OFICIAL
República Argentina PODER EJECUTIVO
Prof. Gustavo Adrián MELELLA
Gobernador
Mónica Susana URQUIZA
Vicegobernadora
Lic. Paulo Agustín TITA
Ministro Jefe de Gabinete
Lic. Guillermo Daniel FERNANDEZ
Ministro de Finanzas Públicas
Prof. María Gabriela CASTILLO
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Dra. Judit Jésica Rosana DI GIGLIO
Ministro de Salud
Sonia Elizabeth CASTIGLIONE
Dra. Adriana Cristina CHAPPERON
Ministro deGobierno, Justicia y Derechos Humanos Paula Elizabeth GARGIULO

D.I. Analía Inés CUBINO
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología
Leonardo Miguel ZARA

Dr. José Guillermo CAPDEVILA
Secretario General, Legal y Técnico
Carlos Claudio CARRERA
Dr. Federico Armando RUNIN
Secretario de Representación Política de Gobierno
Javier Marcelo EPOSTO

Lic. Andrés Manuel DACHARY
Secretario de Malvinas,Antártida, Islas delAtlántico Sur y Asuntos Internacionales
Ministro de Producción y Ambiente
Marcelo Juan ROMERO
Ministro Trabajo y Empleo Omarde Daniel NOGAR
Prof. Verónica Evangelina GONZALEZ
Ministro de Desarrollo Humano
Ushuaia, Miércoles 30 de Septiembre de 2020

LEYES PROVINCIALES
LEY PROVINCIAL N 1319
Sancionada el día 25 de Septiembre de 2020.Promulgada el día 30 de Septiembre de 2020.La Legislatura de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1.- Sustitúyese el artículo 17 de la Ley provincial 1312, por el siguiente texto: "Artículo 17.- Sustitúyese el capítulo VI de la Ley provincial 440 por el siguiente texto "Capítulo 6 - Fondo de Asistencia del Financiamiento para el Sistema Previsional y Fondo de Asistencia Económica COVID - 19.
Artículo 42 Octies.- Créase el "Fondo de Financiamiento para el Sistema Previsional" con afectación específica al sostenimiento del sistema previsional de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, el que se integrará con el derivado de una alícuota adicional del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del tres por ciento 3,00%, aplicable a las actividades gravadas por dicho Impuesto según el siguiente detalle: 651100, 652110, 652120, 652130, 652200, 652202,
652203, 659810, 659891, 659892, 659910, 659920, 659990, 661110, 661120, 661130, 661210, 661220, 661300, 662000, 671110, 671120, 671130, 671200, 671910, 671920, 671990, 672110, 672191, 672192, 672200, 672201.
Dada la afectación específica de los recursos del presente artículo, los mismos no serán coparticipables a los municipios, considerando asimismo que .el sistema previsional los incluye.
La Agencia de Recaudación Fueguina AREF establecerá por vía reglamentaria la forma y condiciones de recaudación de este adicional. Los fondos provenientes del presente artículo deberán imputarse a cuenta de la deuda consolidada por el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Tierra del Fuego como consecuencia de lo establecido en el artículo 24
de la Ley provincial 1068. Las sumas transferidas serán convertidas a dólar estadounidense según la cotización de la fecha de pago, según reglamentación.
Artículo 42 Nonies.- Créase el Fondo de afectación específica mientras dure la presente Ley denominado Asistencia Económica COVID-19
con destino a la asistencia de micro, pequeñas y medianas empresas constituidas como personas humanas o jurídicas, cooperativas, asociaciones civiles, mutuales y cuentapropistas, entre otros, mediante el otorgamiento de subsidios no reintegrables de carácter monetario, a través del Ministerio de Producción y Ambiente, el que se integrará con el producido de la recaudación del impuesto sobre los Ingresos Brutos de las siguientes actividades gravadas en el Código de Actividades de la Ley provincial 440: 651100, 652110, 652120, 652130, 652200, 652203.
Modificar del Anexo I de la Ley provincial 440 la Alícuota de las men-

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 30/9/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date30/09/2020

Page count67

Edition count3669

First edition02/01/2002

Last issue17/11/2023

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