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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 24/9/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
2016 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACION DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL
- AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO"
AÑO XXIX "2020
- Ushuaia, Jueves 24 de Septiembre de 2020 - Nº 4696
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Nº 4696
AÑO XXIX
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
BOLETIN OFICIAL
República Argentina PODER EJECUTIVO
Prof. Gustavo Adrián MELELLA
Gobernador
Mónica Susana URQUIZA
Vicegobernadora
Lic. Paulo Agustín TITA
Ministro Jefe de Gabinete
Lic. Guillermo Daniel FERNANDEZ
Ministro de Finanzas Públicas
Prof. María Gabriela CASTILLO
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Dra. Judit Jésica Rosana DI GIGLIO
Ministro de Salud
Sonia Elizabeth CASTIGLIONE
Dra. Adriana Cristina CHAPPERON
Ministro deGobierno, Justicia y Derechos Humanos Paula Elizabeth GARGIULO
D.I. Analía Inés CUBINO
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología
Leonardo Miguel ZARA
Dr. José Guillermo CAPDEVILA
Secretario General, Legal y Técnico
Carlos Claudio CARRERA
Dr. Federico Armando RUNIN
Secretario de Representación Política de Gobierno
Javier Marcelo EPOSTO
Lic. Andrés Manuel DACHARY
Secretario de Malvinas,Antártida, Islas delAtlántico Sur y Asuntos Internacionales
Ministro de Producción y Ambiente
Marcelo Juan ROMERO
Ministro Trabajo y Empleo Omarde Daniel NOGAR
Prof. Verónica Evangelina GONZALEZ
Ministro de Desarrollo Humano
Ushuaia, Jueves 24 de Septiembre de 2020
DECRETOS
DECRETO N 1242
08-09-20
ARTÍCULO 1º.- Otorgar para todo el personal docente que presta servicios efectivos en los Establecimientos Educativos Públicos de Gestión Pública y/o en las Supervisiones por su función de Supervisor o Secretario Técnico, en la Comisión Provincial de Reconocimientos de Títulos, en las Juntas de Clasificación y Disciplina de todos los Niveles, dependientes del Sistema Educativo Provincial, al personal docente que se encuentre en situación de Comisión de Servicios y/o Tareas Pasivas en el Ministerio de Educación, docentes que se encuentran alcanzados por las previsiones de la Ley Provincial Nº 424, y aquellos que se desempeñan en la Secretaría de Cultura dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y en la Secretaría de Deportes y Juventud, dependiente del Ministerio Jefatura de Gabinete, una asignación especial no remunerativa y no bonificable, denominada "Refuerzo Ayuda Material Didáctico", la cual tiene carácter de aporte compensatorio, ante et contexto excepcional de educación no presencial y que reqmere refuerzo en las estrategias y herramientas pedagógicas que permiten el desarrollo de "plan de continuidad pedagógica de esta jurisdicción".
ARTÍCULO 2.- La asignación dispuesta en el artículo precedente, será
abonada con los datos correspondientes a la liquidación de haberes de los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020, del personal docente en Estado 1, haciéndose efectiva la misma en los meses de septiembre, octubre, noviembre, diciembre de 2020 y enero de 2021, por un monto de PESOS DOS MIL $2.000,00 por cargo, y de PESOS CIENTO CINCO CON 263111000 $ 105,2631
por hora cátedra.
ARTÍCULO 3. - Establecer los parámetros de derecho a cobro establecidos en el Anexo I del presente.
ARTÍCULO 4.- Comunicar a quienes corresponda. Dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
MELELLA
Analía I. CUBINO
DECRETO N 1243
08-09-20
ARTÍCULO 1º- Ratificar en todos sus términos la Resolución MFP Nº 535/20, cuya copia autenticada forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2.- Comunicar a quien corresponda, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia. Cumplido, archivar.
MELELLA
María G. CASTILLO
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"