Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 10/7/2019
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres
N.º 0130
Miércoles, 10 de julio de 2019
con sus instalaciones auxiliares y complementarias.
La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas, organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta resolución, por la declaración inexacta de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto de la misma, podrá suponer su revocación, previa instrucción del correspondiente procedimiento.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía e Infraestructuras, en un plazo no superior a un mes, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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CVE: BOP-2019-3227
Cáceres, 24 de junio de 2019
Juan Carlos Bueno Recio JEFE DE SERVICIO DE ORDENACIÓN INDUSTRIAL, ENERGÉTICA Y MINERA DE
CÁCERES. P.S. EL JEFE DE SERVICIO DE ORDENACIÓN INDUSTRIAL, ENERGÉTICA Y
MINERA DE BADAJOZ RESOLUCIÓN DE 26 DE JUNIO DE 2018