Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 19/9/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

19 Septiembre 2017

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 178

3. Distribuir en el terreno veneno con la intención de provocar la muerte de especies que puedan predar sobre las poblaciones de especies cinegéticas o sus huevos o la de especies de mamíferos, aves o reptiles incluidas en los catálogos de especies amenazadas.
4. Efectuar el aprovechamiento comercial de cualquier actividad cinegética en zonas no cinegéticas.
Art.10. Infracciones graves.
Tendrán la consideración de infracción grave:
1. Cazar sin licencia, con licencia con datos falsificados, teniendo retirada la licencia o estando privado de obtenerla por sentencia o resolución administrativa firmes.
2. Cazar sin permiso del titular del acotado o falsear los datos contenidos en el mismo.
3. Falsear la categoría de cazador según lo expresado en el artículo 4 de la Ley 1/2015 de Caza de Aragón.
4. Incumplir, el contenido del plan técnico del coto y el plan anual de aprovechamiento cinegético aprobados por la Administración.
5. Infringir las normas específicas contenidas en el Plan general de caza previsto en el artículo 39 de la Ley 1/2015 de Caza de Aragón.
6. Incumplir los requisitos exigidos en el artículo 40 de la Ley 1/2015 de Caza de Aragón para el ejercicio de la caza.
7. Incumplir lo establecido en el artículo 41 de la Ley 1/2015 de Caza de Aragón sobre medios, procedimientos e instalaciones prohibidas.
8. Incumplir lo establecido en el artículo 42 de la Ley 1/2015 de Caza de Aragón sobre armas, municiones, calibres y dispositivos auxiliares.
9. Falsear los datos con la finalidad de obtener autorizaciones excepcionales a los efectos del artículo 44 de la Ley 1/2015 de Caza de Aragón, así como incumplir el condicionado contenido en aquellas autorizaciones excepcionales que se hubieran otorgado.
10. Cazar en época de veda o, dentro del período establecido, en día no hábil, así como la tenencia de especies cinegéticas muertas en época de veda, salvo que se justifique su procedencia legítima.
11. Cazar fuera del período comprendido entre una hora antes de la salida del sol y una hora después de su puesta, excepto en las modalidades permitidas.
12. Cazar en los días de fortuna definidos en el artículo 43.1.d de la Ley 1/2015 de Caza de Aragón.
13. Cazar en terrenos nevados, salvo lo que establezca el Plan general de caza.
14. Cazar en días de niebla, lluvia, nieve, humo u otras causas de visibilidad mermada que reduzcan la defensa de las piezas de caza o resulten peligrosos para las personas o bienes.
15. Cazar cuando la visibilidad de los tiradores sea inferior a los doscientos cincuenta metros.
16. Cazar sirviéndose de animales o cualquier clase de vehículos como medio de ocultación.
17. Vulnerar las modalidades de caza prohibidas en el Plan general de caza.
18. Destruir, molestar, inquietar o alterar los vivares, madrigueras o nidos de especies cinegéticas, salvo en modalidades o métodos de caza autorizados por el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
19. Tener aves de cetrería sin autorización, así como vulnerar las condiciones de autorización otorgada para la utilización de estos animales.
20. Tener hurones para la caza sin autorización, así como vulnerar las condiciones de autorización otorgada para la utilización de estos animales.
21. Vulnerar las normas sobre seguridad en las cacerías.
22. Incumplir las normas para la conservación de nidos, pollos, madrigueras, colonias y criaderos de especies cinegéticas.
23. Infringir lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 1/2015 de Caza de Aragón sobre protección de las especies cinegéticas autóctonas.
24. Circular por las pistas del coto municipal, cuando debido a las circunstancias meteorológicas, las mismas, puedan sufrir daños por su utilización.

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Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 19/9/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

CountrySpain

Date19/09/2017

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Edition count4931

First edition02/01/2004

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