Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 9/1/2019
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Source: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario
B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 936 - Publicado el: 09/01/2019
Artículo 20: El gasto que demande el cumplimiento de lo precedentemente dispuesto se efectuará conforme a lo establecido en el Artículo 550 de la Ordenanza de Contabilidad, y se imputará a las siguientes partidas presupuestarias:
Conversión Programática
.m ffi
o
J
3 -
1
3
.,
Partida
Denominación
m
.&U
g:,
5 ,:
06065
1.06.03.00.2.02.93.5.1.04.02.10.19
Reparación y ejecución de veredas
1.06.03.00.2.02.93.5.1.04.02.10.06
Carpeta asfáltica en caliente
1.06.03.00.2.02.93.5.1.04.02.10.40
Pavimento a nivel definitivo
1.06.03.00.2.02.93.5.1.04.02.10.06
Carpeta asfáltica en caliente
1.06.03.00.2.02.93.5.1.04.02.10.06
Carpeta asfáltica en caliente
06073
1.06.03.00.2.02.93.2.2.04.02.09.99
Obras varias
06028
1.06.03.00.1.01.01.5.1.04.02.10.98
Programa ABRE
Artículo 30: Se procederá a la readecuación de la imputación presupuestaria en función de las partidas y convertidores programáticos que sujan de producirse el períeccionamiento de nuevos convenios.
Artículo 4O: El contrato pertinente será celebrado entre las autoridades municipales correspondientes, según lo dispuesto en el Decreto NO 1179/2009; y la firma OBRING S.A., la que previamente y una vez notificada de los términos del presente decreto deberá afianzar el cumplimiento de su compromiso mediante la constitución de un depósito en garantía por un monto equivalente al 5% del total adjudicado.
Artículo 50: DISPONESE que por intermedio de la Dirección General de Contabilidad y Liquidaciones se proceda a la devolución de las garantías presentadas en el acto Iicitatorio a las firmas oferentes que no hayan resultado adjudicatarias.Artículo 60: Dese a la Dirección General de Gobierno, insértese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal Electrónico y comuníquese.
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