Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 5/02/2019

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

53.-

ANUNCIO

El Excmo. Sr. Consejero de Fomento, D. Néstor García León, por su Decreto de fecha 23 de enero de 2019, ha resuelto dictar con esta fecha lo siguiente:
-Déjese sin efecto el Decreto de fecha 18 de diciembre de 2018 por el que se declaraba la innecesariedad de obtención de licencia de otras actuaciones urbanísticas para la implantación de una pista de motocross en la parcela 811 de titularidad municipal sita en el Plan Especial de Santa Catalina , al haber entrado en vigor la Ley 9/2018 que modifica la Ley 21/2013 que regula de forma diferente el contenido de las autorizaciones del proyecto y su publicidad , con objeto de que se ajuste a la misma , así como el anuncio publicado en le BOCCE el 18 de enero de 2019.
-Declárese la innecesariedad de la obtención de licencia municipal de otras actuaciones urbanísticas para la implantación de una pista de motocross en la parcela 811 de titularidad municipal sita en el Plan Especial de Santa Catalina , de forma provisional , en base a los fundamentos jurídicos expuestos y teniendo en cuenta que cumple las determinaciones exigibles para la obtención de la misma de conformidad a los informes técnicos nº 1259/16, 487/18 y de supervisión del proyecto nº 443/18 que obran en el expediente así como en base a Resolución del Sr. Consejero de Medio Ambiente y Sostenibilidad de fecha el 3 de diciembre de 2018 publicada en el BOCCE nº 5846 de fecha 25 de diciembre de 2018 que dispone lo siguiente :
-Se determina que , de acuerdo con el conjunto de medidas protectoras y correctoras que se indican en los siguientes dispositivos y aquellas otras que se establezcan en las autorizaciones sectoriales correspondientes reducen la magnitud de los efectos ambientales adversos , no es previsible que se generen afecciones negativas significativas sobre el medio ambiente . Por tanto no se considera necesario que el proyecto relativo a Implantación de un circuito de motocrós en parcela 811 del Plan Especial de Santa Catalina se someta a evaluación ambiental ordinaria.
-Se formula informe de impacto ambiental y Anexo de proyecto relativo a Implantación de un circuito de motocrós en la parcela 811 del Plan Especial de Santa Catalina en los términos que se recogen a continuación :
Descripción de las características del proyecto y principales impactos identificados El proyecto consiste en la adecuación de unos 12.000 m 2 de superficie, como circuito de motocross, de una parcela Municipal de naturaleza rústica, actualmente en desuso, ubicada en un ámbito periurbano y, cuya clasificación urbanística, es la de Suelo No Urbanizable-SNU, de Sistemas GeneralesSG3 Santa Catalina. El SG3 plantea como uso característico el dotacional de equipamientos en categoría de servicios públicos de necrología, siendo los usos compatibles el dotacional -equipamiento religiosos y de esparcimiento, uso de tipo terciario de oficinas y hostelería, exclusivamente servicios de cafetería. La zona de actuación está caracterizada por presentar un acusado estado de degradación, una orografía abrupta, bajo desarrollo edáfico, vegetación de escaso valor ecológico, elevado índice de permeabilidad del suelo que se incrementa con la profundidad, no existiendo ningún cauce superficial que pudiera verse afectado, dado que la hidrología del lugar está definida por formaciones intermitentes de cursos de aguas, torrenteras, asociados a ciclos de fuertes lluvias. En la zona donde se pretende llevar a cabo el proyecto no existen otros proyectos de esta naturaleza, pero se encuentran muy próximos determinados equipamientos e infraestructuras de uso Público:
Cementerio Hebrero 6-8 m; Cementerio Cristiano a 50 m; Sendero peatonal del Monte Hacho 3-5m, Sendero de tierra, Parque de Santa Catalina 180 m; EDAR; Planta de transferencia y vertedero sellado y clausurado, en Barranco de las Cuevas.
También conviene destacar la existencia de zonas habitadas tales como el núcleo habitado-viviendas junto al antiguo Mesón de Serafín, situado a unos 480 m al suroeste a cota superior; núcleo habitado viviendas-chalés anexo a la carretera de subida a San Antonio, a unos 670 m al suroeste; urbanización de Valdeaguas, a unos 760 m al oeste. El proyecto no requiere de la ejecución de obras de gran envergadura y, en esta fase, se precisará del movimiento de un total de 13.000 toneladas de tierras, que serán aprovechadas en su totalidad para la configuración de la pista, reservándose una parte, a modo de acopio, para el mantenimiento de ésta. Asimismo, serán aprovechados determinados equipamientos disponibles en las proximidades luz, agua potable y agua residual depurada. El proyecto prevé la implantación de un sistema de impulsión, para el aprovechamiento del agua depurada de la EDAR, para su reutilización en operaciones de riego del terreno, que eviten o mitiguen la producción de partículas en suspensión durante el desarrollo de la actividad y, para labores de revegetación, tal y como plantea el Documento Ambiental, viéndose reducido el consumo del recurso natural agua, al utilizar agua residual depurada. En cuanto al agua potable, se prevé una fuente para su empleo por usuarios y senderistas. El proyecto no contempla otros consumos adicionales de agua, dado que no se prevén aseos y vestuarios con ducha y, el circuito tampoco estará dotado de una zona de taller, para la revisión y el mantenimiento de motocicletas, lo que implicará que no se generen aguas residuales sanitarias, ni aguas residuales derivadas de operaciones de mantenimiento y reparación de motocicletas, por lo que la actividad no quedaría encuadrada en el epígrafe Mantenimiento y reparación de vehículos a motor del anexo I del Real decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de Actividades potencialmente contaminadas del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. Llevar a cabo el proyecto de circuito provocará ciertos problemas de contaminación, ya sea durante la fase de obras como durante la fase de explotación. Respecto de la generación de residuos, cabe destacar que todo el material generado en obra, por las operaciones de movimiento de tierras, será aprovechado en el diseño de la pista y, reutilizado en el mantenimiento de ésta. Durante la fase de explotación, podrán generarse residuos peligrosos derivados de potenciales vertidos accidentales, de combustible o aceites de motor y, en consecuencia, de materiales utilizados para su contención y retirada: LER 130206: Residuos de aceite de motor, de transmisión mecánica y lubricantes. LER 130702: Residuos de combustibles líquidos LER
150202: Absorbentes, materiales de filtración, trapos de limpieza y ropas protectoras. Podrán generarse otros residuos no peligrosos derivados de la actividad: LER 200101: Papel y cartón LER 200102: Vidrio LER 200140: Metales LER 200139: Plásticos LER 200108: Residuos biodegradables. Durante la fase de obras se producirá contaminación atmosférica por partículas en suspensión y gases de combustión de la maquinaria asociada al movimiento de tierras, necesario para el trazado del circuito y Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 5/02/2019

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date05/02/2019

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First edition19/11/1926

Last issue03/05/2024

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