Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 22/1/2020

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Source: Boletín Judicial de la Ciudad de México

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Edictos
BOLETÍN JUDICIAL No. 12

SANCIONES PENALES CON SEDE EN EL RECLUSORIO
NORTE, EN TÉRMINOS DEL ACUERDO 05-22/2019
EMITIDO POR EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
MTRO. EN DERECHO JUAN ANTONIO MARTÍNEZ
VELÁZQUEZ.
22 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC/NTE/3241/2019
Of. EJEC-NTE/720/2020-S
UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC/NTE/3566/2019
EDICTO No. 200
Sentenciado: DIEGO ARMANDO MARTÍNEZ GUTIÉRREZ.
Delito: ROBO AGRAVADO
AUTO.- Ciudad de México, 15 de enero de 2020. Visto el contenido del oficio signado por el Licenciado J. NOÉ
GASPAR VALLE, Subdirector de la Coordinación de Control y Seguimiento a Externados, Monitoreo Electrónico y Presentaciones Personales de la Subsecretaría de Sistema Penitenciario de la Ciudad de México, se le tiene informando que el sentenciado MIGUEL CASTILLO MONTIEL a quien le fue concedido el beneficio de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, se dio de alta el 28 de agosto de 2019, siendo su única presentación. Atendiendo a lo anterior, dado que se infiere el incumplimiento del beneficio concedido, en términos del numeral 91 del Código Penal vigente, este Juzgador considera que deberá ser en audiencia pública en la que se ventile las manifestaciones de las partes técnicas y sentenciado respecto a lo informado por parte de la autoridad penitenciaria, por tanto, se señalan las 12:45
HORAS DEL DÍA 31 DE MARZO DE 2020, EN LA SALA DE
AUDIENCIAS 008, ubicada en el edificio de Salas Orales, en calle Jaime Nunó número 205, colonia Cuautepec Barrio Bajo, delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07210, a efecto de que tenga verificativo la audiencia para revisión del beneficio penal de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, misma que será presidida por el Suscrito. En ese sentido y atendiendo a la fecha de audiencia señalada, en términos de los artículos 82, 83, 85, 90, 91 y 92 del Código Nacional de Procedimientos Penales, notifíquese el presente proveído que contiene la debida citación al Dr. Arturo Sánchez Flores, Agente del Ministerio Público;
a la Defensa Pública, Licenciada Zaira Pérez Arellano, y al sentenciado MIGUEL CASTILLO MONTIEL debiendo por cuanto hace a éste agotarse todos los medios que señala el numeral 82 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a la celebración de la citada audiencia, quedando apercibidas las partes procesales técnicas, que para el caso de no comparecer el día y hora de la audiencia, se les impondrá una medida de apremio consistente en multa por el equivalente a 20 veces la unidad de medida actualizada vigente, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 104
fracción II inciso b del Código Nacional de Procedimientos Penales, procediendo a su remplazo. Para lo anterior, envíese el oficio de estilo al Director General de Anales de Jurisprudencia y Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, para que sea publicado el edicto en una sola publicación, a partir del día siguiente en que reciba el mismo. Así las cosas, se hace saber a la defensa y al sentenciado que, dentro de la audiencia señalada podrán realizar las manifestaciones que estimen pertinentes en cuanto a lo informado por la autoridad penitenciaria y de ser el caso justifiquen las inasistencias a las presentaciones mensuales.
Apercibido el sentenciado, que en caso de no presentarse el día y hora precisado sin causa justificada, previa petición del Ministerio Público, se librará orden de reaprehensión y se ordenará su reingreso a un Centro de Reclusión, para cumplir el resto de la pena que le falte por compurgar, lo anterior con fundamento al artículo 91 del Código Penal para el Distrito Federal, así como en términos del numeral 23 fracción I de la Ley Nacional de Ejecución Penal. Por otra parte, respecto a las pruebas que oferten las partes, las mismas por cuanto hace a su admisión, exclusión e incorporación se desarrollará sujetándose a las reglas que marca el Código Nacional de Procedimientos Penales de aplicación supletoria. Ahora bien, dado que de constancias se advierte que el domicilio del
Miércoles 22 de enero del 2020

sentenciado DIEGO ARMANDO MARTÍNEZ GUTIÉRREZ se encuentra fuera de esta jurisdicción, se ordena girar exhorto, con fundamento en los artículos 1, 20 y 21 Constitucionales, así como 75, 76, 77 y demás relativos y aplicables del Código Nacional de Procedimientos Penales de aplicación supletoria y en apoyo con el acuerdo celebrado entre el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y del Estado de México, con los insertos necesarios, al Juez de Ejecución de Sentencias del Sistema de Justicia Penal Acusatorio Adversarial y Oral del Distrito Judicial de Ecatepec, Estado de México, para que en auxilio de las labores de esta autoridad judicial en materia de ejecución de sanciones penales y de estimarlo ajustado a Derecho, notifique íntegramente al sentenciado MIGUEL
CASTILLO MONTIEL en el domicilio que se remita en sobre cerrado el contenido del presente auto. Hecho que sea, se sirva devolverlo por la misma vía a ésta Autoridad en materia de Ejecución de Sanciones Penales, por conducto de la Unidad de Gestión Judicial Especializada en Ejecución de Sanciones Penales, perteneciente al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, con sede en Reclusorio Norte, ubicada en: calle Jaime Nunó número 205, colonia Cuautepec Barrio Bajo, delegación Gustavo A. Madero, código postal 07200, Ciudad de México; seguro de la reciprocidad de esta Autoridad en casos análogos. Asimismo, se autoriza la devolución anticipada del exhorto, a través de los medios electrónicos, señalándose para tal efecto los correos institucionales ugj.
ejec.nte@tsjcdmx.gob.mx y alberto.rodriguez@tsjcdmx.gob.
mx o cualquier medio necesario para ello, lo anterior con fundamento en el artículo 51 y 76 del Código Nacional de Procedimientos Penales de aplicación supletoria..
EL SUBDIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL
ESPECIALIZADA EN EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES, CON SEDE EN EL RECLUSORIO NORTE
LIC. RENÉ BAUTISTA ZARAGOZA
22 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC/NTE/2366/2019
Of. EJEC-NTE/243/2020-F

SOLO CONSULTA
SOLO CONSULTA

UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC/OTE/3967/2019
CARPETA JUDICIAL: TE010/0210/2018
EDICTO No. 201
En cumplimiento a lo ordenado en Audiencia de Ejecución celebrada el día 17 diecisiete de enero de 2020 dos mil veinte, en la carpeta de Ejecución EJEC-OTE/3967/2019, derivada de la carpeta judicial TE010/0210/2018, relacionada con el sentenciado JUVENAL ACEVEDO GARCÍA, respecto del cumplimiento a la sentencia del 29 veinte de mayo del 2019 dos mil diecinueve; en la cual se determinó:
notificarle a la víctima CARLOS ANDRÉS JIMÉNEZ
VILLABA. que en cumplimiento a lo ordenado en audiencia de ejecución celebrada el día de la fecha en que se actúa, se le hace del conocimiento que el sentenciado JUVENAL
ACEVEDO GARCÍA, dará cumplimiento a la pena de prisión en internamiento, que le fue impuesta en la sentencia emitida en la carpeta judicial TE010/0210/2018, del 29
veinte de mayo del 2019 dos mil diecinueve, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, misma que fue confirmada el 20 veinte de noviembre del mismo año por la séptima sala penal del Tribunal Superior de Justicia en el Toca S.P.P.A. C176/2019 y de la que le resta por compurgar de 06 seis años 07 siete meses 16 dieciséis días, y hasta en tanto se dé por extinguida la sanción citada, que lo será para el día 02 dos de septiembre del 2026
dos mil veintiséis. DE IGUAL FORMA SE DEJÓ ABIERTA
LA POSIBILIDAD DE QUE CUANTIFIQUE LA REPARACIÓN
DEL DAÑO EN SU ASPECTO GENÉRICO, PARA ELLO EN
TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 156, 118 Y EL 120 A 127
DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIONES PENALES, PARA
LO MISMO PODRÁ SER ASISTIDA DEL ASESOR JURÍDICO
PÚBLICO Y MINISTERIO PÚBLICO PARA QUE LLEVE A
CABO, DE ASI DESEARLO, DICHA CONTROVERSIA
LA JUEZA ESPECIALIZADA EN EJECUCIÓN DE SANCIONES
PENALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN EL RECLUSORIO
ORIENTE.
LIC. MARÍA DEL ROCÍO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ.
22-23-24 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC/
OTE/3967/2019 Of. EJEC/OTE/2801/2020

SOLO CONSULTA

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Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 22/1/2020

TitleBoletín Judicial de la Ciudad de México

CountryMexico

Date22/01/2020

Page count412

Edition count975

First edition01/09/2016

Last issue07/06/2022

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