Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 22/1/2020

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Source: Boletín Judicial de la Ciudad de México

Miércoles 22 de enero del 2020

BOLETÍN JUDICIAL No. 12

bajo la custodia de la autoridad penitenciaria, en el caso, la Subsecretaría del sistema Penitenciario de esta Ciudad y a disposición del Juez de Ejecución.
LA JUEZ PENAL ESPECIALIZADA EN EJECUCIÓN DE
SANCIONES
PENALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
LIC. MÓNICA YAZMÍN GÓMEZ ESPINOSA.
22 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC/SUL/1966/2019
Of. EJEC-303/2020
UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC/SUL/1635/2019
EDICTO No. 196
Sentenciados: HUGO SANDOVAL TOLEDO, JUAN CARLOS
SÁNCHEZ RAMÍREZ, ROGELIO AGUSTÍN ORTIZ, ALBERTO
RODRÍGUEZ AGUILAR y EDUARDO ZAVALA MARTÍNEZ
Delito: ROBO CALIFICADO
En cumplimiento a lo ordenado por este unitario en la Audiencia de Ejecución de Sentencia, celebrada el día 30
treinta de diciembre de 2019 dos mil diecinueve, derivada de la carpeta de ejecución EJEC-SUL/1635/2019, relacionada con los sentenciados HUGO SANDOVAL
TOLEDO, JUAN CARLOS SÁNCHEZ RAMÍREZ, ROGELIO
AGUSTÍN ORTIZ, ALBERTO RODRÍGUEZ AGUILAR y EDUARDO ZAVALA MARTÍNEZ; se hace del conocimiento con fundamento en el numeral 82 fracción II del Código Nacional de Procedimientos Penales, lo siguiente: En cumplimiento a lo ordenado en audiencia pública de fecha 30 treinta de diciembre de 2019 dos mil diecinueve, celebrada por el Juez Penal Especializado en Ejecución de Sanciones Penales de la Ciudad de México Licenciado Rene Gerardo Breña Anduaga, en relación a la Audiencia de Ejecución de Sentencia, respecto de los sentenciados HUGO SANDOVAL TOLEDO, JUAN CARLOS SÁNCHEZ
RAMÍREZ, ROGELIO AGUSTÍN ORTIZ, ALBERTO RODRÍGUEZ
AGUILAR y EDUARDO ZAVALA MARTÍNEZ, se les hace del conocimiento al Representante y/o Apoderado Legal de la Moral Agraviada GAS URBANO SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE, a la Victima ARMANDO GONZÁLEZ
CASTAÑEDA, así como al Padre o Tutor del menor de edad de identidad reservada identificado con las iniciales A.A.B.A, que deberán comparecer ante la Unidad de Gestión Judicial Especializada en Ejecución número 1, ubicada en James Sullivan 133, séptimo piso, Colonia San Rafael, Alcaldía de Cuauhtémoc, de ésta Ciudad de México, de lunes a jueves en el horario de las 09:00 horas a las 15:00 horas y los viernes de las 09:00 a las 14:00 horas, con la finalidad de que les sean entregados respectivamente los billetes de depósito que exhibieran en su momento los sentenciados antes referidos, ello por concepto de Reparación del Daño a la cual fueron condenados, los cuales fueron expedidos por BANSEFI BANCO DEL AHORRO NACIONAL Y SERVICIOS
FINANCIEROS S.N.C. y corresponden a los números y cantidades que a continuación se establecen: W067384, por el importe de $12,000.00 doce mil pesos 00/100
M.N., y W067385 por el importe de $13,000.00 trece mil pesos 00/100 M.N., en favor del Representante y/o Apoderado Legal de la Moral Agraviada GAS URBANO
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE; W067386
por el importe de $220.00 doscientos veinte pesos 00/100 M.N. y W067388 por el importe de $1,200.00 un mil doscientos pesos 00/100 M.N., en favor del agraviado ARMANDO GONZÁLEZ CASTAÑEDA, y W067387 por el importe de $670.00 seiscientos setenta pesos 00/100
M.N. y W067389 por el importe de $3,680.00 tres mil seiscientos ochenta pesos 00/100 M.N., en favor del Padre o Tutor del menor de edad de identidad reservada identificado con las iniciales A.A.B.A. Por lo que previo trámite administrativo les serán entregados, motivo por el cual deberán de presentar una credencial oficial como medio de identificación o bien la documentación que avale su personalidad jurídica, respectivamente, en el entendido que para el caso de que no se recojan dichos valores nominativos dentro del plazo de 20 veinte días naturales siguientes a la legal notificación, causarán abandono y el importe se aplicarán a favor de los Fondos de Apoyo para la Procuración y Administración de Justicia de la Ciudad de
Edictos
413

México, en términos de lo establecido por el Artículo 51 y 55 del Código Penal para el Distrito Federal Hoy Ciudad de México.
EL JUEZ PENAL ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN DE
SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
LIC. RENE GERARDO BREÑA ANDUAGA.
22 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC/SUL/1635/2019
Of. EJEC-750/2020
UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC/NTE/3241/2019
EDICTO No. 199
Sentenciados: RUBÉN ABRAHAM ZULETA DÍEZ, JOSÉ
NAUM TEMAS MEJÍA Y GUADALUPE YULISSA VILLANUEVA
VIDAL
Delito: ROBO AGRAVADO
En cumplimiento a lo ordenado por el suscrito, en la audiencia inicial, celebrada el 16 de enero de 2020, derivada de la carpeta de ejecución EJEC-NTE/3241/2019, relacionada con el sentenciado JOSÉ NAUM TEMAS MEJÍA, por el delito de Robo Agravado, respecto de la sentencia de fecha 18 de octubre de 2019. El suscrito en audiencia inicial en etapa de ejecución, celebrada el 16 de enero de 2020, determinó hacerle del conocimiento al sentenciado JOSÉ NAUM TEMAS
MEJÍA que ante su inasistencia la audiencia de referencia, fue diferida y para su continuación, se fijaron las 10.30 horas del día 13 de marzo de 2020, en la sala de audiencia número 15, ubicada en calle Jaime Nuno 205, colonia Cuautepec Barrio Bajo, Alcaldía Gustavo A. Madero, Ciudad de México edificio de salas orales, por lo que deberá presentarse en el lugar, hora y fecha antes señalados. En el entendido que deberá justificar su inasistencia a la diligencia del día de la fecha dentro del término de 3 días hábiles contados a partir de su legal notificación, apercibido para el caso de no hacerlo, se le impondrá una multa equivalente a 50 veces la Unidad de Medida y Actualización UMA vigente, con fundamento en el artículo 104 fracción II
inciso b del Código Nacional de Procedimientos Penales. Por otro lado, queda apercibido para el caso de no comparecer a la audiencia programada en líneas que anteceden, previa vista al agente del Ministerio Público, se le revocará el Beneficio de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena del que actualmente se encuentra gozando y SE ORDENARA SU
REAPREHENSIÓN debiendo cumplir el resto de la pena que le falta por compurgar, de igual forma se le reitera que siguen subsistentes las obligaciones que se hicieron de su conocimiento en fecha 14 de noviembre de 2019, al momento de acogerse al beneficio antes citado, siendo las siguientes: 1. Deberá presentarse ante la Unidad de Gestión Judicial Especializada en Ejecución de Sanciones Penales 2, sede Reclusorio Norte, dentro del plazo de 24 veinticuatro horas siguientes, a recibir el respectivo oficio dirigido a la Dirección Ejecutiva de Control y Seguimiento de Sentenciados en Libertad de la Subsecretaría del Sistema Penitenciario de la Ciudad de México, autoridad que llevará el seguimiento del beneficio concedido. 2. Una vez que recoja dicho oficio, cuenta con el plazo de 3 tres días hábiles para presentarse ante la Dirección Ejecutiva de Control y Seguimiento de Sentenciados en Libertad, a darse de alta para dar el seguimiento al beneficio concedido. Para tal efecto, deberán devolver a la Unidad de Gestión Judicial Especializada en Ejecución de Sanciones Penales, sede Reclusorio Norte, el acuse de recibo correspondiente para verificar la presente obligación. 3. Presentarse mensualmente ante la Dirección Ejecutiva de control y Seguimiento de Sentenciados en Libertad.
4. Además aquellas previstas en el artículo 90 fracciones II, III y IV. 5. De igual forma, para el caso que sea sometido a un nuevo proceso se interrumpirá la ejecución del beneficio otorgado, hasta que se dicte sentencia ejecutoriada. En este caso, tomando en cuenta las circunstancias y gravedad del delito cometido resolverá sobre la revocación del beneficio concedido.
6. PRESENTARSE CUANTAS VECES SEA REQUERIDO POR
ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL Y POR LA AUTORIDAD
PENITENCIARIA, ASÍ COMO A LA AUDIENCIA A CELEBRARSE
EL DÍA 13 DE MARZO DE 2020, EN PUNTO DE LAS 10:30
HORAS EN LA SALA DE AUDIENCIAS 15. Lo que se informa para todos los efectos legales a que haya lugar.
Ciudad de México, 16 de enero del 2020
EL JUEZ PENAL ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN DE

SOLO CONSULTA
SOLO CONSULTA
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Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 22/1/2020

TitleBoletín Judicial de la Ciudad de México

CountryMexico

Date22/01/2020

Page count412

Edition count975

First edition01/09/2016

Last issue07/06/2022

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