Boletín Oficial de la República Argentina del 21/02/2002 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, JUEVES 21 DE FEBRERO DE 2002

$ 0,70

AÑO CX

Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.843

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

2001, a los siguientes señores Oficiales Superiores:

PRESIDENCIA DE LA NACION

1. Cuerpo Comando:

SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA

Contraalmirantes D. Héctor Agustín TEBALDI
M.l. 8.347.635 y D. Julio VARA M.l. 5.222.014.

DR. ANTONIO E. ARCURI
SECRETARIO

Capitanes de Navío D. Ernesto Telmo JUAN
GAUDIERO M.l. 8.069.994 y D. Jorge Ramón MANZOR M.l. 7.792.376.

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL

Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

2. Cuerpo Profesional:
Capitán de Navío D. Oscar Enrique REOS M.I.
7.760.685.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. DUHALDE. José H. Jaunarena.

ZONA DE DESASTRE
Decreto 340/2002

www.boletin.jus.gov.ar Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 173.974

DECRETOS
ESTADO MAYOR GENERAL
DE LA ARMADA

Dase por declarada y prorrogada en determinados Partidos de la Provincia de Buenos Aires.
Bs. As., 18/2/2002
VISTO el Expediente Nº 16.628/01 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley 24.959, y
Que por el Decreto Nº 1186, del 20 de septiembre de 2001, fue prorrogada, hasta el 30
de noviembre de 2001, la declaración de zona de desastre dispuesta por el artículo 1º del Decreto Nº 1128 del 29 de noviembre de 2000
en el marco de la Ley Nº 24.959 para el Partido de PEHUAJO, de la Provincia de BUENOS AIRES.

Decreto 342/2002
Promociones.
Bs. As., 18/2/2002
VISTO el acuerdo prestado por el HONORABLE
SENADO DE LA NACION y considerando lo determinado por los artículos 45 y 49 de la Ley Nº 19.101 para el Personal Militar y en uso de las facultades que le acuerda el artículo 99, inciso 13 de la CONSTITUCION
NACIONAL, Por ello.
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Promuévense al grado inmediato superior con antigedad al 31 de diciembre de
Que por el Decreto Nº 1330, del 23 de octubre de 2001, fue prorrogada, hasta el 30 de noviembre de 2001, la declaración de zona de desastre dispuesta por el artículo 1º del Decreto Nº 1128 del 29 de noviembre de 2000
en el marco de la Ley Nº 24.959 para los Partidos de PATAGONES, VILLARINO, PUAN, TORNQUIST, GENERAL VILLEGAS, FLORENTINO AMEGHINO, GENERAL PINTO, LINCOLN, CARLOS CASARES, RIVADAVIA, LEANDRO N. ALEM, TRENQUE LAUQUEN, CARLOS TEJEDOR y NUEVE DE JULIO, de la Provincia de BUENOS AIRES; los Departamentos de RANCUL, REALICO, CHAPALEUFU, MARACO, TRENEL, CONHELO, QUEMU QUEMU, CATRILO y CAPITAL de la Provincia de LA PAMPA; los Distritos de Rufino, Diego de Alvear, Aarón Castellanos, San Gregorio, Amenábar y Lazzarino del DEPARTAMENTO de GENERAL LOPEZ, de la Provincia de SANTA FE; y las Pedanías Italó,
y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Jaqeles, Cuero y Necochea del Departamento GENERAL ROCA, La Carlota, del Departamento JUAREZ CELMAN, Amarga, Independencia, San Martín y La Paz del Departamento PRESIDENTE ROQUE SAENZ PEÑA, La Cautiva, del Departamento RIO CUARTO
y Loboy del Departamento UNION, de la Provincia de CORDOBA.

Que la Provincia de LA PAMPA mediante el Decreto Nº 1072 del 19 de junio de 2001, prorrogó la declaración en estado de Emergencia o Desastre Agropecuario por inundaciones por efecto de excesivas precipitaciones, a los Departamentos citados en el tercer considerando y declaró en estado de Emergencia o Desastre al Departamento ATREUCO.

Que la Provincia de BUENOS AIRES mediante los Decretos Provinciales Nº 2587 del 14
de julio de 2000 y Nº 3051 del 8 de setiembre de 2000, declaró en Estado de Desastre, sin establecer límite temporal a los Partidos de la Provincia de BUENOS AIRES, aludidos en el considerando precedente, afectados por fenómenos climáticos adversos, lo que debe considerarse vigente a la fecha.

Que la Provincia de SANTA FE mediante Decreto Nº 2689 del 24 de septiembre de 2001, declaró en situación de desastre agropecuario, hasta el 31 de diciembre de 2001, al Departamento de GENERAL LOPEZ.

Que asimismo, la Provincia de BUENOS AIRES mediante los Decretos provinciales Nros.
2604 del 7 de noviembre de 2001, Nº 2093
del 17 de Agosto de 2001, Nº 2300 del 27 de setiembre de 2001 y Nº 2369 del 15 de octubre de 2001 declaró en Estado de Emergencia y/o Desastre a los Partidos de JUNIN, VEINTICINCO DE MAYO, MONTE, CHIVILCOY, CHACABUCO, ALBERTI, ADOLFO ALSINA, BRAGADO, SUIPACHA, CARMEN DE
ARECO, ROJAS, PILA, PUNTA INDIO, RAUCH, LAS FLORES, MAIPU, GENERAL ALVEAR, GENERAL VIAMONTE, GENERAL
BELGRANO, DOLORES, CHASCOMUS, SALADILLO, GENERAL ARENALES, CORONEL DORREGO, GUAMINI y ROQUE PEREZ.

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 822, del 20 de junio de 2001, fue prorrogada, hasta el 30 de noviembre de 2001, la declaración de zona de desastre dispuesta por el artículo 1º del Decreto Nº 1128 del 29 de noviembre de 2000 en el marco de la Ley Nº 24.959 a los Partidos de BOLIVAR, DAIREAUX e HIPOLITO YRIGOYEN, de la Provincia de BUENOS AIRES.

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación
Que la Provincia de CORDOBA mediante Decreto Nº 88 del 29 de enero de 2001, declaró, a partir del 1º de diciembre de 2000 y hasta el 30 de noviembre de 2001, en estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, según corresponda, a los productores afectados, de las Pedanías y Departamentos detallados precedentemente.
Que subsistiendo a la fecha, las condiciones que dieron origen al Decreto Nº 1128 del 29 de noviembre de 2000, se hace necesario dar por prorrogado el plazo previsto en dicho Decreto, con relación a los mencionados Partidos.
Que habiéndose agravado la situación de las inundaciones en las Provincias de BUENOS
AIRES, SANTA FE, CORDOBA y LA PAMPA, es necesario dar por declarada zona de desastre a diversos Partidos, Distritos, Pedanías y Departamentos de dichas jurisdicciones.

SUMARIO
Pág.
CITRICOS
Resolución 163/2001-SENASA
Coordinación de los programas de certificaciones de fruta fresca cítrica de las regiones noreste y noroeste, en el marco del Plan Nacional de Sanidad Citrícola.
COMISION NACIONAL
DE VALORES
Resolución General 395/2002-CNV
Fondos Comunes de Inversión, Artículo 28 del Capítulo XXVIII de las Normas N.T. 2001.
Resolución General 396/2002-CNV
Modificación del régimen de información de los emisores extranjeros.
ENERGIA ELECTRICA
Resolución 82/2002-ENRE
Modifícase el Reglamento de Suministro de Energía Eléctrica para los Servicios Prestados por las Empresas Edenor S.A., Edesur S.A. y Edelap S.A. Condiciones generales para el suministro. Obligaciones del titular y/o usuario. Obligaciones de la empresa prestataria.
Derechos de la distribuidora. Suspensión del suministro. Corte del mismo. Rehabilitación del servicio. Mora e intereses.
ESTADO MAYOR GENERAL
DE LA ARMADA
Decreto 342/2002
Promociones.
REPRESENTACION Y PATROCINIO
DEL ESTADO NACIONAL
Resolución Nº 14/2002-PTN
Adécuanse las competencias de los servicios jurídicos permanentes del Cuerpo de Aboga-

6

2

2

Pág.
dos del Estado, con sede en la ciudad de Buenos Aires, a efectos de proveer lo necesario para una eficaz defensa del Estado Nacional, en lo atinente a la atención de los procesos judiciales vinculados con la normativa que regula el reordenamiento del sistema financiero argentino.

7

SANIDAD VEGETAL
Disposición 1/2002-DNPV
Declárase a la provincia de Mendoza Area de Escasa Prevalencia de la plaga Mosca del Mediterráneo.

7

TARIFAS
Resolución 89/2002-ENRE
Mantiénese para el período trimestral que va del 1º de febrero al 30 de abril de 2002 la vigencia de los valores de los cuadros tarifarios aprobados para Edesur S.A., Edenor S.A. y Edelap S.A.

3

ZONA DE DESASTRE
Decreto 340/2002
Dase por declarada y prorrogada en determinados Partidos de la Provincia de Buenos Aires.

1

DECRETOS SINTETIZADOS

2

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

7

3

1

AVISOS OFICIALES
Nuevos
10

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/02/2002 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data21/02/2002

Conteggio pagine24

Numero di edizioni9365

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione13/06/2024

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