Boletín Oficial de la República Argentina del 29/10/2001 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, LUNES 29 DE OCTUBRE DE 2001

AÑO CIX

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.762
PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA
DR. VIRGILIO J. LOIÁCONO
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL

Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 105.174

DECRETOS

EDUCACION SUPERIOR
Decreto 1340/2001
Autorízase provisoriamente la creación y el funcionamiento del Instituto Universitario ISEDET, en el que se dictarán las carreras de Bachillerato Superior en Teología, de grado de Licenciatura en Teología y de posgrado de Doctorado en Teología.
Bs. As., 23/10/2001
VISTO el expediente N 7663/98 en TRES 3 cuerpos del registro del ex MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, la Ley de Educación Superior N 24.521 y el Decreto reglamentario N 576 del 30 de mayo de 1996, y CONSIDERANDO:
Que en el expediente citado el INSTITUTO
SUPERIOR EVANGELICO DE ESTUDIOS
TEOLOGICOS ASOCIACION CIVIL, con sede en la calle CAMACUA 282, CAPITAL
FEDERAL, solicita autorización provisoria para crear y poner en funcionamiento el INSTITUTO UNIVERSITARIO ISEDET en los términos del artículo 62 de la Ley N 24.521.

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

Que la propuesta referida, que acredita el respaldo económico y patrocinio de la entidad peticionante, se adecua a lo establecido por el artículo 27 de la ley citada, cumple con los criterios determinados por el artículo 63 de dicha norma y se ajusta a las pautas y requisitos exigidos por el artículo 3 del Decreto N 576/96, modificado por el Decreto N 1047
del 23 de setiembre de 1999 y por el artículo 4 del Decreto N 576/96.
Que la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA en su dictamen previsto por los artículos 62 y 63
de la Ley N 24.521 y por el artículo 6 del Decreto N 576/96, recomienda otorgar la autorización provisoria para el funcionamiento del INSTITUTO UNIVERSITARIO ISEDET
destacando la importante trayectoria de dicha Asociación con el desarrollo de actividades académicas, confesionales y sociales orientadas a la formación de docentes y pastores desde hace más de CIENTO VEINTE
120 años mediante las instituciones que la precedieron.
Que la oferta académica y actividad del Instituto propuesto, centrada en el área disciplinaria de los estudios teológicos, es congruente con las características institucionales que la entidad ha desarrollado hasta el presente, lo cual no significa un impedimento para posibilitar una formación interdisciplinaria en la perspectiva de la universalidad del conocimiento.
Que sobre la base de los antecedentes expuestos y en virtud de haberse cumplido los requisitos establecidos por el Decreto N 576/96, el MINISTERIO DE EDUCACION aconseja conceder la autorización provisoria para la creación, y el funcionamiento del Instituto mencionado, encuadrado en el régimen de la Ley N 24.521.
Que concedida a la institución universitaria la autorización provisoria, antes de iniciar las actividades académicas deberá contar con la aprobación, por parte del MINISTERIO DE
EDUCACION, del Estatuto, de las carreras y de los planes de estudios correspondientes, así como también con la acreditación del cumplimiento de todas las exigencias y compromisos asumidos y con la habilitación de los edificios por los organismos pertinentes, verificada por el citado Ministerio, conforme a lo establecido por los artículos 4 y 8 del Decreto N 576/96.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 62
de la Ley N 24.521.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Autorízase provisoriamente la creación y el funcionamiento del INSTITUTO UNIVERSITARIO ISEDET, con sede en la calle CAMACUA 282, CAPITAL FEDERAL, en el que se desarrollarán, si fueran aprobadas según lo dispuesto por el artículo 2 del presente decreto, las
DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

siguientes carreras: BACHILLERATO SUPERIOR
EN TEOLOGIA; de grado de LICENCIATURA EN
TEOLOGIA y de posgrado de DOCTORADO EN
TEOLOGIA, conducentes respectivamente a los títulos de: BACHILLER SUPERIOR EN TEOLOGIA; de grado de LICENCIADO EN TEOLOGIA y de posgrado de DOCTOR EN TEOLOGIA.
Art. 2 Establécese que antes de dar comienzo a las actividades académicas correspondientes a las carreras indicadas en el artículo anterior, el Instituto deberá obtener la aprobación del MINISTERIO DE EDUCACION de su Estatuto, de las carreras y de los planes de estudios respecti-

vos, conforme a la propuesta del proyecto institucional, objetivos y plan de acción para su desarrollo por SEIS 6 años, así como la verificación por parte de dicho Ministerio, de haber acreditado el cumplimiento de todas las exigencias, de los compromisos asumidos y de la habilitación de los edificios por los organismos pertinentes, según lo dispuesto por el artículo 8 del Decreto N 576/96.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. DE LA RUA. Chrystian G.
Colombo. Andrés G. Delich.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 1338/2001
Exceptúase al mencionado Departamento de Estado de la prohibición contenida en el artículo 21 de la Ley N 25.401, al sólo efecto de posibilitar la cobertura transitoria de determinados cargos.
Bs. As., 23/10/2001
VISTO el expediente N 131.317/01 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley N 25.401 y la Decisión Administrativa N 96 de fecha 29 de junio de 2001, y CONSIDERANDO:
Que por el artículo 21 de la citada Ley se dispuso que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados al 1 de enero de 2001, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha.

SUMARIO
Pág.

Pág.
EDUCACION SUPERIOR
Decreto 1340/2001
Autorízase provisoriamente la creación y el funcionamiento del Instituto Universitario ISEDET, en el que se dictarán las carreras de Bachillerato Superior en Teología, de grado de Licenciatura en Teología y de posgrado de Doctorado en Teología.

1

Resolución 961/2001-ME
Modificación del Estatuto Académico de la Universidad Nacional del Litoral.

2

COMERCIO EXTERIOR
Resolución 626/2001-ME
Fíjase un valor mínimo de exportación FOB definitivo a termos y demás recipientes isotérmicos originarios de la República Popular China.

9

CREDITO FISCAL
Resolución General 1120-AFIP
Procedimiento. Régimen de cancelación de obligaciones tributarias. Decreto N 1226/01. Resolución del Ministerio de Economía N 584/01.

8

IMPUESTOS
Resolución General 1121-AFIP
Impuesto al Valor Agregado. Ley según texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Operaciones de venta de caña de azúcar y algodón en bruto. Régimen de retención. Consulta al Archivo de Información sobre Proveedores. Resoluciones Generales Nros. 18, sus modificatorias y complementarias y 991 y su modificatoria. Norma complementaria.
MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 1338/2001
Exceptúase al mencionado Departamento de Estado de la prohibición contenida en el artículo 21 de la Ley N 25.401, al sólo efecto de posibilitar la cobertura transitoria de determinados cargos.
NOMENCLATURA COMUN
DEL MERCOSUR
Resolución General 1119-AFIP
Listado de Posiciones NCM Textiles.
PENSIONES
Disposición 793/2001-CNPA
Beneficiarios del sistema de salud PRO-FE.

7

SEGURIDAD INTERNACIONAL
Resolución 3291/2001-MRECIC
Dase a conocer el listado adicional de personas y entidades aprobado por el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas establecido de conformidad con la Resolución 1267/99, a efectos de la aplicación de lo previsto en el párrafo operativo 8 c de su similar 1333/2000, en lo que respecta a las medidas a adoptar para el congelamiento de fondos y otros activos financieros de Usama bin Laden y de las personas y entidades con él asociadas.

10

SISTEMA INTEGRADO DE
JUBILACIONES Y PENSIONES
Resolución 49/2001-SSS
Adecuación del procedimiento de pago de las prestaciones previsionales a lo dispuesto por el Decreto N 895/2001, en cuanto establece que aquéllas cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES se harán efectivas únicamente mediante su depósito en Cajas de Ahorro Previsional abiertas a nombre de sus respectivos beneficiarios.

7

TELECOMUNICACIONES
Resolución 386/2001-SC
Incorpórase como Apéndice IV a la Parte I del Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales el acuerdo suscripto con el Reino de España concerniente a la Provisión de Facilidades Satelitales y la Transmisión y Recepción de Señales hacia y desde Satélites a los Usuarios en la República Argentina y el Reino de España y el Protocolo concerniente a la Provisión de Facilidades Satelitales en el Servicio Fijo por Satélite.

2

FE DE ERRATAS
Resolución General 1104-AFIP

12

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

12

1

REMATES OFICIALES
15

Nuevos 5

13

AVISOS OFICIALES
Nuevos
15

Anteriores
19

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 29/10/2001 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data29/10/2001

Conteggio pagine20

Numero di edizioni9349

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione28/05/2024

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