Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 25/4/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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MGJOySP, como así también en lo estipulado por el artículo 17º, inciso a del Decreto Nº 404/95 MEOySP - texto único y ordenado de la Ley Nº 5140 de Administración Financiera, de los Bienes y las Contrataciones, atento a su incidencia en dos ejercicios presupuestarios.
Disponiendo que a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones se implemente la actualización y/o formalización del convenio con la asociación cooperadora de la Escuela Nº 07 Mariano Moreno - Paraná del Departamento Paraná, la cual deberá obrar en poder de la Subsecretaría previo a efectuar la entrega de los cheques pertinentes debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6440/94 SOySP, en lo referente a las rendiciones de cuentas correspondientes.
Facultando a la Tesorería General de la Provincia, para que mediante sistema de libramiento, entregue a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, los fondos dispuestos, debiendo ese organismo efectivizar la entrega a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones mediante cheque que será librado a nombre, de la asociación cooperadora de la Escuela N 07
Mariano Moreno - Paraná del Departamento Paraná, efectuando luego la rendición por medio del recibo debidamente conformado, cumpliendo de esta manera su obligación en el aspecto renditivo.
La Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones procederá, dentro de los 30 días corridos de recibido el cheque, a la remisión del recibo debidamente conformado y con la certificación de las firmas por el funcionario que efectúa la entrega, a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6440/94 SOySP.
DECRETO Nº 4859 MPIyS
Paraná, 10 de diciembre de 2010
Autorizando a la Dirección de Hidráulica para efectuar el llamado a licitación pública para contratar la ejecución la obra Desages Pluviales Zona Sur -Localidad de San Jaime de la Frontera - Departamento Federación - Entre Ríos con un presupuesto oficial de $
1.659.867,00, a valores del mes de agosto/10, y un plazo de ejecución de obra de 180 días corridos, a partir del acta de iniciación de los trabajos, de conformidad a los pliegos general y complementario de condiciones, aprobados por Decreto N 27/06 GOB, y Resolución N
66/10 DH, norma que aprobó el proyecto de obra y presupuesto oficial de la misma.
Encuadrando el presente trámite en las prescripciones de los artículos 9, inciso a, 10
inciso a, punto 1 y 12 -primer párrafo, del Decreto Ley de Obras Públicas N 6351 -ratificado por Ley N 7495 y concordantes del Decreto Reglamentario N 958/79 SOySP, y articulo 17, inciso a del Decreto N 404/95 MEOySP - texto único ordenado de la Ley 5140 de Administración Financiera, de los Bienes y las Contrataciones.
Excepcionando a la presente contratación de la aplicación de los Decretos Nº 2539/02 SOySP y 3338/05 GOB y facultando a la Dirección de Hidráulica a incorporar mediante circular en el pliego general de condiciones, que las posibles redeterminaciones de precios de la obra mencionada en el artículo 1 del presente decreto, se efectuarán conforme la metodología dispuesta por Decreto N 1295/02 PEN
Estableciendo que previo a la firma del contrato con la empresa que resulte adjudicataria, deberá encontrarse ratificado por parte de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios el convenio ratificado por Decreto N
747/10 MGJEOySP.

BOLETIN OFICIAL
DECRETO Nº 4860 MPIyS
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 10 de diciembre de 2010
VISTO:
La gestión promovida por la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, solicitando una modificación presupuestada con destino a la obra Estructura, Sanitarios y Anexos 1º EtapaPlayón Deportivo Municipalidad Villa Aranguren - Departamento Nogoyá; y CONSIDERANDO:
Que l a Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, interesa una modificación presupuestaria mediante transferencia compensatoria de créditos a los fines de posibilitar el otorgamiento de un aporte no reintegrable para la atención de la obra en el establecimiento referenciado, por la suma de $
545.000,00;
Que es dable destacar que el crédito que se debita se realiza sobre obras que tienen su crédito cubierto;
Que en este sentido el organismo ejecutor requiere una modificación presupuestaria mediante transferencia compensatoria de créditos, tendiente a incrementar la partida específica adjuntándose para ello planillas: analítica del gasto y proyecto de inversión obras y actividades;
Que a fs. 04 la Dirección General de Presupuesto informa que la modificación resulta técnicamente viable y encuadra en los términos del artículo 18 de la Ley Nº 9948 del presupuesto 2010;
Que han tomado intervención en lo que hace a sus respectivas competencias la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el presupuesto vigente, mediante transferencia compensatoria de créditos por un importe de pesos quinientos cuarenta y cinco mil $ 545.000,00, según detalle de planilla analítica del gasto que anexa, acompaña este decreto.
Art. 2º Modifícase el plan de proyecto de inversión - obras y actividades del presupuesto vigente de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, acorde con el detalle de la planilla que forma parte integrante del presente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese y agregada del presente, pasen las actuaciones a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, para el debido trámite.
SERGIO D. URRIBARRI
Guillermo L. Federik
DECRETO Nº 4863 MPIyS
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 10 de diciembre de 2010
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica contra la Resolución Nº 944/08 DPV, de fecha 17 de junio de 2008, deducido por el agente de la Dirección Provincial de Vialidad Carlos María Carelli, con patrocinio letrado del doctor Carlos Rossi; y CONSIDERANDO:
Que la mencionada resolución rechaza la pretensión de reconocimiento y pago del adicional por dedicación exclusiva a partir del 1º de julio de 2007 emolumento que percibiera bajo el código Nº 105, desde el 7.12.05 hasta el 30.6.07;
Que el recurrente fue notificado del acto que ataca en fecha 27 de junio de 2008, y del cargo obrante al pie de fs. 24 surge que el escrito recursivo fue presentado el 8 de julio de 2008;

Paraná, lunes 25 de abril de 2011
Que el escrito recursivo fue presentado dentro del plazo legal de diez hábiles administrativos previsto a esos fines, correspondiendo tener por presentada en legal tiempo y forma la impugnación que se examina e ingresar al tratamiento de la cuestión sustancial que la motiva;
Que examinada exhaustivamente las presentes, se estima válido anticipar opinión en sentido contrario a la procedencia del recurso examinado;
Que la presentación recursiva analizada no contiene una crítica razonada y concreta del acto administrativo atacado, limitándose a expresar la disconformidad del quejoso con la decisión adoptada en él, más sin fundamentar debida y cabalmente las afirmaciones efectuadas;
Que el informe del Jefe Zonal donde comunicó los agentes que debían cumplir los adicionales y que había quedado excluido el recurrente, es antojadiza y no ajustada a derecho y sólo ha generado un grave perjuicio económico a sus legítimos intereses, pero no funda su aseveración, por lo que es ésta la que se aprecia como producto de su mero subjetivismo;
Que en la resolución atacada, se señala que, acorde lo informado por el señor jefe de la Zonal VIII - Rosario del Tala, el agente no cumplió con las horas semanales que el adicional establece, en los períodos reclamados, argumento éste, no contradicho por el recurrente mediante argumentación y/o prueba en contrario, sustenta suficiente y debidamente el rechazo ordenado por el acto impugnado;
Que a fs. 40 a 41 vta., se ha expedido la Fiscalía de Estado emitiendo dictamen de su competencia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Recházase el recurso de apelación jerárquica contra la Resolución N 944/08
DPV, de fecha 17 de junio de 2008, presentado por el agente de la Dirección Provincial de Vialidad, Carlos María Carelli, MI N
12.837.795, legajo N 052.070, con patrocinio letrado del Dr. Carlos Rossi y ratificase ésta en todos sus términos, de conformidad a los argumentos vertidos en los considerandos del presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. Con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección Provincial de Vialidad, para notificación del recurrente oportunamente, archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Guillermo L. Federik
DECRETO Nº 4864 MPIyS
DESESTIMANDO RECURSO
Paraná, 10 de diciembre de 2010
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica contra la Resolución N 2036/09 DPV, interpuesto por el ex agente de la Dirección Provincial de Vialidad Hilario Alberto Strack, con patrocinio letrado de la doctora María Carolina Marani; y CONSIDERANDO:
Que la resolución cuestionada fue notificada en fecha 23 de noviembre de 2009 y el recurso bajo examen presentado el 3 de diciembre de 2009, en legal tiempo y forma correspondiendo el análisis de la cuestión sustancial planteada en autos;
Que mediante reclamo administrativo, el recurrente solicita que se lo recategorice en la Clase Vial XV y se le abonen las diferencias salariales desde la fecha en que se cumplió efectivamente las tareas de Capataz A
6.8.84 y por los períodos no prescriptos;
Que tal reclamo fue declarado abstracto por la Resolución N 2036/09 DPV, habida cuenta que la cuestión de fondo peticionada se encuentra resuelta con carácter de cosa juzgada administrativa;

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 25/4/2011

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data25/04/2011

Conteggio pagine26

Numero di edizioni4753

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione21/05/2024

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