Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/08/2008 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 7 de agosto de 2008

1

SECCIÓN

PUBLICACIONES

AÑO XCVI - TOMO DXXIII - Nº 149
CORDOBA, R.A. JUEVES 7 DE AGOSTO DE 2008

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCIONES
Aprueban modalidad de capacitación Difusores y Defensores de Derechos Humanos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

RESOLUCION Nº 249
Córdoba, 1 de Agosto de 2008

DEFENSOR DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESOLUCIÓN Nº 22
Córdoba, 15 de julio de 2008
Y VISTO: Que el Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de la Provincia de Córdoba, tiene a su cargo velar por la protección y promoción de los derechos humanos de la Infancia consagrados en la Constitución Nacional, en la Convención sobre los Derechos del Niño y en las leyes nacionales y provinciales.
Y CONSIDERANDO:
Que en virtud de ello, la capacitación y difusión de los derechos humanos de la Infancia tendientes a asegurar el efectivo goce y ejercicio de esos derechos y garantías, contribuye a optimizar las funciones de protección y promoción asignadas al Ombudsman de la Niñez.
Que la comunidad por motivos de solidaridad y en ejercicio de la democracia participativa, debe y tiene derecho a ser parte activa en el logro de la vigencia plena y efectiva de los derechos de las niñas, niños y adolescentes art. 6 Ley 26.061.
Que por ello, la defensa y garantía del ejercicio pleno de los derechos de la niñez y adolescencia es responsabilidad de todos, pero para cumplir con este mandato ético y social se necesita que los ciudadanos incluyendo a los propios niñosconozcan su contenido, los promuevan,
generen espacios de participación y se comprometan con su defensa y reconocimiento.

teóricas y los talleres, la manera práctica, interactiva e integrativa del conocimiento adquirido.

Que, en atención a participar activamente de este proceso de conocimiento de los derechos humanos de la infancia, se han desarrollado distintos niveles de capacitación dirigidos hacia todos los actores sociales que de manera directa o indirectamente se encuentren involucrados y comprometidos con la defensa, promoción y respeto de estos derechos, ya sea por su calidad de ciudadano, por formar parte de organizaciones gubernamentales o no gubernamentales de la sociedad civil, cuyo objeto, actividades y funciones sean desarrolladas en el marco de estos derechos.

Que, la Dirección de Programas de Promoción de Derechos de la Defensoría es el área idónea para la organización y desarrollo de los cursos de capacitación previstos, con respecto a su contenido, nivel de capacitación de acuerdo a las necesidades y conocimientos previos del destinatario, y todo aquello que resulte necesario para su óptima ejecución.

Que, dentro de los objetivos propuestos, se pretende no solo brindar conocimiento especializado en la materia sino también sensibilizar a la comunidad civil sobre la existencia, defensa y respeto de los derechos humanos de la infancia.
Que, la capacitación formará Difusores y Defensores de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, de acuerdo a la cantidad de horas de cursado y el contenido asignado a los mismos.
Que, para ambos casos, se implementará como metodología académica, la de seminarios y talleres, entendiendo que la primera de ellas es la herramienta para adquirir nociones
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTOS

Por todo ello y en uso de sus facultades;
EL DEFENSOR DE LOS
DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1.- APRUEBESE la modalidad de capacitación DIFUSORES DE DERECHOS HUMANOS DE
LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, de acuerdo a lo previsto en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.- APRUEBESE la modalidad de capacitación DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS
DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, de acuerdo a lo previsto en el Anexo II que forma parte integrante de la presente Resolución.

VISTO: El Expediente Nº 0435-057956/08, registro de este Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos, en el que la Asociación Argentina de Consorcios Regionales de Experimentación Agrícola A.A.C.R.E.A. - Región Centro, solicita se declare de Interés Provincial el XXX Congreso Regional que organizado por dicha Institución se llevará a cabo durante los días 07, 08
y 09 de Agosto de 2008 en esta ciudad de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que de fs. 3 a 12 de autos, se adjunta temario y programación de dicho congreso.
Que los objetivos propuestos por la institución organizadora, es desarrollar conocimiento de vanguardia tecnológica, empresarial y personal, facilitar el intercambio y apoyo institucional a sus miembros y grupos, a los fines de mejorar la calidad de vida de las comunidades a que pertenecen.
Que es de destacar que, la Región Centro de la asociación Argentina de Consorcios Regionales de Experimentación Agrícola, desde el punto de vista geográfico, ocupa el sector centro - sur de la Provincia de Córdoba y sudeste de la Provincia de San Luis, integrada por catorce 14 grupos, quienes trabajan en conjunto 243.583 hectáreas, estando involucradas ciento cuarenta 140 empresas.
Que a fs. 15, toma debida intervención Fiscalía de Estado, consignando que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 2º del Decreto Nº 592/04.
Por ello, actuaciones obrantes, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales bajo Nº 311/08 y previsiones establecidas en el Decreto Nº 592/04, EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Provincial el XXX Congreso Regional organizado por la Asociación Argentina de Consorcios Regionales de Experimentación Agrícola A.A.C.R.E.A. - Región Centro, que se llevará a cabo en esta ciudad de Córdoba, durante los días 07, 08 y 09 de Agosto de 2008.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

ARTÍCULO 3.- FACULTESE al DiCONTINÚA EN PÁGINA 2

MINISTRO

CARLOS MARIO GUTIERREZ
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTOS

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/08/2008 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data07/08/2008

Conteggio pagine6

Numero di edizioni4165

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione25/06/2024

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