Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 05/06/2023
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Lunes 05 de Junio de 2023
EDICION Nº 10.959
PROVINCIA DEL CHACO
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
SUBSECRETARIA DE LEGAL Y TECNICA
DIRECCION BOLETIN OFICIAL
Subsecretario: Dr. CESAR SEBASTIAN TREJO
Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL
Lunes 05 de Junio de 2023
EDICION Nº 10.959
LEGISLACION, NORMATIVA
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY NRO. 3813-E
DÍA PROVINCIAL DE LA CONCIENCIA AMBIENTAL
ARTÍCULO 1º: Instituyese el 31 de agosto de cada año como el "Día Provincial de la Conciencia Ambiental" en conmemoración de la sanción de la ley de Educación Ambiental Integral 3671-E.
ARTÍCULO 2: Incorpórase la fecha establecida en el artículo 1 de la presente ley en el calendario escolar de los niveles primario y secundario dependientes del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
ARTÍCULO 3: Establécese que, a partir de la vigencia de la presente, en dicha fecha, se realizarán jornadas interdisciplinarias de información y reflexión vinculadas a los derechos y deberes relacionados con el ambiente mencionados en la Constitución Provincial 19571994 y en la ley de Educación Ambiental Integral 3671-E.
ARTICULO 4: Determinase que la autoridad de aplicación de la presente norma será el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
ARTÍCULO 5: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los tres días del mes de mayo del año dos mil veintitrés.
Rubén Darío GAMARRA
Lidia Elida CUESTA
Secretario Presidenta DECRETO Nº 1449
RESISTENCIA, Chaco, Sábado 3 de Junio de 2023
VISTO:
La actuación electrónica N E2-2023-9301-Ae y la sanción legislativa Nº 3.813-E; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley Nº 1.024-B, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1º: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa Nº 3.813-E cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2º: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Lineras - Soneira - Capitanich s/c E:05/06/2023
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LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY NRO. 3815-R
ARTÍCULO 1: Créase, en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible u organismo que en el futuro lo reemplace, el "Programa de Voluntariado Ambiental" con el objeto de contribuir a la preservación del ambiente y la Oficina: Av. Rivadavia Nº 322 Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500
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