Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 06/06/2022
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Lunes 6 de Junio de 2022
EDICION Nº 10.816
Subsecretario: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER
Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL
Lunes 6 de Junio de 2022
EDICION Nº 10.816
LEGISLACION, NORMATIVA
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY NRO. 3577-H
MODIFICA EL ARTICULO 17 DE LA LEY 1084-H
ARTICULO 1º: Modificase el artículo 17 de la ley 1084-H Crea los Programas de Ayuda Provincial y Municipal, el que queda redactado de la siguiente manera:
"EXCEPCIONES DE APORTES Y CONTRIBUCIONES
ARTICULO 17: Los municipios quedarán exceptuados de realizar aportes y contribuciones por las ayudas sociales que otorguen hasta el monto máximo de pesos veinticinco mil $ 25.000, a personas desocupadas que no fueren beneficiarias de becas, jubilaciones, ayudas económicas, pensiones o retiro de cualquier jurisdicción pública o privada y por las que hubieren concedido con anterioridad a esta ley.
Los recursos para financiar su erogación podrán ser de origen municipal, provincial o nacional".
ARTÍCULO 2º: Abróguese la ley 32.75-H.
ARTICULO 3º: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo, Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil veintidós.
Rubén Darío GAMARRA
Lidia Elida CUESTA
Secretario Presidenta DECRETO Nº 1069
RESISTENCIA, Chaco, Martes 24 de Mayo de 2022
VISTO:
La actuación electrónica N E 2-2022-6672-Ae y la sanción legislativa Nº 3.577-H; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley Nº 1.024-B, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
LA VICEGOBERNADORA DE LA PROVINCIA DEL CHACO
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
Artículo 1º: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa Nº 3.577-H cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2º: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Perez Pons Rach Quiroga s/c E:06/06/2022
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LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY NRO. 3583-J
CAMPAÑA PROVINCIAL DE PREVENCIÓN DE ESTAFAS TELEFÓNICAS Y POR INTERNET
Oficina: Av. Rivadavia Nº 322 Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500
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