Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 27/05/2020
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Miércoles 27 de mayo de 2020
EDICION Nº 10.522
-1PROVINCIA DEL CHACO
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Y COORDINACION
SUBSECRETARIA DE LEGAL Y TECNICA
DIRECCION BOLETIN OFICIAL
Subsecretario: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER
Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL
Miércoles 27 de mayo de 2020
EDICION Nº 10.522
LEGISLACION, NORMATIVA
DECRETO Nº 616
Resistencia, 24 de Mayo de 2020
VISTO:
Los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N 260/2020 y su modificatorios Nros. 287/2020, 297/2020, 325/2020, 355/2020, 408/2020 y 459/2020; las Decisiones Administrativas de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación Nros. 429/2020, 459/2020, 467/2020, 468/2020, 490/2020, 524/2020, 703/2020, 810/2020 y sus normas complementarias, los Decretos Provinciales Nros. 368/2020, 432/2020, 433/2020, 466/2020, 488/2020, 534/2020, 540/2020, 560/2020; y CONSIDERANDO:
Que por los Decretos de Necesidad y Urgencia citados el Poder Ejecutivo Nacional ha establecido una serie de medidas regulatorias y restrictivas en todo el territorio nacional, en el marco de la emergencia sanitaria por Coronavirus --COVID-19 disponiendo el aislamiento social preventivo obligatorio en todo el territorio nacional;
Que por Decreto N 560/2020 la Provincia del Chaco adhirió al Decreto Nacional N 459/2020
extendiendo el aislamiento social preventivo y obligatorio hasta el día 24 de mayo inclusive;
Que el Gobierno de la Provincia, en el marco de las medidas de contingencia propuestas por el Ministerio de Salud Pública, continúa abocado al fortalecimiento del sistema sanitario provincial maximizando sus esfuerzos, incrementando los recursos tanto humanos como materiales, disponiéndose la adquisición de bienes, medicamentos, insumos, refacción de hospitales, incorporación de respiradores, la instalación del hospital modular y ampliando la capacidad instalada en los servicios de terapia intensiva, entre otras acciones efectuadas;
Que en forma complementaria al pian sanitaria de contingencia, se aprobaron protocolos de actuación especiales, como el de contingencia victimo asistencial para prevenir, controlar y minimizar riesgos en casos de violencias en razón de género -Decreto N 449/2020-, el compendio de protocolos sanitarios e institucionales - Decreto N 603/2020 -, el protocolo de intervención en materia de salud mental -Decreto N 608/2020-, y el protocolo operativo de abordaje integral y diferencial para el Barrio Gran Toba, todo ello con el objeto de brindar respuestas precisas e integrales a las demandas sociales;
Que a su vez prosiguen desarrollándose las mediciones en lo que respecta a la movilidad social en miras a monitorear la movilidad urbana, a fin de visualizar la circulación de personas y adecuar periódicamente los procedimientos de control y localización de puestos según los puntos en que se observe mayor concentración;
Que tal lo expresado en decretos que anteceden al presente, en las proyecciones realizadas la variable tiempo se observa como circunstancia clave para guiar y sostener el equilibrio de todo el sistema sanitario y de los recursos materiales y humanos existentes para desarrollar la tarea médica en todas sus disciplinas y contener las necesidades de la ciudadanía, garantizando la atención sanitaria en toda la Provincia;
Que siguiendo el criterio establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, observando los parámetros de densidad poblacional y el relevamiento sanitario en cuanto a la existencia de casos activos actualmente, los municipios que integran la Provincia se clasifican conforme el Decreto Provincial N540/2020 en tres grandes grupos según la criticidad de la situación epidemiológica de cada localidad;
Que resulta necesario ratificar un conjunto de disposiciones previamente adoptadas en cuanto a acciones y procedimientos vinculados a disponer de forma programada y controlada el desenvolvimiento de la ciudadanía y las actividades cuyo funcionamiento ha sido afectado por las restricciones derivadas del aislamiento social de público conocimiento;
Que conforme los datos estadísticos, la situación epidemiológica de la Provincia observa una evaluación negativa en cuanto a ciertos indicadores, lo que determina la necesidad de adoptar medidas restrictivas en cuanto a movilidad y circulación urbana, ingreso y egreso de localidades, acciones de vigilancia epidemiológica en puestos limítrofes, seguimiento y monitoreo de grupos vulnerables, casos y grupos de riesgo, entre otros aspectos;
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500
-1-