Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 18/07/2018
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Correo Oficial
Boletín Oficial Franqueo a pagar C uent a Nº 17017F10
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Registro de la
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
SUBSECRETARÍA DE LEGAL Y TÉCNICA
DRA. JESSICA YANNINA AYALA
Subsecretaria
DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIAL
DR. VÍCTOR HUGO MARTEL
Director
Propiedad Intelectual 948.707
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@chaco.gov.ar - Tel-Fax. 0362 4453520 - CTX 53520
AÑO LXII
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 12 PAGINAS
RESISTENCIA, MIÉRCOLES 18 DE JULIO DE 2018
EDICTOS
EDICTO.- EL DR. MARCELO ALEJANDRO BENITEZ, JUEZ
SUBROGANTE DE EJECUCION PENAL DE LA SEGUNDA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, PROVINCIA DEL CHACO, HACE SABER que respecto del condenado efectivo ALARCON, RICARDO SANTIAGO D.N.I. N 28.002.323, argentino, casado, de ocupación empresario, domiciliado en calle 18 entre 1 y 3, Barrio Don Orione, ciudad, hijo de Santiago Felipe Alarcon y de Nancy Leguizamon, nacido en Presidencia Roque Sáenz Peña, el 6 de febrero de 1980, en los autos caratulados "ALARCON RICARDO
SANTIAGO S/ EJECUCIÓN DE PENA EFECTIVA - CON
PRESO", Expte. N 111/18 -SECRETARIA 1-, se ejecuta la Sentencia N 24 de fecha 13/04/2018, dictada por la CAMARA SEGUNDA EN LO CRIMINAL de esta ciudad, Fallo que en su parte pertinente reza: "I.- IMPONIENDO a RICARDO SANTIAGO ALARCON, de circunstancias personales ya consignadas, a los fines de la adecuación, la pena de TRES 3 AÑOS DE PRISION, inhabilitación absoluta por igual tiempo y demás accesorias del art. 12 del C.
Penal, por los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO
DE TENTATIVA artículo 164, en función del artículo 167
inciso 4, en función del 163 inciso 6to.; en función del artículo 42, todos del Código Penal y DESOBEDIENCIA
JUDICIAL artículo 239 del Código Penal, todos en concurso real artículo 55 del Código Penal, calificación establecida por Sentencia Nº 84 de fecha quince de septiembre de 2016 fs. 310/344 vta. de ésta Cámara Segunda en lo Criminal y confirmada en su parte pertinente por el S.T.J.Ch, por Sentencia Nº 198, puntos I y II, de fecha 31 de octubre de 2017 fs. 387/394; con costas artículo 29, inc. 3 del Código Penal y artículo 513 del Código Procesal Penal del Chaco, exceptuándolo del pago de la Tasa de Justicia, de conformidad a lo establecido por el artículo 26, inc. d de la ley 4182 y sus modif.
conforme los hechos y el derecho expuestos precedentemente. II.- UNIFICANDO CONDENAS, estableciendo como pena única a cumplir por RICARDO SANTIAGO
ALARCON, de circunstancias personales obrantes en autos, la de SEIS 6 AÑOS DE PRISION de cumplimiento efectivo y accesorias legales, por los delitos de ROBO
AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA artículo 164, en función del artículo 167 inciso 4, en función del 163
inciso 6to., en función del artículo 42, todos del Código Penal, DESOBEDIENCIA JUDICIAL artículo 239 del Código Penal y TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES CON FINES
DE COMERCIALIZACION artículo 5, inc. "c" de la ley 23.737, todos en concurso real artículo 55 del Código Penal, "involucrando en esta sanción la de Cuatro años y Seis meses de prisión de cumplimiento efectivo aplicada en la causa FRE52000334/2012/T03 del Tribunal Oral en lo criminal Federal de Resistencia por Sentencia Nº 327 y la impuesta en la presente. Fdo.: Dra. Rosana Mariela Glibota -Juez de Sala unipersonal-, Dra. Claudia Andrea Abramczuk -Secretaria-". Pcia. Roque Sáenz Peña, 13 de junio de 2018. L.A.Dra. M aría M agdalena M aza Lederhos Secretaria s/c E:6/7 V:18/7/18
><
EDICTO.- EL DR. MARCELO A. BENITEZ, JUEZ DE EJECUCION PENAL SUBROGANTE DE LA SEGUNDA CIRCUNS-
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 10.251
CRIPCION JUDICIAL, PROVINCIA DEL CHACO, HACE SABER que respecto del condenado efectivo TORRES, ANGEL ADRIAN DNI. N 32.853.838, argentino, soltero, de ocupación cocinero, domiciliado en calle 331 y 302 B
Santa Elena -Ciudad-, hijo de Angel Mario Torres y de Silvia Graciela Mussin, nacido en Sáenz Peña, el 20 de diciembre de 1986, en los autos caratulados "TORRES
ANGEL ADRIAN S/ EJECUCIÓN DE PENA EFECTIVA CON PRESO", Expte. N 128/18-SECRETARIA 1-, se ejecuta la Sentencia N 34 de fecha 08/05/2018, dictada por la CAMARA SEGUNDA EN LO CRIMINAL de esta ciudad;
Fallo que en su parte pertinente reza: 1 DECLARANDO a ANGEL ADRIAN TORRES, de circunstancias personales ya consignadas, autor penalmente responsable del delito deTENENCIA DE ESTUPEFACIENTES CON FINES DE
COMERCIALIZACION artículo 5 inciso "c" de la Ley N
23737, y en consecuencia CONDENÁNDOLO a la pena de CUATRO 4 AÑOS DE PRISION, multa de PESOS NUEVE MIL QUINIENTOS $ 9.500.-, inhabilitación absoluta por igual término y demás accesorias del art. 12 del C.P., con costas artículo 29 inc. 3 del Código Penal y artículo 513 y cdtes. del código Procesal Penal del Chaco, exceptuándolo del pago de la Tasa de Justicia, de conformidad a lo establecido por el art. 26, inc. d de la ley 4182
y sus modif.- Fdo.: Dr. Nelson Pelliza Redondo -Juez-; Dr.
Manuel Alejandro Moreno -Secretario-; Cámara Segunda en lo Criminal -ciudad-". Pcia. Roque Sáenz Peña, 19 de junio de 2018. nad.Dra. M aría M agdalena M aza Lederhos Secretaria s/c E:6/7 V:18/7/18
><
EDICTO.- EL DR. MARCELO A. BENITEZ -JUEZ DE EJECUCION PENAL SUBROGANTE DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, PROVINCIA DEL CHACO, HACE SABER que respecto del condenado efectivo ARIAS, RUTH NATALIA D.N.I. N 31.236.139, argentina, soltera, de ocupación Aux. Enfermería, domiciliado en calle 351 entre 316 y 318 del B Hipolito Irigoyen -ciudad, hijo de Jesus Esteban Arias y de Angela Liliana Kanger Orrego, nacido en Sáenz Peña, el 8 de diciembre de 1984, en los autos caratulados "ARIAS RUTH NATALIA S/ EJECUCIÓN DE PENA EFECTIVA - CON PRESO", Expte. N
129/18-SECRETARIA 1-, se ejecuta la Sentencia N 34 de fecha 08/05/2018, dictada por la CAMARA SEGUNDA EN
LO CRIMINAL de esta ciudad, Fallo que en su parte pertinente reza: 2 DECLARANDO a RUTH NATALIA ARIAS, de circunstancias personales ya consignadas, autora penalmente responsable del delito de TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES CON FINES DE COMERCIALIZACION artículo 5 inciso "c" de la Ley N 23737, y en consecuencia CONDENANDOLA a la pena de CUATRO 4 AÑOS DE
PRISION, multa de PESOS NUEVE MIL QUINIENTOS $
9.500.-, inhabilitación absoluta por igual término y demás accesorias del art. 12 del C.P.; con costas artículo 29 inc.
3 del Código Penal y artículo 513 y cdtes. del Código Procesal Penal del Chaco, exceptuándola del pago de la Tasa de Justicia, de conformidad a lo establecido por el art. 26, inc. d de la ley 4182 y sus modif. Fdo.: Dr. Nelson A. Pelliza Redondo -Juez-; Dr. Manuel A. Moreno -Secretario-; Cámara Segunda en lo Criminal -Ciudad-". Pcia.
Roque Sáenz Peña, 19 de junio de 2018. nad.
Dra. María Magdalena M aza Lederhos, Secretaria s/c E:6/7 V:18/7/18