Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 16/07/2018
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
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GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Registro de la
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
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DRA. JESSICA YANNINA AYALA
Subsecretaria
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DR. VÍCTOR HUGO MARTEL
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AÑO LXII
EDICION 20 PAGINAS
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
RESISTENCIA, LUNES 16 DE JULIO DE 2018
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
PROVINCIA DEL CHACO
TRIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCIÓN N 7/18 - ACUERDO PLENARIO
EXPTE. 401.020714-26668-E
Hace lugar parcialmente al Recurso y ratificar la Responsabilidad de los imputados, Prof. Ubaldo Fabián Núñez en su carácter de Director de Administración del M.E.C.C.y T.
a/c y Sr. Osvaldo Hugo Rodríguez - Coordinador General de los programas Jóvenes Más y Mejor Trabajo y Formador de Formadores, en forma solidaria, por la suma de Dos mil setecientos noventa pesos con siete c entavos $
2.790,07, en concepto de saldo pendiente de rendición y/o reintegro.
Hace saber a los responsables que el monto de la condena deberá hacerse efectivo en este Tribunal de Cuentas, en el plazo previsto por el Art. 84 de la Ley N 831-A
antes Ley N 159, bajo apercibimiento de su ejecución judicial por conducto de la Fiscalía de Estado, para lo cual se le dará oportuna intervención conforme al Art: 86 del mismo cuerpo legal.
RESOLUCIÓN N 8/18 - ACUERDO PLENARIO
EXPTE. 401.290915-27461-E
Hace lugar parcialmente al Recurso de Revisión y liberar de responsabilidad al Cr. Hugo Fabián Outeriño DNI N
17.697.749, con domicilio constituido en calle French N
120 - Resistencia Chaco, en su carácter de Director de Servicios Directos a/c del Instituto de Seguridad Social, Seguros y Prés tamos, por pesos cincuenta mil $
50.000,00, por las observaciones con alcance de Cargo que se deja sin efecto en concepto de Saldo Pendiente de Rendición y/o Reintegro y ratificar su responsabilidad condenándolo a hacer efectivo el pago de la multa que se mantiene de dos mil pesos $ 2.000,00, aplicada por el Reparo formulado en concepto de Infracción a la Ley 1092 - A antes Ley 4787 - Ley de Administración FinancieraArt. 125 Inc. c Art. 130, Art. 131 Inc. a y Decreto N 1524/12 -Art. 2.
Hace saber al responsable que el monto de la multa determinado en el Art. 1, deberá hacerse efectivo en este Tribunal de Cuentas, en el plazo previsto por el Artículo 84
de la Ley 831 - "A" antes Ley 4159, bajo apercibimiento de su ejecución judicial por conducto de Fiscalía de Estado, para lo cual se le dará oportuna intervención conforme al Artículo 86 del mismo cuerpo legal.
RESOLUCIÓN N 9/18 - ACUERDO PLENARIO
EXPTE. 401170412-25346-E
Hace lugar parcialmente al Recurso de Revisión y ratificar la Responsabilidad solidaria de los imputados, Sr.
Gumersindo Sotelo, Director de Administración a/c y la Responsable Ejecutiva del Programa, Prof. Ester Ramona Gauna, por pesos cuatrocientos treinta mil ochenta y siete con setenta y un centavos $ 430.087,71, por las observaciones en concepto de saldo pendiente de rendición y/o reintegro que se mantienen.
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 10.250
Hacer saber a los responsables que el monto de la condena deberá hacerse efectivo en este Tribunal de Cuentas, en el plazo previsto por el Art. 84 de la Ley. N 831A antes Ley N 4.159, bajo apercibimiento de su ejecución judicial por conducto de la Fiscalía de Estado, para lo cual se le dará oportuna intervención conforme al Art.
86 del mismo cuerpo legal.
RESOLUCIÓN N 1/18 - ACUERDO SALA I
EXPTE. 401.010216-27665-E
Aprueba el Informe N 31/17 de la Fiscal, Cra. Liliana Mabel Soto, obrante en fs. 134/139 vta. y la Rendición de Cuentas conformada por los Estados Contables de "Servicio de Agua y Mantenimiento Empresa del Estado Provincial S.A.M.E.E.P. - Ejercicio 2016". Corre traslado de copia autenticada del Informe de la Fiscal N 32/17, obrante en fs. 140/150, al Sr. Presidente de S.A.M.E.E.P., M.M.O.
Jorge Claudio Marcelo Westtein; al Sr. Gobernador de la Provincia del Chaco y a la Sra. Presidente de la Cámara de Diputados. Dispone el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo previsto en el art. 45 inc. a de la Ley 831 - A antes Ley 4159.
RESOLUCIÓN N 2/18 - ACUERDO SALA I
EXPTE. 403260201-15839-E
Ordena el Archivo de las presentes actuaciones por aplicación del art. 71 de la Ley 831-A ex - 4159.
RESOLUCIÓN N 3/18 - ACUERDO SALA I
EXPTE. 403-190815-27400-E
Ordena el archivo de las presentes actuaciones por inexistencia de responsabilidad atribuible a agente alguno, por aplicación de lo normado en el Art. 60 - inc. b - Ley N 4159.
RESOLUCIÓN N 4/18 - ACUERDO SALA I
EXPTE. N 403020513-25940
Ordena el archivo de las presentes actuaciones por inexistencia de responsabilidad atribuible a agente alguno, por aplicación de lo normado en el Art. 60 - inc. b - Ley N
831-A ex 4159 y, conforme los argumentos vertidos en los considerandos.
RESOLUCIÓN N 5/18 - ACUERDO SALA I
EXPTE. 403191201-16721-E
Ordena el Archivo de las presentes actuaciones conforme lo previsto en el art. 71 de la Ley 831-A ex 4159.
RESOLUCIÓN N 6/18 - ACUERDO SALA I
EXPTE. 403100497-12366-E
Ordena el Archivo de las Actuaciones por Inexistencia de Responsabilidad Administrativa de Contenido Patrimonial por falta de Daño de conformidad a lo establecido por el art. 60 inc. b de la Ley 831-A ex 4159.
RESOLUCIÓN N 7/18 - ACUERDO SALA I
EXPTE. 403-110511-24692-E
Ordena el archivo de las presentes actuaciones por inexistencia de responsabilidad atribuible a agente alguno, por aplicación de lo normado en el Art. 60- inc. bLey N 831A ex -4159.
RESOLUCIÓN N 8/18 - ACUERDO SALA I
EXPTE. 403-080600-15163-E
Ordena el archivo de las presentes actuaciones por inexistencia de responsabilidad atribuible a agente alguno, por aplicación de lo normado en el Art. 60- inc. bLey N 831A EX - 4159.