Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 19/07/2017
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Correo Oficial
Boletín Oficial GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Franqueo a pagar C uent a Nº 17017F10
Registro de la
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
SUBSECRETARÍA DE LEGAL Y TÉCNICA
DRA. NADIA GARCIA AMUD
Subsecretaria
DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIAL
DR. VÍCTOR HUGO MARTEL
Director
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AÑO LXII
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 4 PAGINAS
RESISTENCIA, MIERCOLES 19 DE JULIO DE 2017
LEYES
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 2644-F
EMERGENCIA Y/O DESASTRE AGROPECUARIO
ARTÍCULO 1: Declárase la emergencia y/o desastre agropecuario en el marco del decreto 1101/17, ley 1792I antes ley 6466 y ley nacional 26.509, para los Departamentos San Fernando, Tapenagá, Libertad, General Dónovan, 1 de Mayo, Presidencia de la Plaza, 25 de Mayo, Sargento Cabral, Bermejo y Liberador General San Martín, a partir del 15 de mayo de 2017 y por el término de ciento ochenta 180 días.
ARTÍCULO 2: Dispónese, conforme con el artículo precedente, eximir del pago del Impuesto Inmobiliario Rural correspondiente al año 2017, a los contribuyentes con predios rurales de hasta ochocientos 800 hectáreas ubicadas en los Departamentos mencionados y que obtuvieron el Certificado de Emergencia pertinentes.
ARTÍCULO 3: Facúltase a la Administración Tributaria Provincial, a reglamentar el artículo anterior.
ARTÍCULO 4: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil diecisiete.
Rubén Darío Gamarra, Secretario Lidia Elida Cuesta, Presidenta DECRETO N 1416
Resistencia, 11 julio 2017
VISTO:
La sanción legislativa N 2.644-F; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 4.647, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
D E C RE TA :
Artículo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa N 2.644-F, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Peppo / Bergia s/c.
E:19/7/17
EDICTOS
EDICTO.- Por disposición de la Dra. Mónica Marisel Filipchuk, Juez Suplente del Juzgado Civil y Comercial N1, Sáenz Peña, Chaco, sito en calle 9 de Julio 361. P.
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 10.108
Alta, en autos: "RETAM OZ O OLGA GRISELDA C/
GOMEZ, ENRIQUE CESAR S/CANCELACIÓN DE PAGARE", Expte.167/17, Sec. 2, se hace saber: sidencia R. S. Peña, 27 de abril de 2017:- AUTOS Y VISTOS
CONSIDERANDO RESUELVO: I Ordenar la cancelación de cinco 5 pagarés "sin protesto" librados por GOMEZ ENRIQUE CESAR, DNI N 10.971.614, los cuales fueron firmados para garantizar el pago de lo condenado en Sentenc ia en el Expte. RETAMOZO O LG A
GRISELDA C/GOMEZ ENRIQUE CESAR -S/DISOLUCIÓN
Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD" EXPTE: N 770/09 - SEC.
3. "RETAMOZO OLGA GRISELDA C/GOMEZ ENRIQUE CESAR S/EMBARGO PREVENTIVO" EXPTE. Nº 771/09 SEC. 3, RETAMOZO OLGA GRÍSEALDA S/BENEFICIO DE
LITIGAR SIN GASTOS", EXPTE, N 772/09 - SEC. 3 que se tramitaren ante el Juzgado Civil y Comercial N 1 de esta ciudad, a favor de OLGA GRISELDA RETAMOZO, DNI N 13.280.019, por los monto descriptos a continuación: a Vence el 20 de diciembre de 2016 - N 2. - por $100.000.- b Vence el 20 de marzo de 2017, N 3. - por $100.000.- c Vence el 20 de mayo de 2017 - Nº 14. - por $200.000.- d Vence el 20 de julio de 2017 - N 5. - por $200.000.- e Vence el 20 de octubre de 2017 - N 6. por $500.000.- con la cláusula sin protesto a las fechas, de los cuales era legítima tenedora la actora y por los montos conforme fueran descriptos en convenio privado suscripto en fecha 8 de noviembre de 2016, entre la actora nombrada y el Sr. ENRIQUE CESAR GOMEZ.- II
Publíquense edictos por el término de quince días en diario de mayor circulación y en el Boletín Oficial, de conformidad a lo dispuesto por el art. 89 del Decreto Ley 5965/1963 III-Regístrese y Notifíquese. Dra. Mónica Marisel FILIPCHUK, Juez Suplente Juzg. Civil y Comercial Nº 1". Pcia. Roque Sáenz Peña, 13 de junio de 2017.
Dra. Sandra Patricia Quiñones Abogada/Secretaria R.Nº 168.557
E:30/6 V:2/8/17
LICITACIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTE
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
VIALIDAD NACIONAL
AVISO DE DECLARACION SIN EFECTO
NUEVO LLAMADO
La DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD comunica que se ha dejado sin efecto el llamado a Licitación Pública Nacional N 45/2017, cuyo objeto era la realización de la Obra: ADECUACIÓN DE TRAVESIA URBANA, CONSTRUCCIÓN DE COLECTORAS Y DISTRIBUIDORES A NIVEL. RUTA NACIONAL N 95 - TRAMO:
TRAVESIA URBANA RUTA NACIONAL N 95, ROQUE
SÁENZ PEÑA - SECCIÓN: CALLE N 251 KM. 1.109,44
CALLE N 351 KM. 1.115,69 PROVINCIA DEL
CHACO. Asimismo se comunica que los mencionados trabajos serán nuevamente licitados mediante la Lici-