Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 11/11/2016

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GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACO

Registro de la
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
SUBSECRETARÍA DE LEGAL Y TÉCNICA
DRA. NADIA GARCIA AMUD
Subsecretaria
DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIAL
DR. VÍCTOR HUGO MARTEL
Director
Propiedad Intelectual 948.707

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AÑO LXII

DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

EDICION 20 PAGINAS

RESISTENCIA, VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2016

DECRETOS
DECRETO Nº 2348
Resistencia, 27 octubre 2016
VISTO:
La actuación simple N E4-2016-4934-A; y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario instrumentar la percepción del concepto "Fondo de Apoyo al Sistema Educativo" para el personal de la jurisdicción 29 - Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología - comprendido en el Escalafón General - Ley N 1276 t.v.;
Que con el objeto de implementar en forma inmediata dicha medida resulta procedente el dictado del presente instrumento legal, el que será remitido a la Cámara de Diputados para su ratificación;
Que ha tomado la intervención correspondiente, el Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Créase a partir del 01 de septiembre de 2011, el concepto "Fondo de Apoyo al Sistema Educativo"
para el personal de la jurisdicción 29 - Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología - comprendido en el Escalafón General - Ley N 1276 t.v, el cual tendrá carácter remunerativo y no bonificable.
Artículo 2: Establécese a partir del 01 de agosto de 2015, que el monto del concepto "Fondo de Apoyo al Sistema Educativo" es de pesos dos mil sesenta y seis con ochenta y siete centavos $ 2.066,87.
Artículo 3: Reconócense las liquidaciones efectuadas y abonadas desde 01 de septiembre de 2011, a la fecha por el concepto 237 - "Fondo de Apoyo al Sistema Educativo" para el personal de la jurisdicción 29 - Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología - comprendido en el Escalafón General - Ley N 1276 t.v.
Artículo 4: El gasto que demande la aplicación de lo dispuesto en el presente Decreto, se imputará a la respectiva partida presupuestaria de la Jurisdicción 29 - Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología - conforme con la naturaleza de la erogación.
Artículo 5: El presente Decreto se dicta en Acuerdo General de Ministros, "ad referéndum" de la Cámara de Diputados, para su ratificación legislativa.
Artículo 6: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Peppo / Serrano / Tortarolo / Ferrer /
Bergia / Farías / Echezarreta / Crespo /
Monzón / Acosta / Ocampo s/c.
E:11/11/16
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DECRETO Nº 2403
Resistencia, 04 noviembre 2016
VISTO:
La actuación simple N 23-2016-15586-A; y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 95-t.v.-Crea la Dirección Provincial de Transporte y Fondo de Transporte, en su Artículo 42

TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 10.007

establece que el organismo de aplicación asegurará la más amplia y activa participación del público en el contralor, disponiendo lo necesario para que el mismo pueda formular sin inconvenientes las observaciones relativas al servicio y para su cumplimiento deberá convocar a audiencias públicas con las previsiones establecidas en la Ley N 4654-t.v.- y su Decreto Reglamentario 01/08 y en el Artículo 29 bis de la Ley N 95-t.v.-, al menos una vez al año;
Que el señor Subsecretario de Transporte de la Provincia, solicita se convoque a Audiencia Pública a los fines de conocer la opinión de los usuarios respecto del servicio de Transporte Público de Pasajeros del área metropolitana del gran Resistencia;
Que a los efectos de garantizar una efectiva participación ciudadana en las decisiones, resulta necesario implementar un espacio institucional para que la ciudadanía en general y todo aquel que se vea afectado o tenga un interés particular o general, exprese su opinión respecto a las cuestiones sometidas a consulta;
Que el sistema de audiencias públicas, consagrado por la Ley N 4654-t.v.- y su Decreto Reglamentario N 01/08, establece que la convocatoria a la Audiencia Pública se realizará por Decreto y es el señor Gobernador de la Provincia el que presidirá la misma, pudiendo éste designar a otros funcionarios que lo representen;
Que en consecuencia, corresponde convocar a Audiencia Pública para tratar cuestiones referentes a la calidad del Servicio del Transporte Interurbano de Pasajeros del Área Metropolitana del Gran Resistencia;
Que los que deseen hacer uso de la palabra en la Audiencia Pública deberán inscribirse hasta el día martes 22 de noviembre de 2016, en la Subsecretaria de Transporte en horario de 8,00 a 12,00 horas;
Que de acuerdo con la especialidad de la materia y las cuestiones que la misma abarca, es indicado autorizar al señor Subsecretario de Transporte, Técnico Electromecánico Roberto Ricardo Medina, DNI N 12.343.229, como autoridad que presidirá la Audiencia Pública, en caso de ausencia del señor Gobernador de la Provincia del Chaco;
Que han tomado la intervención correspondiente, la Subsecretaría de Transporte de la Provincia y la Asesoría General de Gobierno;
Que en consecuencia es procedente el dictado del presente instrumento legal;
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Convócase a Audiencia Pública para conocer la opinión de los usuarios, respecto del Servicio de Transporte Público Interurbano de Pasajeros del Área Metropolitana del Gran Resistencia, para el día viernes 25
de noviembre de 2016, en la hora y lugar que indique la autoridad de implementación.
Artículo 2: Desígnase al señor Subsecretario de Transporte de la Provincia, Técnico Electromecánico Roberto Ricardo Medina, DNI N 12.343.229, para presidir la Audiencia Pública.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 11/11/2016

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data11/11/2016

Conteggio pagine20

Numero di edizioni3256

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione10/06/2026

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